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Fe de vida: los jubilados y pensionados de ANSES ya no deben realizar más el trámite

Fe de vida: los jubilados y pensionados de ANSES ya no deben realizar más el trámite

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Los bancos dejan de exigir definitivamente la fe de vida a jubilados y pensionados de la ANSES desde este martes, tras la oficialización de la ley que dispuso el fin de ese trámite para cobrar los haberes.

La entrada en vigencia de la medida beneficia a cerca de cuatro millones de jubilados y pensionados referenciados en las Pensiones No Contributivas de la ANSES, que se suman a los 3,2 millones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), quienes ya se encontraban eximidos del trámite por decisiones de los bancos donde cobran sus haberes.

La eliminación del cumplimiento del trámite se hace efectiva tras la oficialización del Ejecutivo nacional el 17 de julio último de la ley 27.721, la cual determina que “en ningún caso podrán requerirse trámites adicionales a cargo del beneficiario y/o apoderado de la prestación” jubilatoria “más allá de las verificaciones realizadas al momento del cobro presencial que eventualmente se realice”.

Anteriormente, con la irrupción del aislamiento por la pandemia de Covid-19 en marzo de 2020, el requisito ya había sido suspendido de manera temporal; luego de volver a ser solicitado en febrero de 2022, ahora quedó definitivamente eliminado.

El trámite que deja de exigirse este martes, consistía en que los jubilados y pensionados debían acreditar su supervivencia, a través del cobro en la ventanilla del banco, una compra con la tarjeta de débito o crédito asociada a la cuenta bancaria, o por medio de mecanismos digitales del organismo previsional en sus oficinas o las entidades bancarias.

En caso de no cumplir con el procedimiento en el plazo establecido, el banco bloqueaba el pago del haber.

Qué métodos se utilizarán a partir de ahora

Según detalla ANSES, los bancos seguirán verificando que los beneficiarios sigan con vida de diferentes maneras. Las más utilizadas en Argentina son:

  • Hacer compras con la tarjeta de débito o crédito asociada a la cuenta bancaria.
  • Poner la huella digital en los tótems ubicados en las entidades bancarias.
  • Accediendo a una terminal de autoconsulta biométrica de ANSES.
  • Desde las aplicaciones móviles de las entidades bancarias o desde las páginas web.

Quiénes tendrán que seguir tramitando la fe de vida, sí o sí

Los jubilados que cobren la pensión española del Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) y el Instituto Social de la Marina (ISM) deberán enviar una fe de vida anual para recibir los haberes correspondientes.

El trámite debe ser enviado todos los años a través de un documento original. El plazo para entregarlo es desde el 2 de enero hasta el 31 de marzo de cada año. La entrega debe hacerse a la Dirección Provincial que corresponde a cada beneficiario.

Según indica el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de España, existen tres formas de acreditar el trámite de fe de vida desde Argentina:

  • Certificado de Fe de Vida y Estado emitido por el Consulado General de España correspondiente a su demarcación.
  • Certificado de comparecencia emitido por esta Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
  • Certificado de Fe de Vida y Estado civil emitido por escribano con la Apostilla de la Haya.

Los certificados de supervivencia que no son válidos para las autoridades de la Seguridad Social Española son aquellos emitidos por la Policía o el Registro Nacional de la Personas. 

NB con información de agencia NA.

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