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OPINIÓN

Licencia para espiar

Familiares de los 44 marinos fallecidos en el ARA San Juan

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En medio de semanas complicadas, hubo decisiones judiciales que avalaron prácticas de inteligencia ilegal sobre las que me parece importante llamar la atención ahora, mientras debatimos la salida política a la crisis. En estos tiempos conflictivos, el sistema judicial debería fijar reglas de protección al derecho a organizarse y a protestar. Sin embargo, lo que está haciendo es convalidar intervenciones o interferencias ilegales que están orientadas a disuadir, entorpecer o controlar la vida social y las acciones de protesta. Lo vimos, por ejemplo, en los casos del ARA San Juan y el Proyecto AMBA, la investigación de la desaparición y muerte de Santiago Maldonado, la inteligencia ilegal contra activistas antimineros de Chubut, o contra las organizaciones sociales jujeñas y de CABA acusadas de asociación ilícita. También en la imposibilidad de saber realmente qué hace el Cuerpo de Informaciones de la Policía Federal Argentina (PFA) que ha infiltrado agentes en organizaciones sociales y políticas.

En la investigación conocida como “Proyecto AMBA” apareció mucha información de inteligencia ilegal sobre organizaciones. Pero algo llamó particularmente la atención. Algunos de los espiados fueron los familiares de quienes murieron en el hundimiento del submarino ARA San Juan, sobre los que la Delegación de Mar del Plata de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) elaboró perfiles, hizo vigilancia en redes, los siguió y fotografió e infiltró reuniones. Los funcionarios de distintas dependencias que declararon en la causa por estos hechos confirmaron que el objetivo era prevenir las protestas. Y, además, confirmaron que esa Delegación siempre hizo “informes de conflictividad”. Esta expresión es un eufemismo para referirse a las situaciones que implican algún tipo de reclamo social al Estado o una supuesta alteración del orden público. Ni para prevenir protestas (aún si se trata del presidente), ni para prevenir riesgos al orden público está la AFI. En el primer caso, ninguna agencia estatal podría hacerlo. En el segundo, son las policías o fuerzas de seguridad las que pueden intervenir solo si se trata objetivamente de situaciones delictivas.

Sin tener en cuenta estos parámetros legales, los jueces de la cámara federal Bertuzzi, Bruglia y Llorens revocaron lo decidido por el juez instructor y resolvieron que la AFI está autorizada a hacer este tipo de inteligencia para prevenir riesgos de seguridad del presidente y de seguridad interior. Los jueces no establecieron límites, ignoraron que la ley de inteligencia permite las intervenciones de la AFI únicamente cuando se trata de riesgos para la defensa nacional y el orden constitucional y en casos de delitos federales complejos, no contemplaron los estándares que protegen el derecho a la protesta, ni la prohibición de hacer inteligencia por razones políticas. Los jueces tampoco se preocuparon al enterarse de que la exSIDE hizo “siempre” informes sobre conflictos políticos y sociales para el consumo incierto de autoridades políticas, judiciales, policiales y de inteligencia. Hay un hilo bastante evidente que conecta este reconocimiento con los momentos previos a la decisión de reprimir la protesta del 26 de junio de 2002, que terminó con el asesinato de Maximiliano Kosteki y Darío Santillán.

Pero, el problema no es solo la AFI. En 2014 el fiscal de la UFI Amia Alberto Nisman le tomó declaración a un agente de inteligencia de la PFA, integrante del grupo al que se llama “los plumas”. Ese agente, famoso ahora por la serie de Amazon Iosi, declaró que le habían dado la orden de infiltrarse en la comunidad judía argentina por razones claramente antisemitas. Nisman no creyó que el infiltrado tuviera información relevante para dilucidar el atentado y tampoco investigó las actividades de espionaje. No sabemos qué pasó con la información de seguridad que Iosi pasó a sus responsables. La investigación que se abrió luego de su declaración fue archivada por el juez Ramos en 2016. ¿Sobre qué base legal o constitucional la PFA decidió algo así? ¿Quiénes fueron? ¿Había alguna autoridad política al tanto? ¿La información quedó registrada? ¿Hay otros infiltrados en la comunidad judía argentina o en la islámica, o en la china? ¿A quién reportan estos agentes? ¿Bajo qué regulación funciona la inteligencia de la PFA? ¿Pueden encubrir e infiltrar agentes sin orden judicial? No sabemos. Para el sistema judicial no parece haber sospecha de delito en esta trama oculta que salió a la luz porque el agente decidió contarlo a unos periodistas. En el caso de la infiltración durante más de 10 años del agente Balbuena en la Agencia de Noticias Rodolfo Walsh todavía no hubo juicio oral. La causa empezó en 2013.

Estas interferencias en la vida de las personas y de las organizaciones sociales, políticas, sindicales representa una limitación de la vida democrática.

Está documentado que, durante la investigación de la desaparición de Santiago Maldonado, la Gendarmería Argentina intercambió información prohibida con Carabineros, la policía chilena. Lo registramos en el informe Coordinación represiva contra el pueblo Mapuche. No hubo avances en la investigación de esos hechos. En Jujuy y en la ciudad de Buenos Aires, distintas fiscalías ordenaron a las policías hacer tareas de inteligencia criminal contra organizaciones sociales a las que se las acusó como si fueran una asociación ilícita con prácticas de criminalidad organizada. Por estas medidas, las policías provinciales despliegan seguimientos, vigilancia en redes sociales y hacen perfiles de las organizaciones y de sus referentes.

Este bajísimo nivel de control judicial -que en algunos casos es directamente una habilitación- de las actividades de inteligencia orientadas a tener información sobre la actividad política o social de organizaciones, referentes o familiares está muy poco problematizado. La AFI y las policías hacen inteligencia ilegal porque pueden. El sistema funciona gracias a estas autorizaciones y habilitaciones políticas y judiciales, formales e informales. Pero no es un tema normativo ni de mera técnica o interpretación jurídica, es un problema político. Estas interferencias en la vida de las personas y de las organizaciones sociales, políticas, sindicales representa una limitación de la vida democrática. 

PL

 

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