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La Corte bonaerense revocó un fallo que había absuelto a Juan Pablo “Pata” Medina

Medina, en un acto en La Plata en 2017. Volvió a la prisión domiciliaria tras violar la prohibición que tenía de concurrir a actos de la Uocra.

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La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires revocó un fallo de la Cámara de Casación que había absuelto al extitular de la Uocra La Plata, Juan Pablo “Pata” Medina, en un juicio abreviado, en el que se le otorgó la absolución de la condena de once meses de cumplimiento efectivo, por un caso en el que se lo acusaba de “compeler a la huelga” a un grupo de trabajadores.

Por su parte, su abogado Cesar Albarracín anunció que recurrirá a la Corte Suprema de Justicia de la Nación por considerar “arbitraria” la decisión de la justicia provincial.

El caso ocurrió en 2017 cuando Medina -el año que fue detenido por “lavado de activos y asociación ilícita” por el que cumple prisión domiciliaria- fue acusado de “compeler a la huelga” a un grupo de albañiles en cinco obras realizadas por la constructora Abes en la ciudad de La Plata.

Luego, en un juicio abreviado se arrepintió de esa acción, aceptó las acusaciones y el Tribunal Oral Criminal N° 5 de La Plata lo encontró culpable y lo condenó a 11 meses de prisión.

Medina apeló ese fallo en Casación y la Justicia le dio la razón, por entender que no hubo tal delito de “compulsión a la huelga” es decir “obligar a los trabajadores a parar” las obras, pero ahora esa decisión fue revocada por la Suprema Corte provincial.

“Vamos a recurrir ante la Corte Nacional porque interpretamos que la sentencia de la Corte Bonaerense es arbitraria”, dijo a Télam el abogado Albarracín, y explicó que “se hizo un análisis absolutamente parcializado del proceso, omitiendo tener en cuenta que es una de las causas armadas contra Medina por el Gobierno de (Mauricio) Macri y (María Eugenia) Vidal”.

“La sentencia de la Corte Bonaerense sienta a la vez un precedente grave, al pretender someter a proceso disciplinario a los jueces que dictaron la absolución, lo que importa un ejercicio abusivo de las potestades disciplinarias y vulnera la independencia interna de los jueces”, aseveró.

“No tenemos dudas que este proceso contra Medina va a terminar como corresponde, (con) el sobreseimiento o absolución, siendo llamativo que la Suprema Corte bonaerense no cuestione los abusos cometidos contra mi defendido; entre ellos, el sometimiento a una prisión preventiva de casi dos años y medio por un delito cuya pena máxima, según la propia Corte, es de un año”, aseveró.

En febrero pasado, el Tribunal Oral Federal 2 de La Plata le otorgó la excarcelación en la causa por la que estaba detenido por “lavado de activos y asociación ilícita” por disposición de la justicia de Quilmes.

En el fallo, la justicia le impuso la prohibición de tomar contacto, por cualquier medio, con las víctimas y/o acercarse a sus domicilios laborales o particulares y mantener la prohibición de desplegar cualquier actividad gremial en la Uocra, seccional La Plata u otras seccionales, por lo que Medina permanece con prisión domiciliaria en su vivienda de Punta Lara.

Con información de agencias.

IG

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