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Causa Maradona: habrá audiencia clave para confirmar o revertir el juicio

Diego Armando Maradona en su etapa de técnico de Gimnasia y Esgrima de La Plata.

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La Cámara de Apelaciones de San Isidro fijó para el próximo 7 de marzo una audiencia oral clave que definirá si la causa por la muerte de Diego Armando Maradona finalmente llega a juicio oral con la carátula de “homicidio con dolo eventual” o con una calificación más leve. Los ocho profesionales de la salud imputados podrían terminar condenados a penas de entre 8 y 25 años.

La Sala III del tribunal notificó a las partes que la audiencia se realizará ese día a partir de las 11.30, aunque de manera virtual y a través de la plataforma Teams. “Vamos a exponer todos los argumentos por los cuales no estamos de acuerdo ni con la reconstrucción de los hechos ni con la calificación legal”, dijo el abogado Vadim Mischanchuk, defensor de la psiquiatra Agustina Cosachov (37).

El letrado fue el primero que solicitó lo que técnicamente se denomina audiencia del artículo 447 del Código Procesal Penal bonaerense, el cual se realiza para mejorar en forma oral los argumentos de su apelación. En la misma, pidió el sobreseimiento de la psiquiatra y, en su defecto, un eventual cambio a una calificación más benigna para su clienta.

A ese pedido se sumaron después las defensas de la enfermera Dahiana Gisela Madrid (38) y la del médico clínico Pedro Pablo Di Spagna (49), quienes al igual que Mischanchuk podrán exponer en esta audiencia.

Es absurdo que Dahiana vaya a juicio acusada de homicidio. Ella no podía acercarse a Maradona y eso está reconocido por los médicos. Esta fiscalía está acostumbrada a elevar a juicio a los 'perejiles' que terminan absueltos como hizo con la masajista Beatriz Michelini en el caso del crimen de María Marta García Belsunce”, dijo Rodolfo Baqué, el abogado de Madrid, quien también participará de la audiencia.

Además de los tres ya mencionados, los otros cinco imputados son el neurocirujano y médico de cabecera Leopoldo Luciano Luque (41); el psicólogo Carlos Ángel “Charly” Díaz (30); la médica coordinadora de la prepaga Swiss Medical, Nancy Edith Forlini (53); el coordinador de enfermeros Mariano Ariel Perroni (41); y el enfermero Ricardo Omar Almirón (39).

El equipo de tres fiscales, compuesto especialmente para esta causa por el fiscal general de San Isidro, John Broyad, integrado por sus fiscales generales adjuntos, Patricio Ferrari y Cosme Iribarren y por la fiscal de Benavídez, Laura Capra, acusó a los ocho como coautores de un “homicidio simple con dolo eventual”, con pena de entre 8 y 25 años de prisión.

Hace casi ocho meses que el juez de Garantías 2 de San Isidro, Orlando Abel Díaz, luego del requerimiento del equipo de fiscales que instruyó la causa, elevó el expediente a juicio oral, pero las defensas de los ocho imputados apelaron esa resolución que desde entonces está bajo el análisis de la Sala III de la Cámara de Apelaciones y Garantías de San Isidro.

Los camaristas Gustavo Adrián Herbel y Carlos Fabián Blanco -en caso de disidencia, se sumará Ernesto García Maañón-, serán quienes definan el futuro de los ocho profesionales de la salud, tras esta audiencia programada para el 7 de marzo. Recién si confirman todo lo actuado en la instrucción, la causa irá a sorteo para designar al Tribunal Oral en lo Criminal de San Isidro que deba juzgar, no antes del segundo semestre del 2023, a los acusados, según las estimaciones.

El 22 de junio pasado, al elevar la causa a juicio, el juez Díaz sostuvo que los ocho imputados no cumplieron “con el mandato de actuar que la buena práctica médica colocaba en sus cabezas”, y que como “garantes” de la condición de Maradona, tuvieron la posibilidad de “revertir” su cuadro cardíaco y no lo hicieron.

En su fallo, Díaz también elevó a juicio a Luque por el delito de “uso de documento privado falso”, ya que le imputan haber usado una firma falsificada del exfutbolista para pedir una historia clínica; y a Cosachov por “falsedad ideológica”, al estar acusado de haber confeccionado un certificado de aptitud mental de Diego sin ir a visitarlo.

Los fiscales Ferrari, Iribarren y Capra y el juez Díaz coincidieron en que todos deberán enfrentar una imputación como presuntos coautores de un “homicidio simple con dolo eventual”. Según la hipótesis fiscal planteada en el requerimiento de elevación a juicio, el equipo médico de Maradona fue “deficiente”, “temerario”, “indiferente” y sabía que el “10” podía morirse en el estado en el que se encontraba y no hizo nada para evitarlo.

Pese a ser un delito que tiene una pena en expectativa de 8 a 25 años de prisión, los fiscales nunca pidieron las detenciones y los ocho acusados siempre estuvieron en libertad, como llegarán al juicio oral si se confirma.

Maradona, una de las mayores figuras de la historia del fútbol mundial, murió a los 60 años de un edema pulmonar y una falla cardíaca el 25 de noviembre de 2020 en una casa del barrio privado San Andrés de Tigre donde transitaba una cuestionada internación domiciliaria por su adicción al alcohol y luego de haber sido sometido a una neurocirugía.

La autopsia estableció que murió como consecuencia de un “edema agudo de pulmón secundario a una insuficiencia cardíaca crónica reagudizada” y descubrieron en su corazón una “miocardiopatía dilatada”. Los chats de los imputados dejaron en claro que Maradona estaba desmejorado, que no se alimentaba bien, que no se levantaba de la cama y que estaba edematizado y con taquicardia, todos signos de una falla cardíaca que ninguno de los profesionales tratantes tomó en serio para prevenir el desenlace.

Una de las claves de la acusación fueron las conclusiones a las que arribó la junta médica de peritos, que durante dos meses analizó las circunstancias de la muerte de Maradona y estableció que el excapitán de la Selección Argentina era un paciente con pluripatologías que agonizó 12 horas antes de morir, que “no estaba en pleno uso de sus facultades mentales” y que pudo haber tenido “más chances de sobrevida” de haber estado en una clínica.

La junta planteó que “el equipo médico tratante se representó cabal y acabadamente la posibilidad del resultado fatal respecto del paciente, siendo absolutamente indiferentes a esa cuestión, no modificando sus conductas y plan médico/asistencial trazado, manteniendo las omisiones perjudiciales precedentemente apuntadas, abandonando 'a la suerte' el estado de salud del paciente”.

LC con información de agencia Télam

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