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La AFIP ratifica el plazo de recategorización del monotributo, pese a pedidos de prórroga

La jefa de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.

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Los contribuyentes inscriptos en el régimen de monotributo tendrán tiempo hasta el próximo miércoles 20 de enero para cumplir con el trámite de recategorización en el caso de que hayan registrado cambios en algunos de los parámetros previstos para la actividad, ratificaron fuentes de la Administración Federal de Ingreso Públicos (AFIP), que encabeza Mercedes Marcó del Pont. “La nueva categoría comenzará a regir en febrero”, agregaron.

La recategorización del monotributo, que siempre es un trámite de rutina dos veces por año, este enero vino con polémica. La semana pasada, la Federación de Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Fapce), que representa 24 consejos del país, solicitó sin éxito a la AFIP que prorrogara por 60 días el plazo para la recategorización semestral. “Consideramos necesario reprogramar el vencimiento previsto para el 20 de enero en un plazo no menor a 60 días, a contar desde que se publiquen las nuevas escalas”, señaló la entidad.

En la nota dirigida a Marcó del Pont, los tributaristas fundaron la solicitud en que se estaba “a tan solo ocho días hábiles del vencimiento del plazo para formalizar la recategorización semestral y no se cuentan con los elementos necesarios para realizarla”. Además, la entidad sostuvo: “Las escalas vigentes para 2020 se encuentran desactualizadas debido al proceso inflacionario que atraviesa nuestro país. Su corrección resulta imprescindible para evitar la exclusión de gran cantidad de pequeños contribuyentes del régimen”.

La nota -firmada por el presidente de la entidad, Silvio Rizza y el secretario Catalino Núñez- alertó que, en el caso de no actualizar las escalas, “se producirá la exclusión de gran cantidad de pequeños contribuyentes del régimen y por ende la incorporación al régimen general, lo que implica un brusco salto en el monto global de su tributación”. Es decir, se advierte sobre el salto de monotributistas a autónomos o responsables inscriptos, que pagan su aporte jubilatorio, Ganancias y facturan con IVA.

Paralelamente, la semana pasada se conoció el proyecto de ley elevado al Congreso por el Poder Ejecutivo Nacional para modificar el régimen del monotributo ante dificultades vigentes. La iniciativa incluye un índice de actualización para aplicar en esta recategorización de 36,3%, a la vez que genera las condiciones para que los que salieron voluntariamente o no del régimen simplificado y pasaron al general regresen al primero. También genera un puente de tres años de plazo con beneficios a través de créditos fiscales por IVA y Ganancias para aquellos que definitivamente pasan al régimen general, de modo tal de morigerar el costo entre uno y otro sistema. Se espera que el proyecto sea evaluado en sesiones extraordinarias.

Al confirmar la fecha tope para la recategorización, la AFIP informó que el trámite podrá realizarse desde la web www.monotributo.afip.gob.ar con CUIT y clave fiscal o desde la aplicación móvil Mi Monotributo. “Para realizar el trámite los contribuyentes deberán tener en cuenta los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida, los alquileres devengados en los 12 meses inmediatos anteriores y/o la superficie afectada a la actividad en ese momento”, precisaron desde el organismo recaudador.

Además, se recordó que los valores vigentes para realizar la recategorización pueden consultarse en la tabla que se encuentra vigente en la página de la AFIP. Están alcanzados los contribuyentes cuyos parámetros sean superiores o inferiores a la categoría declarada. Quiénes deban permanecer en la misma categoría no tendrán que realizar ninguna gestión. En caso de no completar al menos seis meses de actividad, se mantendrá la categorización inicial. La guía paso a paso “Recategorización” está disponible.en la web de la AFIP.

AR y Télam.

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