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Condenan hasta un año y medio de cárcel a policías por el crimen de Carlos Fuentealba

Docentes nucleados en ADEMYS, entre otros gremios, marchan al Palacio Pizzurno por el noveno aniversario del asesinato del maestro Carlos Fuentealba, en 2016

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El Tribunal Penal de Neuquén condenó, hoy, a penas de entre un año y cuatro meses y un año y medio de prisión a los seis policías involucrados en la represión que condujo al asesinato del maestro Carlos Fuentealba, el 4 de abril de 2007. Todas las penas impuestas por abuso de autoridad son de ejecución condicional e incluyen inhabilitaciones especiales.

El ex jefe de la policía de Neuquén Carlos Zalazar, el ex subjefe Moisés Soto, el ex superintendente de Seguridad Metropolitana Adolfo Soto y el ex director de Seguridad Mario Rinzafri son quienes recibieron la pena de un año y seis meses de prisión condicional e inhabilitación por tres años. El ex jefe del Departamento de Seguridad Metropolitana Jorge Garrido ─que en aquel entonces, tenía un rango menor─, por su lado, fue condenado a un año y cuatro meses de cárcel, con inhabilitación especial de 2 años y 8 meses. Benito Matua, policía responsable de abuso de armas, también recibió un año y cuatro meses de pena, a lo que se suma la inhabilitación se seis meses para funciones policiales que involucren el uso de un arma de fuego.

A pesar de que las condenas no son particularmente extensas, la defensa de Sandra Rodríguez, viuda de Fuentealba, se mostró conforme. En la misma línea se expresó el secretario general de la Asociación de Trabajadores de la Educación de Neuquén (ATEN), Marcelo Guagliardo. “Nosotros sabíamos que las condenas iban a estar en este margen, pero lo importante fue llegar después de 16 años a concretar el juicio y que se haya condenado a la cúpula policial de ese operativo que terminó con la vida de nuestro compañero Carlos Fuentealba”.

El docente murió el 4 de abril de 2007 por el impacto en la cabeza de una granada de gas lacrimógeno disparada por el cabo José Darío Poblete, ya condenado a perpetua, durante una manifestación del gremio docente en la ruta nacional 22, cerca del paraje Arroyito. “Es cierto que algunos manifestantes arrojaron piedras luego de que se lanzaran los gases lacrimógenos como reacción, pero no era una actitud masiva, sino de personas aisladas, que no sirve para justificar el uso indiscriminado de la fuerza sobre quienes huían del lugar más allá de las zonas aledañas a la ruta”, argumentó el juez Girogetti, el 16 de marzo de aquel año, cuando el tribunal declaró la culpabilidad de los efectivos policiales.

Con información de agencias

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