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Desregulación de la economía

Reforma laboral: quitan las multas a los empleadores que despidan personal no registrado

El decreto busca imponer un régimen similar al que ya rige para la Unión Obrera de la Construcción (Uocra).

Alejandro Rebossio

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El mega decreto de necesidad y urgencia (DNU) que firmó Javier Milei y sus ministros incluye una reforma laboral. No se eliminará en forma generalizada la indemnización por despidos, pero cada sector empresario podrá negociar con el gremio correspondiente su reemplazo por el régimen similar al que rige para la Unión Obrera de la Construcción (Uocra). Se trata del llamado fondo de cese o de desempleo, al que aportarían tanto empleadores como trabajadores para que cuando haya cesantías los que vayan a la calle, en lugar de cobrar un salario por año trabajado, reciban sólo una suerte de seguro para desempleados.

También se acotarán las multas por despido en el caso del trabajo informal, sin derechos, no registrado o en negro, como se le llama en la calle. “Se eliminarán las indemnizaciones por la registración deficiente, mal conocidas como multas, porque no contribuyen a obtener más trabajadores registrados y producen el efecto negativo, especialmente en las pymes”, sostiene un documento de presentación de la reforma

“Se establecerá qué rubros integran la remuneración del trabajador para que se pueda calcular con claridad la base del sueldo que se tome para la indemnización laboral”, se anuncia el abaratamiento del despido. “El objetivo es eliminar controversias y litigiosidad para que el empleador pueda pagar dicha indemnización con absoluta seguridad y el trabajador pueda cobrarla sin tener que llegar a un juicio”, argumenta. 

La reforma también contempla los siguientes puntos expresados en un documento oficial:

  • “Simplificación de la registración laboral: se simplificará y se digitalizará la registración de personal, su administración y baja con foco en las pymes.”
  • Se reducirán las causas de litigiosidad en casos de despidos, los costos y multas”, es decir, se apunta a reducir los derechos laborales en caso de juicio.
  • “Se dará un marco legal sólido a las formas de prestación de servicios individuales a empresas.”
  • “Se permitirá a los empleadores la constitución de fondos de capitalización para hacer frente a las indemnizaciones por despido, garantizando el pago de ellas.”
  • “Se posibilitará la homologación de acuerdos del cierre definitivo de toda vinculación.”
  • “Se promoverá la conciliación laboral obligatoria como método de solución de conflictos laborales en todo el país.”
  • “El costo de la extinción de la relación laboral será previsible para fomentar la contratación de más trabajadores”, se justifica el Gobierno.
  • “Se clarificará nítidamente la relación laboral respecto de otras figuras no laborales como la locación de servicios y de obra”, se fomenta la tercerización y la uberización de los vínculos de trabajo, de modo tal de borrar cualquier supuesto de relación de dependencia.
  • “Indemnización por despido discriminatorio: se establecerá una agravada en favor del trabajador.”
  • “Bloqueos a empresas e impedimento a la libertad de trabajo: se definirá como causal de despido objetivo la participación en bloqueos a empresas y la conducta de impedir que otros trabajadores concurran a realizar sus tareas.”

AR/DTC

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