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La Cámara Federal porteña le ordenó al juez Casanello que defina la situación de CFK en la causa de lavado

Cristina Kirchner.

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La Cámara Federal porteña le indicó al juez federal Sebastián Casanello que defina la situación procesal de Cristina Fernández en el expediente sobre la llamada “ruta del dinero K”, investigación en el que su presunto testaferro, Lázaro Báez, ya se encuentra condenado. Los jueces “cumplir con los términos establecidos en el art. 207 del C.P.P.N. a fin de resolver las situaciones procesales pendientes y concluir definitivamente la instrucción de la presente causa”.

Los camaristas Mariano Llorens y Eduardo Farah ordenaron que Casanello defina si procesa o sobresee a la actual vicepresidenta, quien se encuentra con una “falta de mérito” para procesarla o sobreseerla, dictada en noviembre de 2018.

En la misma situación que Cristina están otros imputados, a quienes la investigación –hasta ahora- no ha aportado pruebas como para avanzar en las acusaciones en su contra. En circunstancias normales, la orden de definir las situaciones procesales con el actual estado de cosas conlleva al sobreseimiento de los imputados, pero esa es una interpretación que los jueces deben realizar caso por caso.

Casanello llamó a indagatoria a la vicepresidenta en 2018, después de que la Cámara se lo ordenara en el marco de una causa que es, en rigor, una derivación de la que terminó en la condena del empresario Lázaro Báez.

El eje central del fallo, no obstante, no es la vicepresidenta sino la situación del abogado Néstor Ramos, radicado en Suiza y con una enfermedad terminal, a quien le fue confirmado el procesamiento y un embargo de 36.587 millones de pesos por lavado de unos 330 millones de dólares de Lázaro Báez. Los camaristas Llorens y Farah remarcaron en el fallo de hoy que “hay pruebas suficientes para concluir que Ramos intervino activamente en el montaje de una estructura jurídica, bancaria y financiera en la Argentina y en el extranjero en la que se canalizaron fondos ilegales provenientes de actividades ligadas a delitos precedentes cuyo carácter -en tal sentido- fue afirmado en la sentencia condenatoria dictada en la causa y no está discutido en la presente”.

“Las características, pormenores y orígenes de las sumas, así como el especial modus operandi detectado, lleva a descartar de momento la defensa del imputado en cuanto a su supuesto desconocimiento de esa procedencia. Sobre todo cuando consideramos las operaciones que realizó Ramos, no como participaciones aisladas, sino dentro del contexto antes explicado, como partes integrantes de un todo delictivo”, sostuvieron los jueces.

La justicia sospecha que Ramos, a través de Helvetic, participó de los ilícitos atribuidos a Báez, por lo que habría oficiado de testaferro o prestanombre.

DA

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