Nombramientos judiciales y jueces con miedo al fuego
Hace un año, junto a Alberto Binder señalábamos que había llegado la hora de que los jueces cumplieran su función de garantizar la vigencia de la Constitución. Pero el reloj sigue corriendo y pocos jueces aparecen. Entre las múltiples razones de esa inacción, una se volvió especialmente visible en el último mes: el envío de pliegos por parte del Poder Ejecutivo que, en algunos casos, reflejan negociaciones tan burdas que avergonzarían a cualquier mercado persa.
Un informe de ACIJ, INECIP y otras organizaciones mostró que el sistema de concursos puede convertirse en una pantomima. De un plumazo, una persona puede ascender 10, 20 o hasta 30 posiciones en el orden de mérito construido a partir de antecedentes y exámenes. De los primeros 67 candidatos enviados al Senado, 20 no habrían ingresado a la terna si no fuera por esos movimientos en las etapas más discrecionales. En 12 casos, los “saltos” superan las 10 posiciones.
Lejos de tratarse de correcciones al mérito en base a otros factores también válidos, muchos de esos cambios responden a cuestiones indebidas, como vínculos familiares, políticos o con jueces que tienen a su cargo causas sensibles para el Gobierno. Reconocer esto no implica negar el carácter político del proceso. Pero la dicotomía “mérito o política” es falsa. La idoneidad es un baremo insuficiente, pero imprescindible. En la práctica, cuando se lo deja completamente de lado, no suele ser para ampliar la diversidad de perfiles que llegan a la magistratura, sino todo lo contrario.
En los hechos, el sistema no valida idoneidad ni independencia, sino que testea sumisión. Para llegar a ser juez en Argentina, muchas veces hay que demostrar que se atenderán ciertos teléfonos, o que se actuará considerando ciertos intereses sin necesidad de que el teléfono suene. Cualquier señal de independencia puede dejar al competidor fuera de carrera. Quien finalmente llega, generalmente lo hace tras haber conseguido ciertos apoyos que son condicionamientos previos, ya sean explícitos o tácitos. Y, lamentablemente, ese proceso de encorsetamiento previo suele ser muy efectivo.
De este modo, desde el momento mismo del nombramiento se empieza a moldear una cultura judicial de la sumisión que luego se traslada al ejercicio mismo de la magistratura.
El problema de esa cultura es que un juez que evita fallos difíciles por temor a las reacciones del poder es como un bombero que no entra a una casa incendiada por miedo al fuego. No se trata de heroísmo, sino de cumplir con su función más básica.
Nadie pide jueces mártires. Pero naturalizar la idea de que no podemos exigirles un mínimo de coraje cívico implica confundir realismo con resignación. Un error cada vez más usual del pensamiento democrático y republicano, que termina siendo funcional al avance autoritario.
La explicación habitual de esa inacción judicial es la “debilidad estructural”, que en la práctica funciona como una profecía autocumplida: como el Poder Judicial sería débil, los jueces actúan como si no se pudiera hacer nada, y esa debilidad se reproduce indefinidamente, a la espera de condiciones ideales que nunca llegan ni tampoco llegarán solas.
Esa inacción individual tampoco se compensa con la acción colectiva. No porque falten asociaciones o redes de jueces. Pero muchas de ellas participan y promueven este juego de distribución de cargos que dicen cuestionar. Otras limitan su acción a la discusión académica o a la catarsis auto-exculpatoria, sin hacer un ejercicio de autocrítica corporativa, ni tampoco meterse en la disputa política de fondo que permita remover esos supuestos obstáculos estructurales.
¿Hay salida? Sí, pero no es sencilla. Probablemente ya no estemos a tiempo de evitar que se designen cientos de jueces bajo estas reglas. Pero la grotesca forma en la que está ocurriendo empieza a generar una reacción que debería traducirse en cambios profundos.
La discusión se reabrió con el proyecto de Reglamento de Selección impulsado desde la Corte Suprema, un proyecto que presenta ciertos avances, aunque también deja vigentes muchos de los problemas de los procesos actuales. Su intento de imponerlo a libro cerrado tampoco ayuda, especialmente cuando la propia Corte ha contribuido en los últimos años a consolidar esta cultura de la sumisión, mediante su convalidación por acción u omisión de decisiones claramente inconstitucionales, incluida la designación de jueces de la Corte por decreto. “Haz lo que yo digo, pero no lo que yo hago”, en versión cortesana.
Reformar ese reglamento es un paso imprescindible, como desde la sociedad civil se señala hace años, pero insuficiente. Ninguna reforma reglamentaria alcanzará mientras el Consejo de la Magistratura tenga una composición elefantiásica y procesos kafkianos que diluyen las responsabilidades de cada estamento y de cada consejero. No se trata solo de cómo se eligen los jueces, sino también de quién los elige.
Para transformar esto hacen falta más voces. Muchos jueces, aspirantes y abogados comparten este diagnóstico en privado. Su silencio público es otra expresión del problema. El primer paso deberían darlo quienes tienen mayor resguardo institucional: los propios jueces que todavía están comprometidos con la independencia judicial y que comparten este diagnóstico.
Lo que está en juego no es un debate técnico sobre concursos, sino si Argentina va a tener un Poder Judicial independiente o sometido.
Si quienes bregan por el Estado de Derecho no se toman en serio la larga, incómoda y conflictiva tarea de construir esa independencia, el resultado no será solo un Poder Judicial débil. Será un Poder Judicial definitivamente capturado por parte de sectores de poder, en un contexto regional, y ya también nacional, en el que organizaciones criminales violentas empiezan a entender y a explotar la importancia de controlar la administración de justicia.
Estamos a tiempo de prevenir la extensión de ese fenómeno. La experiencia regional muestra que, una vez que ese proceso se consolida, revertirlo es mucho más costoso.
*El autor es Director Ejecutivo del INECIP – Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales