Corte Suprema dejó firme un fallo que ordena que préstamo en dólares debe pagarse en esa moneda
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme un fallo en el que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil ordenó que un préstamo acordado en dólares debe pagarse en esa moneda.
Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti rechazaron por inadmisible un recurso de queja interpuesto por uno de los demandados, que pagó un préstamo en pesos a la cotización oficial del dólar, y de esta manera adquirió firmeza una decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, informó hoy el portal Infobae.
De acuerdo a la información, la presentación había sido hecha por uno de los deudores contra una sentencia de la Sala C del tribunal de segunda instancia que confirmó una decisión de primera instancia en un proceso de ejecución hipotecaria por la falta de pago de un préstamo por parte del deudor que había contraído esa obligación para la compra de la totalidad del paquete accionario de la empresa “Doribal S.A.”, cuyo activo estaba integrado por una estancia de 10.700 hectáreas ubicada en la provincia de La Pampa y su explotación.
El préstamo para la compra de la empresa fue acordado el 2 de octubre de 2014 y en una de las cláusulas del contrato se estableció que todos los importes serían abonados en dólares billetes estadounidenses, por ser la moneda pactada y condición esencial de la operación.
Posteriormente, el 8 de noviembre de 2016, vencida la fecha de pago de la suma adeudada, el préstamo fue refinanciado, manteniéndose las condiciones originales pactadas en todos sus términos.
En el marco del juicio de ejecución del préstamo hipotecario, uno de los ejecutados practicó una liquidación en la que calculó el valor del dólar estadounidense conforme a la cotización oficial del Banco de la Nación y, en base a ese cálculo, depositó la suma de $ 66.267.296, para hacer frente al reclamo de pago de USD 628.126. El acreedor impugnó esa liquidación, añade Infobae.
0