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Opinión
Argentina, 1985

Las omisiones de la ficción

Juicio a las juntas de comandantes de la dictadura. Argentina, 1985.

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¿Cuáles fueron las circunstancias que posibilitaron la realización del juicio a las juntas militares en el contexto político de la época? ¿Qué rol desempeñaron los distintos actores institucionales? Estos interrogantes se han suscitado a raíz de la presentación de la película “Argentina, 1985” y de algunos reparos que ha recibido. Me propongo en estas líneas dar brevemente mi punto de vista.

La película ha provocado una verdadera conmoción que supera las expectativas previas y causa asombro. Desde su estreno ocupa un lugar en las conversaciones cotidianas de todos. Muchas familias han concurrido con sus hijos, y ha sido usual que los espectadores lloren,  se emocionen y aplaudan de pie al finalizar la exhibición. Se trata de una muy buena película, con notables interpretaciones de actores consagrados y de gran popularidad, una ambientación de época muy lograda, excelente fotografía, y una historia bien contada. Pero la repercusión parece exceder esos méritos. Todo indica que la película ha tocado una fibra muy íntima de la sociedad; como si fuera necesario, en estos momentos de la Argentina, recrear los antecedentes épicos de nuestra joven democracia, episodios que marcaron unos pocos puntos de consenso entre los argentinos. Un gran mérito de los realizadores fue haber percibido esta demanda y haber contribuido a la memoria colectiva a través de la difusión de un hecho fundacional de nuestra democracia, como fue el juicio a las juntas militares, a pesar de los recortes que tiene el relato de los hechos.

Justamente por ese recorte, y más allá de las bondades artísticas de la obra, es que se le han formulado algunos reproches y críticas. Entre muchas notas y comentarios, destaco las buenas y fundadas observaciones que han efectuado Roberto Gargarella y Agustín Campero, respecto de las omisiones, algunas probablemente deliberadas, que ha hecho la película con relación al contexto histórico, a la importancia de la figura de Alfonsín o de la CONADEP. Así como también, respecto de la decisión de centrar el juicio exclusivamente en la figura de los fiscales,  o de silenciar algunos episodios fundamentales.

El desdibujamiento de la figura de Alfonsín, de la importancia de la CONADEP y la no mención del partido del gobierno, hacen presumir que se quiso edulcorar políticamente al film para evitar cuestionamientos ulteriores

Al revés de la conocida saga “Una serie de eventos desafortunados” de Daniel Handler, el juicio a las juntas militares fue una serie de acontecimientos “afortunados”. Como ocurre en cualquier hecho histórico, éstos siempre encuentran explicación en una serie de causas que se interrelacionan entre sí. Por supuesto que no todas tienen la misma relevancia. La decisión del presidente Raúl Alfonsín de enjuiciar a los máximos responsables de los crímenes de la dictadura fue enorme. Rompió una tradición universal de impunidad, sentó las bases para que la democracia argentina se edificara sobre el respeto a la ley y los derechos humanos, y tuvo una influencia notoria en el desarrollo del derecho internacional de los derechos humanos. Además, era necesario remover los obstáculos jurídicos que en ese momento impedían cualquier juicio, como la ley de autoamnistía que habían sancionado los militares. La anulación inmediata de esa ley por el Congreso, sobre la base del proyecto que había enviado el Poder Ejecutivo, abrió las puertas al enjuiciamiento. Este aspecto, que hoy parece menor, tenía en aquel momento una gran importancia, al punto que el propio candidato del partido justicialista en las elecciones había propiciado la aplicación de la amnistía, en virtud del principio de la ley penal más benigna.

No obstante, el juicio a las juntas no se efectuó como había pensado Alfonsín. Su histórica decisión fue la condición necesaria, pero no la suficiente para la realización del juicio. La estrategia inicial del presidente consistió en que el juicio fuera llevado a cabo por los tribunales militares, con un control posterior de un tribunal civil para evitar que se incurriera en arbitrariedades. De esta manera, se pensaba, los militares se autojuzgarían.  Otro actor institucional relevante, el Congreso, corrigió de manera decisiva esta cuestión. Le dio un plazo al Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas para hacer su tarea y le otorgó a la Cámara Federal que correspondiera el control del trámite del expediente y la posibilidad de avocarse al conocimiento de la causa en caso de demoras injustificadas. Sin este cambio introducido por los legisladores no hubiera habido juicio, tampoco si Alfonsín hubiera vetado la modificación a su estrategia, pero no lo hizo.

Otra condición fue que la Cámara Federal decidiera efectivamente avocarse a la causa, en medio de un contexto sumamente complejo y difícil. Y que resolviera no aplicar las normas del enjuiciamiento procesal penal corriente, como muchos sostenían que correspondía, sino las toscas reglas del Código de Justicia Militar para los juicios sumarios en tiempo de guerra, que posibilitaban un juicio oral y público con una fuerte intervención del fiscal. Sin esta decisión de la Cámara, nunca habríamos “visto” un juicio a las juntas, ya que habría tramitado por escrito. Y hay que sumar otra condición: la labor de la CONADEP, cuya creación obedeció a otra iniciativa monumental de Alfonsín, con la oposición de los organismos de derechos humanos y del peronismo, que permitió que la fiscalía pudiera seleccionar los casos “paradigmáticos” concretos para imputarles a los excomandantes. Finalmente, la organización y planificación del juicio por parte de la Cámara y la gran labor que desarrolló la Fiscalía, permitieron que el proceso pudiera culminar en tiempo útil.

A esta prieta síntesis de condiciones que fueron necesarias para el juicio le faltan muchísimas más de distinto orden. La película centra su relato exclusivamente en el capítulo relativo a la actuación de los fiscales, relativizando u omitiendo toda otra circunstancia. Una obra artística y de finalidad comercial tiene el legítimo derecho de contar las cosas como entienda más conveniente a sus propósitos. ¿Le es reprochable una ausencia de rigor histórico? Creo que no, pero tratándose de una obra que pretende reflejar un acontecimiento trascendental para nuestra democracia, es saludable señalar las omisiones, ausencias y errores históricos en la presentación de los temas. El desdibujamiento de la figura de Alfonsín, de la importancia de la CONADEP y la no mención del partido del gobierno, hacen presumir que se quiso edulcorar políticamente al film para evitar cuestionamientos ulteriores. Más aún, la omisión de los indultos en las placas finales, que pretenden narrar objetivamente hechos, resulta sencillamente inexplicable y permite sospechar una intención deliberada.

En suma, bienvenida 1985 como hecho artístico y por su ayuda a recordar algo tan importante para el país, aunque no dejemos de tener en claro que las cosas no fueron tan así como cuenta  la película.

 CC

 

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