Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
El fantasma de una repetición electoral sobrevuela la campaña catalana
Teresa Ribera: “Las llamadas leyes de concordia imponen la desmemoria”
OPINIÓN | Cuatro medidas para evitar el lawfare, por Juan Manuel Alcoceba Gil

La Audiencia de Barcelona mantiene a Dani Alves en prisión ante los “indicios fundados” de agresión sexual

Alves, en una imagen de archivo

Oriol Solé Altimira

23

Dani Alves seguirá en la cárcel. La Audiencia de Barcelona ha decidido mantener en prisión preventiva al futbolista, encarcelado desde el 20 de enero y acusado de agresión sexual a una joven de 23 años el pasado 30 de diciembre en la discoteca Sutton de la capital catalana.

En un auto, del que ha sido ponente la magistrada Carme Guil, los jueces de la sección 3ª de la Audiencia de Barcelona concluyen que la decisión de la jueza instructora de enviar a prisión al futbolista era “justificada y necesaria” ante los “indicios fundados” de agresión sexual. Además, el riesgo de fuga persiste, agregan los togados.

Para llegar a sus conclusiones, el tribunal ha realizado un pormenorizado análisis de las imágenes de las cámaras de seguridad de la discoteca y de todos los documentos y las declaraciones judiciales del caso (Alves, la denunciante y los testigos). El razonamiento de la Audiencia de Barcelona supone un revés a la tesis de defensa desplegada por el jugador.

Destacan los magistrados que todas las diligencias practicadas hasta ahora son elementos “corroboradores, al menos indiciariamente”, de la versión dada por la denunciante sobre la agresión sexual.

Se refiere el tribunal al aluvión de indicios contra el jugador: informes de ADN que confirman los restos biológicos de Alves hallados en las partes íntimas de la denunciante, huellas del jugador halladas en el pequeño baño del reservado de la discoteca Sutton donde la joven denunció que se produjo la agresión sexual.

Al margen de la pruebas biológicas, los testigos que han comparecido hasta ahora ante la jueza han avalado las tesis de las acusaciones. Dos amigas de la joven explicaron que el jugador también las abordó en el reservado de la discoteca Sutton con intenciones sexuales sin su consentimiento, mientras que trabajadores del local reafirmaron que la joven se encontraba en estado de 'shock' a la salida del pequeño baño e inmediatamente denunció los hechos.

El tribunal desmiente también las tesis de la defensa sobre que los vídeos captados por las cámaras de la discoteca desmienten el “clima de terror” relatado por la denunciante. El “análisis de los fotogramas de la discoteca Sutton”, indican los magistrados, también avala la versión de la denunciante, representada por la letrada Ester García.

Los magistrados también desestiman el último argumento de la defensa de Alves, que alegó que la ausencia de lesiones vaginales en la denunciante reforzaba su tesis de relaciones consentidas. Este alegato, expresan los jueces, “tampoco neutraliza” los indicios contra Alves.

En un comunicado, la defensa de Alves ha expresado que la voluntad del jugador de huir es “inexistente” y ha reivindicado su presunción de inocencia, al tiempo que ha criticado por “asimétrica” la resolución judicial, pues a su juicio utiliza elementos de cargo para mantener en prisión al futbolista pero los de descargo los deja para el futuro juicio.

El riesgo de fuga persiste

En la vista celebrada el pasado jueves, la defensa de Alves, que ejerce el penalista Cristóbal Martell, ofreció varias medidas alternativas a la prisión provisional, como una fianza millonaria, la comparecencia incluso diaria en el juzgado, la retirada de pasaporte, una orden de alejamiento de la denunciante o ponerse una pulsera telemática de monitorización. El tribunal las descarta todas al entender que no son “garantía suficiente” de que Alves no se fugue.

Al contrario de lo que alegaba la defensa de Alves, el tribunal recalca que el jugador presenta un “elevado riesgo de fuga” vinculado a la elevada pena que podría imponérsele por agresión sexual así como a los “severos indicios de criminalidad” contra él y su “abultada capacidad económica”, que le permitiría huir de España “en cualquier momento”. 

Destaca el tribunal la falta de arraigo actual de Alves en España y en Barcelona, si bien entre los años 2008 y 2016 sí lo tenía porque jugaba en el Barça. Haberse casado con una española y tener casa en Esplugues no le devuelven ese arraigo, apostillan los jueces.

Según el tribunal, “nada impediría” que Dani Alves saliera de España por “vía aérea o marítima o incluso terrestre sin documentación” para llegar a su país de origen, Brasil, a sabiendas de que no sería entregado a España ni siquiera mediante órdenes internacionales de detención, ya que no existe tratado de extradición entre ambos países.

En cambio, la Audiencia corrige a la jueza instructora y descarta que Alves pudiera atentar contra los intereses de la víctima en caso de quedar en libertad. “Ni con posterioridad inmediata a los hechos ni una vez hecha pública la denuncia y la investigación policial ha existido ninguna acción directa o indirecta del Sr. Alves hacia la denunciante”, zanjan los jueces.

Al margen del debate sobre el riesgo de fuga y la prisión provisional, la investigación de la causa avanza con rapidez. En este sentido, la Audiencia de Barcelona avanza que la instrucción de la causa “está prácticamente finalizada”, por lo que Alves no debería pasar mucho tiempo más en prisión provisional antes del juicio. En otras palabras: Alves podría sentarse en el banquillo de los acusados este mismo año.

Las versiones de Alves

Pese a la “presión mediática” del caso, abundan los togados, la resolución del recurso del jugador ha sido “serena y minuciosa”, reivindica la Sala. El tribunal no deja pasar la oportunidad para referirse a varios aspectos que han resultado de interés en la prensa, como las hasta tres versiones sobre los hechos que el jugador dio en su declaración en instrucción.

Sobre este aspecto, los jueces resaltan la “importancia menor” de las versiones distintas de Alves, pues el jugador “ejercita el derecho de defensa y en dicho ejercicio tiene el derecho a no declarar y a no confesarse culpable”. Afea el tribunal a la acusación particular de la joven que dé una “connotación moral” al derecho a la defensa del jugador al afirmar que Alves “subestima” a la Justicia con sus tres versiones diferentes. “Está en su derecho y ello deberá ser valorado en clave de credibilidad o no de su versión exculpatoria”, apostilla la Sala.

Es más, el tribunal manda un aviso a la acusación de la denunciante y a la defensa del jugador al afearles sus “posiciones maximalistas”. “Ni el Sr. Alves es objeto de una persecución mediática y judicial que fundamenta la prisión provisional, ni el alzamiento de dicha medida cautelar atacaría la dignidad de la afirmada víctima”.

Etiquetas
stats