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Confirman el sobreseimiento de Fabián “Pepín” Rodríguez Simón en una de las causa por amenazas al grupo Indalo

Pepín Rodríguez Simon

elDiarioAR

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La Cámara Federal porteña confirmó este martes el sobreseimiento del exasesor de Mauricio Macri Fabián “Pepín” Rodríguez Simón en una causa por amenazas iniciada por los empresarios Fabián De Sousa y Cristóbal López del grupo Indalo y en la cual la fiscalía había reclamado procesamiento y prisión preventiva.

La decisión fue de los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi con disidencia de Martin Irurzun y confirmó así el sobreseimiento que en esta causa dictó a Rodríguez Simón la jueza federal María Servini, según la resolución.

El fiscal federal Guillermo Marijuan había apelado esta decisión y reclamado el procesamiento por “amenazas coactiva” con prisión preventiva ante “riesgos procesales” debido a que Rodríguez Simón estuvo prófugo más de tres años en Uruguay hasta que logró ser eximido de prisión y volvió al país.

En esta causa se indagó al exasesor del expresidente Mauricio Macri por “haber amedrentado mediante amenazas” entre julio y agosto de 2019 “ a Carlos Fabián de Sosa y Cristóbal Manuel López, por intermedio de Ricardo Benedicto”.

A este último Rodríguez Simón dijo que, si los empresarios impulsaban una denuncia contra Macri por asociación ilícita conformada para presionar el grupo Indalo, también radicada en el juzgado de Servini, iban a sufrir “consecuencias negativas” en los negocios que “tenían quienes fueron socios de Cristóbal López en las empresas que explotaban el juego de azar”.

En su voto, el camarista Bruglia concluyó que en base a la prueba del caso “las manifestaciones efectuadas por Rodríguez Simón en la reunión mantenida con Ricardo Benedicto, no revisten entidad suficiente como para ser encuadradas en un ilícito penal” y que se trató de un hecho independiente de la otra causa en la que aún no se lo indagó.

Al momento de los hechos, Rodríguez Simón “no detentaba injerencia alguna en la adopción de medidas regulatorias respecto de las empresas dedicadas a la actividad de juegos de azar, toda vez que se desempeñaba como director de la firma YPF”, agrega la Cámara.

Esa circunstancia “no podía resultar desconocida para los destinatarios de la supuesta amenaza, en atención a la experiencia y participación que mantuvo el señor Cristóbal López, hasta años recientes, en el sector empresarial en cuestión, lo cual le permitía advertir la notoria imposibilidad de que Rodríguez Simón pudiera concretar lo anunciado”.

“En consecuencia, sus manifestaciones no pudieron razonablemente generar en ellos temor alguno, al carecer de toda posibilidad de concreción”, concluye el fallo.

“No puede sostenerse que los dichos vertidos por el imputado hayan tenido entidad suficiente como para atacar la libertad de determinación de los destinatarios de la frase atribuida”, sostiene por su parte el voto del juez Bertuzzi.

El tercer juez que intervino en la revisión del caso, Martín Irurzun, votó en disidencia por declarar nulo el sobreseimiento y ordenar a Servini el dictado de una nueva resolución.

Irurzun consideró que esta causa no puede analizarse de manera aislada del expediente principal por presiones al grupo Indalo, en el cual desde su vuelta al país Rodríguez Simón aun no fue indagado porque hay recursos pendientes de resolución en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Servini ordenó la captura internacional del exfuncionario del macrismo el 19 de mayo de 2021 luego de haberlo citado a indagatoria en estas investigaciones sin lograr que se presente porque Rodríguez Simón había viajado a Uruguay.7

Finalmente se pidió su extradición a ese país el 24 de mayo de 2021 en forma conjunta por ambas causas y “como parte de una hipótesis global”, remarcó Irurzun. El sobreseimiento había sido apelado por la fiscalía y por los abogados de la querella de DE Sousa Carlos Beraldi y Ary Llernovoy.

MM con información de la agencia NA.

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