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El debate iniciado por el Kun Agüero: ¿gravar los ingresos y también el patrimonio es confiscatorio?

Captura de pantalla de la transmisión de Sergio "Kun" Agüero

Delfina Torres Cabreros

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“Si vos toda tu vida generaste plata y pagaste los impuestos, ¿por qué tenés que seguir pagando más?”, cuestionó Sergio “Kun” Agüero en una transmisión vía streaming que se volvió viral en las redes sociales. Desde su casa en Inglaterra y con un lenguaje llano, el futbolista argentino se mostró “no convencido” de que “algunos países” cobren impuestos a las rentas y también al patrimonio, como es el caso de la Argentina.

“Si vos tenés ingresos, claramente es porque estás trabajando y te está yendo bien (...). Pagás el 30%, el 35%, el 50%. En Inglaterra pagás el 50%, por ejemplo. ¿Entendés? Pero vos estás generando plata. Lo que no me convence es que pagues un porcentaje anual del patrimonio que vos tengas. Me parece que es una locura en cualquier lugar del mundo”, dijo Agüero, y su argumento fue replicado y celebrado en Twitter por economistas liberales como Javier Milei y Ricardo López Murphy, ambos diputados nacionales.  

En la Argentina, el principal tributo sobre los ingresos o la renta (es decir, toda la ganancia que se obtiene durante un año por la actividad productiva que cada uno desarrolle), es el Impuesto a las Ganancias. Desde su última modificación, en septiembre de 2021, las personas pagan a partir de salarios brutos de $175.000 y las sociedades a partir de $50 millones anuales de ganancia neta. Sobre el excedente, y dependiendo del volumen de ese excedente, se pagan alícuotas que van del 5% al 35%.

El patrimonio, en cambio, es gravado fundamentalmente por Bienes Personales e incluye inmuebles, autos, depósitos, títulos, derechos de propiedad y otros bienes, ya sea que estén en la Argentina o en el exterior. Se excluyen algunos ítems puntuales, como la vivienda personal siempre que tenga un valor de hasta $30 millones. 

Luego de la última modificación de este tributo, que se dio en diciembre del año pasado, el mínimo no imponible es de $6 millones (US$53.500 al dólar oficial). De acuerdo a la cantidad de patrimonio que se tenga por encima de ese límite, los contribuyentes pagan una tasa de entre 0,5% y 1,75%, que en el caso de bienes extranjeros llega al 2,25%. 

Dentro de la Unión Europea, solo España grava el patrimonio como tal, además de recaudar sobre la renta. En diálogo con elDiarioAR el tributarista Iván Sasovsky, titular de Expansion Holding, dijo que muchos futbolistas e influencers están mudando su residencia fiscal al país vecino de Andorra, un paraíso fiscal, para evitar tributar en España. En Latinoamérica bienes personales tampoco es uno de los impuestos más extendidos. De acuerdo con un informe de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal), sólo rige en Argentina, Uruguay y Colombia. 

Sin embargo, todos los países gravan de algún modo el patrimonio, aunque sea con otros mecanismos. Algunos se enfocan, por ejemplo, en impuestos a inmuebles y automotores. “Uno de los grandes desafíos para gravar patrimonio es la movilidad de los activos, por eso algunos se concentran en gravar bienes no movibles”, explicó Roberto Arias, secretario de Política Tributaria del Ministerio de Economía, que se sumó en las redes sociales a la discusión disparada por Agüero.  

Además, es habitual otro impuesto que no rige en la Argentina (a excepción de la provincia de Buenos Aires), que es aquel que grava la herencia o las sucesiones. De todos modos, la posibilidad de instalar este impuesto en el país quedó abierta con la firma del último consenso fiscal, que avalaron todos los gobernadores menos el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta. 

De acuerdo con un relevamiento de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) sobre 36 de sus países miembro –que incluyen países desarrollados y algunos de ingresos medios– 24 cobran el impuesto a la herencia o sucesiones. Es decir, casi el 70%. 

Ahí aparece, por caso, Inglaterra, que cobra el 40% sobre las herencias. En el informe se lista también a Bélgica (30%), Estados Unidos (40%), Chile (25%), Finlandia (19%), Francia (45%), Alemania (30%), Grecia (20%), Hungría, Islandia (10%), Irlanda (33%), Italia (4%), Japón (55%), Lituania, Luxemburgo, Países Bajos (20%), Polonia (7%), Portugal, Eslovenia, España (34%), Suiza (el cantón de Zurich, 7%), Turquía (10%), Dinamarca (15%) y Corea del Sur (50%).

En la Argentina no hay impuesto a la herencia aun cuando gran parte del stock de riqueza son inmuebles, que en general se heredan, por lo que tiene sentido gravar el patrimonio, según apuntó el economista Martín Trombetta, coordinador del Centro de Estudios para la Producción del Ministerio de Desarrollo Productivo. Y sumó un segundo argumento: “Hoy la presión fiscal de la Argentina es bastante más alta que lo que era hace cinco o diez décadas y hay un tema de equidad intergeneracional: si queremos un país con impuestos más altos para financiar un gasto público más alto hay que intentar distribuirlo de manera pareja entre jóvenes, viejos y futuras generaciones. La riqueza generada hace 80 años seguramente no pagó los mismos impuestos que se pagan hoy”. 

Por otro lado, el impuesto al patrimonio tiene la virtud de ser progresivo: pagan más quienes tienen más, al contrario de lo que sucede con otros como el Impuesto al Valor Agregado (IVA), que lo pagan todos los argentinos y argentinas por igual y representa un recargo de 21% sobre cualquier compra: desde un auto de lujo a un paquete de fideos. De hecho, la recaudación de Bienes Personales es marginal en comparación con lo que representa el IVA en las cuentas del Estado. 

Arias señaló que “un impuesto al patrimonio es un buen complemento a impuestos a los ingresos porque las personas muy ricas tienen muchas formas de evadir estos últimos”. Por otra parte, en la Argentina los impuestos al patrimonio recaudan muy poco por deficiencias propias del sistema (valuaciones fiscales muy bajas, inmuebles declarados como algo distinto a lo que son, fiscalización deficiente) y también por la alta incidencia de la informalidad en la economía.

“Es una situación de perro que se muerde la cola –resumió Trombetta–, hay mucha evasión y mucha informalidad, creas más impuestos, y eso incentiva también la evasión y la informalidad”. El economista admite que la presión fiscal de la Argentina es alta en relación con los países del mundo emergente (no con otros países desarrollados como Alemania o Noruega), pero que también hay un Estado de bienestar muy amplio en comparación con esos otros países: cobertura previsional plena, Asignación Universal por Hijo (AUH), salud y educación pública.

Para el tributarista Sasovsky, es pertinente tener consideraciones especiales para casos como los futbolistas y otras profesiones que tienen una vida activa corta para generar ingresos. “En esos casos se ve más claro cómo cuándo un impuesto que recae sobre un patrimonio que ya tributó Ganancias puede convertirse en confiscatorio, es que no tenés un flujo que te permita poder pagarlo. Es descapitalización: perdés patrimonio para pagar impuestos”, señaló, alineado con el criterio de Agüero. 

El tema impuestos y futbolistas es un capítulo aparte e incluso existen regímenes especiales a partir de reclamos de jugadores. Por ejemplo, en España rige la “ley Beckham”, que derivó de un reclamo del volante británico, que permite a los extranjeros que trabajan en ese país no tributar sobre su renta durante los primeros cinco años. 

DT

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