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Movistar obtuvo una cautelar en la Justicia y podrá aumentar las tarifas según su criterio

Telefónica opera comercialmente bajo la marca Movistar

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La Sala I de la Cámara Contencioso Administrativo Federal falló a favor de la empresa Telefónica —que opera comercialmente bajo la marca Movistar— y le otorgó una medida cautelar que la exime de cumplir con el decreto 690/20, que declaró servicio público a las telecomunicaciones y estableció que el Gobierno nacional es quien regula las tarifas del sector.  

El pedido de la empresa había sido rechazado en primera instancia por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 5. Con este fallo de segunda instancia Telefónica se suma a la lista de compañías que disponen de herramientas legales para no respetar las subas de precios determinadas por el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) y ejecutar los aumentos que consideran necesarios en sus facturas.

Ya se encontraban al margen del decreto 690, publicado en agosto de 2020, los alrededor de 500 operadores integrados en la Asociación Argentina de Televisión por Cable (ATVC) —dentro de la que Telefónica se daba por incluida—, Telecom, Telecentro y DirectTV. Entre los grandes jugadores del sector, Claro es el único que todavía no tiene una cautelar con su propio nombre. 

Los jueces determinaron que la disposición oficial afecta la “libre competencia” al modificar las condiciones bajo las cuales los servicios fueron originalmente regulados, autorizados y habilitados. Asimismo, consideraron que no puede dejarse de lado el “efecto adverso” que podría provocarle a la empresa la imposición de un régimen tarifario en el marco de la actual coyuntura económica, financiera y cambiaria del país, “caracterizada, entre otros factores, por una alta inflación y un deterioro de la valuación del peso frente a las monedas extranjeras”.

De acuerdo con el fallo —en el que votaron a favor los jueces Liliana María Heiland y Rodolfo Eduardo Facio y en disidencia, Clara María do Pico— la compañía quedará fuera del alcance de la norma por el plazo de seis meses o hasta el dictado de la sentencia definitiva.

Desde la entrada en vigencia del decreto hasta julio pasado el Enacom autorizó aumentos de entre el 15% y 20%, dependiendo el servicio, mientras que las empresas informaron a sus clientes subas que en el acumulado se acercan al 50% en 2021, en línea con la inflación interanual. 

DT

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