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“Será justicia” tiene que ser más que una fórmula

Gran parte del trabajo del Poder Judicial es resolver conflictos, tensiones y controversias. Cuando estos conflictos se refieren a la vida familiar y a los vínculos afectivos, la importancia de lo que está en juego se refleja en el impacto que tiene en nuestras vidas cotidianas.

La práctica jurídica está repleta de formalismos y rituales. Algunos son obligatorios, requeridos por los propios procedimientos legales; otros solamente están enraizados en la costumbre y la reiteración. Entre estos, es usual finalizar los escritos con la síntesis de lo que se solicita al juzgado o tribunal (el ‘petitorio’) y luego se inserta la fórmula que se repite como un mantra: “resolver de conformidad, será justicia. Traducido, es un pedido para que evalúen los argumentos, se consideren las pruebas, se analice su impacto en el caso y se responda a la solicitud porque de esa manera “se hará justicia”.

La extensión de los procesos, las barreras multiplicadas por la distancia que separa a la mayoría de las personas de los lugares donde se desarrollan los procesos judiciales, los costos económicos y personales, se agravan por la opacidad de los procedimientos y las demoras en resolver los temas que se plantean. Muchas personas y organismos dentro del sistema de administración de justicia son conscientes de la necesidad de acercar el servicio a la población y hacen esfuerzos en ese sentido, aún cuando saben que todavía no alcanzan.

Incorporar una perspectiva de género en el proceso judicial fue una de las estrategias para abordar los sesgos de un sistema que tendía (y todavía lo hace) a desestimar la palabra y las experiencias de las niñas, niños, adolescentes y mujeres, aplicando de manera defectuosa el derecho, tomando decisiones sesgadas, basadas en preconceptos y prejuicios.

Lejos de significar que “juzgar con una perspectiva de género” le da automáticamente la razón a las mujeres, implica que debe asegurarse analizar las pruebas, los argumentos y los contextos de una manera que tome en consideración las distintas miradas y posiciones.

Este es el consenso de la comunidad internacional, tal como muestra el pronunciamiento de la Cumbre Judicial Iberoamericana, que sostiene que el deber de incorporar la perspectiva de género en la administración de justicia “implica hacer realidad el derecho a la igualdad. Responde a una obligación constitucional y convencional de erradicar la discriminación por medio del quehacer jurisdiccional para garantizar el acceso a la justicia y remediar, en un caso concreto, situaciones asimétricas de poder” contribuyendo a la construcción de un Estado “respetuoso de los derechos humanos” (Comisión Permanente de Género y Acceso a la Justicia de la Cumbre Judicial Iberoamericana, 2023).

Pero lo cierto es que el actual contexto de fuerte polarización en América Latina (aunque no solo en esta región) se enfoca en ciertos temas que van tensando las agendas: la economía, la seguridad y los valores culturales.

En su reciente libro ¿Ideología de género? Disputas políticas sobre la diferencia sexual, Marta Lamas (2025) repasa un devenir de posicionamientos políticos contra la perspectiva de género o “ideología de género” que avanza en la región desde hace más de una década. La antropóloga mexicana recupera una serie de ejemplos de América Latina, Europa y Estados Unidos para trazar un panorama de gran preocupación, con consecuencias muy concretas. En su libro, Lamas afirma que “la consecuencia es un aumento de ambientes muy agresivos en varias universidades y una atmósfera hostil que está forzando a muchas académicas a cambiar sus líneas de trabajo. El objetivo de los ataques de todo tipo contra los estudios de género es el de desprestigiarlos y ponerlos por fuera de la ley”.

Ya en el año 2018, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) advirtió con preocupación sobre estos intentos en la región, en los que se impugnaba el uso de la perspectiva de género con referencias peyorativas como “teoría y/o ideología de género”. La CIDH resaltó que “la perspectiva de género no es una 'teoría', mucho menos una 'ideología', sino (...) una herramienta clave para combatir la discriminación y la violencia contra las mujeres y contra las personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas; y un concepto que busca visibilizar la posición de desigualdad y de subordinación estructural de las mujeres a los hombres en razón de su género” .

El sistema de administración de justicia cumple un rol fundamental en la defensa y la protección de los derechos de las personas. Más aún en contextos de desarticulación de políticas de protección de la violencia por razones de género, deslegitimación de las conquistas feministas y aumento de las desinformaciones en estas agendas, es fundamental contar con el Poder Judicial como espacio de protección, reparación y cuidado.

Surge ahora como una preocupación de ciertos sectores la iniciativa de penalizar de manera agravada lo que consideran “falsas denuncias” vinculadas con violencia de género. Es posible que un hecho que se denuncia no pueda probarse en juicio. Eso no quiere decir que sea mentira o que se haya planteado una “falsa denuncia”. En todo caso, para evitar generar más dolor y para reparar los daños a quienes son víctimas, ya sea de una situación de violencia o una denuncia falsa, hay que mejorar los tiempos y procesos judiciales. Este proyecto no resuelve el problema sino que lo agrava.

El mismo Ministerio de Seguridad de la Nación afirma que los delitos contra la integridad sexual tienen un alto nivel de subregistro. Según su informe de estadísticas criminales: “Por sus características, los delitos contra la integridad sexual tienen un alto nivel de subregistro, debido a los procesos de estigmatización que sufren las víctimas. Los cambios en la percepción social sobre la violencia sexual, así como en las respuestas institucionales y en las políticas estatales, impactan en los niveles de denuncia.”

Si se aprueban los proyectos presentados, lo más probable es que menos personas se animarán a denunciar, menos testigos se atreverán a declarar, más víctimas enfrentarán represalias judiciales por atreverse a hablar. Es difícil imaginar que la consecuencia sea otra que la consolidación de un uso regresivo del derecho penal para disuadir la búsqueda de ayuda.

Amenazar con perseguir penalmente en los casos que no se logre probar que ha existido violencia, ¿contribuirá a que “sea justicia”? Antes que actuar a través de la amenaza penal, el Poder Judicial debe enfocarse en trabajar con la mayor celeridad posible, libre de prejuicios, con el foco puesto en las personas. Y desde esa perspectiva, dedicar esfuerzos para reparar los daños generados por las experiencias de violencia que (se espera, se desea) no marquen de manera indeleble las vidas de las personas.

NG/MG

Gran parte del trabajo del Poder Judicial es resolver conflictos, tensiones y controversias. Cuando estos conflictos se refieren a la vida familiar y a los vínculos afectivos, la importancia de lo que está en juego se refleja en el impacto que tiene en nuestras vidas cotidianas.

La práctica jurídica está repleta de formalismos y rituales. Algunos son obligatorios, requeridos por los propios procedimientos legales; otros solamente están enraizados en la costumbre y la reiteración. Entre estos, es usual finalizar los escritos con la síntesis de lo que se solicita al juzgado o tribunal (el ‘petitorio’) y luego se inserta la fórmula que se repite como un mantra: “resolver de conformidad, será justicia. Traducido, es un pedido para que evalúen los argumentos, se consideren las pruebas, se analice su impacto en el caso y se responda a la solicitud porque de esa manera “se hará justicia”.