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Con el nuevo registro de contrato de alquiler, el inquilino podrá denunciar con más facilidad la evasión del locador

Inquilinos protestando en 2016 por la ley que se aprobó tres años después.

Alejandro Rebossio

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó esta semana el funcionamiento de un registro de contratos de alquileres, en el que deberán inscribirse todos los propietarios que rentan inmuebles a partir del 1º de abril. Aunque en la actualidad ya rige la obligación de que los alquileres estén en blanco, se estima que sólo el 22% de los contratos está registrado, según una encuesta del colectivo Inquilinos Agrupados.

La nueva reglamentación de la AFIP, que responde a lo dispuesto en la Ley de alquileres votada en 2019, no aporta mayor novedad en cuanto a los motivos por los cuales los dueños de propiedades en alquiler podrían sentirse movidos a blanquear sus contratos de locación, según expertos en la materia consultados por elDiarioAR. Sin embargo, establece que el inquilino también puede inscribir el contrato en el registro, a través de un sencillo trámite online. Al hacerlo, podría desgravarlo del impuesto a las Ganancias en aquellos en que se lo tributan. En la actualidad, los inquilinos pueden denunciar a propietarios que mantienen el alquiler en negro, pero el trámite es más engorroso: deben llamar al 0800-999-DENU (3368) de la AFIP de lunes a viernes de las 10 a las 16 horas o acercarse a una sucursal del organismo.

“Para algunos locatarios, puede ser un arma más de presión al locador”, comentó el contador Jorge Gebhardt. “Ahora tiene dos: que puede deducirlo de Ganancias hasta cierto importe y la nueva obligación de registración”, agregó.

El secretario general de la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA), Claudio Bodanovich, aclaró en primer lugar que esa entidad aconseja blanquear los contratos, pero admitió que no sólo propietarios optan por mantenerlos en negro. “Hay inquilinos que no quieren blanquearlos porque no tienen declarados ingresos suficientes o no quieren denunciar el contrato ante la AFIP porque temen que cuando termine el alquiler se les dificulte renovarlo”, explicó.

Más allá de la nueva reglamentación de la AFIP, la Ley de alquileres de 2019 -que fue votada tanto por el Frente de Todos como por la mayoría de Juntos por el Cambio (sólo se abstuvo una minoría)- también establece un incentivo para que los propietarios registren los contratos. Si el inquilino deja de pagar, para que el dueño pueda iniciar un juicio por desalojo debe tener inscripto el contrato de locación, según señaló el contador César Litvin. “En los casos en que se pacten alquileres que no se informan ante la AFIP, el propietario queda muy expuesto ante cualquier conflicto con el inquilino por desalojo, roturas, aumentos”, advirtió Litvin.

Al reglamentar la ley, la AFIP lo aclaró: “La ley 27.551 dispuso que, cuando se inicien acciones judiciales a causa de la ejecución de un contrato de locación, previo a correr traslado de la demanda, el juez debe informar a la AFIP sobre la existencia del contrato”. También informó que “el sistema para las comunicaciones judiciales se encontrará disponible a partir del 15 de abril.”

AR

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