La Justicia cierra la causa que investigaba la comitiva libertaria que fue a visitar a Astiz en el penal de Ezeiza

Después de un año de dolores de cabeza, Martín Menem puede respirar tranquilo: la Justicia cerró la causa que investigaba la visita que un grupo de diputados libertarios hizo al penal de Ezeiza para reunirse con Alfredo Astiz y otros genocidas condenados. El juez federal Luis Armella consideró, tal como sostenía Patricia Bullrich, que el Servicio Penitenciario Federal no había incurrido en ninguna irregularidad para facilitar el encuentro. El juez se hizo eco, así, del dictamen del fiscal Sergio Mola, el mismo fiscal que viene apelando para que Cristina Fernández de Kirchner deba cumplir su condena en prisión.
El 11 de julio del año pasado, seis diputados de La Libertad Avanza se subieron a una combi oficial de la Cámara baja, viajaron al complejo penitenciario VII de Ezeiza y pasaron una tarde junto a un grupo de represores, entre los que se encontraba Astiz, pero también Alberto “Gato” González, Antonio Pernías, Adolfo Donda y Raúl Guglielminetti. Todos detenidos y condenados por crímenes de lesa humanidad.
Allí, los diputados libertarios -Beltrán Benedit, Guillermo Montenegro, Alida Ferreyra, María Fernanda Araujo, Lourdes Arrieta y Rocío Bonacci- se reunieron y fotografiaron con los represores. Todos menos una: Bonacci, quien denunciaría, luego, que había sido “engañada” por Benedit, el organizador de la visita y uno de los coordinadores del chat en el que se barajaban propuestas que permitieran que los genocidas pudieran acceder a prisión domiciliaria.

En ese chat de WhatsApp participaba también el cura Javier Olivera Ravasi, hijo del represor Jorge Olivera, quien coordinaba encuentros para aquellos que quisieran ayudar a los condenados por lesa humanidad. En el grupo se llegó a presentar, incluso, un proyecto de ley que reformaba el Código Penal e incorporaba una nueva causal de extinción de la acción penal: cuando hubieran transcurridos 20 años desde el momento en que el Estado tomara conocimiento de un delito. El proyecto se llamaba “Derecho a ser juzgado en un plano razonable”.
Toda esta información fue aportada por Lourdes Arrieta, la otra arrepentida, en una denuncia penal que presentó contra sus propios compañeros de bloque. La ex diputada libertaria, incluso, apuntaría contra Menem, lo que le terminó valiendo que la expulsaran del bloque oficialista.
Causa cerrada
El juez Armella decidió archivar la causa en sintonía con el pedido que había hecho el fiscal Mola, quien dictaminó que el Servicio Penitenciario Federal no había cometido ningún delito. Cuando la causa cayó en sus manos el año pasado, Mola decidió circunscribir la investigación a si habían existido irregularidades por parte del Servicio Penitenciario, que responde a Patricia Bullrich, cuando los diputados realizaron la visita. Y dictaminó que no había motivos para continuar investigando.
El motivo del foco de la investigación era que, en los chats aportados por Arrieta, los diputados mencionaban que contaban con el visto bueno de Bullrich y al jefe del SPF. Cuando se realizó la visita, además, no los revisaron ni les pidieron sus teléfonos celulares (que luego serían utilizados para sacarse la foto de familia con Astiz).
Mola sostiene, sin embargo, que los diputados no habían realizado una “visita”, sino un “recorrida” para conocer las condiciones de los presos. La diferencia es crucial, ya que para las “visitas”, las personas están obligadas a pasar un procedimiento de seguridad -como escáner corporal y detector de metales- y deben realizar el encuentro con el preso en un área común.

Las “recorridas” o inspecciones institucionales para conocer las condiciones de la privación de libertad, en cambio, debe ser garantizada por la autoridad penitenciaria “debiendo prescindir de diligencias innecesarias que obstaculicen su realización”, tal como precisa Mola en su dictamen (al que eldiarioAR tuvo acceso).
“Que a una visita a detenidos por parte de representantes del Estado las autoridades del SPF la hayan considerado como una ”recorrida“ no parece ilógico. Al así considerarla, resulta atendible que a los visitantes no se le hayan realizado mayores procedimientos de control”, sostiene Mola, y agrega: “¿Por qué motivo la autoridad penitenciaria debería haber tomado ante legisladores nacionales una actitud distinta a las que habitualmente adopta frente a autoridades judiciales?”.
Para Mola, que viene de apelar con Diego Luciani el beneficio de arresto domiciliario que se le concedió a Cristina Fernández de Kirchner, “no surgen elementos para considerar un actuar doloso por parte de los funcionarios penitenciarios”. Y el juez coincidió y archivó la causa.
Un año después del escándalo que sacudió el corazón del bloque libertario. De embestidas opositoras que intentaron crear una comisión investigadora y fracasaron. De chats filtrados y guerras internas. Después de varios dolores de cabeza, Menem puede estar tranquilo con que al menos ese drama quede en el pasado.
MC/JJD
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