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    <title><![CDATA[elDiarioAR.com - La Veloz del Norte]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiarioar.com/temas/la-veloz-del-norte/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiarioAR.com - La Veloz del Norte]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Confirman la prisión para Marcos Levín, ex dueño de la Veloz del Norte, por crímenes de lesa humanidad]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiarioar.com/sociedad/confirman-prision-marcos-levin-ex-dueno-veloz-norte-crimenes-lesa-humanidad_1_10728654.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/d2eb8fba-3ebf-4bbc-8421-195f11c79264_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Confirman la prisión para Marcos Levín, ex dueño de la Veloz del Norte, por crímenes de lesa humanidad"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Un tribunal oral de Salta dispuso en octubre del año pasado la preventiva de Levin y otros imputados por "privación ilegal de la libertad y aplicación de tormentos a 17 trabajadores de La Veloz del Norte en 1977". A principios de noviembre de este año, el mismo tribunal condenó a Levín –quien ya afrontaba una pena anterior a 12 años de cárcel- a 18 años por estos nuevos hechos.</p></div><p class="article-text">
        La C&aacute;mara Federal de Casaci&oacute;n confirm&oacute; la prisi&oacute;n preventiva en su modalidad domiciliaria para el empresario Marcos Lev&iacute;n, ex due&ntilde;o de la empresa La Veloz del Norte, condenado por delitos de lesa humanidad cometidos durante la &uacute;ltima dictadura.
    </p><p class="article-text">
        Un tribunal oral de Salta dispuso en octubre del a&ntilde;o pasado la preventiva de Lev&iacute;n y otros imputados por &ldquo;privaci&oacute;n ilegal de la libertad y aplicaci&oacute;n de tormentos a 17 trabajadores de La Veloz del Norte en 1977&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        A principios de noviembre de este a&ntilde;o, el mismo tribunal conden&oacute; a Lev&iacute;n &ndash;quien ya afrontaba una pena anterior a 12 a&ntilde;os de c&aacute;rcel- a 18 a&ntilde;os por estos nuevos hechos.
    </p><p class="article-text">
        Como las condenas no est&aacute;n firmes, a prisi&oacute;n contin&uacute;a siendo preventiva y contra ella recurri&oacute; la defensa del empresario y de los otros imputados: V&iacute;ctor Hugo Almir&oacute;n, Enrique V&iacute;ctor Cardozo y Jos&eacute; Antonio Grueso.
    </p><p class="article-text">
        Ahora, la Casaci&oacute;n, en un fallo firmado por los jueces Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Alejandro Slokar, ratific&oacute; la prisi&oacute;n preventiva.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s de la pena de 18 a&ntilde;os para Lev&iacute;n fueron condenados a 16 a&ntilde;os de prisi&oacute;n el ex comisario V&iacute;ctor Almir&oacute;n y el ex jefe de personal de la empresa, Jos&eacute; Antonio Grueso.
    </p><p class="article-text">
        Los secuestros de los 17 trabajadores se produjeron entre el 20 y el 24 de enero de 1977 &ldquo;a partir de una denuncia falsa por estafa presentada por Lev&iacute;n contra sus empleados que fue utilizada para dar cobertura legal a la persecuci&oacute;n&rdquo;, inform&oacute; la Secretar&iacute;a de Derechos Humanos, querellante en el expediente.
    </p><p class="article-text">
        Todos fueron llevados a la Comisar&iacute;a Cuarta, donde permanecieron varios d&iacute;as y fueron torturados, y desde all&iacute; fueron luego liberados o en algunos casos trasladados al Penal de &ldquo;Villa Las Rosas&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Los trabajadores relataron que Lev&iacute;n y su jefe de personal, Grueso, estaban en la comisar&iacute;a mientras eran torturados.
    </p><h3 class="article-text">Qu&eacute; hab&iacute;a dicho Casaci&oacute;n</h3><p class="article-text">
        La C&aacute;mara Federal de Casaci&oacute;n Penal confirm&oacute; el pasado 2 de noviembre la condena del due&ntilde;o de la empresa de &oacute;mnibus La Veloz del Norte por secuestros y torturas a gremialistas cometidos durante la &uacute;ltima dictadura c&iacute;vico-militar, informaron fuentes judiciales.
    </p><p class="article-text">
        El m&aacute;ximo tribunal penal del pa&iacute;s rechaz&oacute; los recursos de las defensas de&nbsp;<strong>Marcos Jacobo Levin</strong>, due&ntilde;o de esa firma, y de los polic&iacute;as de Salta que cumpl&iacute;an funciones de seguridad en la empresa por las torturas y secuestros de los trabajadores y dirigentes gremiales de la Uni&oacute;n Tranviarios Automotor (UTA).
    </p><p class="article-text">
        El tribunal, integrado por los jueces Daniel Petrone, Gustavo Hornos y Alejandro Slokar, desestim&oacute; por unanimidad los planteos de las defensas y afirm&oacute; que los hechos cometidos en perjuicio de V&iacute;ctor Cobos, trabajador y representante gremial de la UTA, resultaban cr&iacute;menes de lesa humanidad.
    </p><p class="article-text">
        En esta causa se tuvo por probado que Cobos -quien a la fecha de los hechos se desempe&ntilde;aba como chofer de la empresa La Veloz del Norte- fue detenido por personal de la Polic&iacute;a de Salta el 22 de enero de 1977 en el galp&oacute;n de la empresa cuando se dispon&iacute;a a salir de viaje de servicio.
    </p><p class="article-text">
        El dirigente fue llevado en un Falcon celeste de propiedad de un directivo o de la empresa La Veloz del Norte a la Comisar&iacute;a Cuarta en calle Lerma 656 de la ciudad de Salta, lugar en el que fue torturado y permaneci&oacute; alojado alrededor de una semana; tras lo cual fue trasladado al Penal de Villa Las Rosas, establecimiento del que recuper&oacute; su libertad el 19 de abril de 1977.
    </p><p class="article-text">
        La v&iacute;ctima relat&oacute; en el juicio que en su cautiverio &ldquo;el sufrimiento que padeci&oacute; es indescriptible. Explic&oacute; que las torturas que recibi&oacute; consistieron en golpes y en la aplicaci&oacute;n de picana el&eacute;ctrica. Sobre los golpes, dijo que conoc&iacute;a el dolor que produc&iacute;an porque, como cualquier persona, en alguna etapa de su vida se hab&iacute;a peleado&rdquo;, seg&uacute;n se record&oacute; en el fallo de este 1 de noviembre.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Trat&aacute;ndose de la picana, en cambio, dijo que el dolor que le provocaba la electricidad era terrible y lo condujo a gritar de una manera de la que nunca imagin&oacute; que podr&iacute;a ser capaz. Agreg&oacute; que mientras se les aplicaba la picana a los detenidos siempre encend&iacute;an una radio muy fuerte o arrancaban una moto vieja sin escape y la aceleraban, eso para provocar un ruido que tapara los gritos de los torturados&rdquo;, se record&oacute;.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n fundament&oacute; el juez Slokar en la sentencia, &ldquo;los acontecimientos bajo an&aacute;lisis en el presente proceso se inscriben dentro de un contexto ineludible, que parte del enorme porcentual de trabajadores y representantes gremiales dentro de los millares de detenidos-desaparecidos que expusiera el informe final de la Comisi&oacute;n Nacional sobre la Desaparici&oacute;n de Personas (Conadep) elaborado en 1984, desde donde se revel&oacute; el nexo entre la represi&oacute;n ilegal del genocidio dictatorial y la eliminaci&oacute;n de derechos laborales&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Este &ldquo;dise&ntilde;o represivo se expandi&oacute; hacia todas las actividades econ&oacute;micas, entre ellas -conforme se observa en el sub lite- la vinculada al transporte colectivo de pasajeros, cuyos trabajadores se encontraban bajo la &oacute;rbita de la Uni&oacute;n Tranviarios Automotor (UTA), siendo que la v&iacute;ctima en estos actuados -V&iacute;ctor Manuel Cobos- revest&iacute;a el car&aacute;cter de delegado gremial de 'la Veloz del Norte' -Salta- ante la mencionada corporaci&oacute;n de trabajadores al momento de los hechos cometidos en su perjuicio&rdquo;, argument&oacute;
    </p><p class="article-text">
        A la vez, remarc&oacute; que &ldquo;los militares que quebraron el orden democr&aacute;tico y usurparon el Gobierno el 24 de marzo de 1976, en alianza con los sectores m&aacute;s concentrados del poder econ&oacute;mico y sus n&uacute;cleos intelectuales, implementaron dictatorialmente desde una hegemon&iacute;a neoliberal la reestructuraci&oacute;n econ&oacute;mico-social m&aacute;s significativa y dram&aacute;tica de la historia reciente, cuyas consecuencias - en continuidades y reversiones- se conservan hasta la actualidad&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En esa l&iacute;nea sostuvo que &ldquo;entre los prop&oacute;sitos b&aacute;sicos del golpe de Estado se procur&oacute; dinamitar el proceso de industrializaci&oacute;n nacional, para lo que se trat&oacute; de reprimir y hasta aniquilar a dirigentes para el indispensable disciplinamiento del movimiento obrero, de modo de reestructurar las bases econ&oacute;micas, pol&iacute;ticas y sociales de un relativo estado de bienestar en el pa&iacute;s, con consecuencias persistentes que se proyectaron en posteriores crisis reeditadas&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;En definitiva, la participaci&oacute;n durante la &uacute;ltima dictadura de la plana directiva de la empresa La Veloz del Norte en la persecuci&oacute;n y represi&oacute;n de sus trabajadores y dirigentes gremiales resulta a todas luces un caso relevante de esos lazos funcionales&rdquo;, concluy&oacute;.
    </p><p class="article-text">
        El caso volvi&oacute; a la C&aacute;mara de Casaci&oacute;n luego de que el a&ntilde;o pasado la Corte Suprema de Justicia revocara la sentencia de ese tribunal que, con otra composici&oacute;n, en 2017 hab&iacute;a anulado la condena impuesta al empresario due&ntilde;o de La Veloz del Norte, y a otros tres polic&iacute;as acusados del secuestro y las torturas al trabajador de la empresa V&iacute;ctor Cobos.
    </p><p class="article-text">
        Lev&iacute;n fue el primer empresario condenado por delitos de lesa humanidad, la C&aacute;mara Federal de Casaci&oacute;n Penal, integrada por los jueces Eduardo Riggi, Juan Carlos Gemignani y Carlos Mahiques, consider&oacute; que los delitos por los que hab&iacute;a sido condenado junto con los polic&iacute;as V&iacute;ctor Almir&oacute;n, V&iacute;ctor Bocos y Enrique Cardozo, no calificaban como delitos de lesa humanidad, por lo cual consideraron prescripta la acci&oacute;n penal y revocaron sus condenas.
    </p><p class="article-text">
        Ese fallo fue revertido por la Corte Suprema.
    </p><p class="article-text">
        Con informaci&oacute;n de agencias.
    </p><p class="article-text">
        <em>IG</em>
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiarioAR]]></dc:creator>
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      <pubDate><![CDATA[Wed, 29 Nov 2023 14:24:59 +0000]]></pubDate>
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