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Boletín Oficial

Reglamentaron la Ley Mica Ortega que concientiza sobre el ciberacoso contra infancias y adolescencias

Ley 27.590 para prevenir y concientizar sobre el grooming contra niños y adolescentes

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El Gobierno reglamentó este viernes la Ley 27.590 “Mica Ortega”, sancionada en noviembre de 2020, que crea el Programa Nacional de Prevención y Concientización del Grooming o Ciberacoso contra Niñas, Niños y Adolescentes.

Lo hizo a través del Decreto 407/2022 publicado en el Boletín Oficial, que contempla sensibilizar y generar conciencia en la población sobre el ciberacoso, a través del uso responsable de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs) y de la capacitación de la comunidad.

El nombre de la normativa es en homenaje a Micaela Ortega, la niña de 12 años que desapareció el 23 de abril de 2016 tras encontrarse con Jonathan Luna (28 años), quien utilizaba cuatro cuentas falsas en Facebook, a través de las cuales simulaba ser una menor de edad, y que luego de entrar en confianza con Micaela la asesinó.

En la reglamentación de la normativa, se decretó la creación del Observatorio del Programa Nacional de Prevención y Concientización del Grooming o Ciberacoso contra Niñas, Niños y Adolescentes, que funcionará bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Social.

El Ministerio de Desarrollo Social presidirá el Observatorio, que también será integrado por representantes de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf), y los ministerios de Educación y de Justicia y Derechos Humanos.

También lo integrarán la Secretaría de Medios y Comunicación Pública de la Jefatura de Gabinete de ministros, el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), organizaciones no gubernamentales, universidades nacionales, expertos independientes y periodistas especializados.

Sus objetivos serán señalar cuando no se cumpla la ley y elaborar un informe anual sobre la implementación del Programa y el cumplimiento de la norma.

Además, impulsará capacitaciones para el uso responsable de las TICs y relevamientos sobre su utilización en los entornos digitales de niños, niñas y adolescentes, así como identificar modalidades de vulneración de derechos en estos espacios.

Por otra parte, la reglamentación de la norma creó la Unidad de Coordinación Administrativa Interministerial, en el ámbito de la Senaf, cuyos principales objetivos serán “abordar de forma integral las acciones necesarias para la plena implementación” de la ley y monitorear su cumplimiento.

También dispuso la creación de un Comité Asesor sobre el Uso Seguro y Responsable de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, que elaborará recomendaciones y propondrá articulaciones entre organismos estatales y no estatales con el objetivo de colaborar en el cumplimiento de la norma. La autoridad de aplicación de la normativa será la Senaf y el Ministerio de Desarrollo Social.

DL con información de Télam.

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