Perú, Ecuador, Chile y Costa Rica dan la espalda a acuerdo internacional que prohíbe capturar tiburones amenazados
Desde el 27 de junio de 2026, los países miembros de la Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres (CMS) prohíben la captura de cinco especies de tiburones zorro y martillo altamente amenazadas. La medida fue acordada en marzo de este año durante la última reaunión de la Conferencia de las Partes de la CMS (COP15) realizada en Brasil para intentar frenar el preocupante declive de las poblaciones y evitar su extinción. Chile, Ecuador, Perú y Costa Rica, sin embargo, además de República Checa y Reino Unido, formularon una reserva específica para apartarse de ese acuerdo.
A nivel mundial, las poblaciones de tiburones y rayas se han reducido a la mitad desde 1970 debido, principalmente, a su pesca excesiva. Esta situación ha llevado a que varias especies se encuentren en peligro crítico de extinción. Así lo indican estudios científicos como el informe interino 2026 sobre el Estado de las Especies Migratorias en el Mundo, elaborado para la 15° reunión de la Conferencia de las Partes (COP15) de la Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres (CMS).
La situación es crítica no solo para los tiburones. La COP15 de la CMS reveló además que el 49 % de las especies migratorias está en declive y el 24 % está amenazada de extinción. Debido a esta situación, los países parte de la CMS aprobaron incluir dentro de la convención a 40 especies y poblaciones de aves, animales terrestres y acuáticos. Esta decisión otorga mayor protección y obliga a los países a una cooperación coordinada para el manejo sostenible de las especies amenazadas.
Esa decisión, a decir del presidente de la COP15, el ministro de Ambiente brasileño, João Paulo Capobianco, convirtió a la reciente conferencia en “una de las Conferencias de las Partes más exitosas en la historia de la Convención”.
Además, algunas especies que ya eran parte de la CMS cambiaron de categoría para incrementar su protección. Entre ellas, cinco especies de tiburones altamente amenazados que quedaron incluidas en el Apéndice I de la convención —el más estricto de todos— que implica la prohibición absoluta de su captura, la reducción de los factores de amenaza y la protección de sus hábitats principales.
Las especies incluidas fueron el tiburón zorro pelágico (Alopias pelagicus), tiburón zorro ojón (Alopias superciliosus), tiburón zorro común (Alopias vulpinus), tiburón martillo gigante (Sphyrna mokarran) y el tiburón martillo liso (Sphyrna lewini). Todas catalogadas en estado Vulnerable, Crítico o en Peligro Crítico de extinción, según la Lista Roja de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN).
¿Por qué Chile, Perú, Ecuador y Costa Rica le dieron la espalda al acuerdo que incrementa la protección de estos tiburones?
Mayor protección para cinco especies de tiburones
La Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres (CMS), también conocida como el Convenio de Bonn, es un tratado ambiental internacional enmarcado en el sistema de las Naciones Unidas. Su objetivo principal es promover la cooperación transfronteriza entre países para proteger a las especies migratorias, conservar sus hábitats y salvaguardar las rutas que emplean durante sus desplazamientos.
“Se trata de una convención científica y técnica que protege a las especies migratorias de cualquier situación, a diferencia de la CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres), que solo regula el comercio de estas especies”, explica Jessica Galvez-Durand. La especialista, trabajó como punto focal de la CMS en Perú para lograr, en 2020, la inclusión del jaguar (Panthera onca) en el Apéndice I, que representa el nivel más alto de protección dentro de la convención y conlleva compromisos legales estrictos para los Estados que forman parte de la ruta de distribución de la especie.
Las cinco especies de tiburón que fueron incluidas durante la COP15 en el Apéndice I de la CMS estaban antes en el Apéndice II, un nivel de protección más bajo que no prohíbe la pesca, pero obliga a los países parte a establecer medidas de gestión para garantizar que cualquier captura, uso o comercio sea sostenible, legal y regulado.
El cambio se produjo luego de que se demostrara, a través de datos científicos, que estas especies migratorias están en peligro de extinción en todo o en una parte significativa de su territorio.
De acuerdo con la convención, los países que forman parte de la CMS y que son parte del área de distribución de las especies migratorias que están protegidas por el Apéndice I deben prohibir expresamente que los ejemplares de aquellas especies sea sacadas de su ambiente natural, restringiendo la caza, la pesca, la captura, el hostigamiento o la matanza premeditada.
Además, el acuerdo establece que los “Estados parte se esforzarán por conservar y, cuando sea factible, restaurar los hábitats fundamentales para evitar que la especie se extinga”.
“El Apéndice I de la CMS señala que esas especies amenazadas requieren sí o sí la cooperación de todos los países del área de distribución y esas especies no pueden ser extraídas. Todas esas rutas migratorias están bien estudiadas”, agrega Galvez-Durand.
Sin embargo, no todas las disposiciones que fueron acordadas en la COP15 de la CMS serán acatadas por los cuatro países de América Latina que presentaron su reserva al reciente acuerdo sobre tiburones.
Perú se opuso a la prohibición de la captura de las cinco especies de tiburón zorro y martillo, mientras que Chile, Ecuador y Costa Rica presentaron su reserva para las tres especies de tiburón zorro.
Perú continuará capturando las cinco especies amenazadas
A través de un comunicado, el Ministerio de la Producción (Produce) indicó que el haberse restado del acuerdo “permite que Perú mantenga la gestión pesquera de estas especies bajo su normativa nacional, evitando una prohibición automática e inmediata de extracción, sin perjuicio del cumplimiento de las medidas de conservación, fiscalización, trazabilidad y ordenamiento pesquero vigentes”.
Para la comunidad biológica, sin embargo, esta decisión del Gobierno peruano representa un freno a los esfuerzos internacionales. “Los tiburones son especies altamente migratorias que no respetan fronteras marinas, la falta de una prohibición total en las aguas del mar peruano debilita y dificulta enormemente la recuperación de estas poblaciones de tiburones”, opina Juan Carlos Riveros, director científico de la ONG Oceana en Perú.
No obstante, los especialistas también coinciden en que la reserva impuesta por Perú ante la CMS no anula sus obligaciones frente a la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), tratado que regula el comercio internacional, por lo que la importación y exportación de aletas o carne de estas cinco especies siguen estando estrictamente reguladas.
Jessica Galvez-Durand recuerda que, para poder exportar aletas, las empresas peruanas están obligadas a tramitar un permiso CITES y para ello deben certificar la cadena de custodia desde el momento del desembarque. “No se puede exportar material proveniente de capturas ilegales o desembarques no declarados”, recalca.
Las acciones implementadas por el Estado peruano para asegurar la sostenibilidad de los tiburones amenazados presentan, sin embargo, serias deficiencias. Así lo demuestra una serie de reportajes publicados por Mongabay Latam en los últimos años que da cuenta de irregularidades en la entrega de permisos CITES a empresas exportadoras, el desembarque ilegal de aletas de tiburón, investigaciones fiscales a grandes exportadoras de aletas de tiburón, entre otros problemas.
Para la bióloga Alicia Kuroiwa, experta en tiburones e investigadora asociada del Centro para la Sostenibilidad Ambiental de la Universidad Cayetano Heredia, los problemas que enfrenta Perú para proteger a los tiburones amenazados disminuirían si el Estado implementara cuotas de extracción máximas y periodos de veda estrictos para todas las especies, basándose rigurosamente en estudios científicos. Actualmente, solo el tiburón martillo liso (Sphyrna zygaena) cuenta con una cuota de pesca anual (para 2026 se establecieron 444 toneladas), la exigencia de respetar una talla mínimas para su captura y una temporada de veda reproductiva que va desde el 1° de enero al 10 de marzo.
Costa Rica se opone a la protección total del tiburón zorro
En mayo de 2021 el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) de Costa Rica incluyó las tres especies de tiburón zorro, además del tiburón sedoso (Carcharhinus falciformis) y tres especies de tiburón martillo, en la lista nacional de especies amenazadas de vida silvestre. Con ello, el comercio de estas especies quedó prohibido.
¿Por qué entonces Costa Rica se apartó de la decisión de la CMS de prohibir la captura de los tiburones zorro y martillo si por legislación nacional ya había decretado la prohibición?
El problema radica en una contradicción legal. Randall Arauz, biólogo marino e investigador de la Asociación Centro Restauración Especies Marinas Amenazadas (CREMA) de Costa Rica, explica que “a pesar de esa inclusión [de algunas especies de tiburones en el Sinac], en Costa Rica los tiburones no son legalmente considerados vida silvestre sino especies comerciales. Esto impide que se aplique la Ley de Conservación de la Vida Silvestre, la cual prohíbe el comercio de especies amenazadas”.
En junio de 2023, sin embargo, la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica dictaminó que las especies amenazadas no pueden ser consideradas comerciales y ordenó al Ministerio de Ambiente asumir su protección. Pese a esto, según Arauz, el Instituto Costarricense de Pesca (Incopesca) sigue tomando las decisiones “de manera ilegal”.
“La Corte ordena al Ministerio de Ambiente a cumplir con la Ley de Conservación de la Vida Silvestre para esas especies, pero eso todavía no se cumple. Todas las decisiones políticas que tienen que ver con tiburones las realiza de manera ilegal el Instituto Costarricense de Pesca”, advierte el especialista.
Mongabay Latam envió preguntas al Incopesca y al Ministerio del Ambiente para recoger sus versiones, sin embargo, hasta la publicación de esta nota no respondieron.
Para Arauz, la decisión de Costa Rica de restarse del acuerdo de la CMS “representa una sumisión total a la voluntad de los exportadores de aletas de tiburón”.
La reserva al acuerdo internacional, agregó, “tira por la borda décadas de esfuerzos de conservación marina y el prestigio internacional de Costa Rica como país ecológico, perpetuando la sobrepesca de especies al borde de la extinción”.
Ecuador, país sancionado por la CITES
La reserva de Ecuador al acuerdo de la CMS genera una inconsistencia política, asegura Kuroiwa, ya que inicialmente este país había respaldado la propuesta de incluir a los tiburones zorro en el Apéndice I durante la COP15 de la CMS, pero le dio la espalda a la decisión en el registro oficial.
El Ministerio de Ambiente y Energía de Ecuador respondió a Mongabay Latam que el Apéndice I de la CMS exige la protección estricta de las especies catalogadas en peligro de extinción y prohíbe de forma general su captura, pero que “para los tiburones zorro y martillo el país aplica salvaguardas que, en varios aspectos, superan los estándares internacionales”.
Sin embargo, Ecuador enfrenta desde marzo de 2024 una suspensión comercial impuesta por la CITES que le impide la exportación legal de tiburón zorro y otras especies, hasta que el país demuestre la sostenibilidad de sus pesquerías de tiburón. La sanción llegó tras comprobarse una serie de eventos de tráfico ilegal, principalmente hacia Perú.
De hecho, el Ministerio Público peruano viene investigando por presunto tráfico de especies y crimen organizado a dos empresas peruanas que buscaban exportar a países asiáticos aletas de tiburón zorro. Una de las hipótesis en ambos casos es que las aletas provendrían de Ecuador.
A decir del Ministerio de Ambiente y Energía de Ecuador, para mitigar el contrabando hacia la frontera con Perú se exigen guías de movilización y se ejecutan controles conjuntos con la Policía Nacional y la Aduana.
Pero en vista de los declives en las poblaciones de tiburones, los esfuerzos continúan sin ser suficientes. “La pesca de esas especies es tan feroz que sus poblaciones vienen experimentando una caída”, asegura el biólogo Sebastian Hernández. Sumado a esto, el potencial reproductivo de estas especies es bajo, asegura el científico. “Por ejemplo, el tiburón zorro alcanza su primera madurez sexual entre los nueve y los 13 años. Eso significa que una hembra debe estar escapando [durante años] de anzuelos, redes de pared, cercos, etc, para poder llegar a su primera madurez sexual”.
Además, “estos animales tienen un crecimiento lento, una reproducción limitada y una fecundidad baja [una hembra puede parir solo dos crías por temporada]”. Todo eso hace que las poblaciones de esta especie sean particularmente vulnerables a la pesca.
Captura incidental y directa de tiburones en Chile está en aumento
En Chile, de las cinco especies de tiburones que entraron en el Apéndice I de la CMS solo hay dos: el tiburón zorro común (Alopias vulpinus) y el tiburón martillo común (Sphyrna lewini), que son capturados de manera incidental por los barcos que pescan especies pelágicas, aquellas que habitan en la columna de agua y que normalmente forman grandes cardúmenes, como el jurel, el atún o la anchoveta.
Según el estudio del Grupo de Especialistas en Tiburones de la UICN, en las últimas décadas, tanto la captura directa de tiburones como la incidental ha aumentado de forma considerable en el país debido al declive en las poblaciones de peces óseos comerciales y a la demanda de carne y aletas de tiburón. Además, el estudio advierte que la flota artesanal no tiene la obligación legal de reportar desembarques de captura incidental, lo que provoca un subreporte masivo de las capturas reales. Y aunque Chile cuenta con 42 áreas marinas protegidas, ninguna fue diseñada específicamente para resguardar hábitats críticos o especies de tiburones o rayas.
El biólogo Sebastián Hernández explica que actualmente Chile no puede exportar ninguna de las especies de tiburón protegidas por la CITES porque el país no cuenta con los estudios científicos que esa convención exige para obtener los permisos.
¿Por qué entonces Chile decidió hacerse a un lado del acuerdo de la CMS para prohibir la captura de tres especies de tiburones?
Carlos Bustamante, doctor en Ecología Marina y director regional del grupo de expertos de tiburones de la IUCN, explica que Chile lo hizo porque no tiene cómo implementar las medidas que se establecen en acuerdos como el de la CMS o de la CITES. “Somos un país inmaduro y atrasado en gestión pesquera, en especial en lo que respecta al manejo transfronterizo de pesquerías de tiburones. Administrativamente se prefiere ignorar la realidad”, señala.
El también académico de la Universidad de Antofagasta añade que Chile no ha establecido medidas concretas para proteger las especies comprendidas en el Apéndice II de la CMS. “El Apéndice I [de la CMS] requiere una inversión [por parte del] país mucho más seria que un compromiso de papel. Por eso no van a apoyar ninguna moción al respecto”, considera.
Mongabay Latam solicitó entrevistas y envío consultas a los Ministerios de Ambiente de Perú, Costa Rica y Chile para conocer los motivos de su exclusión a la decisión sobre las cinco especies de tiburones del convenio internacional y las medidas que se tomarán para preservarlos, pero hasta el cierre de esta edición ninguno respondió el pedido.
El artículo original fue publicado por Cristina Fernandez Aguilar en Mongabay Latam. Puedes revisarlo aquí.
Si quieres leer más noticias ambientales en Latinoamérica, puedes revisar nuestra colección de artículos. Y si quieres estar al tanto de las mejores historias de Mongabay Latam, puedes suscribirte al boletín aquí, unirte a nuestro canal de WhatsApp o seguirnos en Facebook, X, Instagram, Tiktok y Youtube.