A PARTIR DEL 15 DE ABRIL

España aprueba la norma que permitirá regularizar a medio millón de migrantes

Gabriela Sánchez / José Enrique Monrosi

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El Consejo de Ministros de Esapaña aprobó este martes el real decreto que permitirá la salida de la clandestinidad de alrededor de 500.000 migrantes, según los cálculos oficiales. Pese a que algunas de las modificaciones propuestas por el Ministerio del Interior pretendían acotar el alcance de la medida, el texto definitivo, al que ha tenido acceso elDiario.es, mantiene las bases del primer borrador, aunque añade un nuevo requisito para justificar la vulnerabilidad ligada a la irregularidad y endurece parcialmente las opciones para probar la carencia de antecedentes penales. Eso sí, mantendrá una vía para apoyar a los migrantes a certificar que no han cometido delitos en caso de que sus países de origen no se lo faciliten.

Así, la regularización extraordinaria mantendrá la esencia planteada por el movimiento ciudadano que impulsó la medida, al menos sobre el papel.

La norma entrará en vigor el próximo 15 de abril, el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. El texto que llega este martes al Consejo de Ministros mantiene el caracter amplio de la medida y sus requisitos principales: podrán acogerse, por un lado, todas las personas en situación irregular sin antecedentes penales que hayan llegado al país antes del 1 de enero de 2026 y que prueben su permanencia continuada durante al menos cinco meses. Por otro, los demandantes de asilo que hayan registrado su demanda de protección internacional antes de dicha fecha, sin tener la obligación de desistir de su procedimiento de asilo previamente, pero sí después de recibir la concesión del permiso extraordinario de residencia por esta vía.

Tras las recomendaciones planteadas por el Consejo de Estado, la mayoría trasladadas por el Ministerio del Interior, el Gobierno ha incluido una serie de cambios que afectan más a los métodos de prueba de algunos de los requisitos que al fondo de la normativa, según aseguran fuentes gubernamentales, que consideran que se trata de modificaciones de caracter “técnico”. Entre las novedades, el Ejecutivo ha incluido una nueva condición que, aunque ya se llegó a plantear durante las negociaciones con Podemos y en las reuniones mantenidas con colectivos sociales, aún no había sido confirmada: un informe social para probar la situación de “vulnerabilidad” que conlleva vivir en España sin permiso de residencia.

El último borrador del real decreto contempla diferentes supuestos por los que una persona sin papeles podrá acogerse a la regularización extraordinaria –que no computan en el caso de los solicitantes de asilo, pues carecen de estas exigencias–. Por un lado, la vía laboral, a través de una oferta de contrato de trabajo o una declaración de responsable de un proyecto de empleo por cuenta propia. Por otro, la familiar, es decir, probar encontrarse en el país como parte de una unidad familiar con hijos a cargo o personas dependientes. Y, en tercer lugar, encontrarse en “situación de vulnerabilidad”. Es en este punto donde será necesario aportar el nuevo informe social.

Informe para las personas sin papeles

Como el primer borrador no especificaba cómo se tendría que acreditar dicha vulnerabilidad, la ministra de Migraciones, Elma Saiz, había aclarado en diversas ocasiones que la propia situación de irregularidad administrativa se entendería por sí misma como condición de vulnerabilidad, por lo que no haría falta justificar dicha situación. Sin embargo, el Consejo de Estado solicitó al Gobierno una mayor concreción y un método para probar este supuesto.

Finalmente, la solución encontrada por el Gobierno, en conversación con el movimiento Regularización YA y distintas ONG especializadas, ha sido la exigencia de presentar un nuevo informe social que “a través de un modelo específico” permita acreditar la vulnerabilidad extra que sufren los migrantes solicitantes por el hecho de vivir sin papeles. Además de las “entidades competentes en materia de asistencia social” de las comunidades autónomas (cuya emisión de este tipo de informes adolece en ocasiones de trabas o grandes retrasos), el Ejecutivo ha abierto una nueva vía inédita hasta el momento para emitir este tipo de documentos.

“Podrán acreditar también dicha situación las entidades del Tercer Sector inscritas en el Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería”, indica el texto de la medida. El Gobierno ha creado así un registro amplio de ONG especializadas en extranjería que estarán habilitadas para desarrollar estos informes de “vulnerabilidad”, lo que evita la exclusión de quienes se podrían encontrar con obstáculos para cumplir dicho trámite a través de los servicios sociales autonómicos o municipales, un problema mencionado habitualmente por los migrantes que intentan solicitar permisos de residencia por la vía del arraigo.

Aunque Interior había solicitado reducir en parte la flexibilidad de los medios de prueba con los que los migrantes sin papeles pueden probar los cinco meses de residencia continuada en España, el último texto normativo la mantiene. Según el real decreto, podrán demostrar su permanencia en el país con cualquier medio de prueba, como facturas de la luz, certificados médicos, participación en actividades municipales, formaciones o documentos caducados (el departamento de Fernando Grande-Marlaska rechazaba específicamente que pudiesen presentar documentos expirados) siempre que incluyan el nombre completo del solicitante.

Esta flexibilidad en los métodos de prueba es clave para la población en situación irregular, que se enfrenta a menudo a muchas trabas para realizar trámites como el empadronamiento, por lo que permitir un amplio abanico de documentos puede evitar la exclusión de miles de personas, según los colectivos sociales. 

Carencia de antecedentes

Lo que sí ha endurecido el Gobierno, de manera parcial, es el procedimiento para justificar la falta de antecedentes penales. Pese a los distintas noticias falsas difundidas por la derecha, todos los borradores de la normativa han incluido como requisito para acceder a la regularización carecer de antecedentes penales.

El punto cuestionado por el Consejo de Estado y el Ministerio del Interior tenía que ver con la posibilidad planteada por el borrador inicial para probar la inexistencia de antecedentes penales en el país de origen en el caso de que el certificado no llegase a tiempo, dado que determinados países tardan en emitir este tipo de documentos meses o incluso años. Para evitar dejar fuera de la medida a quienes no logran recibir el certificado por los problemas de la administración de su país, el Ejecutivo planteaba una segunda vía para dar más margen y mayor flexibilidad: a través de una declaración responsable de falta de antecedentes, que abriría una segunda fase de comprobaciones diplomáticas por parte del Gobierno, mientras dichos expedientes continuaban su curso. En caso de demostrar finalmente que sí contaba con antecedentes, la Administración suspendería el permiso de residencia.

Tanto el Ministerio del Interior como el Consejo de Estado rechazaron la inclusión de esta opción tal y como aparecía redactada inicialmente. El Ejecutivo ha optado por mantener esta segunda fórmula para justificar los antecedentes penales en otro país, con el objetivo de evitar cerrar la puerta a miles de personas ante los previsibles retrasos de estos certificados internacionales. Sin embargo, el último texto endurece sus condiciones y limita el alcance de esta posibilidad, dejando paralizados temporalmente esos expedientes durante tres meses, que acabarán siendo rechazados si en un plazo determinado no se logra confirmar la falta de causas penales en sus lugares de origen.

Tampoco se permitirá suplir la justificación de la inexistencia de antecedentes penales en los casos de quienes demuestren haber vivido de forma continuada en el país durante los últimos cinco años, como había sido incluido en la redacción inicial de la norma. El Consejo de Estado consideró que “ha de concederse la máxima prioridad a una rigurosa acreditación de la carencia de antecedentes penales en terceros países”, por lo que finalmente el Ejecutivo ha eliminado esta posibilidad.

Oficinas de Correos habilitadas

Las solicitudes se podrán presentar desde la entrada en vigor de la normativa hasta el 30 de junio de 2026, de manera presencial o telemática. Las oficinas de extranjería no serán los principales espacios para presentar los expedientes, debido al colapso en el que se encuentran. Por ello, el Gobierno va a habilitar “oficinas públicas en todo el territorio nacional”, que incluirán “las oficinas de Correos, las oficinas de la Seguridad Social y determinadas oficinas de extranjería”.

A las oficinas de Correos se les encomendará “tareas de apoyo y gestión” en el procedimiento a través de la presentación telemática de la solicitud de las autorizaciones, dado que las personas sin papeles no pueden optar por sí mismas a la vía online al carecer de documentación electrónica para acceder al sistema. “Correos cuenta con una amplísima red de oficinas en todo el territorio nacional, incluyendo zonas rurales y municipios pequeños, lo que garantiza que todas las personas, con independencia de dónde vivan, puedan acceder al procedimiento en condiciones de igualdad”, indica el último borrador del real decreto.

Además, Inclusión encomendará al grupo TRAGSA el desarrollo de tareas administrativas de “caracter exclusivamente instrumental”, en funciones de “apoyo material y técnico” para la preparación de los procedimientos para su resolución. Las labores encargadas a esta empresa, aclara el texto normativo, “no supone en ningún caso el ejercicio de potestades públicas, ni comprende la instrucción sustantiva de los procedimientos, la valoración jurídica de las solicitudes ni la adopción de decisiones sobre las mismas”.

El movimiento Regularización Ya, formado mayoritariamente por personas racalizadas, consigue así sacar adelante una versión bastante parecida a la regularización sin apenas condiciones por la que empezaron a luchar en las calles hace más de cinco años, materializada en una ILP que llegó al Congreso con el respaldo de más de 700.000 firmas hasta acabar en el Consejo de Ministros para ser aprobada por la vía exprés tras un acuerdo alcanzado entre el Gobierno y Podemos. “Parece que el enfoque sigue siendo bastante amplio y la intención es respetar nuestro planteamiento, pero queremos ser cautas hasta su publicación en el BOE y seguiremos de cerca su aplicación, para que no deje a gente atrás”, sostiene Silvana Cabrera, una de las portavoces de la plataforma.