A una mujer trans la acusaron 6 años por trata de personas, pero era una víctima
“Ni los fiscales ni los jueces tienen el derecho de elevar a juicio cualquier cosa. Las causas que llegan tienen que venir con pruebas y más si son de personas vulnerables”. Con esas palabras, el juez del Tribunal Oral Federal de Neuquén, Alejandro Cabral, se refirió al caso de Martina I., una mujer trans, migrante peruana, prostituta, que fue llevada a juicio acusada del delito de trata de personas con fines de explotación sexual. En su alocución final, luego de anunciar la absolución, Cabral incorporó un pedido al Registro de la Personas para que a ella le tramiten el DNI con su nombre de elección y que retiren del expediente todas las menciones de su nombre de nacimiento.
Esta causa comenzó en septiembre de 2014, cuando una testigo de identidad reservada, V.J.P, denunció a Martina. Dijo que vivía en la casa de la acusada, que ella la explotaba y que la había traído engañada de Mendoza ofreciéndole un trabajo para cuidar a la madre. A partir de entonces, a Martina la investigaron como captadora y tratante de personas. Lo curioso es que tres meses antes de esa denuncia, Martina había sido rescatada y puesta en un programa de asistencia por ser identificada como víctima en una causa contra Mamucha Ramírez, una tratante real, que un año después fue condenada a 5 años y medio de prisión.
En la causa contra Ramírez, Martina relató la violencia física a la que fue sometida, la vulnerabilidad en la que se encontraba, contó cómo la obligaron a inyectarse hormonas y cómo no la dejaban disponer de lo que ganaba. Además, un informe del Centro de Víctimas de Neuquén para esa causa hizo una detallada descripción de las víctimas, entre ellas, Martina, en las que enumera el miedo, la angustia, el maltrato y la sensación de inseguridad que padecían. A pesar de que quedaba claro la fragilidad de Martina por la investigación de la otra causa, la fiscalía a cargo de Cristina Beute siguió adelante en la causa en que la habían denunciado a ella por trata y tiempo después pidió la elevación a juicio.
Durante el proceso se pudo ver que parte de la prueba que no fue evaluada por la fiscal y que mostraba que V.J.P, la mujer que denunciaba a Martina, había mentido en varias de las afirmaciones que había hecho. En una escucha telefónica, nunca transcripta por la Policía, Martina le dice a la denunciante que vaya a Neuquén y queda claro que V.J.P iba allá a trabajar como prostituta. Nunca se menciona a la madre y se nota un trato afectuoso entre las dos. Incluso en su declaración, V.J.P, si bien la acusa de explotarla, nunca menciona violencia física y reitera varias veces que Martina la echó de su casa, algo extraño en los casos de trata, cuando en general, no las dejan salir. Según la mención de Martina, ella le pidió a V.J.P. que se fuera luego de una discusión de celos con su pareja. Hay al menos otra escucha que no fue valorada, en la que V.J.P habla con un cliente en el que menciona a Martina como una “amiga” a la que su novio “sacó de la calle” y que ella quiere que le pase lo mismo.
“Mirar un caso con perspectiva de género es contemplar los contextos de violencia a la que son sometidos los integrantes de colectivos vulnerables. En este caso, es inscribirlo y entender cómo es la vida de las personas trans, como se los expulsa de los barrios, del sistema de salud y como no encuentran muchas más posibilidades que vincularse a la prostitución y al narcomenudeo. Investigar un delito complejo no es ir a buscar a los eslabones más débiles”, explicó a elDiarioAR la fiscal Mariela Labozzetta, de la Unidad Especializada en Violencia contra las Mujeres, quien también participó del juicio.
Por propuesta del MPF, durante la primera jornada se escuchó el testimonio de expertas en cuestiones de género y diversidad, entre ellas la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación, Elizabeth Gómez Alcorta, que detallaron las permanentes violaciones a los derechos que sufren los integrantes del colectivo LGTBI en nuestro país. Gómez Alcorta señaló que estas personas tienen una expectativa de vida menor a los 40 años y que el 80% están en situación de prostitución producto de los obstáculos para acceder a un trabajo formal.
En un informe de la Dirección de Diversidad provincial se narró también el recorrido que hizo Martina antes de llegar a Neuquén. Ella se fue a los 25 años de Perú a Chile luego de que le contara a su madre lo que le estaba pasando sobre su orientación sexual. De allí se fue a Mendoza, donde trabajó en la construcción y en una farmacia, de donde la despidieron cuando decidió comenzar con su transición corporal. Después de más de una década comenzó a ejercer la prostitución y viajó hacia la Patagonia.
La monja Mónica Astorga, de la orden de las Carmelitas Descalzas, que trabaja con personas trans y en situación de calle, relató que Martina muchas veces recibía comida y bolsones para llevar a su casa. Y señaló que la causa penal contra ella le impidió, por ejemplo, acceder a la asignación de casas en el Complejo de Viviendas para personas trans adultas inaugurado el año pasado en el barrio Confluencia.
En su alegato, el fiscal de juicio, Miguel Palazzani, señaló que no existió el delito de trata que le endilgaron a Martina. “No hubo asimetría ni relación de poder. Martina le daba la casa, le daba sus clientes y dividían sus ingresos, las dos en extrema vulnerabilidad”, sostuvo en su exposición y decidió finalmente no acusar a la mujer trans. Tampoco a la ex pareja de Martina, que había sido procesado como partícipe necesario en los delitos que le imputaban a ella.
“Como el trabajo sexual no está bien visto, partimos de un enorme prejuicio en la sociedad y construimos un relato, o lo inventamos, porque el hecho que se menciona para muchos está mal. Ella (por Martina) está sentada acá porque es una excluida. Si hubiera sido abogada, arquitecta, o una persona reconocida por la sociedad esta causa no hubiera llegado a juicio. Igual no debería haber llegado porque no hubo investigación y porque la prueba es lamentable. Toda la prueba se construyó sobre un estereotipo y sobre ese prejuicio. No está acreditado en esta causa ninguno de los hechos y por eso voy a dictar la absolución”, concluyó el juez Cabral, que le pidió a la Policía, que devuelva de manera inmediata la computadora y el celular que le había quitado a Martina hace ya 7 años.
AM
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