Condena internacional

Después de 25 años, comienza el juicio por el caso Fornerón: una apropiación avalada por el Estado

El Tribunal Oral Federal de Buenos Aires inició este viernes el juicio por la apropiación y retención ilegal de la hija del trabajador entrerriano Leonardo Fornerón, un caso que en 2012 motivó la condena de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) al Estado argentino por violar el derecho a la vida familiar, a la identidad y a la protección judicial efectiva. En el banquillo están exfuncionarios judiciales y profesionales acusados de haber avalado la entrega irregular de la niña a un matrimonio porteño, quienes también están acusados al igual que la madre biológica.

Tras veinticinco años de dilaciones, sobreseimientos y reclamos internacionales, comenzó en Buenos Aires el juicio oral y público por la apropiación y retención ilegal de la hija de Fornerón, trabajador de la ciudad entrerriana de Rosario del Tala, un caso con repercusión internacional a partir de la condena de la CIDH al Estado argentino.

La causa investiga la entrega irregular de M, la niña, nacida el 16 de junio de 2000, quien fue entregada por su madre biológica, D. E. E, a un matrimonio de la ciudad de Buenos Aires, B. Z, con la intervención de funcionarios y profesionales judiciales que ahora enfrentan cargos penales.

El juicio se desarrolla ante el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 18 de la Capital Federal con los abogados Margarita Nicoliche y Diego Dousdebes como querellantes en representación de Fornerón. Tanto desde el Ministerio Público Fiscal como desde la querella sostienen que el caso representa “una trama de complicidades institucionales” que permitió la apropiación de una niña y la exclusión deliberada de su padre biológico.

El caso y la sustracción

Fornerón y D. E. E. mantuvieron una breve relación en la localidad entrerriana de Rosario del Tala, donde residían. Tras separarse, Fornerón se enteró por terceros de que la mujer estaba embarazada, aunque ella negó que él fuera el padre. En junio de 2000, cuando cursaba el octavo mes de embarazo, D. E. E. fue trasladada por Paul Reynoso, en un vehículo prestado por Ariel Barreto, a la ciudad de Victoria, donde dio a luz a una niña en un sanatorio privado. Reynoso había colaborado con la mujer durante el embarazo, proveyéndole alimentos e insumos, y luego financiando su estadía en un departamento en Paraná.

El 17 de junio de 2000, un día después del parto, la mujer entregó a la beba al matrimonio porteño B. Z., con la intervención del Defensor de Pobres y Menores suplente de Victoria, Julio Guaita, quien redactó un acta de guarda provisoria en abierta violación a la legislación vigente.

En las presentaciones iniciales del juicio, el Ministerio Público Fiscal remarcó que pese a reconocer su paternidad, Fornerón fue excluido del proceso judicial y no pudo ejercer sus derechos sobre su hija a pesar de reclamar insistentemente desde el momento en que se entera del embarazo y posterior nacimiento de su hija. 

Frente a la falta de respuestas en la justicia argentina, llevó su denuncia al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, que en 2012 concluyó que el Estado argentino violó los derechos de Fornerón y de su hija, y ordenó medidas para restablecer el vínculo y garantizar justicia.

La investigación posterior, a cargo del fiscal Carlos Mahiques, derivó en la imputación de los padres adoptivos, la madre biológica y los funcionarios judiciales involucrados, entre ellos Raúl del Valle, Salvador Espona, Marcelo Balbi y Daniela Cairuz, por los delitos de sustracción y retención ilegal de una menor de 10 años.

Irregularidades y dilaciones

En el proceso se investiga el rol que desempeñó el por entonces juez civil de Victoria, Raúl del Valle, quien firmó un acta de guarda provisoria irregular, entregando a la menor a la pareja porteña. Del Valle basó su decisión en argumentos sin perspectiva de derechos: Señaló que no había un noviazgo formal entre Fornerón y Enriquez, que la hija de ambos no había sido fruto del amor, ni del deseo de constituir una familia, se basó en la inexistencia de una familia formal, y en la firme voluntad de la madre biológica de darla en adopción, entre otras premisas, por lo que finalmente entregó en guarda a la menor.

El caso que tiene como imputados a la madre biológica y al matrimonio adoptante, apunta también por la responsabilidad que tuvo el abogado Salvador Espona; dos hombres que hicieron de intermediarios entre las partes, Paul Reynoso y Ariel Barreto, que proveyeron recursos a la madre biológica; al defensor oficial Marcelo Balbi; y a la psicóloga Daniela Cairuz, quienes, según el Ministerio Público Fiscal, legitimaron un proceso sin sustento legal que vulneró el derecho de Fornerón a ejercer la paternidad.

El defensor de Pobres y Menores suplente de Victoria, Julio Guaita, fue otro de los señalados, por ser quien redactó el acta de entrega en guarda provisoria de la niña, aunque su imputación pereció ante su fallecimiento.

Fornerón apenas pudo tener contacto con su hija en dos ocasiones —2005 y 2012—, y la última sólo se concretó por mandato de un tribunal internacional. Durante los primeros tres años, la niña permaneció bajo una guarda irregular y luego fue adoptada, en un proceso que la Corte Interamericana consideró arbitrario y violatorio de derechos humanos. En su fallo, el tribunal internacional concluyó que el Estado argentino había “naturalizado la dilación judicial como estrategia”, consolidando la separación entre padre e hija.

Los argumentos de la defensa y la disputa por los plazos

En la primera audiencia, las defensas de los imputados centraron su estrategia en cuestionar la extensión de los plazos procesales y la vigencia de las acusaciones. Sostuvieron que los funcionarios actuaron conforme a las normas de la época y que la entrega de la niña se realizó con el consentimiento de la madre biológica.

El abogado Francisco D’Albora, representante del matrimonio adoptante, planteó que sus defendidos llevan más de dos décadas sometidos a un proceso judicial interminable y que no puede sostenerse una acusación penal de manera indefinida cuando la Justicia tuvo reiteradas oportunidades de resolverla.

Por su parte, la defensa de la psicóloga Daniela Cairuz afirmó que su intervención se limitó a un informe técnico sobre el vínculo afectivo entre la niña y el matrimonio adoptante, sin influencia en las decisiones judiciales. Desde la querella, sin embargo, cuestionaron la imparcialidad del informe de solo tres carillas y subrayaron que la profesional nunca tomó contacto con Fornerón para completar la evaluación.

En tanto, los abogados de los exfuncionarios judiciales argumentaron que los hechos carecen de relevancia penal y que cualquier irregularidad fue posteriormente “subsanada” por resoluciones judiciales.

El planteo de la fiscalía y la querella: las deudas de la justicia

Tanto el Ministerio Público Fiscal como los abogados querellantes rechazaron los planteos de prescripción y cosa juzgada presentados por las defensas. El abogado Diego Dousdebes, representante de Fornerón, sostuvo que el paso del tiempo no puede favorecer a quienes fueron responsables de las demoras judiciales y advirtió que durante años solo se contó una versión parcial de los hechos, mientras se ocultaba la historia de un padre despojado de su derecho a criar a su hija sin una tutela judicial efectiva.

Dousdebes recordó que Fornerón atravesó tres años de una guarda adversa y una adopción que la Corte Interamericana de Derechos Humanos impidió que se concretara plenamente, debido a las violaciones de las normas constitucionales. Subrayó que, a veinticinco años de los hechos, el debate no pasa por tecnicismos procesales, sino por garantizar que el Estado argentino cumpla con su obligación de investigar y sancionar, tal como lo ordenó el tribunal internacional.

Un juicio con implicancias estructurales

El proceso por la apropiación de la hija de Leonardo Fornerón busca establecer responsabilidades individuales, pero fundamentalmente el caso de debate, expone una estructura judicial que durante años naturalizó las adopciones irregulares, desoyó los reclamos de un padre y vulneró el derecho de una niña a su identidad.

En esa línea, el Ministerio Público Fiscal advirtió que el caso revela cómo la justicia puede funcionar como un dispositivo de exclusión cuando reproduce prejuicios y desigualdades estructurales.

El juicio continuará en las próximas semanas con las declaraciones de testigos y peritos, y se prevé que la sentencia se conozca antes de fin de año.

SM/MG