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    <title><![CDATA[elDiarioAR.com - Jockey Club]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiarioar.com/temas/jockey-club/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiarioAR.com - Jockey Club]]></description>
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    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Por no hablar de "nueras" el Jockey Club ahora deberá aceptar a todas las mujeres]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiarioar.com/sociedad/no-hablar-nueras-jockey-club-ahora-debera-aceptar-mujeres_1_9625462.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/24841299-5a95-4973-9935-896aaa4595c5_16-9-discover-aspect-ratio_default_1058171.jpg" width="1023" height="575" alt="Por no hablar de &quot;nueras&quot; el Jockey Club ahora deberá aceptar a todas las mujeres"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Un fallo obliga a la entidad a incorporar mujeres entre sus socios. Menciona que sí aceptan a los "yernos" pero no a las nueras. El Jockey Club, símbolo de la aristocracia, tiene 6.000 socios, todos varones. En 140 años nunca tuvo una socia.</p></div><p class="article-text">
        Ciento cuarenta despu&eacute;s de que un &ldquo;entusiasta conjunto de caballeros&rdquo;, tal como anuncia en su presentaci&oacute;n, decidi&oacute; fundar el Jockey Club, la justicia acaba de ordenarle a la entidad que lleg&oacute; el momento de adecuarse a estos tiempos y <strong>aceptar mujeres entre sus socios.</strong>
    </p><p class="article-text">
        En los papeles, no hay una norma que impida el ingreso de mujeres. Sin embargo, para la justicia pesaron dos datos. El primero que <strong>en casi un siglo y medio nunca hubo una socia y que entre sus sus 6.000 adherentes actuales s&oacute;lo se encuentren varones. </strong>Y en segundo lugar, los jueces remarcaron que al hacer expl&iacute;cito que <strong>se aceptan yernos pero no se mencionan nueras</strong> se da por sobreentendido que cuando se refiere al ingreso de hijos o sobrinos tambi&eacute;n se excluyen las hijas y sobrinas
    </p><p class="article-text">
        &nbsp;&ldquo;El Estado Argentino asumi&oacute; diversos compromisos internacionales, entre los que se encuentran la de condenar la discriminaci&oacute;n contra la mujer en todas sus formas&rdquo;, se&ntilde;ala el fallo de la Sala M de la C&aacute;mara Civil.
    </p><p class="article-text">
        Fundado el 15 de abril de 1882 por Carlos Pellegrini, el objetivo del Jockey Club fue darle un &aacute;mbito formal a las carreras de caballos. Pero esa no fue su &uacute;nica misi&oacute;n. Adem&aacute;s, se busc&oacute; convertirlo en &ldquo;un centro social de primer orden, similar a los mejores clubes europeos que todos ellos -sus socios-  hab&iacute;an conocido durante sus viajes por Francia e Inglaterra&rdquo;. Desde su origen y hasta hoy, el Jockey Club represent&oacute; la aristocracia y la exclusividad. En ese &aacute;mbito, las mujeres no tuvieron cabida ya que los &uacute;nicos socios permitidos fueron varones.
    </p><p class="article-text">
        Fue la Inspecci&oacute;n General de Justicia (IGJ), la que tom&oacute; la iniciativa y en junio envi&oacute; una intimaci&oacute;n a la Asociaci&oacute;n Civil Jockey Club para que regularice su situaci&oacute;n respete la &ldquo;diversidad de g&eacute;nero&rdquo;. Y recomend&oacute; que una manera de comenzar era integrando socias mujeres al directorio. &ldquo;En el seno del Jockey Club exist&iacute;an<strong> situaciones de patriarcado, misoginia, restricci&oacute;n y discriminaci&oacute;n, </strong>lo que difer&iacute;a de lo informado por sus autoridades&rdquo;, dijo el organismo y se&ntilde;al&oacute; que la entidad deb&iacute;a &ldquo;abstenerse de realizar cualquier pr&aacute;ctica que importe la restricci&oacute;n de acceso de mujeres a la condici&oacute;n de asociadas de la instituci&oacute;n&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El Jockey hab&iacute;a alegado que no exist&iacute;a ning&uacute;n impedimento para que las mujeres pudieran asociarse. 
    </p><p class="article-text">
        Ahora, la C&aacute;mara Civil aval&oacute; la actuaci&oacute;n de la IGJ y orden&oacute; al Jockey Club a remover todas las normas que impiden sumar mujeres entre sus asociados: &nbsp;&ldquo;El tribunal no puede soslayar que la redacci&oacute;n que contiene el art&iacute;culo 23 del estatuto del Jockey Club, al mencionar: socios, hijos, sobrinos, nietos y yernos<strong> (pero no menciona a las nueras)</strong> sugiere con suficiente grado de certeza que la afirmaci&oacute;n que hicieron el presidente y secretario general de la instituci&oacute;n, en cuanto a que no hay restricci&oacute;n al ingreso para mujeres, no se corresponda con lo que efectivamente sucede en el club&rdquo;, dice el fallo que lleva las firmas de los jueces Carlos Calvo Costa, Mar&iacute;a Isabel Benavente y Guillermo Gonz&aacute;lez Zurro.
    </p><p class="article-text">
        Para los camaristas, la postura de la ICJ &ldquo;no solo se ajusta a las facultades reglamentarias y legales conferidas al &oacute;rgano estatal, sino que es coincidente con los compromisos internacionales asumidos por la Rep&uacute;blica Argentina, que condenan la discriminaci&oacute;n contra la mujer en todas sus formas&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La IGJ hab&iacute;a ordenado tambi&eacute;n al Jockey que &ldquo;reglamente detalladamente el mecanismo de presentaci&oacute;n de solicitudes de afiliaci&oacute;n y el tratamiento de las mismas, ello a los efectos de que las personas interesadas, independientemente de su g&eacute;nero o condici&oacute;n sexual, puedan iniciar el tr&aacute;mite&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &nbsp;&nbsp;El Jockey Club apel&oacute; la decisi&oacute;n, pero el tribunal respondi&oacute; que &ldquo;el reconocimiento de sus autoridades de que nunca hubo a lo largo de la historia socias mujeres ni tampoco en la actualidad, <strong>a pesar de no existir formalmente restricciones al ingreso y contar con 6.000 socios, permite suponer que el mecanismo de ingreso al club tiene, en los hechos, una barrera que impide el acceso de mujeres&rdquo;.</strong>
    </p><p class="article-text">
        Por esa raz&oacute;n,  los camaristas agregaron que &nbsp;&ldquo;la restricci&oacute;n contra determinado grupo en raz&oacute;n del g&eacute;nero, al que se impide de hecho el pleno ejercicio de sus derechos por sus caracter&iacute;sticas innatas, al margen de los m&eacute;ritos o comportamientos individuales, afecta en definitiva la propia dignidad del ser humano&rdquo;, a&ntilde;adieron.
    </p><p class="article-text">
        <em>Con informaci&oacute;n de NA</em>
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
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      <pubDate><![CDATA[Fri, 14 Oct 2022 23:53:28 +0000]]></pubDate>
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