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Marcha atrás con el cepo para los sojeros: ahora sólo rige para las empresas y no los productores

Las empresas que accedieron al "dólar soja" no podrán acceder a otras variantes de la divisa

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El Gobierno decidió dar marcha atrás con la medida que impedía comprar dólares bursátiles -CCL o MEP- ni al llamado “dólar ahorro” a los productores sojeros que hayan accedido al tipo de cambio preferencial de $200 por dólar para la exportación de granos de soja o derivados. Así lo había anunciado ayer el Banco Central de la República Argentina (BCRA), que a las pocas horas informó que la resolución no se aplica a los individuos sino a las empresas.

“Las disposiciones dadas a conocer no son de aplicación para las personas humanas”, dijo el BCRA poco después de anunciar la medida.

En el medio, el primero en salir a negar la disposición fue el secretario de Agricultura, José Bahillo, quien aclaró que la resolución no incluía a los productores. Voceros del ministro de Economía, Sergio Massa, también sumaron más desmentidas a la propia información oficial.

“Quiero aclarar que la resolución del resolución del Banco Central no incluye a los productores y las productoras que con tanto esfuerzo vienen acompañando el Programa de Incremento Exportador”, dijo Bahillo vía Twitter.

En tanto desde el Ministerio de Economía, señalaron que apenas anunciada la resolución del BCRA se les pidió que “corrigieran el error”.

De todos modos, la medida sigue aumentando la tensión entre el Gobierno y el campo ya que las cereales que accedieron al llamado “dólar soja” ya no podrán acceder a la divisa en las variantes bursátiles.

Ayer, el Banco Central anunció que a partir de este martes, los que hayan accedido al tipo de cambio preferencial de $200 por dólar para la exportación de granos de soja o derivados no podrán acceder a la compra de dólar bursátil -CCL o MEP- ni al llamado “dólar ahorro”.

La medida fue oficializada esta tarde a través de la Comunicación “A” 7609 en la que se estableció que estarán comprendidos “los clientes residentes en el país dedicados a la actividad agrícola que vendan mercaderías en el marco del Decreto N° 576/22”, que estableció el Programa de Incremento Exportador, que reconoce un tipo de cambio preferencial de $200 por dólar hasta el 30 de septiembre.

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