En una sesión motorizada por la oposición y a pesar de el anuncio del presidente Javier Milei de vetar todo lo que se aprobara en el recinto, el Senado convirtió en ley este 10 de julio la actualización a $110.000 del bono de los jubilados que cobran la mínima, que pasará a actualizarse mensualmente por IPC, y el incremento del 7,2% de todos los haberes jubilatorios.
Además, se sancionó también una prórroga de la moratoria previsional y convirtió en ley la declaración de la emergencia en discapacidad en todo el territorio nacional.
En el cierre de la agitada sesión, le dio media sanción a las iniciativas que los gobernadores habían diseñado, hace casi un mes, en una reunión del Consejo Federal de Inversiones (CFI). Ambas modifican el mecanismo a través del cual el Ejecutivo transfiere recursos a las provincias: una, a través de la coparticipación del impuesto a los combustibles líquidos, y otra, a partir de la distribución automática de los Aportes del Tesoro Nacional (ATN), que habitualmente son repartidos de manera discrecional por el Gobierno nacional como parte de un informal sistema de premios y castigos. De qué se trata cada ley aprobada en el Senado este 10 de julio.
Aumento a jubilaciones
El Senado de Argentina aprobó este jueves y convirtió en ley un proyecto para otorgar un aumento de emergencia en las jubilaciones, pese al rechazo del Gobierno de Javier Milei.
La iniciativa, que ya había sido aprobada por la Cámara de Diputados el pasado 4 de junio, recibió el visto bueno del Senado por 52 votos afirmativos y cuatro abstenciones.
Cuánto cobrarán los jubilados con el nuevo aumento
El proyecto que fue aprobado por el Senado este jueves, y que ya tenía media sanción en Diputados, implica un aumento para todas las jubilaciones y pensiones del 7,2% -excepto los regímenes especiales- y un incremento para el bono, que pasaría de $ 70 mil a $110 mil y se actualizaría por inflación.
Si el proyecto superara el filtro del Gobierno, quienes perciben la jubilación mínima hubieran recibido en julio $441.600, frente a los $379.355 que cobraron. La diferencia sería de $62.273, un 16,4%.
En ambos casos, el cálculo parte del haber de junio y suma un aumento del 1,5%, correspondiente a la inflación de mayo informada por el INDEC, de acuerdo con la actual movilidad jubilatoria. A esto se le suma el 7,2% propuesto en el proyecto de ley y un bono de $110 mil.
Si se concretara el aumento, un jubilado con un haber mínimo pasaría a ganar un 11,2% real (es decir, considerando a la inflación) con respecto a noviembre de 2023 (último mes de la gestión de Alberto Fernández). Con el esquema actual, la mínima se ubica 4,5% debajo de esos valores.
La Prestación Universal al Adulto Mayor (PUAM) quedará en $265.274 con el aumento y $375.274 con el bono; en tanto, el haber promedio sería de $964.800 y la jubilación máxima se ubicaría en los $2.231.111, ambos sin bono.
Nueva moratoria
El Senado también aprobó -por 39 votos a favor, 14 negativos y una abstención- y convirtió en ley un proyecto que prorroga un plan de pagos de deudas con el sistema previsional, que permite a los adultos mayores acceder a una pensión cuando no cuentan con todos los aportes a la seguridad social requeridos por la ley.
Con la nueva moratoria, podrían jubilarse unas 220.000 personas, según una estimación de la Oficina de Presupuesto del Congreso, que también calculó que esto tendría un impacto presupuestario del 0,08% del PBI.
El proyecto de ley que sancionó el Senado fue aprobado en Diputados en junio y dispone la extensión por 2 años de la moratoria que perdió vigencia el 23 de marzo de 2025 y permitía a quienes alcanzaban la edad jubilatoria, pero no cumplían con los 30 años de aportes requeridos, regularizar su situación y acceder a un haber previsional.
La moratoria, sancionada en 2023 durante el gobierno de Alberto Fernández, tenía un período de vigencia de 2 años con posibilidad de prórroga, pero la actual gestión de Javier Milei optó por no extenderla.
Establecía que para poder acceder al beneficio se debía contar con más de 65 años; ser argentino, naturalizado con 10 años de residencia o extranjero con 20 años viviendo en el país, y no cobrar ningún otro beneficio previsional.
Con el fin de la moratoria previsional, las personas que no cumplen con los 30 años de aportes requeridos tienen derecho a acceder a la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), que representa el 80% de la jubilación mínima.
Qué implica la vuelta de la moratoria previsional
El proyecto de ley que aprobó el Senado dispone la extensión por 2 años de la moratoria previsional, que perdió vigencia el 23 de marzo de 2025 y permitía a quienes alcanzaban la edad jubilatoria, pero no cumplían con los 30 años de aportes requeridos, regularizar su situación y acceder a un haber previsional.
La ley, sancionada en 2023 durante el gobierno de Alberto Fernández, tenía un período de vigencia de 2 años con posibilidad de prórroga, pero la actual gestión de Javier Milei optó por no extenderla.
Con el fin de la moratoria previsional, las personas que no cumplen con los 30 años de aportes requeridos tienen derecho a acceder a la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), que representa el 80% de la jubilación mínima.
El proyecto, que ahora deberá ser tratado por el Senado, extiende por 2 años los alcances la última moratoria, que establecía que para poder acceder al beneficio se debía contar con más de 65 años; ser argentino, naturalizado con 10 años de residencia o extranjero con 20 años viviendo en el país; y no cobrar ningún otro beneficio previsional.
El trabajo de la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC) estima que, de aprobarse la ley, unas 220 mil personas podrían obtener la jubilación a través de la moratoria. Esto tendría un impacto presupuestario del 0,08% del PBI.
¿Cuántas personas se jubilaron por moratoria?
Actualmente, el sistema previsional está compuesto por 7,2 millones de jubilaciones y pensiones (esto no es lo mismo que el número total de jubilados, dado que una misma persona puede poseer más de un beneficio). De ese total, el 59,5% (4,3 millones) fueron obtenidas a través de una moratoria.
Desde 2005 a la actualidad el número de jubilaciones y pensiones aumentaron un 130%, pasando de 3,1 millones de beneficios a los 7,2 millones actuales (septiembre de 2024), según datos del Boletín Estadístico de Seguridad Social (BESS) que elabora la ANSES.
El especialista en temas previsionales, Rafael Rofman, explicó a Chequeado que las moratorias “cumplieron un rol importante para solucionar un serio problema de diseño del sistema previsional, que es la exigencia de 30 años de aportes, un requisito que implica excluir a la mayoría de la población”.
Para el especialista “sólo cerca de un 25% de quienes llegan a la edad jubilatoria tienen 30 años de aportes o más por lo que la moratoria representó un ´parche´ que habilitó el acceso al sistema a quienes estaban excluidos”. Sin embargo, esto “genera muchos problemas”, agregó, y “debería haber sido resuelto rápidamente mediante una reforma integral del sistema, pero en cambio se han mantenido moratorias vigentes durante 20 años”.
¿Qué cambió?
El texto aprobado en el Senado modifica el articulo 13 de la ley 27.260, el cual quedara redactado de la siguiente manera:
Articulo 13: Instituyese con alcance nacional la Pension Universal para el Adulto Mayor (PUAM), de caracter vitalicio y no contributivo, para todas las mujeres de sesenta (60) anos de edad o mas y para todas las personas de cualquier otro genero de sesenta y cinco (65) anos de edad o mas, que cumplan con los siguientes requisitos:
- Ser ciudadano argentino nativo, por opcion o naturalizado, en este ultimo caso con una residencia legal minima en el pais de diez (10) anos anteriores a la fecha de solicitud del beneficio, o ser ciudadanos extranjeros, con residencia legal minima acreditada en el pais de veinte (20) anos, de los cuales diez (10) deben ser inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud del beneficio.
- No ser beneficiario de jubilacion, pension o retiro, de caracter contributivo o no contributivo. Quedan exceptuadas de esta incompatibilidad las pensiones por viudez.
- No encontrarse percibiendo la prestacion por desempleo prevista en la ley 24.013. Quedan exceptuadas de esta incompatibilidad las pensiones por viudez y las pensiones para veteranos de Islas Malvinas.
- En el caso que el titular perciba una unica prestacion podra optar por percibir el beneficio que se establece en la presente.
- Mantener la residencia en el pais.
Los beneficiarios de las pensiones no contributivas por vejez que otorga el Ministerio de Desarrollo Social podran optar por ser beneficiarios de la Pension Universal para el Adulto Mayor (PUAM), siempre y cuando cumplan con la totalidad de los requisites previstos en el presente articulo.
También modifica el articulo 16 de la ley 27.260, que quedará redactado de la siguiente manera:
Articulo 16: El goce de la Pension Universal para el Adulto Mayor (PUAM) es compatible con el desempeno de cualquier modalidad de trabajo registrado, que no implique ingresos iguales o superiores a tres (3) salarios minimos vitales y moviles. Igualmente, la Pension Universal para el Adulto Mayor (PUAM) sera compatible con el desempeno en caracter de trabajador autonomo o monotributista.
Emergencia en discapacidad
La norma aprobada declara la emergencia en discapacidad en todo el país hasta el 31 de diciembre de 2027 y obliga al Poder Ejecutivo a garantizar un financiamiento adecuado y sostenible de las pensiones no contributivas por discapacidad. Además, dispone la actualización de los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral.
Es un proyecto de ley presentado por el diputado Daniel Arroyo (Unión por la Patria) y otros legisladores, que propone declarar la emergencia en discapacidad en todo el territorio nacional hasta el 31 de diciembre de 2027. El objetivo es asegurar el cumplimiento efectivo de los derechos de las personas con discapacidad en áreas como salud, educación, trabajo y protección social.
La iniciativa contaba con dictamen de mayoría en las comisiones de Discapacidad, Acción Social y Salud Pública, y Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados y se debatió el miércoles 4 de junio. Desde el Foro Permanente por la Discapacidad se sumaron a la movilización de jubilados frente al Congreso.
El proyecto se aprobó con 149 votos a favor, 71 en contra y 3 abstenciones y se giró al Senado donde será tratado hoy jueves 10 de julio de 2025.
¿Qué establece el proyecto de emergencia en discapacidad?
- Regularización de pagos y actualización de aranceles: se propone saldar las deudas con los prestadores del sistema de salud y actualizar mensualmente los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral. La iniciativa declara el sistema de interés público nacional.
- Reforma del sistema de pensiones no contributivas: el proyecto busca garantizar el financiamiento adecuado de las pensiones por discapacidad, revisando las condiciones de acceso y permanencia en el beneficio.
- Fortalecimiento institucional: se plantea mejorar la base de datos de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) y realizar auditorías para identificar y resolver problemas en la gestión de prestaciones.
- Transparencia y rendición de cuentas: el Poder Ejecutivo deberá informar públicamente sobre la ejecución presupuestaria y las políticas implementadas en el marco de la emergencia.
- Compensaciones económicas: el proyecto incluye una compensación de emergencia para prestadores y asignaciones para talleres de producción, con un impacto fiscal estimado por la Oficina de Presupuesto del Congreso de entre el 0,22% y 0,42% del PBI.
- Actualización del Certificado Único de Discapacidad (CUD): se propone que la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), en articulación con el Consejo Federal de Discapacidad, establezca los lineamientos para la certificación de la discapacidad, considerando las condiciones físicas, mentales, intelectuales, sensoriales y sociales de la persona.
- Fortalecimiento de los talleres protegidos y centros de día: se asignan recursos específicos y compensaciones para garantizar su funcionamiento continuo.
- Cumplimiento del cupo laboral: reafirma la obligación del Estado de cumplir con el cupo laboral del 4% para personas con discapacidad en el sector público.
Podrán ser titulares de la Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social las personas con discapacidad que cumplan con los siguientes requisitos:
- a. Acreditar la condición de discapacidad conforme el proceso de obtención del Certificado Único de Discapacidad (CUD), en caso de no poseerlo. En caso de poseer el CUD deberá presentar el mismo.
- b. Acreditar la identidad, edad, y nacionalidad mediante el Documento Nacional de Identidad.
- c. Ser ciudadano/a argentino/a o nativo/a, por opción o naturalizado/a.
- d. Acreditar las personas extranjeras una residencia legal mínima continuada en el país de cinco (5) años, anteriores a la fecha de solicitud del beneficio.
- e. No percibir ingresos económicos netos iguales o superiores a dos (2) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles. A tal fin se tiene en cuenta el ingreso individual y no del grupo familiar.
- f. No ser titular de un Plan, Programa y/o prestación a cargo del Estado Nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o Municipal, que persigan la finalidad de pensión no contributiva para protección social.
- g. Aprobar la evaluación socioeconómica realizada por la Agencia Nacional de Discapacidad según los criterios que establezca la misma en acuerdo con el Consejo Federal de Discapacidad. En caso de ser propietario/a de una vivienda, deberá acreditar su carácter de vivienda única familiar.
La Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social consiste en el pago de una prestación mensual equivalente al setenta por ciento (70%) del haber mínimo jubilatorio garantizado al que hace referencia la ley 24.241, sus complementarias y modificatorias, y se actualiza de conformidad a lo establecido por el ordenamiento jurídico vigente en la materia.
¿Qué contempla la ley 24.901 como prestaciones básicas?
- Prestaciones preventivas: La madre y el niño/a tienen garantizados desde el momento de la concepción, los controles, atención y prevención adecuados para su óptimo desarrollo físico-psíquico y social.
- Prestaciones de rehabilitación: Son las acciones que tienen por objeto la adquisición y/o restauración de aptitudes para que un persona con discapacidad, alcance el nivel psicofísico y social más adecuado para lograr su integración social.
- Prestaciones terapéuticas educativas: Acciones tendientes a promover la restauración de conductas desajustadas, adquisición de adecuados niveles de autovalimiento e independencia, e incorporación de nuevos modelos de interacción.
- Prestaciones educativas: Acciones de enseñanza-aprendizaje mediante una programación sistemática específicamente diseñada según requerimientos de cada tipo de discapacidad.
- Prestaciones asistenciales: Tienen por finalidad la cobertura de los requerimientos básicos esenciales de la persona con discapacidad (hábitat-alimentación y atención especializada).
Esta ley nacional, sancionada el 5 de noviembre de 1997 y promulgada el 2 de diciembre del mismo año, contempla: acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el objeto de brindarles a las personas con discapacidad una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos.
Traspaso de recursos a las provincias
La oposición le dio media sanción a las iniciativas que los gobernadores habían diseñado, hace casi un mes, en una reunión del Consejo Federal de Inversiones (CFI). Ambas modifican el mecanismo a través del cual el Ejecutivo transfiere recursos a las provincias: una, a través de la coparticipación del impuesto a los combustibles líquidos, y otra, a partir de la distribución automática de los Aportes del Tesoro Nacional (ATN), que habitualmente son repartidos de manera discrecional por el Gobierno nacional como parte de un informal sistema de premios y castigos.
Qué son los ATN, el eje de la disputa por fondos entre Milei y los gobernadores argentinos
La decisión de los gobernadores de las provincias de Argentina de impulsar un proyecto de ley para recibir más fondos de parte del Estado nacional ha desatado una fuerte puja política con el presidente Javier Milei.
La pelea se centra en los denominados Aportes del Tesoro Nacional (ATN).
Estas son las cinco claves para entender los alcances de la discusión que este jueves comenzó en el Senado argentino:
1. ¿Qué son los ATN?
Las normas de Argentina establecen que el 42,34 % de la recaudación por tributos federales queda en las arcas del Gobierno nacional.
Otro 56,66 % es “coparticipable”, es decir, debe ser repartido entre las 23 provincias del país y la ciudad de Buenos Aires en forma automática y según porcentajes establecidos por una ley aprobada en 1988.
El 1 % restante se destina al denominado Fondo de Aportes del Tesoro Nacional (ATN), cuyo objetivo es atender a las situaciones de emergencia o de desequilibrios financieros de los gobiernos provinciales y es administrado por el Gobierno nacional con un criterio de distribución discrecional y no automática -no hay porcentajes preestablecidos de distribución-.
Es decir: la conformación del fondo ATN es automático (todos los meses se incorporan fondos derivados de la masa coparticipable de recaudación) pero su distribución por parte de la Administración nacional de turno es discrecional.
El fondo ATN ha sido, además, subejecutado desde que Milei llegó a la Presidencia a finales de 2023 pues no se distribuyó el total de los recursos del fondo.
De acuerdo a un informe de la consultora Politikón Chaco, en 2024 se ejecutó apenas el 7 % del fondo ATN, mientras que en los primeros cinco meses de este año la ejecución alcanzó el 22 %.
El reparto también ha sido desigual entre los distritos. Desde que Milei es presidente, ocho no recibieron transferencias -entre ellos, la ciudad de Buenos Aires y la provincia de Córdoba-, mientras que el resto recibió giros con porcentajes muy diferentes.
2. ¿Qué cambio impulsan los gobernadores?
El proyecto de ley impulsado por todos los gobernadores y el alcalde de Buenos Aires -ninguno de ellos oficialista, aunque sí algunos han actuado como aliados del Ejecutivo- establece que la distribución de los ATN se haga en forma automática y con los porcentajes establecidos por el esquema de coparticipación.
Los gobernadores también pretenden la eliminación de fideicomisos financiados a través de la recaudación del impuesto a los combustibles líquidos.
Esa eliminación de los fideicomisos permitirá que los fondos que reciben las provincias por lo recaudado del impuesto a los combustibles líquidos se incremente del actual 10,4 % a un 58,36 %.
3. ¿Cuál es el trasfondo del proyecto?
La puja entre los gobernadores y Milei tiene como trasfondo el severo ajuste fiscal que el jefe de Estado puso en marcha a finales de 2023.
Como parte de ese ajuste, las transferencias del Tesoro nacional a las provincias cayeron en forma drástica, incluyendo los giros de los ATN, pero también otras partidas, una situación que ha afectado severamente las arcas provinciales.
La caída en los envío de ATN es evidente: mientras que en 2023 se giraron 173.000 millones de pesos, el Gobierno de Milei transfirió apenas 49.800 millones de pesos en 2024 y 84.000 millones en lo que va de 2025, un desplome que en términos reales se agrava por el efecto de la inflación acumulada, que ronda el 200 % desde que Milei llegó al Ejecutivo.
4. ¿Por qué el Gobierno de opone?
El Ejecutivo argentino se opone al proyecto porque alega que conspira contra el objetivo de equilibrio fiscal del Gobierno.
Si bien el Ejecutivo nacional no puede destinar los recursos del fondo ATN a otros fines, los recursos no distribuidos disminuyen el gasto público nacional y, por lo tanto, pasan a formar parte del resultado fiscal.
5. ¿Cuál es el impacto fiscal?
Según los gobernadores, su iniciativa no afecta la sustentabilidad de las finanzas públicas nacionales pues, de acuerdo a sus cálculos, implicaría un costo total para la Nación de 0,11 puntos del PIB.
De esta manera, el Gobierno nacional pasaría de tener este año un superávit fiscal primario del 1,60 % del PIB proyectado como objetivo por el Ejecutivo al 1,49 % del PIB, resultado que estaría de todos modos por encima del 1,30 % del PIB que el Fondo Monetario Internacional fijó como meta para 2025.
Otros cálculos, como el realizado por la Fundación Mediterránea, sitúan el coste fiscal del proyecto en 0,05 puntos del PIB.
Con información de agencias y Chequeado
IG