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España: El Gobierno envía al Congreso la ley que amplía el derecho al aborto y regula la objeción de conciencia

Ana Requena Aguilar

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El Consejo de Ministros del Gobierno español aprobó este martes en segunda vuelta la ley de salud sexual y reproductiva que contiene, entre otras cosas, una reforma del aborto que devuelve el derecho de las menores de 16 y 17 años a interrumpir voluntariamente sus embarazos sin permiso paterno y que busca garantizar esta prestación en el servicio público de salud. La norma, que es una ley orgánica por la que se modifica la 2/2010 vigente, está siendo tramitada de urgencia para que su aprobación llegue antes del final de la legislatura. Fue en mayo cuando llegó por primera vez al Consejo de Ministros y, desde entonces, recabó los informes de los órganos consultivos pertinentes. Aunque no todos llegaron, la norma va ya camino del Congreso y del Senado, donde puede sufrir cambios y donde se espera la confrontación de los partidos de derecha.

La ministra de Igualdad, Irene Montero, remarcó que los derechos sexuales y reproductivos “son un medidor fundamental de la calidad democrática de un país”. “El derecho a decidir sobre nuestro cuerpo es parte del derecho a la salud y la puerta de entrada para el ejercicio de otros muchos derechos y de la posibilidad de decidir nuestros proyectos de vida”, dijo Montero, quien tuvo palabras de agradecimiento para los ministerios implicados en la norma, pero también para la primera ministra de Igualdad, Bibiana Aído, para el Tren de la Libertad “y todas las movilizaciones que impidieron el recorte de derechos”.

De mayo a esta parte, el grueso del texto apenas sufrió cambios. Sí se incorporaron algunas modificaciones, fruto de la consulta con entidades sociales, y que están orientadas, en palabras del Gobierno, a reforzar la capacidad de decisión de las mujeres “en todas las circunstancias”. La norma regula la objeción de conciencia de los profesionales y obliga a las comunidades a crear un registro de objetores. Durante el período de consultas de estos meses se agregó una nueva disposición adicional para “extremar” las garantías en protección de datos relativa a este registro, que procede de una recomendación de la Agencia Española de Protección de Datos.

Los servicios públicos tendrán que organizar sus recursos para que siempre haya profesionales suficientes para llevar a cabo el servicio. Las intervenciones deberán llevarse a cabo “en un centro sanitario público” y solo “excepcionalmente” en uno privado acreditado. “Hacemos compatible el derecho a la objeción de conciencia con el derecho de todas las mujeres a interrumpir voluntariamente su embarazo si es que así lo quieren”, dijo la ministra de Igualdad. Actualmente, hasta el 85% de los abortos se realizan en clínicas privadas concertadas.

Las menores de 16 y 17 años recuperan el derecho a abortar sin consentimiento de sus familias o tutores. La ley de plazos de 2010 les reconocía este derecho, pero el Gobierno de Rajoy lo restringió en 2015. Lo hizo después del intento fallido del entonces ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, de aprobar una reforma del aborto que hubiera supuesto un recorte del derecho del aborto para todas las mujeres.

La norma elimina también el periodo de reflexión de tres días que estableció la ley de plazos: una vez tomada la decisión, las mujeres tenían que esperar tres días para poder someterse a la intervención y recibir un sobre con información de ayudas a la maternidad. Aquí, el texto actual también sufrió una modificación: elimina del Código Penal el delito de no entregar el sobre con información y de no respetar los tres días de reflexión para hacerlo coherente con la nueva ley.

Consentimiento informado

Otro de los cambios más significativos que sufrió el texto es el que tiene que ver con el consentimiento informado en los procedimientos que tienen que ver con el parto. En su primera versión hablaba de requerir el consentimiento “libre, previo e informado” en todos los tratamientos invasivos durante la atención del parto, “excepto en situaciones en las cuales la vida de la madre o del bebé esté en riesgo, respetando la autonomía de la mujer y su capacidad para tomar decisiones informadas sobre su salud reproductiva”. Tras el período de consultas, el Gobierno eliminó el “excepto en situaciones en las cuales la vida de la madre o del bebé esté en riesgo” para ser coherente, explican, “con la Ley de Autonomía del Paciente”. Durante el período de consultas, el ministerio recibió hasta 1.441 aportaciones al respecto. Así, el consentimiento informado deberá recabarse en todos los casos.

Aunque finalmente el texto no incluye el término “violencia obstétrica”, la ministra subrayó que la ley incluye la puesta en marcha de un protocolo común para que las directrices europeas y las recomendaciones sobre parto respetado “lleguen a todos los hospitales y paritorios de este país”. Se agregó también un apartado para “garantizar asistencia y acompañamiento” para la salud mental de las mujeres en caso de muerte perinatal.

Bajas menstruales

Otro de los capítulos más relevantes de la ley es el que tiene que ver con salud menstrual, que por primera vez se reconoce “como parte inherente del derecho a la salud sexual y reproductiva”. Se pondrá en marcha una incapacidad temporal por menstruación incapacitante. Es una baja médica que estará financiada desde el primer día por la Seguridad Social y para la que no será necesaria un período mínimo de cotización, como sí sucede con las enfermedades comunes. “Se acabó ir a trabajar con dolor”, remarcaba Irene Montero. Esta norma, subrayaba, contribuirá a romper el tabú de la menstruación y a normalizar hablar de ella y de salud menstrual. El Gobierno también introdujo un pequeño cambio en este sentido para que tanto esta baja como la que podrán pedir las mujeres embarazadas un mes antes del parto se extiendan a las funcionarias de las fuerzas armadas y de justicia. Ese permiso preparto podrá solicitarse desde la semana 39 de embarazo y no restará tiempo del permiso de maternidad.

Durante este período de consultas, la norma incluyó también un refuerzo de la formación en salud sexual y reproductivo en las carreras de ciencias jurídicas, de la salud, de la educación y sociales “y en los currículos de las oposiciones vinculadas a estas”. Además, eliminó el plazo de vigencia de la Estrategia de Salud Sexual y Reproductiva.

Los centros educativos deben garantizar el acceso a productos para la menstruación “cuando resulte necesario”, especifica la ley. Se repartirán gratuitamente, además, en centros de servicios sociales y cárceles. Progresivamente, todas las dependencias de organismos públicos deberán ir adoptando esta medida. Se priorizarán los productos de gestión menstrual sostenibles, orgánicos y ecológicos.

Educación sexual

“Garantizamos el derecho a la educación sexual”, dijo Irene Montero. Será obligatoria en toda las etapas educativas “para conocer nuestros cuerpos, para establecer relaciones desde el buen trato, para conocer los distintos métodos anticonceptivos, que no son solo problema de las mujeres, para prevenir las infecciones de transmisión sexual”. La falta de educación sexual, agregó está detrás del aumento de hasta el 80% en este tipo de infecciones.

Montero aportó otro dato: casi el 70% de los estudiantes de secundaria aseguran que la educación sexual recibida no les fue útil para su vida sexual, mientras que Internet supone una fuente de aprendizaje para buena parte de ellos. “El aprendizaje de la sexualidad se da con aprendizajes adecuados o sin ellos y este Gobierno quiere asegurar lo que es un derecho de las niñas, los niños, y los adolescentes, que es el acceso a una educación sexual integral”, afirmó.

La norma contempla la distribución gratuita de métodos anticonceptivos barrera en centros escolares y otros centros públicos. Amplía la financiación de métodos anticonceptivos de última generación y establece el acceso gratuito a la píldora del día después en los centros de salud. La píldora deberá estar también disponible de forma obligatoria en todas las farmacias.

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