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El Procurador opinó que la Corte Suprema no debe intervenir en Formosa y la oposición presentó otro amparo

El procurador general interino, Eduardo Casal.

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La Procuración General de la Nación opinó este viernes que la Corte Suprema de Justicia no debe intervenir en la discusión por la reelección del gobernador Gildo Insfrán en Formosa, mientras que la oposición provincial volvió a presentar una cautelar solicitando que se suspenda la elección prevista para el 25 de junio.

“Dada la índole taxativa de la competencia prevista en el artículo 117 de la Constitución Nacional y su imposibilidad de ser extendida por persona o poder alguno, opino que el proceso resulta ajeno al conocimiento del Tribunal”, resolvió el procurador interino Eduardo Casal.

Casal citó sus propios dictámenes en expedientes tramitados ante la Corte por conflictos en varias provincias en donde terminó concluyendo que no debe intervenir. Sin embargo, en el último párrafo de la sección resolutiva mencionó que el Tribunal, como “intérprete máximo” de la Constitución, podría “decidir la intervención procesal que considere pertinente”.

El procurador, quien asumió luego de la renuncia de la procuradora Alejandra Gils Carbó, mantuvo la misma postura que cuando fue convocado a emitir dictamen en casos similares en las provincias de Santiago del Estero y La Rioja, o recientemente sobre San Juan y Tucumán.

En cuanto a la oposición formoseña, el diputado nacional y candidato a gobernador Fernando Carbajal por el frente Juntos por Formosa Libre, volvió a presentar un amparo este viernes ante el máximo tribunal, pidiendo que se suspenda “el proceso eleccionario provincial, hasta tanto esta Corte se expida respecto de la cuestión de fondo”. Es decir, hasta que se resuelva sobre la constitucionalidad del artículo 132 de la carta magna provincial que permite la reelección indefinida del gobernador y el vice.

El lunes pasado, Carbajal había presentado un primer amparo, donde solicitó se declare la inconstitucionalidad del artículo 132, para lograr así que no compita el actual gobernador que ejerce el cargo desde 1995, el peronista Gildo Insfrán.

El artículo 132 establece que “el gobernador y el vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos y podrán ser reelectos”. Para la oposición, la redacción “constituye una clara contraposición al espíritu de la Constitución Nacional que, en sus artículos 1, 5 y 123 recepta para el pueblo de la Nación Argentina los principios Republicanos de Gobierno y temporalidad en el poder”.

Fernando Carbajal representa un frente de dirigentes del PRO, el radicalismo, peronistas disidentes y otros sectores encolumnados en el rechazo a la figura del gobernador. Antes de conocerse el amparo contra su reelección, Insfrán dijo que “nuestra Constitución dice que el mandato del gobernador y el del vice duran cuatro años y se pueden reelegir. En Formosa es el pueblo el que decide la alternancia”.

Para Insfrán, en los próximos comicios locales se libra “una lucha que es como la de unitarios contra federales” y anticipó que el oficialismo del Frente de Todos que encabeza en la provincia se impondrá.

Por otra parte, Stella Maris Zabala, fiscal de Estado de Formosa, pidió ayer jueves a los máximos magistrados que se “declare la incompetencia de esa Corte Suprema para intervenir en estos obrados y, en su caso, ordene su remisión a la justicia provincial”. La solicitud cuenta con el patrocinio del excortesano Rodolfo Barra.

En subsidio de lo anterior, rechace, sin más trámite, la medida cautelar peticionada; con costas”, reclamó Zabala. En los fundamentos, señaló que se presenta ante la Corte Suprema de manera “de garantizar a mi representada (la provincia) el ejercicio del derecho a ser oído, comprendido en el derecho al debido proceso”.

LC con información de agencia Télam

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