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    <title><![CDATA[elDiarioAR.com - Ley del 'solo sí es sí']]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiarioar.com/temas/ley-del-solo-si-es-si/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiarioAR.com - Ley del 'solo sí es sí']]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Una nueva ley sobre abuso sexual en España permite la rebaja de pena de al menos 200 condenados]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiarioar.com/mundo/nueva-ley-abuso-sexual-espana-permite-rebaja-pena-200-condenados_1_9916940.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/bc02b487-6f71-41f3-8cd0-ffb0fb776926_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Una nueva ley sobre abuso sexual en España permite la rebaja de pena de al menos 200 condenados"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La falta de datos concretos en tribunales territoriales de todo el país impide conocer cuántas veces se ha aceptado o rechazado la revisión a la baja de condenas de delincuentes sexuales</p></div><p class="article-text">
        La justicia espa&ntilde;ola intenta determinar el alcance de la aplicaci&oacute;n de la ley del 'solo s&iacute; es s&iacute;' que, entre otros puntos, elimina la distinci&oacute;n entre agresi&oacute;n y abuso sexual. Tribunales de todo el pa&iacute;s revisan desde el pasado mes de octubre las condenas de cientos de delincuentes sexuales y rebajan algunas de ellas al entender que <a href="https://www.eldiarioar.com/sociedad/ley-si-si-aprobada-espana-garantizar-libertad-sexual_1_9269195.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el nuevo C&oacute;digo Penal es m&aacute;s favorable</a>, aprobado en agosto. Con el debate abierto en el seno del Gobierno espa&ntilde;ol por la posible reforma de la reforma, los n&uacute;meros reales se desconocen:<strong> no se conoce al detalle cu&aacute;ntas condenas fueron rebajadas, cu&aacute;ntas son revisiones de sentencias firmes y cu&aacute;ntas de casos en tr&aacute;mite y cu&aacute;ntas veces los jueces rechazaron estas rebajas. </strong>
    </p><p class="article-text">
        La primera revisi&oacute;n se hizo p&uacute;blica en noviembre del a&ntilde;o pasado, aunque no era la primera que firmaban los jueces espa&ntilde;oles. Un hombre hab&iacute;a sido condenado a ocho a&ntilde;os de c&aacute;rcel despu&eacute;s de ser descubierto por su pareja mientras abusaba de su hijastra, de 13 a&ntilde;os de edad, y la Audiencia de Madrid decidi&oacute; revisar su caso. El resultado fue una nueva condena de seis a&ntilde;os de prisi&oacute;n, dos menos, en un auto de dos p&aacute;ginas y tres p&aacute;rrafos de razonamientos jur&iacute;dicos:<strong> &ldquo;Con ocasi&oacute;n de la reforma, la pena m&iacute;nima es de seis a&ntilde;os de prisi&oacute;n (...) resulta m&aacute;s favorable al reo, por lo que procede la revisi&oacute;n&rdquo;.</strong>
    </p><p class="article-text">
        Fue la primera piedra de una avalancha que, <strong>hasta la fecha, suma m&aacute;s de 200 delincuentes sexuales que vieron su condena rebajada</strong>, y que en algunos casos desemboc&oacute; en su excarcelaci&oacute;n. Pero los datos reales, que permitan hacer un an&aacute;lisis certero del fen&oacute;meno y las consecuencias, se desconocen. Algunos tribunales superiores de la importancia y volumen de los de Catalunya, Pa&iacute;s Vasco o la Comunitat Valenciana no difunden esa informaci&oacute;n, y en el caso de otros como Castilla y Le&oacute;n o Andaluc&iacute;a los datos son incompletos y no recogen, por ejemplo, cu&aacute;ntas veces los jueces rechazaron estas revisiones a la baja o no tienen datos de todas sus audiencias provinciales.
    </p><h3 class="article-text">&iquest;C&oacute;mo se est&aacute;n revisando las condenas?</h3><p class="article-text">
        Hay varias v&iacute;as para aplicar la ley del 'solo s&iacute; es s&iacute;' a un delincuente sexual. Lo puede hacer un tribunal al revisar una condena firme, pero tambi&eacute;n si est&aacute; juzgando el caso o si est&aacute; estudiando un recurso ordinario en un tribunal superior o en el Supremo. <strong>En todos los casos, los jueces comparan la ley anterior con la ley nueva y deciden cu&aacute;l les beneficia m&aacute;s. Si la respuesta es la ley del 'solo s&iacute; es s&iacute;', se aplica y se rebaja la condena. </strong>
    </p><p class="article-text">
        Este peri&oacute;dico examin&oacute; las 100 &uacute;ltimas resoluciones de audiencias provinciales y tribunales superiores de Justicia de todo el pa&iacute;s obtenidos en la base p&uacute;blica de jurisprudencia y dictadas entre los meses de diciembre y enero: tanto fallos que revisan condenas firmes como sentencias que condenan a delincuentes sexuales, o estudian sus recursos de apelaci&oacute;n, bajo el prisma de la nueva ley.<strong> De 79 fallos dictados por las Audiencias Provinciales, un total de 25 rechazaron rebajar condenas de agresores sexuales y 54 decidieron s&iacute; hacerlo</strong>. 
    </p><p class="article-text">
        Audiencias de A Coru&ntilde;a, Cantabria, C&aacute;ceres o Castell&oacute;n rechazaron peticiones de rebaja de ped&oacute;filos y delincuentes sexuales. Y revisan casos tan antiguos como, por ejemplo, el de un pederasta reincidente que en 1998 abus&oacute; de un ni&ntilde;o peque&ntilde;o en Ferrol y fue condenado a 14 a&ntilde;os de prisi&oacute;n. No se rebaj&oacute;, por ejemplo, la condena de 11 a&ntilde;os y medio de c&aacute;rcel impuesta a un pederasta que durante a&ntilde;os viol&oacute; a su propia hija: &ldquo;La regulaci&oacute;n actual no es m&aacute;s beneficiosa para el reo bajo ning&uacute;n punto de vista&rdquo;, dijo la Audiencia de A Coru&ntilde;a en un auto de este mes de enero.
    </p><p class="article-text">
        El razonamiento se repite en 25 fallos de Audiencias Provinciales de todo el pa&iacute;s del bloque examinado por este peri&oacute;dico, tanto en abusos como en agresiones sexuales. &ldquo;La nueva Ley no le resultar&iacute;a m&aacute;s favorable al condenado y, por tanto, no ha lugar a la reducci&oacute;n de la pena impuesta&rdquo;, contest&oacute; la Audiencia de Cantabria a la petici&oacute;n de rebaja de un hombre condenado a 12 a&ntilde;os de prisi&oacute;n, entre otras penas de violencia machista, que se salt&oacute; la orden de alejamiento para violar a su expareja. En este caso las nuevas horquillas de la ley del 'solo s&iacute; es s&iacute;' y la presencia de una agravante de g&eacute;nero impidieron la rebaja. 
    </p><p class="article-text">
        De las resoluciones examinadas por <strong>elDiario.es</strong> que acceden a revisar y rebajar sentencias firmes, m&aacute;s de un 90% dejan bajadas de dos a&ntilde;os o menos de prisi&oacute;n con respecto a la sentencia original. Una tercera parte de esas rebajas fueron de un a&ntilde;o o menos.<strong> La Audiencia de Ourense, por ejemplo, rebaj&oacute; de nueve a ocho a&ntilde;os de c&aacute;rcel la condena de un hombre que en 2012 rapt&oacute; a una menor de edad en Galicia y la viol&oacute; a punta de navaja en Portugal: </strong>&ldquo;Ahora el l&iacute;mite inferior alcanza tan solo hasta los 8 a&ntilde;os de prisi&oacute;n, por lo que la pena a imponer si hoy mediara un nuevo enjuiciamiento sin necesidad de realizar nueva individualizaci&oacute;n, ser&iacute;a la de 8 a&ntilde;os&rdquo;, razonaron los jueces. 
    </p><p class="article-text">
        La v&iacute;ctima hab&iacute;a pedido que su condena no fuera rebajada porque tambi&eacute;n era posible con la nueva ley, pero los jueces contestaron: &ldquo;Para ello har&iacute;a falta una disposici&oacute;n transitoria en la ley de reforma, que lo precisara, lo cual no acontece&rdquo;. En otro caso que ha podido examinar elDiario.es, los jueces de la Audiencia de Bizkaia rebajaron tres d&iacute;as la condena de un celador de una cl&iacute;nica de Bilbao que en 2019 abus&oacute; de tres pacientes que se recuperaban de diversas intervenciones en las que hab&iacute;an sido sedadas. De 11 a&ntilde;os y tres d&iacute;as de c&aacute;rcel a 11 a&ntilde;os de c&aacute;rcel. Una rebaja nimia pero con consecuencias: &ldquo;Hemos de rebajar las penas impuestas -en un d&iacute;a- al m&iacute;nimo actual en beneficio del reo m&aacute;s si con ello se abre la posibilidad de que se suspenda la ejecuci&oacute;n de las dos penas de dos a&ntilde;os prisi&oacute;n&rdquo;, reconoci&oacute; el auto del tribunal vasco. 
    </p><h3 class="article-text">Beneficios al condenado &ldquo;de forma aislada&rdquo;</h3><p class="article-text">
        Esta muestra de 100 resoluciones deja un 66% de sentencias que entienden que la ley del 'solo s&iacute; es s&iacute;' es m&aacute;s beneficiosa para los condenados por delincuentes sexuales. Los porcentajes totales se desconocen, pero hay audiencias provinciales donde predomina la negativa a revisar sentencias a la baja: en Madrid, el tribunal examin&oacute; desde octubre 127 condenas y rebaj&oacute;las penas de 41 de ellas, con seis excarcelaciones. En La Rioja, la Audiencia ha revisado 57 sentencias y ha rebajado solo dos condenas aunque sin excarcelaciones. 
    </p><p class="article-text">
        En otros territorios, el dato depende de la informaci&oacute;n que los tribunales pongan a disposici&oacute;n de la base p&uacute;blica de jurisprudencia o de sus gabinetes de comunicaci&oacute;n. En Galicia, donde no todos los tribunales comunicaron sus sentencias, se contabilizaron 31 rebajas y 92 negativas a tocar condenas. En Andaluc&iacute;a hay contabilizadas 64 reducciones de condena, pero no las negativas, en un territorio con casi 90 partidos judiciales. Estos datos incompletos facilitados a elDiario.es por los distintos tribunales territoriales dejan un balance de unas 238 rebajas y 191 rechazos dif&iacute;cil de analizar por la ausencia de resoluciones contabilizadas, principalmente del segundo bloque. Pero con la precisi&oacute;n de que se trata de datos incompletos.
    </p><p class="article-text">
        La falta de informaci&oacute;n precisa a nivel p&uacute;blico se traslada a si estas resoluciones se refieren a revisiones de condenas firmes o, por ejemplo, a tribunales que juzgaron a un delincuente sexual y le aplicaron la nueva ley al entender que es m&aacute;s beneficiosa que la anterior a la reforma. En el bloque de sentencias analizadas por <strong>elDiario.es</strong> hay ocho sentencias de Audiencias Provinciales que juzgaron y condenados a delincuentes sexuales: cinco aplicaron la nueva ley por ser m&aacute;s favorable y las otras tres aplicaron la ley anterior. 
    </p><p class="article-text">
        En Donostia, por ejemplo, la Audiencia de Gipuzkoa impuso 18 a&ntilde;os de c&aacute;rcel a un hombre que en 2012 agredi&oacute; sexualmente a tres mujeres en tres puntos distintos de Gipuzkoa, y lo hizo aplicando la nueva Ley: &ldquo;Debido a la inexcusable aplicaci&oacute;n de la norma penal m&aacute;s favorable sancionaremos los hechos (...) tras la nueva redacci&oacute;n otorgada por la Ley Org&aacute;nica 10/2022&rdquo;, dice la sentencia. La condena con la ley anterior habr&iacute;a sido mayor. 
    </p><p class="article-text">
        Otros tribunales, los superiores de Justicia, examinaron condenas ya dictadas pero todav&iacute;a no firmes. En esta muestra, seis tribunales decidieron no rebajar condenas y siete optaron por s&iacute; hacerlo. No lo hizo el Tribunal Superior de Galicia cuando examin&oacute; la condena de 21 a&ntilde;os de prisi&oacute;n impuesta a un hombre que, durante a&ntilde;os, viol&oacute; a su propia hija menor de edad. Su condena ven&iacute;a por dos delitos de agresi&oacute;n sexual y solo uno, el que le cost&oacute; seis a&ntilde;os de c&aacute;rcel, era susceptible de revisi&oacute;n, aunque no pas&oacute; el filtro: los jueces gallegos tuvieron en cuenta que era un tipo agravado de agresi&oacute;n sexual y que hab&iacute;a que analizar &ldquo;en conjunto&rdquo; la nueva, norma, no solo &ldquo;aspectos particulares&rdquo; que le beneficien &ldquo;de forma aislada&rdquo;. 
    </p><h3 class="article-text">La jurisprudencia, el Supremo y los cambios</h3><p class="article-text">
        Los n&uacute;meros del impacto de la ley no est&aacute;n claros y los criterios de aplicaci&oacute;n, a veces, tampoco, al menos si se desciende al detalle y se comparan unos territorios con otros. En pleno torbellino pol&iacute;tico en el seno del Gobierno de coalici&oacute;n para cambiar de nuevo el C&oacute;digo Penal y evitar que los futuros violadores tengan condenas m&aacute;s bajas que los condenados o investigados hasta ahora, el Tribunal Supremo ha examinado una docena de casos y, tal y como recogi&oacute; <strong>elDiario.es</strong>, ha establecido una serie de criterios sobre cu&aacute;nto procede rebajar la condena de un delincuente sexual. 
    </p><p class="article-text">
        Hasta la fecha, la sala de lo penal explic&oacute;, sin g&eacute;nero de dudas, que un condenado a la pena m&iacute;nima por un delito sexual tendr&aacute; que ser condenado a la nueva pena m&iacute;nima que recoja el nuevo C&oacute;digo Penal. La mayor&iacute;a de las condenas m&aacute;ximas de estos delitos no cambiaron as&iacute; que, seg&uacute;n el Supremo, un preso condenado a la pena m&aacute;xima por violaci&oacute;n no ver&aacute; rebajada su condena. En la escala de grises del C&oacute;digo Penal, el Supremo reconoce que si el tribunal justific&oacute; una condena intermedia, esa condena no se tocar&aacute;. 
    </p><p class="article-text">
        Hasta la fecha, el Supremo examin&oacute; casos que estaban pendientes de sentencia firme y que llegaron a la sala de lo penal, pero no estas revisiones que son, por ahora, abrumadora mayor&iacute;a en los tribunales territoriales.
    </p><p class="article-text">
        Est&aacute; por ver en qu&eacute; tipo de reforma se traduce el anuncio del Gobierno de modificar de nuevo el C&oacute;digo Penal para evitar estos beneficios penales para violadores y pederastas. Las <a href="https://www.eldiario.es/politica/expertas-advierten-reforma-si-si-no-frenara-rebajas-condenas-violadores_1_9908989.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">expertas en derecho penal consultadas por elDiario.es</a>, por el momento, advierten: ninguna modificaci&oacute;n evitar&aacute; que las violaciones cometidas, juzgadas o sentencias antes de esa futura rebaja sigan siendo analizadas con la actual ley del 'solo s&iacute; es s&iacute;'. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Pozas / Elena Herrera / Aurora Santos-Olmo / Marcos Pinheiro]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiarioar.com/mundo/nueva-ley-abuso-sexual-espana-permite-rebaja-pena-200-condenados_1_9916940.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 01 Feb 2023 18:54:46 +0000]]></pubDate>
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