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ARA San Juan: la Cámara Federal porteña sobreseyó a Macri en la causa de espionaje

Mauricio Macri, en una de las veces que debió presentarse en el juzgado de Dolores.

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La Cámara Federal porteña sobreseyó este viernes al ex presidente Mauricio Macri en el marco de la causa en la que se lo investiga por supuesto espionaje a los familiares de los tripulantes del submarino ARA San Juan, informaron fuentes judiciales.

El tribunal de apelaciones entendió que no se cometieron delitos en el marco de las denominadas “avanzadas presidenciales” que se disponen para cuidar la seguridad de los presidentes.

Además, la Justicia sobreseyó a los extitulares de la AFI, Silvia Majdalani y Gustavo Arribas, en la investigación en donde finalmente no fueron imputados por el delito de espionaje, al entender que “no se había cometido delito alguno en las avanzadas que cuidan el entorno completo de la seguridad Presidencial, tanto del propio Presidente de la República -cualquiera sea la persona que ejerce el cargo- como de sus movimientos y de quien quiera acercarse a él”.

Tras conocerse el fallo, en sus redes sociales, Macri aseguró que “ganó la verdad. La verdad aún puede ganar en la Argentina. No perdamos la fe. Cada vez falta menos para que la Argentina cambie para siempre”.

De acuerdo al fallo, “la información respecto de la seguridad de INFRAESTRUCTURA CRITICA DEL ESTADO -como lo es, entre otras cosas, el Presidente de la República- es una tarea obligada de las fuerzas de seguridad y de los Agentes de Inteligencia que trabajan en la AFI. Por lo tanto, sus conductas se encuentran justificadas por el conjunto de normas que garantizan su cuidado. Encontrándose probado que ninguna de las acciones investigadas en esta causa sobrepaso esos permisos legales.”

En el análisis que hace la Cámara, aseguran que resulta “primordial poder distinguir si las conductas en cuestión resultaron ser actividades prohibidas o si, por el contrario, respondieron a fines legítimos. De esta forma, luego de un análisis pormenorizado del plexo probatorio reunido y la normativa aplicable, nos inclinamos por este último supuesto. Al respecto, consideramos que existe suficiencia probatoria para afirmar que las actividades desplegadas tuvieron como único objetivo la seguridad presidencial y/o la seguridad interior, y por esa razón se encuentran justificadas. Ello, en virtud de la regulación aplicable al caso, la asignación de funciones que se desprenden de los organigramas de las dependencias oficiales involucradas, así como de la prueba testimonial y documental reunidas.”

Finalmente, la Cámara Federal compuesta por los magistrados Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens, decidió “REVOCAR las resoluciones de fecha 1° de octubre, 30 de noviembre y 1° de diciembre de 2021 y disponer el SOBRESEIMIENTO de Mauricio Macri, Gustavo Héctor Arribas, Silvia Cristina Majdalani, E.W., N.I.B., J.J.V.C., P.J.A., A.P., C.J.G., S.P y M.C. en orden a los hechos por los que fueron indagados, dejando constancia de que las presentes actuaciones en nada afectan su buen nombre y honor del que hubieran gozado y DEJAR SIN EFECTO el embargo y demás medidas cautelares que les fijaron”.

El fallo completo

Camara Resuelve Macri Ara San Juan

El fallo sobre Arribas y Majdalani

La Cámara Federal porteña revocó también los procesamientos que pesaban sobre los exjefes de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) durante el Gobierno de Cambiemos, Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, y dispuso que se los siga investigando en el marco de la causa sobre supuestas maniobras de espionaje político desde las denominadas bases AMBA, en relación al Área Metropolitana de Buenos Aires, informaron fuentes judiciales.

Los jueces de la sala primera del tribunal de apelaciones Mariano Llorens, Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi señalaron que la causa debe volver a manos de un juez de primera instancia para despejar las dudas que existen sobre los hechos y sobre los elementos de prueba y cómo fueron hallados por lo que entendieron que corresponde dictar la “falta de mérito” para procesar o sobreseer a los imputados.

Los camaristas dedicaron la mayor parte del fallo de 28 páginas al que accedió Télam a cuestionar el trabajo del primer juez que intervino en las actuaciones, Alejo Ramos Padilla, y a resaltar que es imperioso avanzar con peritajes sobre los elementos hallados en las propias bases AMBA que dieron origen a la investigación.

Para los camaristas, no existe una explicación clara sobre cómo fueron hallados algunos de los elementos de prueba que, según la investigación, se detectaron en las propias bases AMBA de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) en el marco de revisiones llevadas a cabo en esos lugares en el marco del denominado “Caso D´Alessio”.

Los jueces de la Cámara Federal sostuvieron también que hubo en las resoluciones del juez de primera instancia “una deficiente atribución de responsabilidad, la cual responde no solamente a las falencias ya referidas previamente en lo relativo a la escasa contundencia probatoria que ofrecen de momento los documentos recabados para apoyar la hipótesis delictiva trazada, sino también al modo abstracto en que fueron efectuadas dichas acusaciones”.

Los camaristas cuestionaron a Ramos Padilla por “la utilización de términos genéricos como ser ´ordenar´, ´permitir´, ´planificar´, ´dirigir´, ´supervisar´, ´realizar´ o ´reportar´ de modo sistemático tareas de inteligencia y almacenar datos de personas por su opinión política o su pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales o comunitarias”.

“No se logra observar tanto en las imputaciones cursadas al ser indagados como al momento de dictar sus procesamientos cómo, cuándo y dónde cada uno de los legitimados pasivamente llevaron a cabo las actividades que se reputan ilícitas, lo cual resulta ser una consecuencia lógica de aquello cuanto se puede extraer del compendio de archivos ponderados a lo largo de los autos de mérito que no se encuentran firmados ni poseen fecha cierta”, sostuvieron.

Cuando procesó a los exdirectivos de la AFI por espionaje ilegal desde las bases AMBA, el juez Ramos Padilla sostuvo las maniobras investigadas habrían tenido como objetivo a dirigentes políticos nacionales y territoriales, gremios y dirigentes gremiales, pero también a movimientos sociales, espacios comunitarios, actividades desarrolladas en comedores y escuelas y manifestaciones de cualquier tenor que pudieran ser leídas como contrarias a los intereses del expresidente Mauricio Macri.

En aquel procesamiento, el juez Ramos Padilla concluyó que “existía una directiva de carácter general” que ordenaba a los agentes de la AFI “realizar inteligencia ilegal emanada de la máxima autoridad del organismo”, es decir Arribas y Majdalani.

En ese fallo, el magistrado citó una resolución firmada por Arribas en abril de 2017 en la que se estableció específicamente que la primera función de la Dirección de Reunión Provincia de Buenos Aires era la de “coordinar las tareas de las Dependencias de la Provincia de Buenos Aires para optimizar el funcionamiento del área”, así como también “obtener información en el ámbito de su jurisdicción y mantener actualizada la situación base primaria de los componentes político, económico y social”.

El llamado “Proyecto Amba” de la AFI consistió en la instalación de seis bases de inteligencia en el conurbano bonaerense (desde mediados del 2016), en las zonas de Ezeiza, San Martín, Haedo (Morón), Pilar, La Matanza y Quilmes, además de las delegaciones históricas con asiento en La Plata, Mar del Plata y Bahía Blanca, que pasaron a depender de la Dirección de Reunión Provincia de Buenos Aires y conformaron la estructura de inteligencia del organismo en la provincia durante el año 2017.

Esta causa tramitó primero en Dolores y luego pasó a tramitar en los tribunales federales de Comodoro Py, por orden de la Cámara Federal porteña, y quedó radicada en el juzgado federal 10, a cargo del juez Julián Ercolini.

Será el magistrado Ercolini el que deberá avanzar con las medidas sugeridas por la Cámara Federal porteña que indicó que “no se efectuó ninguna diligencia eficaz tendiente a determinar la integridad física del contenido de aquellas memorias para poder afirmar que no fue manipulado tanto previo como luego de su hallazgo en la sede de la AFI y, en caso negativo, dejar en evidencia cuáles fueron aquellas modificaciones”.

“Puede resultar relevante también en este punto contar con el testimonio del personal de Contrainteligencia que participó del cierre de las bases y retiró los elementos allí obrantes a fin de clarificar el camino que siguieron los archivos que hoy conforman sustancialmente el fondo documental y que fueron hallados luego de tres años en una oficina junto con un sobre que rezaba ´Dir. Cicia´”, señalaron.

El fallo sobre Arribas y Majdalani

La causa

La Justicia buscó determinar si la AFI investigó a familiares de las víctimas del hundimiento del submarino que iban a ser recibidas por el entonces Presidente de la Nación.

A los exfuncionarios se los indicó como “responsables del delito de realización de acciones de inteligencia prohibidas en carácter de coautores, en virtud de haber obtenido información, producido inteligencia y almacenado datos sobre personas, por el solo hecho de sus acciones privadas, u opinión política, o de adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales o comunitarias, y por la actividad lícita que desarrollaban, así como en virtud de haber pretendido influir en la situación institucional y política del país, en la vida interna de los partidos políticos y en asociaciones y agrupaciones legales de cualquier tipo; en concurso ideal con el delito de abuso de autoridad de funcionario público en carácter de coautores”.

El expediente había comenzado a tratarse en la Justicia Federal de Lomas de Zamora, pero luego fue trasladado a Dolores, al mando del juez Martín Bava, donde Ramos Padilla ya investigaba una red de espionaje que se armó en torno al falso abogado Marcelo D’Alessio.

El ARA San Juan desapareció el 15 de noviembre de 2017 en aguas del mar argentino. A bordo viajaban 44 tripulantes. Pasado un año y dos días, la nave fue encontrada por una empresa privada, con toda su tripulación muerta, muy cerca del punto de desaparición y en el lugar donde se suponía que se encontraba, a 907 metros de profundidad.

Con información de agencias.

IG

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