Declaraciones de Quirno

Publican el decreto sobre Malvinas y advierten que podría haber petroleras excluidas de Vaca Muerta

elDiarioAR

4 de septiembre de 2026 08:07 h

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El Gobierno designó a la Cancillería para que tenga la facultad para sancionar actividades sobre recursos de Malvinas al disponer que sea la autoridad de aplicación de la Ley 26.659, que prevé sanciones para quienes desarrollen o faciliten actividades vinculadas con la exploración o explotación de hidrocarburos en la plataforma continental argentina sin autorización del país.

Tras la cadena nacional en la que el presidente Javier Milei anunció la construcción de una base militar en Tierra del Fuego y sanciones para las empresas que operen en Malvinas, el ministro de Relaciones Exteriores, Pablo Quirno, advirtió que las empresas que decidan invertir “van a tener que decidir si operan en Malvinas, en una zona disputada con una legalidad incierta, o vienen a Argentina a hacer sus negocios”, como sería Vaca Muerta.

Además, el canciller reveló que Chile “va a apoyar a la Argentina en caso de que quieran utilizarlos como apoyo logístico para las Malvinas”, al tiempo que aseguró que, en función de las recientes declaraciones del presidente de EE.UU., Donald Trump, contra el Reino Unido y de la críticas a Milei que sostienen que el mensaje de este jueves fue con la intención de apoyar la postura del mandatario norteamericano, “la Argentina está haciendo las cosas por sí sola como desde el 2023. Nosotros tomamos decisiones por nuestro propio interés, defendiendo intereses argentinos y valorizando nuestros activos estratégicos”, remarcó en declaraciones a Radio Mitre.

Asimismo, Quirno consideró que la decisión de apuntar al proyecto petrolero Sea Lion, que va camino a ser el primero en producir crudo en las aguas argentinas que rodean las Islas Malvinas, que es impulsado por la empresa israelí Navitas Petroleum y la británica Rockhopper Exploration, “no perjudica la relación con Israel en lo más mínimo”.

“Son las acciones que estamos diseñando hace varios meses para darnos los instrumentos necesarios para defender la soberanía de la Argentina en las Malvinas”, concluyó el funcionario.

Qué dice el decreto que designa a la Cancillería como autoridad para sancionar actividades sobre recursos de Malvinas

Según el Decreto 868/2026, publicado este viernes en el Boletín Oficial: “Desígnase al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 26.659 y su modificatoria”.

“Instrúyese a todo organismo o entidad de la Administración Pública Nacional a que informe a la Autoridad de Aplicación los hechos de los que tome conocimiento que pudieran configurar alguna de las conductas descriptas en el artículo 2° de la Ley N° 26.659 y su modificatoria, en el plazo de cinco días hábiles administrativos contados desde dicha toma de conocimiento, sin perjuicio de adoptar las medidas que correspondan en el marco de sus respectivas competencias”, añadió.

Además, señaló: “La Autoridad de Aplicación analizará si existen indicios suficientes que permitan suponer la existencia de una conducta prohibida por el artículo 2° de la Ley N° 26.659 y su modificatoria. En caso afirmativo, dispondrá la apertura del sumario y procederá a notificar al presunto infractor en el domicilio que tuviere constituido o, en su defecto, en su domicilio real o legal conocido”.

“Una vez notificado, el presunto infractor tendrá un plazo de diez días hábiles administrativos para constituir domicilio especial, presentar su descargo y ofrecer la prueba de que intente valerse”, expresó.

En tanto, manifestó: “La Autoridad de Aplicación dictará resolución fundada dentro de los diez días hábiles administrativos contados a partir de la presentación del descargo, de vencido el plazo para presentarlo, o de concluida la etapa probatoria si hubiere habido sustanciación. Dicha resolución dispondrá el archivo de las actuaciones o la aplicación de la sanción prevista en el artículo 3° de la Ley N° 26.659 y su modificatoria, según corresponda”.

Previamente, en el citado Decreto se indicó que por la disposición transitoria Primera de la Constitución Nacional se establece que “La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional”.

También, señaló que, mediante la mencionada disposición se dispone que “la recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino”.

“El Estado Nacional tiene la obligación de llevar adelante todas las acciones necesarias para recuperar el ejercicio pleno de la soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes”, expresó.

Qué dijo el canciller Pablo Quirno