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Uno a uno, los 11 objetivos que promoverá la Ley de Educación Ambiental Integral

La ley establece necesario reconocer la fragilidad que amenaza la sostenibilidad y perdurabilidad de los ecosistemas.

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La Ley de Educación Ambiental Integral se propone los siguientes objetivos:

  1. Abordaje interpretativo y holístico: la educación ambiental debe ser pensada desde un enfoque que permita comprender la interdependencia de todos los elementos que conforman e interactúan en el ambiente, de modo de llegar a un pensamiento crítico y resolutivo en el manejo de temáticas y de problemáticas ambientales, el uso sostenible de los bienes y servicios ambientales, la prevención de la contaminación y la gestión integral de residuos.
  2. Respeto y valor de la biodiversidad: reconocer la fragilidad que amenaza la sostenibilidad y perdurabilidad de los ecosistemas. Su importancia no es solo biológica, sino que también tiene relación estrecha con la calidad de vida de personas y comunidades.
  3. Principio de equidad: promover la igualdad, el respeto, la inclusión y la justicia, tanto entre humanos como en sus relaciones con otros seres vivos, y considerar las diversidades de las personas, así como la igualdad de derecho y trato jurídico, y la autonomía y la libertad.
  4. Principio de igualdad desde el enfoque de género: como con cualquier otro política pública, se pretende eliminar la discriminación en las relaciones de género y garantizar el pleno goce de derechos para varones, mujeres y otras disidencias, respetando sus diversidades.
  5. Reconocimiento de la diversidad cultural, el rescate y la preservación de las culturas de los pueblos originarios: integrar la diversidad cultural en las estrategias pedagógicas y fomentar el respeto hacia las personas que aprenden, su diversidad, costumbres, modelos de pensamiento, esquemas y patrones culturales.
  6. Participación y formación ciudadana: desarrollar procesos educativos integrales que orienten a la construcción de una perspectiva ambiental, en la cual los distintos conocimientos, valores y prácticas ambientales confluyan en una conciencia comunitaria de las problemáticas, y permitan fomentar la participación ciudadana.
  7. Cuidado del patrimonio natural y cultural: incluir la valoración de la identidad cultural y el patrimonio natural y cultural en todas sus formas.
  8. Problemática ambiental: considerar el abordaje de las problemáticas ambientales, es decir, sus interrelaciones económicas, políticas, culturales y sociales, y abordar el conflicto como una oportunidad de aprendizaje.
  9. Educación en valores: la educación ambiental debe estar fundada en una ética que permita la construcción de un pensamiento basado en el respeto, la solidaridad, la integridad, la inclusión, la equidad y la igualdad.
  10. Pensamiento crítico e innovador: promover la formación de personas capaces de interpretar la realidad a través de enfoques interdisciplinarios.
  11. Concientización sobre el derecho constitucional a un ambiente sano: la educación ambiental debe promover el desarrollo de una ética de la solidaridad con las generaciones futuras y el derecho de la sociedad a un ambiente sano para su desarrollo.

IG

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