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Lago Escondido: la Cámara Federal porteña rechazó al Ministerio de Justicia como querellante

Mansión de Joe Lewis, en Lago Escondido.

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La Cámara Federal porteña confirmó este jueves el rechazo como querellante del Ministerio de Justicia en la causa que investiga el viaje de jueces y funcionarios porteños al Lago Escondido, así como la filtración de chats que revelaron detalles de esa travesía a la estancia del magnate británico Joe Lewis.

Los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah consideraron que “no están dadas las condiciones que fija la ley para obtener legitimación activa con relación a las hipótesis planteadas en esta instrucción”. “Es cierto que se ha aceptado en otros casos a determinadas agencias del Poder Ejecutivo como querellantes”, pero “ello siempre estuvo (y está) supeditado a la necesidad de comprobar la concurrencia de un plus en el interés que representa el Ministerio Público Fiscal”, plantearon los jueces.

El voto de mayoría el -camarista Roberto Boico votó en disidencia- apuntó que para ser aceptado como querellante, el Ministerio debió haber padecido “un perjuicio especial, singular, individual y directo”, y “dichas condiciones no se encuentran reunidas en las circunstancias que exhibe”. Ratificaron así la decisión del juez Sebastián Ramos, quien había desestimado una presentación del ministro Martín Soria.

“Por un lado, se denunció a funcionarios públicos (jueces federales, un ministro de la Ciudad de Buenos Aires y un fiscal de la misma localidad), entre otros, por supuestamente haber aceptado determinados servicios de costo económico, ofrecidos por empresarios en razón de los cargos que ejercían”, recordó el fallo.

“Por otro -añadieron los camaristas-, se denunció el 'hackeo y el espionaje' que habrían conducido -de forma delictiva- a acceder a comunicaciones realizadas desde los teléfonos de aquellas personas”.

“Incluso tomado como punto de partida la hipótesis desarrollada en la solicitud –que pretende deducir eventuales alcances o conexiones de los eventos con actos propios de la actividad funcional de magistrados-, las características de aquellos no permiten observar que pudieran generar un perjuicio directo a las atribuciones o deberes del Ministerio de Justicia”, insistieron.

LC con información de agencia NA

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