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Opinión - ¿Y ahora qué? Por Marco Schwartz

Los auditores de la UE ven lagunas de transparencia en la relación con los lobbies

Imagen de la fachada de la Comisión Europea en Bruselas.

Irene Castro

Bruselas —

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Las instituciones europeas pueden hacer más en pro de la transparencia de su relación con los lobbies. Bruselas es la ciudad europea por antonomasia para los grupos de presión. Asociaciones, empresas, entidades sociales, bancos... innumerables organizaciones de distinto calado tienen representación en la capital comunitaria para intentar condicionar las regulaciones y políticas públicas de la UE. En un momento en el que las instituciones, especialmente la Eurocámara, se han visto salpicadas por escándalos como el Qatargate, el Tribunal de Cuentas de la UE detecta algunos fallos en el control de la relación con los grupos de presión.

No hay una ley específica que regule en la UE a los lobbies sino que todo pivota alrededor de un acuerdo alcanzado entre la Comisión Europea, el Consejo de la UE y el Parlamento Europeo para establecer unos criterios sobre los contactos con esos agentes. La principal exigencia es que esas organizaciones figuren en el registro de transparencia, en el que actualmente aparecen más de 12.000 entidades, como condición previa para poder mantener contacto con parte del personal comunitario. “Proporciona información útil para que el ciudadano pueda hacer un seguimiento de la representación de intereses. Sin embargo, en la práctica, las lagunas e insuficiencias en dicha información reducen la transparencia de las actividades que realizan los grupos de presión en las tres instituciones firmantes”, señalan los auditores en un informe.

Las tres instituciones que componen la arquitectura comunitaria han impuesto, además, distintas obligaciones a los grupos de presión y no coinciden siquiera en el tipo de actividades que están sometidas a un control extra.

Igualmente, hay lagunas respecto a qué tipo de encuentros se le debe dar publicidad. “Solo las reuniones programadas de antemano entran claramente en las definiciones de reunión de las instituciones firmantes. El acuerdo interinstitucional de 2021 no abarca las reuniones espontáneas. Otras interacciones, como las conversaciones telefónicas no programadas y los intercambios por correo electrónico, no se consideran reuniones. Esto significa que la actividad de los grupos de presión puede sustraerse al ámbito de transparencia que ofrece el Registro en una gama de interacciones durante los cuales los grupos de presión podrían tratar de influir en los miembros o el personal”, alertan los auditores.

“En nuestro trabajo de auditoría, constatamos que una ONG identificada en el escándalo Qatargate no estaba inscrita en el Registro, sino que había organizado conjuntamente una conferencia con los servicios del Parlamento en las instalaciones de esta institución en junio de 2022. En aquel momento, las normas del Parlamento no exigían la inscripción en el registro como condición previa para dicha actividad. Sin embargo, esto se abordó con la actualización de las normas del Parlamento que entró en vigor en julio de 2023”, recoge el Tribunal de Cuentas, que recuerda que, en el caso de la Comisión, “los grupos de presión pueden participar en actividades como la organización o la participación en conferencias, actos, audiencias o campañas de comunicación con la Comisión sin estar inscritos en el Registro”.

“Los grupos de presión de los legisladores de la UE aún pueden pasar desapercibidos. Esto se debe a que los grupos de presión pueden eludir el registro para una serie de interacciones. Y en estas interacciones, aún pueden influir en los legisladores de la UE. Esto no sólo reduce la transparencia, sino que también afecta a la confianza pública”, señala el auditor Jorg Kristijan Petrovič.

Otra de las críticas es que la aplicación de las normas llega a un reducido número de representantes institucionales al afectar sólo a quienes tienen rango de director general o por encima, que no es la mayoría del personal de las instituciones. En el lado de las organizaciones, la advertencia de los auditores es que haya algunas “financiadas por terceros no revelen sus fuentes de financiación”. “Esto es posible si afirman que sólo representan sus propios intereses o el interés colectivo de sus miembros”, dice el informe.

También es una pega que no exista un régimen sancionador para castigar los incumplimientos. “Si los grupos de presión inscritos en el registro incumplen las normas y principios del código de conducta del acuerdo interinstitucional de 2021, la principal medida de ejecución disponible es cancelar su inscripción del Registro. En función de la gravedad de la infracción, la Secretaría puede prohibir al grupo de presión registrarse de nuevo durante un período de entre veinte días hábiles y dos años, y también puede publicar la medida adoptada en el sitio web del Registro”, señala el texto.

“Entre 2019 y 2022, un promedio de 990 grupos de presión fueron cancelados del Registro cada año después de realizarse controles de calidad o porque no se actualizó a tiempo su inscripción. Sin embargo, solo seis de estos grupos de presión fueron cancelados del Registro por quejas o investigaciones”, agregan los auditores, que mencionan un sólo caso en el que el registro ha quedado prohibido, aunque no dan detalles sobre el mismo.

Las legislaciones de algunos estados miembros son más ambiciosas. Por ejemplo, en Alemania los fallos relativos a la inscripción pueden conllevar multas de entre 20.000 y 50.000 euros. En Austria, puede llegar a los 60.000. En Irlanda, el incumplimiento de la normativa de los grupos de presión puede suponer un castigo de entre 2.500 euros hasta la pena de prisión de dos años.

El Tribunal de Cuentas recomienda que se “refuerce y armonice” en marco existente y que se acompasen, por ejemplo, las definiciones de “reunión”, además de mejorar la calidad de los datos que recoge el registro.

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