IMPACTO AMBIENTAL DE LA LEY BASES

Advierten que el RIGI daría a las mineras privilegios sobre el agua e imposibilitaría sancionar leyes ambientales

El gobierno de Javier Milei impulsa el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) dentro de la llamada “Ley Bases” para incentivar inversiones a cambio de beneficios fiscales y garantías para las grandes empresas, pero la iniciativa tiene un objetivo claro: la industria extractivista y aquellas actividades que implican deforestación. En la megaley libertaria, el régimen está destinado exclusivamente a la agroindustria, forestal, minería, gas y petróleo, además de infraestructura, energía y tecnología.

El RIGI ya cuenta con media sanción en Diputados, pero se debate en el Senado para su aprobación final. Busca la llegada de inversiones superiores a los US$200 millones y otorga incentivos impositivos, aduaneros y cambiarios para generar “seguridad jurídica”. Las organizaciones ambientalistas y conservacionistas vienen advirtiendo y criticando la medida ante el alto impacto que tendrá en el ambiente y la biodiversidad.

Unas 50 organizaciones de la sociedad civil enviaron una carta a los senadores sobre las alarmas ambientales de la Ley de Bases y aseguraron que atenta contra la protección ambiental. Entre esos puntos, destacaron los efectos del RIGI.

“El daño a los derechos ambientales es muy nítido”, dijo a elDiarioAR Ariel Slipak, coordinador área de Investigaciones en la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN). “El RIGI tiene el concepto de que lo ambiental es un costo y va a flexibilizar en lo laboral, lo fiscal y lo ambiental”, agregó el investigador.

Los beneficios del RIGI son mayores a los del Régimen de Inversión Minero de 1993, que es el que rige actualmente y que ha beneficiado a un puñado de empresas sin generar demasiados puestos de trabajo y encadenamiento económico”, afirmó Slipak.

“El RIGI es la vuelta final del extractivismo, el ajuste de tuerca final para convertir a Argentina en un no país, sin soberanía sobre su territorio. Las provincias pierden control sobre los recursos naturales existentes en sus territorios como establece la Constitución. Por eso creemos que es inconstitucional”, sostuvo Enrique Viale, presidente de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas (AADAA).

Hay flexibilización y liberalización normativa, financiera, tributaria y aduanera hasta artículos que establecen que ninguna otra normativa se puede oponer al RIGI, como las normativas provinciales. Es decir, las normativas provinciales van a perder efecto si quieren controlar la naturaleza en sus territorios”, criticó Viale.

Viale asegura que las grandes inversiones sólo pueden estar circunscriptas a la gran minería, al petróleo y al agronegocio. “Hay un artículo que establece que los recursos pueden ser utilizados sin nada que lo impida y eso incluye un recurso fundamental que necesitan la minería y el fracking que es el agua. Es decir que si una provincia decide suspender la utilización de agua de una minera porque eventualmente no hay para abastecer a la población, la minera puede recurrir a esta ley para garantizarse el recurso del agua”, advirtió el abogado.

Slipak también resaltó que “en la ley no hay ningún parámetro ambiental que limite, por ejemplo, la participación de empresas con antecedentes de contaminación en los beneficios fiscales, no hay siquiera una mención a la obligatoriedad de presentar un Estudio de Impacto Ambiental (EIA)”.

Hay dos artículos especialmente problemáticos. En el caso del artículo 163, que incluso el secretario de Energía admitió en el Senado que la redacción era ‘poco feliz’, el RIGI permite que el Gobierno Nacional pueda imponerse y llevar a la Justicia cualquier normativa contraria al régimen. Las provincias tienen normas específicas de control que no podrán ser aplicadas”, explicó Slipak. 

“Pero además, el RIGI va en detrimento de la sanción futura de nuevas leyes ambientales. Si Río Negro en un futuro decide dar marcha atrás con la ley que ahora habilita la construcción del oleoducto Vaca Muerta Sur en el Golfo San Matías -que era un área protegida hasta que se modificó la ley provincial-, el Gobierno Nacional puede decir que esa marcha atrás va contra el RIGI y puede llevar a Río Negro ante la Justicia”, afirmó.

El segundo artículo problemático es el 219, “que establecer -añadió Slipak- que ante controversias entre el Estado Nacional y el inversor, Argentina cede soberanía jurídica y accede a que la controversia se dirima en un tribunal internacional y no en los tribunales argentinos”, lo significaría renunciar a la soberanía jurídica en pos de una instancia internacional como el tribunal del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI).

ED