Argentina: proyecto de ley de Milei podría facilitar el desalojo de comunidades indígenas de tierras rurales
El gobierno de Javier Milei impulsa un proyecto de ley que amenaza la permanencia de comunidades indígenas en tierras rurales, de acuerdo con expertos y legisladores de la oposición consultados por Mongabay Latam. El texto que comenzará a debatirse en la Cámara de Diputados en los próximos días ya tiene media sanción del Senado, aunque con varias modificaciones introducidas durante el debate parlamentario. Aún así, contempla, entre otros aspectos, acelerar los procesos de desalojo y obstaculizar las expropiaciones estatales.
El proyecto, titulado Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, podría tratarse en la Cámara de Diputados a finales de mes, afirmó a Mongabay Latam Esteban Paulón, diputado del Partido Socialista de Argentina, quien además explicó que la oposición debe estar alerta ante el debate de este proyecto y poner el foco en dos aspectos: las facilidades para las expropiaciones y para los desalojos rápidos en áreas rurales donde habitan pueblos indígenas que reclaman la titularidad de tierras que consideran ancestrales.
“Esta norma facilita desalojos de comunidades originarias donde se encuentran pueblos asentados y que la Constitución garantiza como espacios ancestrales. Seguro estos temas animarán el debate en la Cámara de Diputados, que, se estima, será a finales de este mes”, afirmó Paulón.
Durante el debate en el Senado, el proyecto del Gobierno sufrió varios reveses. Entre ellos, uno clave: el Ejecutivo pretendía modificar la Ley de Tierras actual y modificar el porcentaje del tope de extranjerización permitido actualmente en tierras rurales de 15 % máximo a 25 % máximo. Tras protestas y oposiciones de otros sectores políticos, el bloque que responde a Milei desistió de ese punto para poder avanzar en el debate y que se apruebe el proyecto.
Andrés Nápoli, director de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), explicó a Mongabay Latam que al retirar el Gobierno capítulo del proyecto sobre compra de tierras a favor de extranjeros, los riesgos ambientales se achican. Sin embargo, todavía hay preocupación por la situación de comunidades indígenas ante la aceleración de los procesos de desalojo que sí quedarían habilitados para realizarse con mayores facilidades y rapidez en caso de que el proyecto se apruebe en Diputados tal cual llegó desde el Senado.
El experto afirmó que esta disposición violenta los tratados internacionales firmados por Argentina en materia de derecho indígena y también la Constitución Nacional, que establece la preexistencia y el derecho a la tierra de los pueblos indígenas. Por lo tanto, es una norma –dijo- que entra en flagrante contradicción con esas normas.
“En línea a los proyectos que este Gobierno quiso aprobar, [este] tiene un sesgo totalmente individualista, es decir: la temática de la propiedad es solo una temática de carácter individual. No toman en cuenta las cuestiones de carácter colectivo, la propiedad comunitaria de la tierra y los reclamos que hacen las comunidades indígenas desde hace mucho tiempo”, afirmó Napoli.
Silvina Ramírez, doctora en Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA), miembro de la Asociación de Abogados/as de Derecho Indígena (AADI) y experta en Derechos Indígenas, coincide con Nápoli y Paulón. En diálogo con Mongabay Latam dijo que a pesar del rechazo generalizado que obligó al oficialismo a resignar el capítulo sobre extranjerización de la tierra y las modificaciones a la Ley de Manejo del Fuego, existen los riesgos en dos temas centrales: modificaciones al régimen de expropiaciones y de desalojos.
En el primer caso, aseguró, habrá más restricciones para declarar la utilidad pública de un bien inmueble y luego expropiarlo para, por ejemplo, entregar la titularidad de esas tierras a las comunidades que las reclaman como ancestrales. La Ley 21.499, vigente desde 1977, establece que se debe satisfacer el principio de “utilidad pública” para que tenga lugar una expropiación, explicó el medio especializado Chequeado>, que analizó el proyecto de ley. “La propuesta del Gobierno establece una definición más restrictiva de ese principio: su declaración ‘deberá identificar en forma específica y concreta el fin perseguido, y la expropiación del bien deberá ser idónea, necesaria y proporcional para alcanzarlo’”.
En el segundo aspecto resaltado por Ramírez, la abogada explicó que se flexibiliza el procedimiento para los desalojos y se agilizan las vías para facilitarlos. Por ejemplo, busca facilitar la ejecución anticipada antes de la sentencia y reducir las posibilidades de defensa del ocupante. Chequeado explicó que “el cambio más estructural es la conversión del proceso al trámite sumarísimo -el más breve del Código Procesal- y la eliminación de la caución real (garantía, generalmente económica) como requisito para obtener la desocupación inmediata, reemplazándola por una simple declaración jurada del propietario sin respaldo patrimonial”.
Piden un escudo para las comunidades indígenas
“Es probable que la discusión en Diputados llegue con sorpresas y otras negociaciones. De la lectura de lo aprobado, y específicamente alrededor de los desalojos, pueden extraerse consecuencias e impactos para las comunidades indígenas, siempre amenazadas, que hoy carecen de lo que es tan valioso y ponderado para el sector empresarial, pero totalmente ignorado para el mundo indígena: la seguridad jurídica”, dijo Ramírez.
En este caso, detalló que se permite que cualquier persona que invoque un derecho o interés legítimo puede presentar la acción de desalojo contra comunidades que ya viven en las tierras rurales. “En territorios en donde los títulos siempre son oscuros, en donde la manipulación, la corrupción y el favorecimiento para unos pocos están a la orden del día, la posibilidad de que, prácticamente, cualquier individuo pueda iniciar una causa judicial complejiza mucho más el escenario”, afirmó la experta.
En Argentina, explica Ramírez, no existe una estadística oficial de cuántas hectáreas o porcentaje del territorio nacional está habitado por pueblos indígenas debido a no se concluyó el relevamiento técnico jurídico catastral que ordenaba la Ley 26.60 de emergencia territorial, la cual, además fue derogada en diciembre de 2024.
Ramírez añadió que las comunidades indígenas están habituadas al “hostigamiento judicial”. “Este proyecto de ley, que hoy tiene media sanción, facilita la persecución judicial a través del litigio, restándole mecanismos de defensa a quienes defienden sus territorios, invocando los derechos territoriales reconocidos por la legislación vigente”, resaltó.
En esa línea, la especialista acotó que las modificaciones a la expropiación y al desalojo “son también una llamada de alerta y una pieza más para el montaje de una maquinaria que sólo pretende generar recursos económicos a costa del sufrimiento de enormes sectores de la población. Dentro de ellos, y como siempre, se encuentran las comunidades indígenas”.
Antecedentes en el Senado
Dos cuestiones clave quedaron fuera del proyecto durante el debate en el Senado. La Ley 26.737 de Tierras Rurales, sancionada en diciembre de 2011, durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, establece límites a la propiedad extranjera sobre tierras rurales: las personas y empresas extranjeras no pueden poseer más del 15 % del total de tierras rurales a nivel nacional, provincial y municipal. Además, determina que ninguna nacionalidad extranjera puede superar el 30 % de ese 15 % permitido, y que un mismo titular extranjero no puede tener más de 1000 hectáreas.
Durante la votación en el Senado también se retiró el capítulo que modificaba la Ley de Manejo del Fuego, que reducía protecciones tras incendios (especialmente fuera de bosques nativos) y cambiaba reglas sobre uso del suelo, informó Chequeado tras el análisis del proyecto votado.
Antes del debate del proyecto de ley en el Senado, distintos sectores sociales y ambientales salieron a las calles para protestar contra las modificaciones que pretendía el oficialismo.
La Libertad Avanza, el partido de Milei, no logró reunir los votos y retiró ambos capítulos. La posibilidad de que empresas extranjeras compren tierras rurales en Argentina fue el capítulo más polémico de este proyecto. El argumento que presentó el oficialismo para derribar los límites existentes a la compra de tierras por parte de extranjeros es que estos son un freno a la inversión privada.
Patricia Bullrich, jefa de la bancada oficialista en el Senado, decidió finalmente retirar ese capítulo del proyecto. “[Esa decisión] fue adoptada por unanimidad entre los integrantes del espacio con el objetivo de continuar trabajando sobre ese capítulo y alcanzar un mayor nivel de consenso”, afirmó Bullrich en un comunicado, según medios locales. Mongabay Latam intentó comunicarse con la senadora a través de su equipo de prensa, pero no tuvo respuesta.
En mayo pasado, cuando se presentó la iniciativa a empresarios agropecuarios, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, dijo que “la Ley de Tierras es a las economías regionales lo que la Ley de Glaciares fue a la minería”. El funcionario aseguró que “en su estado actual es una ley que prohíbe la inversión extranjera directa en tierras, en el agro, en puertos y en la industria forestal”. Derogar esa ley podría traer inversiones cercanas a los 15 000 millones de dólares, sostuvo.
Las estadísticas oficiales sostienen que a pesar de que el techo actual para la extranjerización de la tierra es del 15 %, solo el 5 % de las tierras rurales del territorio nacional está en manos de extranjeros. Pero hay otro contexto: el análisis regional muestra una alta concentración local en algunas provincias, donde la extranjerización de las tierras supera el 15 % establecido a nivel nacional.
Investigadores de Conicet del Instituto de Estudios Sociales y Humanos y de la Universidad de Buenos Aires presentaron a fines de 2025 un mapa interactivo de la extranjerización de la tierra en Argentina. De acuerdo con el estudio, más de 13 millones de hectáreas -casi el 5% del territorio nacional, una superficie similar a Inglaterra- pertenecen a firmas o Estados extranjeros.
En 36 distritos ya exceden el límite legal del 15 %, como en Lacar (provincia de Neuquén), General Lamadrid (provincia de La Rioja), Molinos y San Carlos (provincia de Salta), donde la extranjerización supera el 50 %. También hay altos porcentajes en zonas estratégicas del río Paraná, sostuvieron los investigadores.
El diputado Paulón explicó que uno de los argumentos de la oposición para frenar la modificación de la Ley de Tierras fue que aumentar la compra de tierras con recursos naturales por parte de corporaciones extractivas del exterior podía presionar a las autoridades para modificar las leyes ambientales vigentes, como sucedió recientemente con la Ley de Glaciares. “Estas compras y ventas incluían zonas de frontera, acuíferos, humedales, zonas de recursos naturales, cuencas de agua”, destacó Paulón.
El artículo original fue publicado por Ivan Paredes Tamayo en Mongabay Latam. Puedes revisarlo aquí.
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