Agostina Vega: cuando el incumplimiento de los protocolos también mata
Los protocolos de búsqueda de niños, niñas y adolescentes impulsados por el Ministerio Público Fiscal, en línea con los estándares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, son claros: no existe tiempo de espera para recibir una denuncia; debe presumirse la hipótesis más grave; la búsqueda debe activarse de inmediato; y todas las herramientas disponibles, incluyendo el Sistema Federal de Búsqueda de Personas (SIFEBU) y, cuando corresponda, el Alerta Sofía, deben ponerse en marcha sin dilaciones.
Sin embargo, todo indica que en el caso de Agostina Vega esas premisas no fueron respetadas desde el primer momento. La denuncia no habría sido receptada con la urgencia que exige el protocolo y tampoco se habrían activado de manera inmediata los mecanismos federales de búsqueda. Se trata de decisiones que no pueden considerarse menores cuando las primeras horas son determinantes para preservar la vida de una víctima.
Lo más preocupante es que no estamos ante un protocolo desconocido. El propio Ministerio Público Fiscal de Córdoba ha demostrado que sabe aplicarlo cuando la situación lo requiere, como ocurrió en la búsqueda de Liam. Del mismo modo, los casos de Loan Peña en Corrientes y Guadalupe Lucero en San Luis instalaron en la agenda pública nacional la importancia de actuar rápido y sin especulaciones frente a la desaparición de un menor.
Por eso, el debate no puede limitarse a determinar quién ejecutó materialmente el crimen. También debe analizarse si existieron errores, negligencias o incluso posibles responsabilidades institucionales que contribuyeron a perder tiempo valioso.
Las denuncias públicas sobre eventuales vínculos políticos, policiales o judiciales que habrían favorecido la falta de reacción merecen una investigación exhaustiva, independiente y transparente. La sociedad tiene derecho a conocer toda la verdad.
Pero aun cuando se identifique y sancione a todos los responsables directos e indirectos de este caso, Agostina no debe ser vista como una excepción. En demasiadas desapariciones de menores en Argentina todavía prevalece la lógica de la simple “búsqueda de paradero”, cuando los estándares nacionales e internacionales exigen exactamente lo contrario: actuar desde el primer minuto bajo la presunción de que la víctima puede estar siendo objeto de un delito grave.
Cada demora burocrática, cada denuncia no tomada, cada alerta que no se activa a tiempo equivale a jugar a la ruleta rusa con el destino de un niño o adolescente desaparecido. Por eso resulta urgente que el Ministerio Público Fiscal, la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX) y los ministerios de Seguridad nacionales y provinciales impulsen una política activa de capacitación, control y cumplimiento obligatorio de los protocolos de búsqueda.
Del mismo modo, es imprescindible reforzar las campañas públicas de difusión de los números 911, 145 y 134 para que familiares, vecinos y testigos sepan cómo actuar ante una desaparición. La mejor forma de honrar la memoria de Agostina no será solamente condenar a los culpables. Será garantizar que ningún otro niño, niña o adolescente desaparecido vuelva a quedar librado a su suerte por la indiferencia, la burocracia o la inacción del Estado.
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