Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
SERVICIOS

Retenciones cero para MiPyMEs que exportan hasta US$ 500 mil: qué condiciones deben cumplir las 3.400 empresas habilitadas

Son alcanzadas las empresas con certificado vigente del sector industrial y agroindustrial que, en 2020, exportaron menos de $ 3 millones.

elDiarioAR

0

Las Micro, Pequeñas o Medianas empresas (MiPyMEs) industriales y agroindustriales que exportan por valores de hasta US$ 500 mil dólares se beneficiarán con una baja a cero en el monto correspondientes a las retenciones, mientras que las que venden al exterior hasta US$ 1 millón pagarán el 50%.

La medida, anunciada por el Ministerio de Desarrollo Productivo, beneficiará a cerca de 3.400 empresas que quedarán excluidas del pago de retenciones y a otras 3.700, que tendrán una reducción en la alícuota. La decisión oficial alcanzará, así, al 50% del total de MiPyMEs exportadoras.

Serán alcanzadas por el anuncio las empresas con certificado vigente del sector industrial y agroindustrial que en 2020 exportaron menos de $ 3 millones, incluyendo a las que no registraron ventas al exterior.

El objetivo de la medida es promover un mayor valor agregado a los productos exportados y  más trabajo argentino, se informó oficialmente.

El Ministerio de Desarrollo Productivo estima que en Argentina hay 201 empresas que cuentan con su Certificado Pyme vencido, por lo que se les permitirá iniciar el trámite de renovación para que accedan al beneficio.

Una vez empezado, las empresas que pagarían menos retenciones se ubicaría en torno de las 4.000, un 86% del total.

En el universo de las MiPyMEs con el Certificado vigente, el 81% son Micro o Pequeñas empresas.

La renovación del Certificado PyME -acredita la inscripción al Registro MiPyME y permite a las empresas acceder a diversos beneficios -impositivos y previsionales, entre otros- puede hacerse de forma automática siempre que la empresa tenga presentadas las Declaraciones Juradas de los últimos tres ejercicios de IVA, cargas sociales o monotributo, según corresponda.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fijó un plazo de 20 días corridos para una empresa que debe renovar el Certificado verifique los datos y los rectifique en caso de ser necesario.

El primer día hábil posterior, la AFIP envía automáticamente la información a la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores (SEPyME).

Si la empresa no contara con estas presentaciones, la AFIP enviará al domicilio fiscal electrónico, en los primeros cinco días hábiles, un aviso sobre esta situación, para que una vez regularizado pueda realizar la reinscripción de forma manual.

En tanto, la inscripción al Registro MIPYME se realiza mediante la página web de la AFIP. Una vez allí, los pasos son los siguientes:

Entrar a Administrador de Relaciones de Clave Fiscal.

Ingresar a la opción “Habilitar Servicio”.

Seleccionar el logo de la AFIP y, en Servicios Interactivos, buscar e ingresar en el servicio “PYMES Solicitud de Categorización y/o Beneficios”.

“Confirmar”.

Para que el servicio aparezca en el menú, debe cerrar la sesión y volver a ingresar con la Clave Fiscal.

Luego, entrar al servicio “PYMES”, en seguida en “Nuevo” y controlar que la información sea correcta.

Completar el formulario 1272 que se despliega.

  - Responsable Inscripto:

- IVA exento:

- Monotributista:

- Participación patrimonial con otras empresas:

La respuesta a la solicitud de inscripción estará en el Registro en el Domicilio Fiscal Electrónico de AFIP y el Certificado PyME llegará a la bandeja de notificaciones de Trámites a Distancia (TAD) o puede descargarlo ingresando el número de transacción.

Las condiciones que debe reunir una empresa para su inscripción están determinadas en la resolución (SEyPyME) 220/2019, según los parámetros de tope de empleo, límite de activos, secciones y actividades incluidas, y límite de ventas totales.

La SPyMEyE, por medio de la resolución 19/2021, actualizó los parámetros que rigen a partir del abril último.

Las categorías son micro, pequeña, mediana empresa Tramo I y mediana empresa Tramo II.

Las Micro tuvieron en 2020 un promedio de nueve empleados, mientras que las Pequeñas contaron con 37 trabajadores, informó el Ministerio de Desarrollo Productivo.

 

GT

Etiquetas
stats