Por los hechos narrados en “Operación Masacre”

La Justicia declaró de lesa humanidad a los fusilamientos de José León Suárez y ordenó medidas de reparación a 70 años de la masacre

elDiarioAR

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A setenta años de uno de los episodios más emblemáticos de la violencia política en la Argentina, la Justicia Federal de San Martín declaró este lunes que los fusilamientos de José León Suárez constituyeron crímenes de lesa humanidad y responsabilizó al Estado argentino por su planificación y ejecución. La sentencia, dictada por la jueza federal Alicia Vence en el marco de un Juicio por la Verdad, establece además una serie de medidas de reparación y preservación de la memoria para las víctimas y sus familiares.

El fallo representa un hito en la búsqueda de verdad y justicia sobre los hechos ocurridos entre la noche del 9 y la madrugada del 10 de junio de 1956, cuando un grupo de civiles fue detenido ilegalmente y trasladado a los basurales de José León Suárez, donde varios de ellos fueron ejecutados por fuerzas policiales de la autodenominada Revolución Libertadora. Aquellos acontecimientos fueron reconstruidos y difundidos por Rodolfo Walsh en Operación Masacre, considerada una de las obras fundacionales del periodismo de investigación en América Latina.

La sentencia fue leída en el Auditorio Hugo del Carril de San Martín, a pocos metros del lugar donde ocurrieron los hechos. Allí, la magistrada dio por probado que personal policial allanó de manera ilegal una vivienda de la localidad de Florida por orden de las máximas autoridades de facto de la época, encabezadas por el general Pedro Eugenio Aramburu y el almirante Isaac Francisco Rojas.

Según la resolución, doce personas fueron detenidas y trasladadas primero a la comisaría de San Martín y luego a un descampado donde fueron fusiladas. Como consecuencia de la masacre murieron Nicolás Carranza, Francisco Garibotti, Vicente Rodríguez, Carlos Lizaso y Mario Brión, mientras que otros siete lograron sobrevivir. Entre ellos se encontraba Juan Carlos Livraga, uno de los sobrevivientes más conocidos del caso, quien aportó su testimonio desde Estados Unidos durante las audiencias del juicio.

Vence calificó los hechos como allanamiento ilegal, privación ilegal de la libertad agravada y homicidio agravado por alevosía. Aunque todos los responsables directos e indirectos ya fallecieron, la jueza estableció su responsabilidad penal y señaló que, de haber sido juzgados en vida, les habría correspondido la pena de prisión perpetua.

“Existen hechos cuyo juzgamiento conserva relevancia jurídica e institucional, aun cuando ya no resulte posible una respuesta penal”, sostuvo la magistrada al fundamentar la importancia del proceso judicial.

El juicio se desarrolló durante tres jornadas y contó con la participación de familiares de las víctimas, investigadores, periodistas y referentes de organismos de derechos humanos. La querella estuvo a cargo de los abogados Alberto “Pepe” Palacios y Walter Omar Arias, integrantes de la Comisión por la Memoria, Verdad y Justicia de San Martín.

El contexto histórico ocupó un lugar central en el debate. Los fusilamientos se produjeron tras el levantamiento encabezado por los generales Juan José Valle y Raúl Tanco contra la dictadura que había derrocado a Juan Domingo Perón en septiembre de 1955. La represión desplegada por el régimen incluyó ejecuciones sumarias en distintos puntos de la provincia de Buenos Aires. Según los investigadores, fueron 31 los militantes asesinados en ese contexto.

Además de declarar la responsabilidad estatal y reconocer el carácter de lesa humanidad de los crímenes, la jueza dispuso un amplio conjunto de medidas reparatorias. Entre ellas se encuentra la rehabilitación del buen nombre y honor de las víctimas, la publicación de la sentencia en los boletines oficiales de la Nación y de la provincia de Buenos Aires, y la incorporación de los hechos en los contenidos educativos nacionales y bonaerenses.

La resolución también ordena la instalación de placas conmemorativas en los sitios vinculados a los allanamientos, detenciones y fusilamientos, así como la creación de un sitio de memoria en el predio de los antiguos basurales de José León Suárez. Asimismo, los nombres de las víctimas serán incorporados al registro estatal de víctimas de violencia institucional.

El juicio tomó como antecedente la experiencia desarrollada en el denominado Juicio por la Verdad sobre la Masacre de Napalpí, realizado en 2022, cuando la Justicia Federal reconoció como crimen de lesa humanidad el ataque perpetrado en 1924 contra comunidades indígenas qom y moqoit en la provincia del Chaco.

Para los familiares de las víctimas, el fallo constituye una reparación largamente esperada. “Quiero que se haga justicia. Que, a pesar de que no estén los asesinos, esto se conozca, que sean declarados crímenes de lesa humanidad”, había expresado durante las audiencias Berta Carranza, hija de uno de los fusilados.

Los fundamentos completos de la sentencia serán dados a conocer el próximo 16 de julio. Sin embargo, el veredicto ya quedó inscripto como una decisión histórica: por primera vez la Justicia argentina reconoció formalmente que los fusilamientos de José León Suárez fueron crímenes de lesa humanidad, reafirmando el valor de la memoria, la verdad y la justicia como pilares fundamentales de la democracia.