<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<rss xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/" xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/" xmlns:dcterms="http://purl.org/dc/terms/" xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"  xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/" version="2.0">
  <channel>
    <title><![CDATA[elDiarioAR.com - Tribunales]]></title>
    <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiarioAR.com - Tribunales]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
    <ttl>10</ttl>
    <atom:link href="https://www.eldiarioar.com/rss/category/section/2000104/" rel="self" type="application/rss+xml"/>
    <item>
      <title><![CDATA[Un padre acude a la Justicia para recuperar la pensión pagada durante años tras descubrir que su hijo ya trabajaba]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/padre-acude-justicia-recuperar-pension-pagada-durante-anos-descubrir-hijo-trabajaba_1_13103888.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/e265f0e7-fda7-406f-9641-54e0f91cf8f6_16-9-discover-aspect-ratio_default_1139922.jpg" width="1066" height="600" alt="Un padre acude a la Justicia para recuperar la pensión pagada durante años tras descubrir que su hijo ya trabajaba"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El juzgado de instancia le dio la razón, extinguiendo la ayuda desde 2018, pero rechazó la devolución de lo abonado porque esta petición no estaba incluida en la demanda y lo hizo en la vista oral </p><p class="subtitle">La Audiencia Provincial ha obligado a comunicar la sentencia a la madre -que estaba en rebeldía- y, tras ello, decidirá sobre el reintegro de las cantidades</p></div><p class="article-text">
        En febrero de 2025, un juzgado de Pe&ntilde;arroya-Pueblonuevo fall&oacute; a favor de un padre, extinguiendo -con efectos retroactivos desde 2018- la pensi&oacute;n alimenticia que estaba abonando a su hijo. Esta demanda civil la formul&oacute; cuando tuvo conocimiento de que su v&aacute;stago llevaba a&ntilde;os trabajando, pero ni &eacute;l ni su madre se lo hab&iacute;an trasladado para que dejara de pasarle la pensi&oacute;n. Aunque el juzgado le dio la raz&oacute;n, deneg&oacute; al padre la posibilidad de recuperar el dinero ya abonado desde esa fecha, lo que ha provocado que la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba haya anulado el proceso por un defecto de forma.
    </p><p class="article-text">
        La sentencia de primera instancia estim&oacute; parcialmente la demanda interpuesta por el progenitor al quedar acreditado que su hijo trabajaba de forma continuada desde enero de 2018. Bas&aacute;ndose en el &ldquo;principio de flexibilidad&rdquo; de los procedimientos de familia, el juzgado acord&oacute; que la pensi&oacute;n quedaba extinguida desde el momento en que el hijo empez&oacute; a trabajar. Por su parte, el hijo acept&oacute; que se extinguiera la pensi&oacute;n, pero su madre no contest&oacute; a la demanda.
    </p><p class="article-text">
        No obstante, el juzgado rechaz&oacute; la petici&oacute;n del padre de obligar a la madre y al hijo a devolver las cantidades percibidas durante estos siete a&ntilde;os. El magistrado de instancia argument&oacute; que dicha reclamaci&oacute;n era &ldquo;extempor&aacute;nea&rdquo;, ya que no se incluy&oacute; en la demanda inicial y se plante&oacute; &ldquo;por sorpresa&rdquo; durante la vista. Adem&aacute;s, aludi&oacute; a la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre el car&aacute;cter consumible de los alimentos para denegar el reembolso.
    </p><p class="article-text">
        Contra esta sentencia, el padre formul&oacute; un escrito alegando abuso de derecho y enriquecimiento injusto, adem&aacute;s de cuestionar la interpretaci&oacute;n del juzgado. Antes de entrar a valorar si el padre tiene derecho o no a recuperar su dinero, la Secci&oacute;n Primera de la Audiencia de C&oacute;rdoba ha decretado la nulidad de las actuaciones porque la madre solo conoc&iacute;a la demanda original, tendente &uacute;nicamente a la extinci&oacute;n del pago de la pensi&oacute;n, pero nunca fue informada de que en el juicio se iba a pedir tambi&eacute;n que devolviera miles de euros. Seg&uacute;n la Audiencia, resolver sobre ello cuando una de las partes no ten&iacute;a conocimiento ha generado una situaci&oacute;n de indefensi&oacute;n que ha invalidado el proceso.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, la Audiencia ha calificado como &ldquo;improcedente&rdquo; el razonamiento utilizado en la sentencia de instancia. As&iacute;, los magistrados han argumentado que si este juzgado consideraba que la petici&oacute;n del padre para recuperar el dinero era &ldquo;extempor&aacute;nea&rdquo;, no deber&iacute;a haber entrado a valorar si proced&iacute;a o no bas&aacute;ndose en la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Seg&uacute;n la Sala, &ldquo;si la pretensi&oacute;n es inadmisible, resulta innecesaria cualquier argumentaci&oacute;n para su estimaci&oacute;n o desestimaci&oacute;n&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Con esta decisi&oacute;n, la Audiencia ha obligado al juzgado de instancia a notificar legalmente la sentencia a la madre. El objetivo es garantizar que ella pueda conocer la reclamaci&oacute;n y defenderse o recurrir si lo desea. Solo una vez cumplido este tr&aacute;mite, el caso regresar&aacute; a la Audiencia Provincial para que los magistrados decidan definitivamente sobre la devoluci&oacute;n de las pensiones abonadas desde 2018.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/padre-acude-justicia-recuperar-pension-pagada-durante-anos-descubrir-hijo-trabajaba_1_13103888.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 03 Apr 2026 18:03:21 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/e265f0e7-fda7-406f-9641-54e0f91cf8f6_16-9-discover-aspect-ratio_default_1139922.jpg" length="136561" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/e265f0e7-fda7-406f-9641-54e0f91cf8f6_16-9-discover-aspect-ratio_default_1139922.jpg" type="image/jpeg" fileSize="136561" width="1066" height="600"/>
      <media:title><![CDATA[Un padre acude a la Justicia para recuperar la pensión pagada durante años tras descubrir que su hijo ya trabajaba]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/e265f0e7-fda7-406f-9641-54e0f91cf8f6_16-9-discover-aspect-ratio_default_1139922.jpg" width="1066" height="600"/>
      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Justicia,Tribunales,pensiones]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[En libertad con cargos el detenido en Cabra tras increpar a Juanma Moreno y oponer resistencia]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/pasa-disposicion-judicial-detenido-cabra-increpar-juanma-moreno-oponer-resistencia_1_13118228.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/cdcee1ce-a185-454b-b155-72acf6e41901_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="En libertad con cargos el detenido en Cabra tras increpar a Juanma Moreno y oponer resistencia"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Había pasado a disposición judicial este viernes</p><p class="subtitle">Un detenido por resistencia a agentes de Policía Nacional tras increpar a Juanma Moreno en su visita a Cabra</p></div><p class="article-text">
        El hombre que durante la noche de este jueves, 2 de abril, fue detenido por &ldquo;increpar&rdquo; y aproximarse &ldquo;con una actitud agresiva&rdquo; y &ldquo;vociferando&rdquo; al presidente de la Junta de Andaluc&iacute;a, Juanma Moreno, mientras realizaba una visita institucional al municipio de Cabra (C&oacute;rdoba) ha pasado este viernes a disposici&oacute;n judicial para esperar la decisi&oacute;n del juzgado de guardia. Seg&uacute;n ha avanzado <em>Abc</em>, el juez ha decretado su puesta en libertad con cargos, investigado por un presunto delito de desobediencia a la autoridad.
    </p><p class="article-text">
        En contexto, fuentes policiales confirmaron a Europa Press que los agentes de la Polic&iacute;a Nacional &ldquo;invitaron al individuo&rdquo; a abandonar el lugar. No obstante, el mismo comenz&oacute; a &ldquo;empujar a los polic&iacute;as&rdquo; e hizo &ldquo;caso omiso&rdquo; a sus indicaciones. Finalmente, fue detenido por un presunto delito de resistencia a la autoridad.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, este var&oacute;n habr&iacute;a &ldquo;reprendido&rdquo; a los profesionales mientras los mismos intentaban &ldquo;velar por la seguridad&rdquo; de los all&iacute; presentes, dado el estado &ldquo;alterado&rdquo; de este individuo.
    </p><p class="article-text">
        Moreno se encontraba en el referido municipio cordob&eacute;s durante una visita al Ayuntamiento, en la que mantuvo una reuni&oacute;n con su alcalde, Fernando Priego. Adem&aacute;s, visit&oacute; la hermandad de la Piedad y asisti&oacute; a la salida de la hermandad de Nuestro Padre Jes&uacute;s Preso.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Redacción Cordópolis]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/pasa-disposicion-judicial-detenido-cabra-increpar-juanma-moreno-oponer-resistencia_1_13118228.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 03 Apr 2026 14:51:20 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/cdcee1ce-a185-454b-b155-72acf6e41901_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="250557" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/cdcee1ce-a185-454b-b155-72acf6e41901_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="250557" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[En libertad con cargos el detenido en Cabra tras increpar a Juanma Moreno y oponer resistencia]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/cdcee1ce-a185-454b-b155-72acf6e41901_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Sucesos,Detenido]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Más de dos años de cárcel por maltratar a su mujer, amenazarla de muerte e impedirle trabajar y estar con amigas]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/anos-carcel-maltratar-mujer-amenazarla-muerte-e-impedirle-trabajar-amigas_1_13114684.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/bd48879f-9ba6-470b-8078-579cecc689fe_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Más de dos años de cárcel por maltratar a su mujer, amenazarla de muerte e impedirle trabajar y estar con amigas"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Audiencia de Córdoba confirma la condena a un hombre que sometió a su pareja a un escenario de "hostigamiento y humillación" constante, llegando a amedrantarla con una pistola y a simular que le disparaba </p></div><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Tercera de la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba ha ratificado &iacute;ntegramente la sentencia que condena a un hombre una pena global de dos a&ntilde;os y cuatro meses de prisi&oacute;n por un delito de maltrato habitual y otro continuado de amenazas hacia quien fuera su pareja. El tribunal ha desestimado as&iacute; el recurso de apelaci&oacute;n del acusado, avalando la contundencia del relato de la v&iacute;ctima y la gravedad de un comportamiento encaminado a anular su libertad.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n recogen los hechos probados de la sentencia, la relaci&oacute;n entre el condenado y la v&iacute;ctima comenz&oacute; en marzo de 2019 y se prolong&oacute; hasta marzo de 2021. Durante ese tiempo, el agresor instaur&oacute; un clima de &ldquo;hostigamiento, humillaci&oacute;n, menosprecio y desvalorizaci&oacute;n&rdquo; hacia su pareja. Las vejaciones verbales eran constantes, dirigi&eacute;ndose a ella con insultos como <strong>&ldquo;loca&rdquo; e &ldquo;in&uacute;til&rdquo;</strong>, asegur&aacute;ndole que &ldquo;no val&iacute;a para nada&rdquo;. El control que ejerc&iacute;a sobre la vida de la mujer era, seg&uacute;n el tribunal, absoluto. El fallo detalla que el hombre <strong>le imped&iacute;a relacionarse con sus amistades</strong> y, una vez que tuvieron un hijo en com&uacute;n, <strong>le prohibi&oacute; trabajar</strong>.
    </p><p class="article-text">
        La convivencia, seg&uacute;n el tribunal, ha estado marcada por episodios de gran agresividad. En una ocasi&oacute;n, el condenado le lanz&oacute; una pinza a la cara de forma violenta tras quit&aacute;rsela de las manos y arroj&oacute; una pizza al patio con desprecio. Sin embargo, el nivel de intimidaci&oacute;n alcanz&oacute; su punto m&aacute;s cr&iacute;tico cuando el acusado, en diversas discusiones en el domicilio com&uacute;n, sacaba una pistola que guardaba en una caja fuerte y se la exhib&iacute;a a la mujer, con el &uacute;nico prop&oacute;sito de crear en ella un estado de &ldquo;angustia y temor&rdquo;. Adem&aacute;s, las amenazas verbales tambi&eacute;n eran recurrentes. El hombre lleg&oacute; a decirle expresiones como: <strong>&ldquo;Te voy a matar, que eso me cuesta a m&iacute; lo que valga un cartucho&rdquo;</strong> o &ldquo;yo lo tengo ya todo vivido y me da igual, den&uacute;nciame que te estoy esperando&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">La violencia continu&oacute; tras la ruptura</h2><p class="article-text">
        Una vez que la v&iacute;ctima puso fin a la relaci&oacute;n en marzo de 2021, la violencia sigui&oacute;. Seg&uacute;n la sentencia, cuando la v&iacute;ctima contact&oacute; con un abogado para gestionar la custodia de su hijo, el condenado se present&oacute; en la puerta de su vivienda y la amenaz&oacute; directamente con <strong>&ldquo;Te voy a hacer lo de Hern&aacute;n&rdquo;</strong>. Un a&ntilde;o y medio despu&eacute;s de esa amenaza, el condenado abord&oacute; a la v&iacute;ctima en un centro de terapia infantil dici&eacute;ndole &ldquo;me quieres nada m&aacute;s que por el dinero&rdquo;. Momentos despu&eacute;s, en la puerta de la escuela infantil del menor, se inici&oacute; una nueva discusi&oacute;n por el pago de la pensi&oacute;n de alimentos. En ese lugar, el agresor volvi&oacute; a retarla al grito de <strong>&ldquo;den&uacute;nciame, que te estoy esperando&rdquo;</strong> mientras le apuntaba con la mano simulando tener una pistola. Como consecuencia de este maltrato sostenido durante dos a&ntilde;os, la v&iacute;ctima ha desarrollado un trastorno adaptativo que requiere de tratamiento psiqui&aacute;trico. 
    </p><p class="article-text">
        En su resoluci&oacute;n, la Audiencia Provincial ha rechazado los argumentos de la defensa, que ped&iacute;a la absoluci&oacute;n alegando falta de pruebas. Los magistrados han subrayado que el testimonio de la mujer ha sido &ldquo;contundente, coherente y mantenido en el tiempo&rdquo;, contando adem&aacute;s con la corroboraci&oacute;n de los informes de la Unidad de Valoraci&oacute;n Integral de Violencia de G&eacute;nero (UVIG). 
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s de las penas de prisi&oacute;n, el tribunal ha confirmado la privaci&oacute;n del derecho a la tenencia de armas durante cinco a&ntilde;os, mismo periodo para el cual le ha impuesto la prohibici&oacute;n de comunicaci&oacute;n y de alejamiento respecto de la v&iacute;ctima.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/anos-carcel-maltratar-mujer-amenazarla-muerte-e-impedirle-trabajar-amigas_1_13114684.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 02 Apr 2026 17:55:14 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/bd48879f-9ba6-470b-8078-579cecc689fe_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="29234" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/bd48879f-9ba6-470b-8078-579cecc689fe_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="29234" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Más de dos años de cárcel por maltratar a su mujer, amenazarla de muerte e impedirle trabajar y estar con amigas]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/bd48879f-9ba6-470b-8078-579cecc689fe_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Sucesos,Tribunales,Justicia,Violencia de género]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un año sin carnet y multa para un gruista que hizo un giro prohibido y provocó la muerte de una mujer en Carlos III]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/ano-carnet-multa-gruista-hizo-giro-prohibido-costo-vida-mujer-carlos-iii_1_13113930.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/c07c1b1d-b36b-4861-9031-8f94c2bf7134_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Un año sin carnet y multa para un gruista que hizo un giro prohibido y provocó la muerte de una mujer en Carlos III"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El juez no aprecia responsabilidad penal en el conductor de la moto en la que iba la víctima, pero sí considera que le faltó pericia "al no haber sabido controlar el vehículo que pilotaba ante el sorpresivo obstáculo que se le interpuso"</p><p class="subtitle">HEMEROTECA - Fallece una mujer y un hombre resulta herido en una colisión entre una moto y una grúa</p></div><p class="article-text">
        La plaza n&uacute;mero 6 de la Secci&oacute;n de Instrucci&oacute;n del Tribunal de Instancia de C&oacute;rdoba ha condenado al conductor de un cami&oacute;n gr&uacute;a por un delito de homicidio imprudente en concurso con un delito de lesiones imprudentes al realizar un giro prohibido que provoc&oacute; la muerte de una mujer. Aunque el juzgado no ha apreciado responsabilidad penal en el motorista que conduc&iacute;a el veh&iacute;culo en el que iba la v&iacute;ctima, s&iacute; ha considerado que le falt&oacute; pericia durante el siniestro, por lo que ha reducido la responsabilidad civil del condenado al 85%.
    </p><p class="article-text">
        Los hechos ocurrieron en torno a las 14:45 del 2 de marzo de 2023, cuando el condenado circulaba con una gr&uacute;a por la avenida Carlos III. Al llegar a la altura de la calle Cinco Caballeros, y tras reanudarse la marcha en un sem&aacute;foro, el gruista efectu&oacute; una maniobra de giro a la derecha para abandonar la avenida. Dicha maniobra estaba expresamente prohibida por una se&ntilde;al horizontal, que obligaba a seguir recto. Al girar, el cami&oacute;n invadi&oacute; el espacio por el que circulaba la motocicleta en la que viajaba como ocupante la esposa del conductor. Pese a que el motorista intent&oacute; una maniobra evasiva, colision&oacute; con el lateral del cami&oacute;n. La v&iacute;ctima sali&oacute; despedida y fue atropellada por la rueda delantera derecha del veh&iacute;culo pesado, falleciendo en el acto.
    </p><p class="article-text">
        Por estos hechos, el juzgado ha impuesto al gruista -camionero de profesi&oacute;n- una pena de un a&ntilde;o de multa (con una cuota diaria de seis euros, sumando 2.160 euros) y la privaci&oacute;n del derecho a conducir veh&iacute;culos a motor por un periodo de un a&ntilde;o. 
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






    <picture class="news-image">
                                    <!--[if IE 9]>
                <video style="display: none;"><![endif]-->
                                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 576px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/b24f404a-71f9-4dc4-b3b9-8894e0b7140b_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 576px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/b24f404a-71f9-4dc4-b3b9-8894e0b7140b_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.jpg"
                        >
                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 767px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/b24f404a-71f9-4dc4-b3b9-8894e0b7140b_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 767px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/b24f404a-71f9-4dc4-b3b9-8894e0b7140b_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.jpg"
                        >
                                                                    
                                                    <source
                                    
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/b24f404a-71f9-4dc4-b3b9-8894e0b7140b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.webp"
                            >
                                                <source
                                
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/b24f404a-71f9-4dc4-b3b9-8894e0b7140b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                        >
                                    
                <!--[if IE 9]></video><![endif]-->

                <img
                                        src="https://static.eldiario.es/clip/b24f404a-71f9-4dc4-b3b9-8894e0b7140b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                    alt="Vehículo la Policía Local en el lugar del accidente"
                >

            
            </picture>

            
            
                            <figcaption class="image-footer">
            <span class="title">
                Vehículo la Policía Local en el lugar del accidente                            </span>
                                    </figcaption>
            
                </figure><p class="article-text">
        Por otro lado, el tribunal ha decretado la libre absoluci&oacute;n del motorista. Aunque el atestado policial suger&iacute;a una responsabilidad compartida porque el motorista circulaba por una zona que ya se hab&iacute;a convertido en arc&eacute;n, el magistrado ha aplicado la teor&iacute;a de la imputaci&oacute;n objetiva. En ese sentido, el juzgado defiende que el riesgo principal y determinante fue creado por el gruista al ignorar la se&ntilde;alizaci&oacute;n obligatoria y no comprobar su derecha antes de girar, interrumpiendo un tr&aacute;nsito que no deb&iacute;a ser obstaculizado.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, en el &aacute;mbito civil, el juez s&iacute; ha apreciado una &ldquo;impericia&rdquo; del 15% por parte del motorista  &ldquo;al no haber sabido controlar la motocicleta que pilotaba ante el sorpresivo obst&aacute;culo que se le interpuso, quedando acorralado -precisamente por ocupar zona de estrechamiento no habilitada para circular- entre el cami&oacute;n que se le interpuso y el bordillo de la derecha, al que lleg&oacute; a golpear o rozar en su intento por evadir la colisi&oacute;n&rdquo;. De este modo, el juzgado ha estipulado que la responsabilidad del condenado debe situarse en el 85% de la cuant&iacute;a total de los da&ntilde;os.En relaci&oacute;n con las indemnizaciones para la familia -representada por la abogada Mar&iacute;a del Mar Jim&eacute;nez S&aacute;nchez-, estas ascienden a cerca de 350.000 euros. 
    </p><p class="article-text">
        El condenado y la aseguradora Helvetia, S.A. deber&aacute;n indemnizar de forma conjunta y solidaria a los familiares con las siguientes cantidades (ya ajustadas al porcentaje de responsabilidad). La resoluci&oacute;n a&uacute;n no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba en un plazo de cinco d&iacute;as.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/ano-carnet-multa-gruista-hizo-giro-prohibido-costo-vida-mujer-carlos-iii_1_13113930.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 01 Apr 2026 18:00:36 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/c07c1b1d-b36b-4861-9031-8f94c2bf7134_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="381620" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/c07c1b1d-b36b-4861-9031-8f94c2bf7134_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="381620" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Un año sin carnet y multa para un gruista que hizo un giro prohibido y provocó la muerte de una mujer en Carlos III]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/c07c1b1d-b36b-4861-9031-8f94c2bf7134_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Tribunales,Justicia,Accidente]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un vecino lleva a juicio al Ayuntamiento porque dice que las raíces de un naranjo le provocaron una inundación]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/vecino-lleva-juicio-ayuntamiento-dice-raices-naranjo-le-provocaron-inundacion_1_13109046.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/f923ee1f-428b-4f59-9c7d-9daf9ce84a34_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Un vecino lleva a juicio al Ayuntamiento porque dice que las raíces de un naranjo le provocaron una inundación"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El demandante reclama la responsabilidad patrimonial de la administración local tras sufrir la rotura de la acometida de su vivienda y la inundación de la planta baja.
</p><p class="subtitle">Condenan al Ayuntamiento a indemnizar a un motorista por un socavón sin señalizar
</p></div><p class="article-text">
        El Ayuntamiento de C&oacute;rdoba se personar&aacute; en un proceso judicial abierto en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo n&uacute;mero 3 de la ciudad. Todo porque un vecino ha interpuesto una demanda contra la administraci&oacute;n municipal por los da&ntilde;os sufridos en su propiedad, supuestamente causados por el crecimiento de las ra&iacute;ces de un naranjo de la v&iacute;a p&uacute;blica.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n consta en el expediente de la Asesor&iacute;a Jur&iacute;dica, el origen del conflicto se remonta al 20 de octubre de 2025, fecha en la que el afectado present&oacute; una reclamaci&oacute;n patrimonial inicial contra el consistorio. En aquel momento, el vecino denunci&oacute; que las ra&iacute;ces del &aacute;rbol hab&iacute;an provocado la rotura de la acometida de agua de su vivienda, lo que deriv&oacute; en una inundaci&oacute;n de la planta baja del inmueble.
    </p><p class="article-text">
        La v&iacute;a judicial se ha activado tras la desestimaci&oacute;n presunta por silencio administrativo de su reclamaci&oacute;n original. Al no obtener respuesta por parte del Consistorio en los plazos legales, el demandante ha decidido elevar el caso a los tribunales mediante un procedimiento contencioso abreviado.
    </p><p class="article-text">
        Por su parte, la Asesor&iacute;a Jur&iacute;dica municipal ya ha comunicado a la Junta de Gobierno Local su intenci&oacute;n de personarse en el procedimiento para defender los intereses del Ayuntamiento, en cumplimiento de la obligaci&oacute;n legal de las entidades locales de defender sus bienes y derechos. 
    </p><p class="article-text">
        El caso seguir&aacute; ahora su curso en el Tribunal de Instancia de la Plaza n&uacute;mero 3, donde se determinar&aacute; si existe responsabilidad municipal en los da&ntilde;os causados por el arbolado p&uacute;blico.
    </p><h2 class="article-text">Condenan al Ayuntamiento a indemnizar a un motorista por un socav&oacute;n sin se&ntilde;alizar</h2><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, la Junta de Gobierno Local ha recibido comunicaci&oacute;n este lunes de una sentencia firme del Juzgado de lo Contencioso Administrativo del Tribunal de Instancia de C&oacute;rdoba que obliga al Ayuntamiento a indemnizar a un ciudadano tras sufrir un accidente de moto provocado por las deficiencias del firme.
    </p><p class="article-text">
        El incidente ocurri&oacute; en la calle Sanchuelo, donde el demandante sufri&oacute; una ca&iacute;da al transitar sobre un socav&oacute;n en la calzada que se encontraba sin se&ntilde;alizar. Ante la falta de respuesta del Consistorio a su reclamaci&oacute;n inicial, presentada el 9 de abril de 2025 &mdash;lo que legalmente se conoce como desestimaci&oacute;n por silencio administrativo&mdash;, el afectado decidi&oacute; llevar el caso a los tribunales.
    </p><p class="article-text">
        Aunque la pretensi&oacute;n indemnizatoria original del motorista ascend&iacute;a a 630,43 euros, el tribunal ha dictado una estimaci&oacute;n parcial del recurso. En su fallo, el juez ha reconocido el derecho del accidentado a ser indemnizado por la administraci&oacute;n local con una cuant&iacute;a de 158 euros, m&aacute;s los intereses legales correspondientes desde la fecha de la sentencia hasta su pago total.
    </p><p class="article-text">
        La resoluci&oacute; tiene car&aacute;cter de sentencia firme, lo que significa que no admite recurso ordinario alguno. Por este motivo, la Asesor&iacute;a Jur&iacute;dica municipal ha recomendado a la Junta de Gobierno Local que adopte el acuerdo de acatar el fallo y proceda al pago de la compensaci&oacute;n reconocida al motorista.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Juan Velasco]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/vecino-lleva-juicio-ayuntamiento-dice-raices-naranjo-le-provocaron-inundacion_1_13109046.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 30 Mar 2026 18:01:42 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/f923ee1f-428b-4f59-9c7d-9daf9ce84a34_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="201534" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/f923ee1f-428b-4f59-9c7d-9daf9ce84a34_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="201534" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Un vecino lleva a juicio al Ayuntamiento porque dice que las raíces de un naranjo le provocaron una inundación]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/f923ee1f-428b-4f59-9c7d-9daf9ce84a34_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,juicio,naranja]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Multa de 3.600 euros por tocar las partes íntimas de una mujer que paseaba con su novio por La Corredera]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/multa-3-600-euros-tocar-partes-intimas-mujer-paseaba-novio-corredera_1_13102572.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/d586c393-62cd-4ab6-a979-c604b2de076f_16-9-discover-aspect-ratio_default_1139651.jpg" width="1405" height="790" alt="Multa de 3.600 euros por tocar las partes íntimas de una mujer que paseaba con su novio por La Corredera"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Audiencia Provincial de Córdoba ratifica el delito de abusos sexuales, aunque anula la inhabilitación para trabajar con menores al no haberse impuesto una pena de prisión</p></div><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Segunda de la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba ha confirmado la condena a un hombre por abusar sexualmente de una mujer al tocarle sus partes &iacute;ntimas mientras paseaba por su novio por La Corredera. El tribunal ha ratificado la multa de 3.600 euros tras desestimar los argumentos de la defensa que cuestionaban la presunci&oacute;n de inocencia y el estado mental del acusado.
    </p><p class="article-text">
        El incidente tuvo lugar sobre las 23:50 del 6 de agosto de 2022. Seg&uacute;n los hechos probados, la v&iacute;ctima paseaba por La Corredera cuando el condenado la abord&oacute; por detr&aacute;s. Con &aacute;nimo libidinoso, el hombre le levant&oacute; la falda y le toc&oacute; tanto los gl&uacute;teos como la zona vaginal, llegando a realizar los tocamientos por debajo de la ropa interior.
    </p><p class="article-text">
        Ante la agresi&oacute;n, la mujer reaccion&oacute; propin&aacute;ndole un empuj&oacute;n para apartarlo, lo que deriv&oacute; en un forcejeo. El acusado intent&oacute; huir del lugar, pero fue perseguido por la propia v&iacute;ctima hasta que su marido logr&oacute; interceptarlo y retenerlo hasta que lleg&oacute; la Polic&iacute;a Nacional, que lo detuvo. Por estos hechos, el Juzgado de lo Penal n&uacute;mero 1 lo conden&oacute; a 20 meses de multa con una cuota diaria de seis euros. La magistrada de instancia opt&oacute; por esta pena pecuniaria en lugar de la prisi&oacute;n atendiendo a la &ldquo;entidad de los hechos&rdquo; y a las circunstancias personales del acusado, quien carec&iacute;a de antecedentes penales.
    </p><p class="article-text">
        Aunque la condena por abusos se mantiene &ldquo;por la gravedad de la conducta&rdquo;, la Audiencia ha estimado parcialmente el recurso de la defensa y ha dejado sin efecto la pena de tres a&ntilde;os de inhabilitaci&oacute;n especial para trabajar con menores que se hab&iacute;a impuesto inicialmente. Los magistrados explican que, seg&uacute;n el actual C&oacute;digo Penal, esta inhabilitaci&oacute;n solo puede imponerse cuando la pena principal es de privaci&oacute;n de libertad y no cuando se impone &uacute;nicamente una multa.
    </p><p class="article-text">
        Por &uacute;ltimo, la Sala tambi&eacute;n ha rechazado aplicar eximentes por trastorno ps&iacute;quico. Aunque el acusado present&oacute; un diagn&oacute;stico de trastorno psic&oacute;tico de un a&ntilde;o despu&eacute;s de los hechos, el reconocimiento m&eacute;dico realizado justo tras su detenci&oacute;n determin&oacute; que no presentaba alteraciones y que actu&oacute; &ldquo;sin p&eacute;rdida de noci&oacute;n de la realidad&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/multa-3-600-euros-tocar-partes-intimas-mujer-paseaba-novio-corredera_1_13102572.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 29 Mar 2026 17:54:48 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/d586c393-62cd-4ab6-a979-c604b2de076f_16-9-discover-aspect-ratio_default_1139651.jpg" length="317903" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/d586c393-62cd-4ab6-a979-c604b2de076f_16-9-discover-aspect-ratio_default_1139651.jpg" type="image/jpeg" fileSize="317903" width="1405" height="790"/>
      <media:title><![CDATA[Multa de 3.600 euros por tocar las partes íntimas de una mujer que paseaba con su novio por La Corredera]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/d586c393-62cd-4ab6-a979-c604b2de076f_16-9-discover-aspect-ratio_default_1139651.jpg" width="1405" height="790"/>
      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,audiencia,Tribunales,Justicia,abusos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Audiencia insta a repetir un juicio contra un hombre que quebrantó una orden de alejamiento y fue absuelto]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/audiencia-insta-repetir-juicio-hombre-quebranto-orden-alejamiento-absuelto_1_13100020.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/b2990b5d-db54-40df-a40b-4be0114a9c22_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Audiencia insta a repetir un juicio contra un hombre que quebrantó una orden de alejamiento y fue absuelto"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El tribunal anula de nuevo otra sentencia del Juzgado de lo Penal número 6 al considerar que la jueza ignoró los testimonios de la víctima y los policías, y redactó un fallo con "meros formulismos" e "irracional"</p><p class="subtitle">La Audiencia ordena repetir el juicio a un hombre absuelto de amenazar a su novia e hijo pese a los indicios de culpabilidad
</p><p class="subtitle">La Audiencia de Córdoba anula una condena por maltrato dictada sin pruebas médicas ni testigos</p></div><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Tercera de la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba ha vuelto a anular una sentencia del Juzgado de lo Penal n&uacute;mero 6 y ha instado a repetir el juicio contra un hombre por quebrantar una orden de alejamiento que, pese a ello, fue absuelto. La Sala ha estimado el recurso del Ministerio Fiscal tras detectar graves deficiencias en la resoluci&oacute;n original, calific&aacute;ndola de &ldquo;arbitraria&rdquo; y carente de una motivaci&oacute;n l&oacute;gica.
    </p><p class="article-text">
        Los hechos que han provocado la anulaci&oacute;n de la sentencia ocurrieron la tarde del 23 de abril de 2025, alrededor de las 18:00. Seg&uacute;n el relato de hechos que la propia sentencia de instancia dio por probado, el acusado caminaba por una calle de C&oacute;rdoba junto a su expareja y la hija menor de ambos. En ese momento, agentes de la Polic&iacute;a Nacional que patrullaban la zona lo reconocieron porque d&iacute;as antes se les hab&iacute;a dado a la fuga en un patinete. Al detenerlo, comprobaron que sobre &eacute;l pesaba una orden de alejamiento y prohibici&oacute;n de comunicaci&oacute;n dictada por el Juzgado de Instrucci&oacute;n n&uacute;mero 3 de Lucena en marzo de 2023, la cual le imped&iacute;a acercarse a la mujer a menos de 150 metros.
    </p><p class="article-text">
        A pesar de que el Juzgado de lo Penal n&uacute;mero 6 de C&oacute;rdoba declar&oacute; probado que el hombre estaba junto a la mujer, la jueza lo absolvi&oacute; alegando que el testimonio de la v&iacute;ctima no le generaba una convicci&oacute;n &ldquo;sin ning&uacute;n g&eacute;nero de dudas&rdquo;, adem&aacute;s de que no cumpl&iacute;a &ldquo;los requisitos que exige el Tribunal Supremo&rdquo;, y que la prueba documental era insuficiente.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, la Audiencia Provincial ha sido especialmente dura con este razonamiento. Los magistrados de la Secci&oacute;n Tercera han se&ntilde;alado una &ldquo;incongruencia omisiva&rdquo; insalvable: que la jueza reconozca que el hombre estaba all&iacute;, pero luego lo absuelva sin explicar por qu&eacute; ese hecho no constitu&iacute;a un delito. Seg&uacute;n el tribunal, en la sentencia anulada, la magistrada &ldquo;se limit&oacute; a utilizar frases gen&eacute;ricas que encajan en cualquier supuesto&rdquo; y &ldquo;meros formulismos&rdquo;, sin explicar cu&aacute;les son esos requisitos del Supremo que no cumple la testifical de la v&iacute;ctima y sin analizar realmente lo que ocurri&oacute; en la vista oral. 
    </p><p class="article-text">
        Lo m&aacute;s grave, seg&uacute;n el tribunal, es que la magistrada &ldquo;omiti&oacute; por completo la valoraci&oacute;n de pruebas fundamentales&rdquo;, como fueron las declaraciones de los polic&iacute;as, y el fallo no ha sido razonado. En consecuencia, la Audiencia ha declarado la nulidad total de las actuaciones y ha devuelto el caso a Instrucci&oacute;n para que se juzgue en otro juzgado.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/audiencia-insta-repetir-juicio-hombre-quebranto-orden-alejamiento-absuelto_1_13100020.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sat, 28 Mar 2026 18:53:26 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/b2990b5d-db54-40df-a40b-4be0114a9c22_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="193948" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/b2990b5d-db54-40df-a40b-4be0114a9c22_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="193948" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[La Audiencia insta a repetir un juicio contra un hombre que quebrantó una orden de alejamiento y fue absuelto]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/b2990b5d-db54-40df-a40b-4be0114a9c22_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Sucesos,Tribunales,Justicia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Junta confía en que la jueza acepte su personación en el proceso por el accidente en Adamuz]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/junta-confia-jueza-acepte-personacion-proceso-accidente-adamuz_1_13106252.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/90b026d0-391e-4b86-aa13-89e1dd3e3ec3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Junta confía en que la jueza acepte su personación en el proceso por el accidente en Adamuz"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, José Antonio Nieto, ha recordado que algunas solicitudes ya se han aprobado o rechazado, aunque no la del Gobierno Andaluz</p></div><p class="article-text">
        El consejero de Justicia, Administraci&oacute;n Local y Funci&oacute;n P&uacute;blica, Jos&eacute; Antonio Nieto, ha se&ntilde;alado que la jueza que investiga el accidente ferroviario en Adamuz (C&oacute;rdoba), en el que murieron 46 personas, a&uacute;n no ha resuelto sobre la solicitud de personaci&oacute;n de la Junta de Andaluc&iacute;a en dicho procedimiento, aunque ha confiado en que &ldquo;ser&aacute; que s&iacute;&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute; lo ha dicho Nieto este s&aacute;bado en el acto institucional de reconocimiento a quienes ayudaron a las v&iacute;ctimas del accidente ferroviario, donde ha sido cuestionado por los periodistas respecto de esa personaci&oacute;n y donde ha recordado que la han solicitado para &ldquo;garantizar que toda la instrucci&oacute;n y luego el juicio llegue a buen t&eacute;rmino&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n ha indicado, hay algunas solicitudes que se han denegado y otras que ya se han permitido, pero sobre la de la Junta no han recibido notificaci&oacute;n alguna &ldquo;ni en un sentido ni en el otro&rdquo;. As&iacute;, ha apostado por &ldquo;dejar que se vean todos los escritos que se han presentado por las distintas partes&rdquo;. &ldquo;Entendemos que ser&aacute; positiva, pero todav&iacute;a no se ha producido&rdquo;, ha incidido
    </p><p class="article-text">
        El consejero se ha referido a la figura del comisionado creada &ldquo;para que est&eacute; al lado de las v&iacute;ctimas&rdquo; y que ya est&aacute; trabajando con &ldquo;el objetivo fundamental de estar en contacto con las personas que han sufrido de una u otra forma el accidente&rdquo;. Al respecto, ha indicado que &ldquo;pr&aacute;cticamente todas las que iban en el tren y sufrieron alg&uacute;n tipo de lesi&oacute;n han recibido su llamada o han recibido su visita&rdquo;, lo que ha considerado &ldquo;positivo&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Preguntado sobre la creaci&oacute;n de una comisi&oacute;n en el Parlamento andaluz, ha se&ntilde;alado que al haberse disuelto por la convocatoria de elecciones andaluzas, &ldquo;ser&aacute; una de las primeras funciones del nuevo Parlamento la constituci&oacute;n de esa comisi&oacute;n que el presidente ya ha dicho que quiere que sea del di&aacute;logo y del acuerdo entre todos los grupos pol&iacute;ticos donde se definan qu&eacute; medidas y qu&eacute; contenidos son los que tienen que desarrollar&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Lo que nosotros queremos es que las v&iacute;ctimas del accidente sientan que su administraci&oacute;n, la Junta de Andaluc&iacute;a, est&aacute; cerca de ellos y les va a ayudar en aquello que necesiten. Ese es nuestro objetivo y ese es nuestro reto y en esa l&iacute;nea es en la que queremos que se desarrolle&rdquo;, ha dicho el consejero.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n ha apuntado, tambi&eacute;n trabajar&aacute;n, aunque ser&aacute; algo que se prolongar&aacute; &ldquo;durante bastante tiempo&rdquo;, en &ldquo;garantizar que el proceso judicial se cierra de una forma correcta, que las personas que han sufrido el accidente se vean compensadas en la manera que la justicia determine y que si ha habido alguna responsabilidad, tambi&eacute;n quede verificada y definida en esa causa judicial&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Cuestionado por el refuerzo del juzgado que lleva la investigaci&oacute;n, ha destacado la labor de la jueza y ha aseverado que se est&aacute; haciendo un esfuerzo &ldquo;notable&rdquo;, al tiempo que ha apuntado que no se les ha pedido m&aacute;s refuerzos, pero que &ldquo;si se solicitaran, evidentemente, los atenderemos y trataremos de que no haya ninguna carencia que lastre o dificulte la instrucci&oacute;n de ese procedimiento&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Nieto ha esperado que las personas que permanecen hospitalizadas se recuperen y ha se&ntilde;alado que &ldquo;hay otras heridas que no se ven, que son heridas que est&aacute;n en el alma, que est&aacute;n en la mente y que afectan a muchas personas que iban en ese tren, a muchos familiares de los que iban en el tren y ya no est&aacute;n con nosotros y a ellos no los podemos olvidar&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, ha considerado que &ldquo;es la hora de intentar cerrar ese luto, cerrar esa presi&oacute;n, hacer que tambi&eacute;n llegue la primavera a esas personas que lo han pasado mal aqu&iacute; y que en el recuerdo nos quede la parte positiva de Adamuz&rdquo;, en referencia a que se convirti&oacute; en un lugar &ldquo;donde tambi&eacute;n estall&oacute; una empat&iacute;a y una colaboraci&oacute;n por parte de la ciudadan&iacute;a que va a quedar siempre en nuestro recuerdo&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;No nos olvidamos del trabajo que hicieron todos los cuerpos que participaron en paliar los da&ntilde;os de ese accidente, desde las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, todo el dispositivo de Protecci&oacute;n Civil, el dispositivo sanitario; bomberos, el trabajo que hicieron tambi&eacute;n los forenses, que en ese momento fue clave; y los vecinos de Adamuz para intentar con su presencia, con su ayuda, con sus mantas, tratar de paliar ese fr&iacute;o que a todo se nos meti&oacute; en los huesos&rdquo;, ha dicho.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Redacción Cordópolis]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/junta-confia-jueza-acepte-personacion-proceso-accidente-adamuz_1_13106252.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sat, 28 Mar 2026 15:26:01 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/90b026d0-391e-4b86-aa13-89e1dd3e3ec3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="587274" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/90b026d0-391e-4b86-aa13-89e1dd3e3ec3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="587274" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[La Junta confía en que la jueza acepte su personación en el proceso por el accidente en Adamuz]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/90b026d0-391e-4b86-aa13-89e1dd3e3ec3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Accidente trenes Adamuz]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Justicia libera de sus deudas a una cordobesa asfixiada desde la crisis de 2008]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/justicia-libera-deudas-cordobesa-asfixiada-crisis-2008_1_13097044.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/70e39927-f827-46b4-ae02-c31044951dc4_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Justicia libera de sus deudas a una cordobesa asfixiada desde la crisis de 2008"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Un juzgado de la capital aplica la Ley de la Segunda Oportunidad a una deudora de casi 30.000 euros cuya situación de precariedad comenzó con tras la burbuja inmobiliaria y se agravó tras el cierre de su negocio en la pandemia</p></div><p class="article-text">
        La Plaza 1 de la Secci&oacute;n de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de C&oacute;rdoba ha concedido el Beneficio de Exoneraci&oacute;n del Pasivo Insatisfecho (EPI) a una vecina de la capital cordobesa, logrando as&iacute; extinguir las deudas que la mujer arrastraba desde hace dos d&eacute;cadas, que ascend&iacute;an a 29.414,75 euros.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n ha informado la Asociaci&oacute;n del Ayuda al Endeudamiento, la situaci&oacute;n de insolvencia se origin&oacute; en 2005 con la adquisici&oacute;n de una vivienda. El incremento del Eur&iacute;bor en 2007 elev&oacute; las cuotas hipotecarias por encima de los 1.000 euros mensuales, cifra que superaba los ingresos de la unidad familiar, situados en 600 euros. A pesar de las dificultades, la afectada intent&oacute; mantener los pagos. La entidad bancaria le&nbsp;concedi&oacute; algunas carencias temporales y posteriormente accedi&oacute; a una reunificaci&oacute;n de deudas,&nbsp;aunque esta medida solo sirvi&oacute; para aumentar la carga econ&oacute;mica.&nbsp;Con el paso del tiempo, la situaci&oacute;n empeor&oacute; y la solicitante se vio obligada a priorizar el pago de&nbsp;la hipoteca, dejando de atender otros compromisos. Adem&aacute;s, el pr&eacute;stamo hipotecario contaba&nbsp;con el aval de su abuela, quien firm&oacute; como garante aportando una doble garant&iacute;a sobre la&nbsp;vivienda.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Finalmente, en 2019, la situaci&oacute;n se volvi&oacute; insostenible y la mujer logr&oacute; negociar con la entidad bancaria&nbsp;una daci&oacute;n en pago, entregando la vivienda para cancelar parte de la deuda. A pesar de ello,&nbsp;qued&oacute; pendiente un pr&eacute;stamo residual con la entidad.&nbsp;La afectada continu&oacute; viviendo de alquiler junto a sus dos hijas y su abuela, que entonces ten&iacute;a 90&nbsp;a&ntilde;os. Poco tiempo despu&eacute;s, la abuela falleci&oacute; y la entidad bancaria se qued&oacute; con la vivienda.&nbsp;Adem&aacute;s, tras una revisi&oacute;n de la renta del alquiler, el precio subi&oacute; de forma significativa, obligando&nbsp;a la familia a trasladarse a otra vivienda.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Tras la entrega del inmueble, la mujer todav&iacute;a manten&iacute;a deudas con varias entidades&nbsp;financieras y con administraciones p&uacute;blicas. Posteriormente, el cierre de un peque&ntilde;o negocio durante la crisis del COVID-19 consolid&oacute; el estado de insolvencia.
    </p><p class="article-text">
        El juzgado ha identificado a la mujer como una &ldquo;deudora de buena fe&rdquo; por lo que, tras analizar su caso, la ha exonerado de todas las deudas contra&iacute;das con entidades bancarias y otros proveedores de servicios. Adem&aacute;s, siguiendo el criterio de la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba, la exoneraci&oacute;n de deudas con la Agencia Tributaria (AEAT) y la Seguridad Social la ha limitado a un m&aacute;ximo de 10.000 euros por organismo. En relaci&oacute;n con los tributos locales, el fallo ha determinado que las deudas con administraciones locales (como el IBI o tasas municipales) no son susceptibles de exoneraci&oacute;n seg&uacute;n la jurisprudencia actual.
    </p><p class="article-text">
        Con relaci&oacute;n a este &uacute;ltimo apartado de la sentencia, desde la asociaci&oacute;n han se&ntilde;alado que la misma se formul&oacute; &ldquo;d&iacute;as antes&rdquo; de que el Tribunal Supremo fijara criterio sobre la exoneraci&oacute;n de las deudas con administraciones locales, aclarando que estas pueden tambi&eacute;n pueden ser exoneradas dentro de los l&iacute;mites legales. La entidad ha pedido aclaraci&oacute;n para que se aplique este criterio en el caso de esta cordobesa.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/justicia-libera-deudas-cordobesa-asfixiada-crisis-2008_1_13097044.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 26 Mar 2026 10:28:45 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/70e39927-f827-46b4-ae02-c31044951dc4_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="564036" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/70e39927-f827-46b4-ae02-c31044951dc4_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="564036" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[La Justicia libera de sus deudas a una cordobesa asfixiada desde la crisis de 2008]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/70e39927-f827-46b4-ae02-c31044951dc4_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Tribunales,Justicia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Condenado en Córdoba por agredir a su mujer y dar una colleja a su hijo porque no recogió una zapatilla]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/condenan-cordoba-agredir-mujer-dar-colleja-hijo-no-recogio-zapatilla_1_13096682.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/378e99ef-64cb-45fd-a53c-fb7274bff22c_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Condenado en Córdoba por agredir a su mujer y dar una colleja a su hijo porque no recogió una zapatilla"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Audiencia le ha impuesto a 12 meses de prisión por el primer delito y 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad por pegar al menor, que tenía casi siete años</p></div><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Tercera de la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba ha dictado una sentencia en la que ha condenado a un hombre, por dos delitos de maltrato, pero lo ha absuelto de los cargos m&aacute;s graves que pesaban sobre &eacute;l, incluyendo agresi&oacute;n sexual, maltrato habitual y amenazas.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n la sentencia, a la que ha accedido este peri&oacute;dico, el tribunal considera acreditado que, en una fecha no determinada de verano, cuando el hijo menor del procesado ten&iacute;a casi siete a&ntilde;os, se produjo un incidente en el sal&oacute;n del domicilio familiar. El ni&ntilde;o no lograba alcanzar una zapatilla que se hab&iacute;a colado bajo el sof&aacute; y, ante la insistencia de su padre para que la cogiera, este termin&oacute; propin&aacute;ndole una &ldquo;colleja&rdquo; en la nuca con la palma de la mano. Aunque no constan lesiones, el tribunal ha subrayado que este acto no puede ampararse en el &ldquo;derecho de correcci&oacute;n&rdquo; de los padres, ya que fue una descarga de frustraci&oacute;n desproporcionada ante un &ldquo;hecho nimio&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El episodio m&aacute;s violento ocurri&oacute; el 19 de marzo de 2022 durante el almuerzo. Tras un altercado previo con su hija, el acusado comenz&oacute; a propinar fuertes bofetadas a su esposa, que sufre una grave discapacidad visual y a quien zarande&oacute; y tir&oacute; con fuerza al suelo. La agresi&oacute;n fue tan violenta que la mujer perdi&oacute; el sentido moment&aacute;neamente y sufri&oacute; diversas lesiones faciales e inflamaci&oacute;n que tardaron cinco d&iacute;as en sanar. Todo esto ocurri&oacute; delante de los dos hijos menores de su pareja.
    </p><p class="article-text">
        Pese a las condenas por estos hechos, el tribunal ha absuelto al acusado de los delitos m&aacute;s graves debido a la falta de pruebas. En primer lugar, la mujer lo denunci&oacute; haber sido forzada a mantener relaciones anales en 2019. Sin embargo, los magistrados han se&ntilde;alado que la denuncia fue &ldquo;tard&iacute;a&rdquo; e &ldquo;inconsistente&rdquo;. Adem&aacute;s, los informes forenses determinaron que no hab&iacute;a pruebas objetivas de violencia sexual y que las lesiones f&iacute;sicas mencionadas por la mujer estaban relacionadas con una patolog&iacute;a previa y no con la supuesta agresi&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        En segundo lugar, la acusaci&oacute;n particular sosten&iacute;a que la mujer viv&iacute;a en un clima de aislamiento social y vejaciones constantes, pero el tribunal tambi&eacute;n ha rechazado esta acusaci&oacute;n sobre la base de lo manifestado por los testigos durante el juicio. Estos declararon que el acusado estaba &ldquo;siempre pendiente&rdquo; de su mujer, incluso retransmiti&eacute;ndole los partidos de f&uacute;tbol debido su discapacidad. Otra acusaci&oacute;n que formul&oacute; la mujer tiene que ver con que el procesado habr&iacute;a esgrimido un cuchillo contra ella el d&iacute;a de la agresi&oacute;n de 2022. Sin embargo, el tribunal ha considerado que exist&iacute;an testimonios contradictorios entre los hijos y debido a que la mujer, por su estado de inconsciencia y su ceguera legal, no pudo percibir la supuesta amenaza. En &uacute;ltimo lugar, el procesado ha sido absuelto de un presunto maltrato ocurrido en 2020 relacionado. Seg&uacute;n la mujer, su pareja la arrastr&oacute; a la cocina y le dio bofetadas en la cara. Sobre este episodio, los hijos relataron varias discordancias que han llevado al tribunal a absolver al procesado. 
    </p><p class="article-text">
        En consecuencia, por la agresi&oacute;n a su esposa, ha sido condenado a un a&ntilde;o de prisi&oacute;n y a la privaci&oacute;n de la patria potestad durante tres a&ntilde;os. Tambi&eacute;n se le ha impuesto la prohibici&oacute;n de comunicarse o aproximarse a ella a menos de 500 metros durante cinco a&ntilde;os. Por la colleja a su hijo, la Audiencia le ha impuesto 60 d&iacute;as de trabajos en beneficio de la comunidad y la inhabilitaci&oacute;n de la patria potestad por dos a&ntilde;os. Asimismo, no podr&aacute; aproximarse al menor durante un a&ntilde;o y nueve meses.
    </p><p class="article-text">
        Respecto a la responsabilidad civil, el tribunal no ha impuesto indemnizaciones econ&oacute;micas porque la mujer renunci&oacute; expresamente a ellas y, en el caso del hijo, los magistrados consideran que no existi&oacute; un da&ntilde;o moral indemnizable dada la &ldquo;liviana entidad&rdquo; del golpe recibido.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/condenan-cordoba-agredir-mujer-dar-colleja-hijo-no-recogio-zapatilla_1_13096682.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 25 Mar 2026 19:01:47 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/378e99ef-64cb-45fd-a53c-fb7274bff22c_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="44314" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/378e99ef-64cb-45fd-a53c-fb7274bff22c_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="44314" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Condenado en Córdoba por agredir a su mujer y dar una colleja a su hijo porque no recogió una zapatilla]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/378e99ef-64cb-45fd-a53c-fb7274bff22c_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Tribunales,Justicia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Condenado a 18 años de cárcel por maltratar a su novia e intentar matarla a puñaladas con un destornillador]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/condenado-18-anos-carcel-maltratar-novia-e-matarla-punaladas-destornillador_1_13096073.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/4247d771-ce48-4e6b-a53d-14f5641ec0de_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Condenado a 18 años de cárcel por maltratar a su novia e intentar matarla a puñaladas con un destornillador"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Audiencia de Córdoba relata un "clima de terror" constante, con agresiones habituales y amenazas de muerte presenciadas por la hija de ambos, que también fue golpeada al intentar defender a su madre durante la agresión que estuvo a punto de costarle la vida</p></div><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Tercera de la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba ha dictado una sentencia de conformidad por la que ha condenado a un hombre a una pena de 18 a&ntilde;os y dos meses de prisi&oacute;n por maltratar a su pareja, amenazarla e intentar asesinarla con un destornillador en Pozoblanco. Adem&aacute;s, ha sido condenado por agredir a su hija durante este &uacute;ltimo episodio, que se produjo en agosto de 2023 en la piscina del camping de la localidad. La Fiscal&iacute;a ped&iacute;a 29 a&ntilde;os de prisi&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n la sentencia, los hechos sufridos por la v&iacute;ctima revelan un historial de violencia sist&eacute;mica y control que el tribunal ha calificado como un &ldquo;clima de terror continuado&rdquo;. La pareja inici&oacute; su relaci&oacute;n en 2010, fruto de la cual naci&oacute; su hija que hoy es menor de edad. Desde el inicio, el condenado mantuvo una actitud violenta y de control absoluto sobre su pareja.
    </p><p class="article-text">
        De forma cotidiana, el agresor le propinaba pu&ntilde;etazos, bofetadas, tirones de pelo y patadas, seleccionando preferentemente zonas del cuerpo no visibles con la ropa para ocultar las agresiones. El control se extend&iacute;a a su entorno social, con insultos constantes y escenas de celos. Estos episodios ocurr&iacute;an habitualmente en el domicilio com&uacute;n y eran presenciados en su mayor&iacute;a por la hija. Con el tiempo, el nivel de agresividad aument&oacute;, coincidiendo con el inicio del consumo de estupefacientes por parte del condenado. Para mantener a la v&iacute;ctima en un estado de miedo permanente, el hombre lleg&oacute; a colocar cuchillos en la habitaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        De manera detallada, el tribunal ha considerado probado que, en septiembre de 2022 durante la feria de Pozoblanco, el acusado propin&oacute; pu&ntilde;etazos en el brazo porque a su novia porque hablaba mientras &eacute;l quer&iacute;a silencio. En junio 2023, tras propinarle fuertes pu&ntilde;etazos, el procesado fue a la cocina, cogi&oacute; un cuchillo y le cort&oacute; el brazo izquierdo, requiriendo puntos de sutura. En otro incidente, esta vez, en verano de 2023, lleg&oacute; a pinchar a su pareja dos o tres veces con un arma blanca. 
    </p><p class="article-text">
        En agosto de ese mismo a&ntilde;o, y d&iacute;as antes del ataque en la piscina, la pareja discuti&oacute; en el coche. En un momento dado, el condenado la oblig&oacute; a bajarse del veh&iacute;culo en un camino, la hizo arrodillarse y le puso un destornillador en el cuello mientras la amenazaba de muerte.
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






    <picture class="news-image">
                                    <!--[if IE 9]>
                <video style="display: none;"><![endif]-->
                                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 576px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/7394b5bd-90f9-4792-832c-5adf312c66d4_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 576px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/7394b5bd-90f9-4792-832c-5adf312c66d4_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.jpg"
                        >
                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 767px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/7394b5bd-90f9-4792-832c-5adf312c66d4_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 767px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/7394b5bd-90f9-4792-832c-5adf312c66d4_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.jpg"
                        >
                                                                    
                                                    <source
                                    
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/7394b5bd-90f9-4792-832c-5adf312c66d4_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.webp"
                            >
                                                <source
                                
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/7394b5bd-90f9-4792-832c-5adf312c66d4_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                        >
                                    
                <!--[if IE 9]></video><![endif]-->

                <img
                                        src="https://static.eldiario.es/clip/7394b5bd-90f9-4792-832c-5adf312c66d4_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                    alt="Manifestación contra Violencia de Género"
                >

            
            </picture>

            
            
                            <figcaption class="image-footer">
            <span class="title">
                Manifestación contra Violencia de Género                            </span>
                                    </figcaption>
            
                </figure><h2 class="article-text">El intento de asesinato en el camping</h2><p class="article-text">
        El 9 de agosto de 2023, sobre las 13:00, la familia lleg&oacute; a la piscina del camping municipal de Pozoblanco. El acusado, que presentaba un estado muy alterado, sac&oacute; del maletero un destornillador de 21 cent&iacute;metros de colores rojo y amarillo.
    </p><p class="article-text">
        Aprovechando que su novia caminaba delante de &eacute;l y cargaba con bolsas, lo que le imped&iacute;a defenderse, el condenado se aproxim&oacute; por la espalda con el fin de acabar con su vida. Le asest&oacute; un total de 24 pu&ntilde;aladas en diversas zonas del cuerpo. El ataque solo ces&oacute; cuando los presentes en el camping intervinieron para auxiliar a la mujer.
    </p><p class="article-text">
        En medio de la agresi&oacute;n, la menor intent&oacute; interponerse para proteger a su madre. Su padre, lejos de detenerse, le propin&oacute; un fuerte golpe en la cara, caus&aacute;ndole una herida cerca del ojo derecho que requiri&oacute; asistencia m&eacute;dica.
    </p><p class="article-text">
        A consecuencia de las 24 pu&ntilde;aladas, la v&iacute;ctima sufri&oacute; un neumot&oacute;rax bilateral y laceraciones pulmonares, pasando por intervenciones quir&uacute;rgicas de alto riesgo. Necesit&oacute; 375 d&iacute;as para estabilizar sus lesiones y le han quedado secuelas f&iacute;sicas y est&eacute;ticas importantes.
    </p><p class="article-text">
        Para la reducci&oacute;n de la pena, el tribunal ha aplicado la atenuante de toxifrenia al considerar que el consumo de drogas del acusado afectaba parcialmente sus facultades. De este modo, las condenas han sido las siguientes: un a&ntilde;o y nueve meses de prisi&oacute;n por malos tratos habituales en el &aacute;mbito familiar, dos a&ntilde;os de prisi&oacute;n por un delito de lesiones con instrumento peligroso, un a&ntilde;o y tres meses de prisi&oacute;n por un delito de amenazas no condicionales, 11 a&ntilde;os de c&aacute;rcel por un delito de asesinato en grado de tentativa y nueve meses de prisi&oacute;n por cada uno de los tres delitos de malos tratos en el &aacute;mbito familiar. 
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, la sentencia le ha impuesto la prohibici&oacute;n de comunicaci&oacute;n y aproximaci&oacute;n a la mujer durante 37 a&ntilde;os  y 15 respecto de su hija. Asimismo, ha sido inhabilitado para el ejercicio de la patria potestad respecto de la ni&ntilde;a durante tres a&ntilde;os y deber&aacute; cumplir una medida de libertad vigilada de ocho a&ntilde;os una vez finalizada su estancia en prisi&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Finalmente, en concepto de responsabilidad civil, deber&aacute; indemnizar a su pareja con un total de 134.350 euros, mientras que deber&aacute; abonar 1.100 euros a su hija.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/condenado-18-anos-carcel-maltratar-novia-e-matarla-punaladas-destornillador_1_13096073.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 25 Mar 2026 11:42:17 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/4247d771-ce48-4e6b-a53d-14f5641ec0de_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="302392" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/4247d771-ce48-4e6b-a53d-14f5641ec0de_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="302392" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Condenado a 18 años de cárcel por maltratar a su novia e intentar matarla a puñaladas con un destornillador]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/4247d771-ce48-4e6b-a53d-14f5641ec0de_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Tribunales,Justicia,asesinato]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La jueza del caso Adamuz da cinco días a Adif para que aclare por qué sustituyó tramos de vía sin pedir permiso]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/jueza-caso-adamuz-da-cinco-dias-adif-aclare-sustituyo-tramos-via-pedir-permiso_1_13096432.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/94769866-e37a-4d5c-8ac2-0b9b55d9bfef_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La jueza del caso Adamuz da cinco días a Adif para que aclare por qué sustituyó tramos de vía sin pedir permiso"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La magistrada reclama los certificados de calidad del carril "defectuoso" y los nombres de la empresa "suministradora que informó del defecto"</p></div><p class="article-text">
        La jueza del Tribunal de Instancia de Montoro, plaza n&uacute;mero 2, Cristina Pastor Recover, ha requerido a la empresa p&uacute;blica Adif, a trav&eacute;s de una providencia, que en un plazo de cinco d&iacute;as &ldquo;aclare y complemente los hechos y motivos t&eacute;cnicos por los que se procedi&oacute; a la sustituci&oacute;n del carril de 36 metros de longitud en el punto kilom&eacute;trico 317,264 de la v&iacute;a 2&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        La magistrada, que instruye el caso del accidente ferroviario en Adamuz, reclama que se identifique a la empresa suministradora del carril defectuoso y al responsable de la empresa suministradora que inform&oacute; del defecto, as&iacute; como la persona que aconsej&oacute; a Adif la sustituci&oacute;n preventiva. En la misma providencia reclama los nombres de los trabajadores y t&eacute;cnicos con los que la empresa suministradora y su director t&eacute;cnico &ldquo;trataron la incidencia y trabajador y/o responsable de Adif que autoriz&oacute; el cambio de carril&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Junto a ello, la jueza oficia a la Guardia Civil de C&oacute;rdoba &ldquo;para que proceda a la pr&aacute;ctica de diligencias de investigaci&oacute;n para el esclarecimiento de la sustituci&oacute;n de carril de 36 metros de longitud en el punto kilom&eacute;trico 317,264 de la v&iacute;a 2 y si el supuesto defecto pudo hacerse extensivo a otros cupones de la v&iacute;a 1 y v&iacute;a 2 incluidos en los puntos kilom&eacute;tricos que van desde el 321,098 al 315,974&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n da un plazo de cinco d&iacute;as a Adif &ldquo;para que certifique ante este &oacute;rgano judicial que el nuevo carril instalado cuenta con certificado de calidad  y dem&aacute;s constancia documental necesaria para asegurar su trazabilidad&rdquo;, adem&aacute;s de que &ldquo;aclare y complemente las causas t&eacute;cnicas que motivaron la sustituci&oacute;n de 42 metros de carril de la v&iacute;a 2 entre los puntos kilom&eacute;tricos  317,300 y 317,342&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alfonso Alba]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/jueza-caso-adamuz-da-cinco-dias-adif-aclare-sustituyo-tramos-via-pedir-permiso_1_13096432.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 25 Mar 2026 11:08:26 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/94769866-e37a-4d5c-8ac2-0b9b55d9bfef_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="247849" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/94769866-e37a-4d5c-8ac2-0b9b55d9bfef_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="247849" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[La jueza del caso Adamuz da cinco días a Adif para que aclare por qué sustituyó tramos de vía sin pedir permiso]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/94769866-e37a-4d5c-8ac2-0b9b55d9bfef_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Tribunales,Accidente trenes Adamuz,Adamuz]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Una empresa de jamones de Fuente Obejuna, condenada a devolver 71.000 euros de fondos mineros por no crear empleo en el pueblo]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/empresa-jamones-fuente-obejuna-condenada-devolver-71-000-euros-fondos-mineros-no-crear-empleo-pueblo_1_13092621.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/2d460f2a-467c-428f-92c8-b59d0409ed29_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Una empresa de jamones de Fuente Obejuna, condenada a devolver 71.000 euros de fondos mineros por no crear empleo en el pueblo"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Audiencia Nacional tumba el recurso de la mercantil, que intentó justificar su plantilla sumando trabajadores de una tienda en Málaga para no perder la ayuda del Plan del Carbón</p></div><p class="article-text">
        La Audiencia Nacional ha confirmado que una empresa de jamones de Fuente Obejuna deber&aacute; reintegrar la totalidad de una subvenci&oacute;n de 71.480,30 euros recibida para la modernizaci&oacute;n de sus instalaciones, una ayuda que proven&iacute;a de los fondos destinados a reactivar las zonas mineras. Uno de los requisitos de estas subvenciones es la generaci&oacute;n de empleo en la zona, condici&oacute;n que la entidad no habr&iacute;a cumplido. 
    </p><p class="article-text">
        Los hechos se remontan a noviembre de 2012, cuando el Gobierno concedi&oacute; a la c&aacute;rnica cordobesa una ayuda m&aacute;xima de 75.000 euros, dise&ntilde;ada espec&iacute;ficamente para generar empleo alternativo en las comarcas que sufr&iacute;an el cierre de las minas de carb&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        A cambio de esta subvenci&oacute;n, la empresa se comprometi&oacute; a un ambicioso proyecto de modernizaci&oacute;n de sus instalaciones con una inversi&oacute;n de 318.926,89 euros. Una condici&oacute;n<em> sine qua non</em> Para recibir esta ayuda era que la empresa deb&iacute;a mantener sus 15 empleos existentes y crear uno nuevo a tiempo completo en Fuente Obejuna. En 2013, la Agencia de Innovaci&oacute;n y Desarrollo de Andaluc&iacute;a (IDEA) certific&oacute; que la inversi&oacute;n se hab&iacute;a realizado y se pagaron los 71.480 euros finales. Sin embargo, el compromiso no terminaba ah&iacute;: la empresa deb&iacute;a mantener esa plantilla de 16 personas al menos hasta el 31 de diciembre de 2015.
    </p><p class="article-text">
        La sorpresa lleg&oacute; en febrero de 2017. Tras revisar los informes de vida laboral y la plantilla media de la Seguridad Social, la Administraci&oacute;n descubri&oacute; que durante el periodo de mantenimiento, la empresa solo dispon&iacute;a de 12 trabajadores, frente a los 16 comprometidos.
    </p><p class="article-text">
        Ante esta situaci&oacute;n, el Instituto para la Transici&oacute;n Justa (ITJ) inici&oacute; un procedimiento de reintegro total. La empresa recurri&oacute;, alegando que los 14 o 15 trabajadores que declararon al principio inclu&iacute;an tambi&eacute;n a los empleados de una &ldquo;tienda que poseen en M&aacute;laga&rdquo;. Seg&uacute;n su versi&oacute;n, si se sumaban los centros de C&oacute;rdoba y M&aacute;laga, el empleo s&iacute; se hab&iacute;a mantenido. Pero la Audiencia Nacional ha rechazado esta &ldquo;alambicada interpretaci&oacute;n&rdquo;. 
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






    <picture class="news-image">
                                    <!--[if IE 9]>
                <video style="display: none;"><![endif]-->
                                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 576px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/1a015b07-0be5-49da-bdba-793dbd5ca7a4_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 576px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/1a015b07-0be5-49da-bdba-793dbd5ca7a4_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.jpg"
                        >
                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 767px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/1a015b07-0be5-49da-bdba-793dbd5ca7a4_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 767px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/1a015b07-0be5-49da-bdba-793dbd5ca7a4_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.jpg"
                        >
                                                                    
                                                    <source
                                    
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/1a015b07-0be5-49da-bdba-793dbd5ca7a4_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.webp"
                            >
                                                <source
                                
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/1a015b07-0be5-49da-bdba-793dbd5ca7a4_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                        >
                                    
                <!--[if IE 9]></video><![endif]-->

                <img
                                        src="https://static.eldiario.es/clip/1a015b07-0be5-49da-bdba-793dbd5ca7a4_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                    alt="Entrada a la Audiencia Nacional."
                >

            
            </picture>

            
            
                            <figcaption class="image-footer">
            <span class="title">
                Entrada a la Audiencia Nacional.                            </span>
                                    </figcaption>
            
                </figure><p class="article-text">
        En ese sentido, el fallo subraya que los fondos mineros tienen como objetivo fundamental &ldquo;promover la localizaci&oacute;n de proyectos de inversi&oacute;n empresarial en las zonas de la miner&iacute;a del carb&oacute;n&rdquo; para generar &ldquo;actividades econ&oacute;micas alternativas&rdquo;. Por ello, &ldquo;los nuevos puestos de trabajo han de crearse en dichas zonas, entre las que no se encuentra M&aacute;laga&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, la sentencia analiza que el d&iacute;a antes de pedir la ayuda, la empresa ten&iacute;a 21 empleados en total: 14 en C&oacute;rdoba y siete en M&aacute;laga, por lo que los trabajadores que hab&iacute;a en Fuente Obejuna &ldquo;constitu&iacute;an el par&aacute;metro sobre el que incrementar y mantener el empleo en un trabajador, condici&oacute;n que no fue cumplida&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Por &uacute;ltimo, la Audiencia Nacional tambi&eacute;n ha rechazado que la empresa devolviera un 20% de la ayuda, tal y como ped&iacute;a subsidiariamente. En su defensa, la entidad apelaba al &ldquo;principio de proporcionalidad&rdquo;, ya que la inversi&oacute;n en maquinaria s&iacute; se hab&iacute;a realizado. Sin embargo, el tribunal ha insistido en que la creaci&oacute;n y mantenimiento del empleo en el municipio es un &ldquo;requisito m&iacute;nimo&rdquo; e indispensable. Al no haber mantenido siquiera el personal inicial en la zona del Guadiato, se considera un &ldquo;incumplimiento total&rdquo;, lo que obliga a la empresa a devolver la ayuda &iacute;ntegramente. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/empresa-jamones-fuente-obejuna-condenada-devolver-71-000-euros-fondos-mineros-no-crear-empleo-pueblo_1_13092621.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 24 Mar 2026 18:58:34 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/2d460f2a-467c-428f-92c8-b59d0409ed29_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="46349" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/2d460f2a-467c-428f-92c8-b59d0409ed29_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="46349" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Una empresa de jamones de Fuente Obejuna, condenada a devolver 71.000 euros de fondos mineros por no crear empleo en el pueblo]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/2d460f2a-467c-428f-92c8-b59d0409ed29_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Tribunales,Justicia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Fernando Sobrón: "Espero que las acusaciones populares sirvan para mejorar la investigación del accidente de Adamuz"]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/fernando-sobron-espero-acusaciones-populares-sirvan-mejorar-investigacion-accidente-adamuz_1_13093914.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/98e2ed4f-6a13-4c89-af8c-9c6e311f5a9f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Fernando Sobrón: &quot;Espero que las acusaciones populares sirvan para mejorar la investigación del accidente de Adamuz&quot;"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El fiscal jefe en Córdoba, que ha renovado su cargo al que llegó en 2021, analiza los retos de su segundo mandato, que, sin duda, estará marcado por la causa de la tragedia ferroviaria </p></div><p class="article-text">
        Fernando Ostos Sobr&oacute;n (C&oacute;rdoba, 1963) inicia una nueva etapa al frente de la Fiscal&iacute;a Provincial de C&oacute;rdoba con la experiencia que otorgan sus a&ntilde;os de gesti&oacute;n y la energ&iacute;a de quien, asegura, tiene proyectos por culminar. Tras renovar su cargo como fiscal jefe de C&oacute;rdoba, puesto al que lleg&oacute; en 2021, atiende individualmente casi una decena de medios de comunicaci&oacute;n en una jornada maratoniana. 
    </p><p class="article-text">
        Con un plan &ldquo;minucioso y ambicioso&rdquo; bajo el brazo, seg&uacute;n la Fiscal&iacute;a General del Estado, en la siguiente entrevista, Sobr&oacute;n radiograf&iacute;a la provincia de C&oacute;rdoba en la que la justicia se mueve entre la delincuencia tradicional y los nuevos desaf&iacute;os digitales. Adem&aacute;s, advierte que el fen&oacute;meno del parcelismo, lejos de frenarse, sigue ganando terreno en el mapa cordob&eacute;s. Y aborda, aunque sucintamente, la tragedia de Adamuz en una defensa por que las v&iacute;ctimas no se enteren del avance de la causa por los medios de comunicaci&oacute;n y s&iacute; por las instancias judiciales. Insiste en que la justicia no puede perder de vista a la v&iacute;ctima.
    </p><p class="article-text">
        <strong>PREGUNTA (P). </strong>Despu&eacute;s de este primer mandato que inici&oacute; en 2021, &iquest;de qu&eacute; logro se siente m&aacute;s satisfecho?
    </p><p class="article-text">
        <strong>RESPUESTA (R)</strong>. M&aacute;s que de logros, prefiero hablar de objetivos. La Fiscal&iacute;a es un grupo de trabajo donde el trabajo de uno vincula al del otro. Mi funci&oacute;n como fiscal jefe es coordinar y dirigir a los 37 fiscales que forman la plantilla. He pretendido que haya una buena relaci&oacute;n y armon&iacute;a entre los compa&ntilde;eros para que el trabajo redunde en beneficio de la sociedad. Hemos dedicado tiempo a todas las especialidades, pero hemos potenciado especialmente &aacute;reas como Violencia y Delitos Econ&oacute;micos. De hecho, se va a proponer dividir la secci&oacute;n de delitos econ&oacute;micos para separar lo que son delitos propiamente dichos de los cometidos por funcionarios p&uacute;blicos en el ejercicio de su cargo. Tambi&eacute;n se ha potenciado la secci&oacute;n de Ordenaci&oacute;n del Territorio y Medio Ambiente**. La especializaci&oacute;n es un criterio que la Fiscal&iacute;a General impulsa desde hace a&ntilde;os porque es fundamental  en temas complejos, como el urbanismo. No todos podemos saber de todo y nos beneficiamos de los compa&ntilde;eros m&aacute;s preparados en esas materias.
    </p><p class="article-text">
        <strong>P. </strong>&iquest;Por qu&eacute; ha decidido renovar en el cargo?
    </p><p class="article-text">
        <strong>R. </strong>En los primeros cinco a&ntilde;os llegas con mucha ilusi&oacute;n e &iacute;mpetu, pero luego te das cuenta de lo que puedes y no puedes hacer. Ahora que ya tengo la formaci&oacute;n y la experiencia de saber c&oacute;mo funciona todo, sigo teniendo ilusi&oacute;n y ganas. No es por orgullo personal, ya estoy en la &uacute;ltima parte de mi carrera profesional, pero creo que puedo hacer una buena labor aqu&iacute;.
    </p><p class="article-text">
        <strong>P. </strong>&iquest;Echa de menos ir a juicio?
    </p><p class="article-text">
        <strong>R.</strong> Quiz&aacute;s eso sea lo que m&aacute;s echo de menos. Me gusta mucho ir, y trato de hacerlo en verano cuando hay bajas o si hace falta, aunque a veces me surgen gestiones de &uacute;ltima hora como fiscal jefe que me lo impiden.
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






    <picture class="news-image">
                                    <!--[if IE 9]>
                <video style="display: none;"><![endif]-->
                                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 576px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/358597c0-c19a-41c8-a9a1-09e7085ffcd5_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 576px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/358597c0-c19a-41c8-a9a1-09e7085ffcd5_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.jpg"
                        >
                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 767px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/358597c0-c19a-41c8-a9a1-09e7085ffcd5_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 767px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/358597c0-c19a-41c8-a9a1-09e7085ffcd5_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.jpg"
                        >
                                                                    
                                                    <source
                                    
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/358597c0-c19a-41c8-a9a1-09e7085ffcd5_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.webp"
                            >
                                                <source
                                
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/358597c0-c19a-41c8-a9a1-09e7085ffcd5_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                        >
                                    
                <!--[if IE 9]></video><![endif]-->

                <img
                                        src="https://static.eldiario.es/clip/358597c0-c19a-41c8-a9a1-09e7085ffcd5_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                    alt="Fernando Sobrón, Fiscal Jefe de Córdoba"
                >

            
            </picture>

            
            
                            <figcaption class="image-footer">
            <span class="title">
                Fernando Sobrón, Fiscal Jefe de Córdoba                            </span>
                                    </figcaption>
            
                </figure><p class="article-text">
        <strong>P. </strong>La Fiscal&iacute;a General del Estado ha calificado su nuevo plan para C&oacute;rdoba como &ldquo;minucioso y ambicioso&rdquo;. &iquest;Qu&eacute; pilares destacar&iacute;a?
    </p><p class="article-text">
        <strong>R.</strong> Va en la l&iacute;nea de lo que te he comentado antes: creaci&oacute;n de grupos, impulso de las especialidades y, muy importante, la protecci&oacute;n de las v&iacute;ctimas. He intentado mejorar la coordinaci&oacute;n en materias que est&aacute;n muy relacionadas, como civil, menores y violencia, porque a menudo un mismo caso tiene aspectos penales y civiles, como la custodia de unos ni&ntilde;os en un asunto de violencia sobre la mujer.
    </p><p class="article-text">
        <strong>P. </strong>Siempre se dice que a la Justicia le hacen falta medios. &iquest;Est&aacute; contento con el n&uacute;mero de profesionales que integran su plantilla?
    </p><p class="article-text">
        <strong>R. </strong>Nuestras funciones son infinitas y la sociedad cada vez nos pide m&aacute;s, por lo que siempre har&aacute;n falta medios proporcionales. Intento ser objetivo en mis informes; no pido fiscales por pedir, sino bas&aacute;ndome en el incremento de trabajo, la poblaci&oacute;n de C&oacute;rdoba y el n&uacute;mero de asuntos. En casos como la tragedia de Adamuz, la Fiscal&iacute;a General y la Superior fueron sensibles y se facilit&oacute; un fiscal de refuerzo de forma casi inmediata.
    </p><p class="article-text">
        <strong>P. </strong>&iquest;Cu&aacute;les son los delitos m&aacute;s comunes en la provincia actualmente?
    </p><p class="article-text">
        <strong>R.</strong> Por volumen, los m&aacute;s frecuentes son los delitos patrimoniales (robos, hurtos) y los delitos contra las personas. Dentro de estos, las estafas han subido much&iacute;simo debido a las nuevas formas de comisi&oacute;n. Sin embargo, los que m&aacute;s trabajo dan, por su complejidad, son los delitos econ&oacute;micos y los cometidos por funcionarios p&uacute;blicos. Tambi&eacute;n nos preocupan especialmente los delitos contra la libertad sexual y todos aquellos que afectan a v&iacute;ctimas vulnerables.
    </p><p class="article-text">
        <strong>P. </strong>En la &uacute;ltima memoria conocida de la Fiscal&iacute;a Provincial de C&oacute;rdoba, de 2023, ya se alertaba del aumento del parcelismo. A&uacute;n no hay datos del &uacute;ltimo informe, pero, &iquest;cu&aacute;l es la realidad ahora?
    </p><p class="article-text">
        <strong>R.</strong> El fen&oacute;meno no solo no remite, sino que ha aumentado en la provincia. Nosotros vamos a seguir en la misma l&iacute;nea: todo el mundo debe saber que para construir se necesita una autorizaci&oacute;n y esta solo se concede si la obra est&aacute; dentro de la ordenaci&oacute;n. Aunque no toda construcci&oacute;n irregular se convierte autom&aacute;ticamente en delito, cuando estimamos que hay indicios y el tribunal condena, las sentencias llevan aparejada la demolici&oacute;n de lo construido. La Fiscal&iacute;a la pide y los jueces la est&aacute;n acordando. Es algo que los ciudadanos ya saben, tambi&eacute;n, a trav&eacute;s vuestra, la de los medios de comunicaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        <strong>P. </strong>Las defensas suelen alegar diversos motivos para evitar estas demoliciones. 
    </p><p class="article-text">
        <strong>R. </strong>Es el derecho y la obligaci&oacute;n de las defensas utilizar todos los argumentos legales para evitar la condena o reducirla
    </p><p class="article-text">
        <strong>P.</strong> &iquest;Hay zonas concretas de la provincia donde este incremento sea m&aacute;s preocupante?
    </p><p class="article-text">
        <strong>R. </strong>No quiero se&ntilde;alar ning&uacute;n lugar en concreto, pero conocemos perfectamente que existe un incremento a&ntilde;o tras a&ntilde;o incre&iacute;ble de construcciones fuera de ordenaci&oacute;n. Lo que hay que transmitir es que esto nos afecta a todos. Quien construye fuera de ordenaci&oacute;n luego pretende que se lleven servicios p&uacute;blicos hasta su puerta, y eso lo tienen que pagar el resto de ciudadanos con sus impuestos, incluso aquellos que viven en un piso de 50 metros cuadrados que les ha costado mucho dinero y por el que pagan sus tributos. No es un capricho de la Fiscal&iacute;a; estamos defendiendo algo muy importante. Adem&aacute;s, es especialmente grave cuando se construye en lugares protegidos, en zonas con peligro de incendio o en &aacute;reas inundables, lo cual supone un riesgo incluso para los propios habitantes. Los tribunales y el Tribunal Supremo hace tiempo que unificaron criterio en relaci&oacute;n con la demolici&oacute;n.
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






    <picture class="news-image">
                                    <!--[if IE 9]>
                <video style="display: none;"><![endif]-->
                                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 576px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/15cb8335-f39b-4a6a-aa52-6d90f8be6543_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 576px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/15cb8335-f39b-4a6a-aa52-6d90f8be6543_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.jpg"
                        >
                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 767px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/15cb8335-f39b-4a6a-aa52-6d90f8be6543_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 767px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/15cb8335-f39b-4a6a-aa52-6d90f8be6543_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.jpg"
                        >
                                                                    
                                                    <source
                                    
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/15cb8335-f39b-4a6a-aa52-6d90f8be6543_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.webp"
                            >
                                                <source
                                
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/15cb8335-f39b-4a6a-aa52-6d90f8be6543_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                        >
                                    
                <!--[if IE 9]></video><![endif]-->

                <img
                                        src="https://static.eldiario.es/clip/15cb8335-f39b-4a6a-aa52-6d90f8be6543_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                    alt="Fernando Sobrón, Fiscal Jefe de Córdoba"
                >

            
            </picture>

            
            
                            <figcaption class="image-footer">
            <span class="title">
                Fernando Sobrón, Fiscal Jefe de Córdoba                            </span>
                                    </figcaption>
            
                </figure><p class="article-text">
        <strong>P. </strong>Hablemos de la tragedia de Adamuz. M&aacute;s all&aacute; de lo penal, &iquest;c&oacute;mo se acompa&ntilde;a a las familias ante un proceso que se antoja lento?
    </p><p class="article-text">
        <strong>R. </strong>Estamos comprometidos con una investigaci&oacute;n completa y en el menor tiempo posible, aunque intervienen muchas instituciones y peritos. Lo m&aacute;s importante para la tranquilidad de las v&iacute;ctimas es que tengan informaci&oacute;n y que las decisiones que tomemos est&eacute;n bien fundadas. Solo as&iacute; se da tranquilidad a las familias. Estamos coordinados con la Fiscal&iacute;a de Huelva, ya que muchas v&iacute;ctimas eran de all&iacute;, y estamos abiertos a recibir a asociaciones de v&iacute;ctimas si es necesario.
    </p><p class="article-text">
        <strong>P. </strong>&iquest;Qu&eacute; papel cree que pueden jugar las acusaciones populares en este proceso?
    </p><p class="article-text">
        <strong>R.</strong> El papel que ellas quieran jugar. Yo no puedo decirles qu&eacute; hacer; est&aacute; en lo que ellos estimen que pueden aportar. Espero que su personaci&oacute;n en la causa sirva para mejorar la investigaci&oacute;n. Todo lo que suponga una ayuda para el proceso me parece fant&aacute;stico.
    </p><p class="article-text">
        <strong>P. </strong>&iquest;Est&aacute; echando en falta ayuda en estos momentos?
    </p><p class="article-text">
        <strong>R.</strong> Por ahora, a los tres fiscales les est&aacute; dando tiempo a conocer bien la documentaci&oacute;n que se est&aacute; recibiendo. Ya veremos m&aacute;s adelante si hace falta m&aacute;s ayuda, reforzar el equipo o tomar otras medidas; si es necesario, se har&aacute;.
    </p><p class="article-text">
        <strong>P. </strong>&iquest;Qu&eacute; puntos pueden resultar los m&aacute;s complicados en el procedimiento: la dificultad t&eacute;cnica o la magnitud del caso?
    </p><p class="article-text">
        <strong>R.</strong> Es que todo va unido; la magnitud y la t&eacute;cnica son inseparables. Sin embargo, el gran problema que podemos tener los fiscales es que no somos expertos en muchas de las cuestiones que se investigan. Por ello, dependemos de los informes t&eacute;cnicos que nos den luz sobre el tema. Mi intenci&oacute;n es tratar de que esa luz sea clara y que esos informes sean comprensibles tanto para nosotros como para todas las partes implicadas.
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






    <picture class="news-image">
                                    <!--[if IE 9]>
                <video style="display: none;"><![endif]-->
                                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 576px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/dbc44235-bd9a-414f-a0b6-dab73966badf_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 576px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/dbc44235-bd9a-414f-a0b6-dab73966badf_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.jpg"
                        >
                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 767px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/dbc44235-bd9a-414f-a0b6-dab73966badf_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 767px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/dbc44235-bd9a-414f-a0b6-dab73966badf_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.jpg"
                        >
                                                                    
                                                    <source
                                    
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/dbc44235-bd9a-414f-a0b6-dab73966badf_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.webp"
                            >
                                                <source
                                
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/dbc44235-bd9a-414f-a0b6-dab73966badf_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                        >
                                    
                <!--[if IE 9]></video><![endif]-->

                <img
                                        src="https://static.eldiario.es/clip/dbc44235-bd9a-414f-a0b6-dab73966badf_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                    alt="Fernando Sobrón, Fiscal Jefe de Córdoba"
                >

            
            </picture>

            
            
                            <figcaption class="image-footer">
            <span class="title">
                Fernando Sobrón, Fiscal Jefe de Córdoba                            </span>
                                    </figcaption>
            
                </figure><p class="article-text">
        <strong>P. </strong>&iquest;Se han designado ya los tres peritos que la jueza hab&iacute;a solicitado?
    </p><p class="article-text">
        <strong>R.</strong> Todav&iacute;a nos, pero el juzgado est&aacute; en ello.
    </p><p class="article-text">
        <strong>P. </strong>&iquest;Quiere jubilarse en el cargo?
    </p><p class="article-text">
        <strong>R. </strong>Por razones administrativas podr&iacute;a jubilarme ya, y en mi pensamiento actual hay pocas probabilidades de renovar dentro de cinco a&ntilde;os. Hay gente muy preparada que puede asumir el cargo. 
    </p><p class="article-text">
        <strong>P. </strong>&iquest;Y dar el salto a la pol&iacute;tica?
    </p><p class="article-text">
        <strong>R.</strong> No. Aunque uno nunca puede decir &ldquo;no&rdquo; de forma absoluta, lo cierto es que jam&aacute;s me han ofrecido un cargo en pol&iacute;tica y es algo que ni siquiera me he planteado. Le digo que no, e incluso si me nombraran presidente del Gobierno, le aseguro que tampoco coger&iacute;a ese cargo; simplemente no est&aacute; en mi pensamiento. Ahora bien, existen muchos tipos de cargos. Si me ofrecieran un cargo t&eacute;cnico que me permitiera mantener mi perfil profesional de independencia, podr&iacute;a decir &ldquo;&iquest;por qu&eacute; no?&rdquo;. Pero cuando hablamos de pol&iacute;tica de primera l&iacute;nea, como presentarse a unas elecciones generales no me veo en absoluto. Y no es por falta de respeto, al contrario, respeto much&iacute;simo la labor de los pol&iacute;ticos porque considero que su trabajo es muy dif&iacute;cil y contentar a todo el mundo es complicad&iacute;simo. Yo he dedicado toda mi vida a otro tipo de trabajo y dar ese paso ser&iacute;a muy complejo; tengo el m&aacute;ximo respeto por quienes se dedican a administrar y coordinar a los ciudadanos.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/fernando-sobron-espero-acusaciones-populares-sirvan-mejorar-investigacion-accidente-adamuz_1_13093914.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 24 Mar 2026 15:49:45 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/98e2ed4f-6a13-4c89-af8c-9c6e311f5a9f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="457447" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/98e2ed4f-6a13-4c89-af8c-9c6e311f5a9f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="457447" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Fernando Sobrón: "Espero que las acusaciones populares sirvan para mejorar la investigación del accidente de Adamuz"]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/98e2ed4f-6a13-4c89-af8c-9c6e311f5a9f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Justicia,Tribunales,Accidente trenes Adamuz]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un juez falla contra un cordobés que trató que la Ley de la Segunda Oportunidad le cancelara sus deudas municipales]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/juez-falla-cordobes-trato-ley-segunda-oportunidad-cancelara-deudas-municipales_1_13089947.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/69e3dc7b-1223-4034-b01d-68d37e13cf14_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Un juez falla contra un cordobés que trató que la Ley de la Segunda Oportunidad le cancelara sus deudas municipales"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La sentencia aclara que la exoneración de impagos públicos solo es aplicable a Hacienda y la Seguridad Social, dejando fuera los impuestos de los ayuntamientos
</p></div><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de C&oacute;rdoba plaza n&uacute;mero 3 ha dictado una sentencia que establece un l&iacute;mite claro a las expectativas de los deudores que buscan acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad para eliminar sus deudas con las administraciones locales. El magistrado ha desestimado el recurso de un vecino de la capital, confirmando que las deudas que mantiene con el Consistorio, relativas al Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y al de Veh&iacute;culos, debe pagarlas &iacute;ntegramente, independientemente de que se encuentre en un proceso de insolvencia.
    </p><p class="article-text">
        El caso se remonta a una reclamaci&oacute;n contra el Ayuntamiento de C&oacute;rdoba por una deuda acumulada de 2.106,46 euros debido a los impagos e intereses. El hombre basaba su defensa en que un juzgado de lo Mercantil ya le hab&iacute;a concedido previamente el beneficio que otorga la Ley de la Segunda Oportunidad tras un concurso de acreedores &ldquo;sin masa&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, el magistrado ha dado la raz&oacute;n a los servicios jur&iacute;dicos del Ayuntamiento de C&oacute;rdoba. Seg&uacute;n la sentencia, la ley solo contempla dos excepciones muy espec&iacute;ficas para el perd&oacute;n de deudas p&uacute;blicas: aquellas cuya gesti&oacute;n recaudatoria competa a la Agencia Estatal de Administraci&oacute;n Tributaria (AEAT), con un l&iacute;mite de hasta 10.000 euros, y deudas por cr&eacute;ditos de la Seguridad Social, bajo las mismas condiciones y l&iacute;mites. El fallo judicial subraya que la ley no menciona expresamente a las entidades locales en este cat&aacute;logo de excepciones, las deudas con el Ayuntamiento permanecen fuera del beneficio de exoneraci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        El magistrado no le ha impuesto el pago de las costas procesales al reconocer que el alcance de la exoneraci&oacute;n de cr&eacute;ditos p&uacute;blicos genera todav&iacute;a &ldquo;serias dudas de derecho&rdquo; en los tribunales debido a la complejidad de la normativa y la reciente jurisprudencia europea. Esta resoluci&oacute;n es firme.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/juez-falla-cordobes-trato-ley-segunda-oportunidad-cancelara-deudas-municipales_1_13089947.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 23 Mar 2026 19:03:07 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/69e3dc7b-1223-4034-b01d-68d37e13cf14_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="1188083" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/69e3dc7b-1223-4034-b01d-68d37e13cf14_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="1188083" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Un juez falla contra un cordobés que trató que la Ley de la Segunda Oportunidad le cancelara sus deudas municipales]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/69e3dc7b-1223-4034-b01d-68d37e13cf14_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Tribunales,Justicia,Ayuntamiento de Córdoba]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Multa de 200 euros y seis puntos menos por conducir por la avenida Al Nassir con el móvil en la mano]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/multa-200-euros-seis-puntos-conducir-avenida-nassir-movil-mano_1_13089784.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/ee320165-7856-463f-8a76-dc9f5147cdd7_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Multa de 200 euros y seis puntos menos por conducir por la avenida Al Nassir con el móvil en la mano"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Un juez de Córdoba desestima el recurso de un conductor que alegaba que no estaba realizando llamadas cuando fue pillado 'in fraganti'</p></div><p class="article-text">
        El Tribunal de Instancia (Secci&oacute;n Contencioso-Administrativo) plaza n&uacute;mero 4 de C&oacute;rdoba  ha ratificado una sanci&oacute;n de 200 euros y la p&eacute;rdida de seis puntos del carnet de conducir a un ciudadano que fue denunciado por llevar el tel&eacute;fono m&oacute;vil en la mano mientras circulaba por la avenida Al Nassir. La sentencia desestima el recurso del conductor y establece que la normativa actual proh&iacute;be expresamente sujetar el dispositivo al volante, sin que sea necesario probar que se estaba utilizando para hablar.
    </p><p class="article-text">
        Los hechos ocurrieron a las 11:00 del 21 de febrero de 2024, cuando un agente de la Polic&iacute;a Local detect&oacute; al demandante conduciendo un coche por esta avenida con el m&oacute;vil en su mano izquierda. El infractor recurri&oacute; la multa ante la Justicia alegando que no estaba utilizando el tel&eacute;fono y solicit&oacute; como prueba su registro de llamadas para demostrar que la l&iacute;nea no tuvo actividad en ese momento.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, el fallo judicial aclara que la infracci&oacute;n se comete por el simple hecho de &ldquo;utilizar, sujet&aacute;ndolo con la mano&rdquo; el aparato. El juez califica de &ldquo;irrelevante&rdquo; el registro de facturaci&oacute;n de la operadora, argumentando que estos dispositivos permiten m&uacute;ltiples usos (como mensajer&iacute;a, aplicaciones o navegaci&oacute;n) que no dejan rastro en el listado de llamadas y que podr&iacute;an realizarse incluso sin una l&iacute;nea contratada.
    </p><p class="article-text">
        Asimismo, la sentencia valida la presunci&oacute;n de veracidad del agente al no apreciarse &ldquo;intereses espurios&rdquo; en la denuncia y considera que su ratificaci&oacute;n es prueba de cargo suficiente. Al ser una resoluci&oacute;n firme, no cabe contra ella recurso ordinario alguno y el conductor no ha sido condenado a pagar las costas procesales.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/multa-200-euros-seis-puntos-conducir-avenida-nassir-movil-mano_1_13089784.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 23 Mar 2026 19:03:07 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/ee320165-7856-463f-8a76-dc9f5147cdd7_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="168217" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/ee320165-7856-463f-8a76-dc9f5147cdd7_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="168217" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Multa de 200 euros y seis puntos menos por conducir por la avenida Al Nassir con el móvil en la mano]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/ee320165-7856-463f-8a76-dc9f5147cdd7_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Tribunales,Justicia,multa]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Absuelven a los tres acusados de una reyerta con un apuñalamiento en El Arenal por falta de pruebas]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/absuelven-tres-acusados-reyerta-apunalamiento-arenal-falta-pruebas_1_13091784.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/9e4de375-3658-4dd4-856b-3348980cf709_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Absuelven a los tres acusados de una reyerta con un apuñalamiento en El Arenal por falta de pruebas"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los hechos ocurrieron en el verano de 2021 durante un botellón, cuando tras una pelea un joven resultó herido muy grave, su hermano recibió un botellazo y un vehículo destrozado por apedreamiento</p></div><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Segunda de lo Penal de la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba ha absuelto a los tres j&oacute;venes que estaban procesados como autores de un delito de intento de asesinato y otro de lesiones. Los hechos por los que han sido juzgados, y absueltos, ocurrieron el 31 de julio de 2021 en el recinto ferial de El Arenal. Durante un botell&oacute;n, se produjo una pelea que acab&oacute; con un joven herido muy grave y un veh&iacute;culo destrozado a pedradas.
    </p><p class="article-text">
        Los magistrados sostienen su sentencia en la falta de pruebas contra los tres procesados. Para el fallo fue clave el juicio oral, donde la defensa, llevada a cabo por la abogada Mar&iacute;a del Mar Jim&eacute;nez, insisti&oacute; en las contradicciones en las declaraciones de los testigos y las v&iacute;ctimas. <a href="https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/fiscal-exculpa-acusado-apunalamiento-arenal-tilda-erratica-investigacion-policial_1_13022950.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">La propia Fiscal&iacute;a tild&oacute; de &ldquo;err&aacute;tica&rdquo; la investigaci&oacute;n policial</a>.
    </p><p class="article-text">
        El suceso se desencaden&oacute; alrededor de las 5:00, cuando un grupo de amigos celebraba un cumplea&ntilde;os. Seg&uacute;n recogen los hechos probados, un individuo se acerc&oacute; al grupo para pedir una botella de alcohol y, tras una discusi&oacute;n, logr&oacute; llev&aacute;rsela. La tensi&oacute;n aument&oacute; cuando esta persona regres&oacute; acompa&ntilde;ada de entre veinte y treinta individuos y lleg&oacute; a exhibir una navaja.
    </p><p class="article-text">
        En medio de este clima agresivo, la situaci&oacute;n estall&oacute; de forma violenta. Uno de los hermanos que participaba en el botell&oacute;n recibi&oacute; un botellazo en el rostro por parte de una persona que no pudo ser identificada. Al intentar defenderlo, su hermano sali&oacute; tras el agresor, pero fue rodeado y derribado al suelo por varios individuos. Fue en ese momento cuando le asestaron dos pu&ntilde;aladas en el costado con un arma blanca que nunca fue hallada.
    </p><h2 class="article-text">Heridas de extrema gravedad</h2><p class="article-text">
        Las lesiones sufridas por el apu&ntilde;alado fueron de tal magnitud que, seg&uacute;n los informes forenses, habr&iacute;an sido mortales de no haber recibido atenci&oacute;n m&eacute;dica inmediata. El joven sufri&oacute; una herida penetrante que le caus&oacute; una laceraci&oacute;n hep&aacute;tica, una herida en el diafragma y una peque&ntilde;a laceraci&oacute;n pulmonar. Debido a la p&eacute;rdida de casi un litro de sangre y al riesgo vital, tuvo que ser ingresado en la UCI y someterse a intervenciones quir&uacute;rgicas de urgencia. Como secuela permanente, le queda una cicatriz de 32 cent&iacute;metros en el abdomen.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s de las agresiones personales, un grupo de personas comenz&oacute; a lanzar piedras contra el veh&iacute;culo Seat Le&oacute;n de las v&iacute;ctimas, caus&aacute;ndole da&ntilde;os valorados en m&aacute;s de 2.600 euros.
    </p><p class="article-text">
        A pesar de la gravedad de lo ocurrido, el tribunal ha considerado que no existe una prueba de cargo suficiente para condenar a los acusados J.A.M., A.C.C. y Y.C.B.. En el caso del acusado de intento de asesinato, J. A. M. la sentencia destaca la debilidad de las pruebas. Durante el proceso, se lleg&oacute; a identificar hasta a tres personas distintas como autores del apu&ntilde;alamiento, y en el juicio oral, los testigos volvieron a se&ntilde;alar a una persona de origen magreb&iacute; que no era el acusado.
    </p><p class="article-text">
        Respecto a A. C. C., a quien se le imputaba el botellazo, el tribunal se&ntilde;ala que el reconocimiento fotogr&aacute;fico realizado por la v&iacute;ctima estuvo &ldquo;viciado&rdquo; por informaciones previas obtenidas en redes sociales y rumores. Adem&aacute;s, resultaba poco veros&iacute;mil que el acusado pudiera agredir por la espalda a alguien con quien estaba discutiendo de frente.
    </p><p class="article-text">
        Finalmente, sobre Y. C. B., la absoluci&oacute;n es calificada de &ldquo;manifiesta&rdquo; ante la &ldquo;orfandad probatoria absoluta&rdquo;. Ni siquiera se pudo acreditar su presencia en el lugar de los hechos, y su imputaci&oacute;n inicial se bas&oacute; en un reconocimiento irregular que no fue ratificado en el juicio.
    </p><p class="article-text">
        La sentencia, dictada el 17 de marzo de 2026, declara de oficio las costas procesales y deja sin efecto las medidas cautelares. No obstante, se ha reservado la posibilidad de que los afectados ejerzan acciones civiles por los da&ntilde;os en el veh&iacute;culo en un procedimiento aparte.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque, Alfonso Alba]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/absuelven-tres-acusados-reyerta-apunalamiento-arenal-falta-pruebas_1_13091784.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 23 Mar 2026 18:12:56 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/9e4de375-3658-4dd4-856b-3348980cf709_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="161798" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/9e4de375-3658-4dd4-856b-3348980cf709_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="161798" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Absuelven a los tres acusados de una reyerta con un apuñalamiento en El Arenal por falta de pruebas]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/9e4de375-3658-4dd4-856b-3348980cf709_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Tribunales,juicio,Justicia,botellón,reyerta]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Deniegan una indemnización a una mujer que se rompió el fémur al pisar una losa suelta en Gran Capitán]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/deniegan-indemnizacion-mujer-rompio-femur-pisar-losa-suelta-gran-capitan_1_13089718.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/fcc6be95-d708-4902-bf64-89d508b38099_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Deniegan una indemnización a una mujer que se rompió el fémur al pisar una losa suelta en Gran Capitán"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El juez falla que el Ayuntamiento no es una "aseguradora universal" y considera que un desnivel de cuatro centímetros es un "riesgo socialmente admitido" que el ciudadano debe sortear con diligencia</p></div><p class="article-text">
        El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n&uacute;mero 4 de C&oacute;rdoba ha desestimado la demanda de una ciudadana que reclamaba al Ayuntamiento de C&oacute;rdoba una indemnizaci&oacute;n de 54.381,58 euros tras sufrir una grave ca&iacute;da en el Bulevar del Gran Capit&aacute;n. La sentencia concluye que el desperfecto en la v&iacute;a p&uacute;blica no ten&iacute;a la entidad suficiente para generar una responsabilidad patrimonial de la administraci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Los hechos se remontan al 8 de febrero de 2023, alrededor de las 19:15, cuando la mujer caminaba por el acerado a la altura del edificio de Hacienda. Seg&uacute;n la reclamaci&oacute;n, la mujer pis&oacute; una &ldquo;losa totalmente suelta&rdquo; que se levant&oacute; al ser pisada por el viandante que la preced&iacute;a, provocando que tropezara y cayera al suelo. La zona presentaba un &ldquo;desnivel notable&rdquo; que, seg&uacute;n la mujer, unido a la gran afluencia de personas por las semifinales del Carnaval en el Gran Teatro, impidi&oacute; que advirtiera el peligro. Como consecuencia del impacto, la mujer sufri&oacute; una fractura subcapital de f&eacute;mur que requiri&oacute; cirug&iacute;a y le dej&oacute; secuelas.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, el juez sostiene que el desperfecto consist&iacute;a en una losa de 40x40 cent&iacute;metros con un &ldquo;desnivel m&aacute;ximo de 4 cm&rdquo;. Para el magistrado, este tipo de irregularidades en el pavimento deben considerarse como &ldquo;riesgos socialmente admitidos como propios de la vida en com&uacute;n&rdquo;, siendo los da&ntilde;os derivados de ellos &ldquo;m&aacute;s una cuesti&oacute;n de tolerabilidad social que de objetivo resarcimiento&rdquo; por parte del Ayuntamiento.
    </p><p class="article-text">
        La sentencia recalca que el sistema de responsabilidad patrimonial no implica que la Administraci&oacute;n deba convertirse en una &ldquo;aseguradora universal de todos los riesgos&rdquo; para prevenir cualquier eventualidad da&ntilde;osa, ya que esto transformar&iacute;a el modelo jur&iacute;dico en un &ldquo;sistema providencialista&rdquo; no contemplado en la ley.
    </p><p class="article-text">
        El magistrado tambi&eacute;n ha abordado el argumento de la aglomeraci&oacute;n de gente aquel d&iacute;a. Lejos de ser una atenuante para el peat&oacute;n, el fallo considera que el aumento de ciudadanos en la zona &ldquo;conduce a extremar la diligencia al deambular&rdquo; y no puede asumirse como un factor que disminuya el cuidado que debe prestar quien camina por la calle. En este sentido, la resoluci&oacute;n recuerda que los ciudadanos deben emplear una &ldquo;m&iacute;nima diligencia y atenci&oacute;n&rdquo; para sortear deficiencias menores que no lleguen a ser baches o socavones de riesgo objetivo.
    </p><p class="article-text">
        En consecuencia, el magistrado ha decidido desestimar &iacute;ntegramente el recurso. La sentencia no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelaci&oacute;n ante el Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&iacute;a.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/deniegan-indemnizacion-mujer-rompio-femur-pisar-losa-suelta-gran-capitan_1_13089718.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 23 Mar 2026 10:52:51 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/fcc6be95-d708-4902-bf64-89d508b38099_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="578077" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/fcc6be95-d708-4902-bf64-89d508b38099_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="578077" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Deniegan una indemnización a una mujer que se rompió el fémur al pisar una losa suelta en Gran Capitán]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/fcc6be95-d708-4902-bf64-89d508b38099_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Tribunales,Justicia,Ayuntamiento de Córdoba]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Condenan al Ayuntamiento de Córdoba a pagar intereses por fallos en su propio plan para arreglar 19 colegios]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/condenan-ayuntamiento-cordoba-pagar-intereses-fallos-propio-plan-arreglar-19-colegios_1_13089544.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/6286bfe3-a372-46a8-8e17-356cce1f02fb_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Condenan al Ayuntamiento de Córdoba a pagar intereses por fallos en su propio plan para arreglar 19 colegios"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) da la razón a la empresa Elecnor y tumba una sentencia anterior que eximía al Consistorio de abonar por la demora en el abono de unas obras que fueron necesarias para corregir deficiencias del proyecto municipal</p></div><p class="article-text">
        El Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&iacute;a (TSJA) ha condenado al Ayuntamiento de C&oacute;rdoba al Consistorio al pago de intereses de demora a la empresa Elecnor Servicios y Proyectos S.A.U. por el retraso en el abono de los trabajos realizados en 19 colegios de la ciudad, unas obras que se complicaron debido a los errores en el plan dise&ntilde;ado originalmente por la propia administraci&oacute;n local.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n la sentencia del TSJA, el origen del conflicto se sit&uacute;a en los contratos para la adecuaci&oacute;n de las instalaciones el&eacute;ctricas al nuevo Reglamento Electrot&eacute;cnico para Baja Tensi&oacute;n en 19 colegios cordobeses. Durante la ejecuci&oacute;n de los trabajos, la empresa constat&oacute; que la realidad de los centros no coincid&iacute;a con lo que el Ayuntamiento hab&iacute;a previsto en su plan.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n consta en la sentencia, Elecnor tuvo que realizar unidades de obra no previstas para &ldquo;subsanar deficiencias del proyecto original&rdquo;. Estos trabajos adicionales fueron ordenados por el Ayuntamiento y resultaban &ldquo;necesarios para la correcta finalizaci&oacute;n del servicio&rdquo;. Sin estas variaciones, las mejoras el&eacute;ctricas en los 19 colegios no habr&iacute;an podido terminarse adecuadamente.
    </p><p class="article-text">
        A pesar de que el Ayuntamiento orden&oacute; y recibi&oacute; las obras, el pago se bloque&oacute; internamente. El motivo fue que el Consistorio no tramit&oacute; el preceptivo &ldquo;modificado&rdquo; del contrato, una irregularidad administrativa que la sentencia califica como &ldquo;imputable exclusivamente al Ayuntamiento de C&oacute;rdoba&rdquo;. Este hecho provoc&oacute; que la Intervenci&oacute;n municipal pusiera reparos a las facturas, obligando a realizar un reconocimiento extrajudicial de cr&eacute;dito.
    </p><p class="article-text">
        Aunque el Ayuntamiento termin&oacute; pagando el principal de la deuda (352.075,97 euros) en noviembre de 2024, se neg&oacute; a abonar los intereses generados por ese retraso. En un primer momento, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n&uacute;mero 2 dio la raz&oacute;n al Consistorio al declarar la demanda &ldquo;inadmisible&rdquo;, pero el TSJA ha revocado ahora esa decisi&oacute;n por considerar que vulneraba el derecho a la tutela judicial efectiva de la empresa.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, el TSJA ha basado su condena en la doctrina del enriquecimiento injusto. El tribunal ha argumentado que la Administraci&oacute;n no puede beneficiarse de unas obras que eran necesarias para el inter&eacute;s general y que ella misma encarg&oacute; para arreglar sus propios fallos, y luego usar su mala gesti&oacute;n administrativa como excusa para no pagar intereses por la demora.
    </p><p class="article-text">
        El fallo judicial establece que el Ayuntamiento debe abonar a Elecnor el inter&eacute;s legal del dinero devengado desde el momento en que se present&oacute; la reclamaci&oacute;n administrativa, el 14 de mayo de 2024, hasta que se hizo efectivo el pago del principal en noviembre del mismo a&ntilde;o.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/condenan-ayuntamiento-cordoba-pagar-intereses-fallos-propio-plan-arreglar-19-colegios_1_13089544.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 23 Mar 2026 10:24:54 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/6286bfe3-a372-46a8-8e17-356cce1f02fb_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="99199" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/6286bfe3-a372-46a8-8e17-356cce1f02fb_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="99199" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Condenan al Ayuntamiento de Córdoba a pagar intereses por fallos en su propio plan para arreglar 19 colegios]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/6286bfe3-a372-46a8-8e17-356cce1f02fb_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Justicia,Tribunales,Ayuntamiento de Córdoba]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Se enfrenta a ocho años de cárcel acusado de agredir sexualmente a una menor y mostrarle vídeos pornográficos]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/enfrenta-ocho-anos-carcel-acusado-agredir-sexualmente-menor-mostrarle-videos-pornograficos_1_13089391.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/6a9ad13a-2c57-451a-8078-438bf433ea4e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Se enfrenta a ocho años de cárcel acusado de agredir sexualmente a una menor y mostrarle vídeos pornográficos"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Audiencia Provincial de Córdoba juzgará al procesado el próximo miércoles</p></div><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Segunda de la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba prev&eacute; celebrar el pr&oacute;ximo mi&eacute;rcoles un juicio a un hombre acusado de agredir sexualmente a una menor de 16 a&ntilde;os y ense&ntilde;arle v&iacute;deos pornogr&aacute;ficos.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n el escrito de conclusiones provisionales, el acusado, mayor de edad y sin antecedentes penales, habr&iacute;a usado su tel&eacute;fono m&oacute;vil para mostrar v&iacute;deos de car&aacute;cter pornogr&aacute;fico a la menor. Asimismo, el escrito fiscal detalla que, en algunas ocasiones, el acusado lleg&oacute; a tocar las partes er&oacute;genas de la v&iacute;ctima y le mostr&oacute; sus propios genitales.
    </p><p class="article-text">
        Por estos hechos, el Ministerio P&uacute;blico califica la conducta del acusado como un delito de agresi&oacute;n sexual a menor de 16 a&ntilde;os, un delito continuado de exhibicionismo y un delito continuado de provocaci&oacute;n sexual. En total, la Fiscal&iacute;a interesa penas que suman ocho a&ntilde;os de prisi&oacute;n, de los que seis son por el primer delito.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s de la pena de c&aacute;rcel, la Fiscal&iacute;a ha solicitado la prohibici&oacute;n de comunicarse o aproximarse a la menor a una distancia inferior a 300 metros durante un periodo de cinco a&ntilde;os, cinc a&ntilde;os de libertad vigilada y la inhabilitaci&oacute;n especial para cualquier profesi&oacute;n, oficio o actividad que conlleve contacto con menores de edad por un tiempo de cinco a&ntilde;os adicionales a la suma de las penas de prisi&oacute;n.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/enfrenta-ocho-anos-carcel-acusado-agredir-sexualmente-menor-mostrarle-videos-pornograficos_1_13089391.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 23 Mar 2026 09:45:15 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/6a9ad13a-2c57-451a-8078-438bf433ea4e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="87319" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/6a9ad13a-2c57-451a-8078-438bf433ea4e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="87319" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Se enfrenta a ocho años de cárcel acusado de agredir sexualmente a una menor y mostrarle vídeos pornográficos]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/6a9ad13a-2c57-451a-8078-438bf433ea4e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Tribunales,Justicia,agresión sexual]]></media:keywords>
    </item>
  </channel>
</rss>
