Se debate la ley Bases: las medidas que discuten en Diputados, con eje en las reformas para trabajadores, jubilados e impuestos

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La Cámara de Diputados inició este lunes el debate de la nueva de ley de Bases y Puntos de Partida que negoció en su totalidad con los bloques dialoguistas durante más de un mes, tras el estrepitoso fracaso de febrero, y que incluirá el apartado fiscal.

El comienzo fue pasado el mediodía y se produjo a menos de un mes de la convocatoria al Pacto del 25 de Mayo, motorizado por el presidente Javier Milei. El oficialismo consiguió quórum con 135 legisladores presentes de LLA, PRO, UCR, HCF y bloques provinciales. UXP y la izquierda no dieron quórum, y se sumaron después. 

Los presidentes de todos los bloques de la Cámara de Diputados se reunieron más temprano en labor parlamentaria y determinaron que la sesión no tendrá cuartos intermedios y se podría extender por más de 30 horas.

Antes del inicio del debate, los titulares de las bancadas del oficialismo y la oposición se reunieron con el presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, y establecieron las reglas de la jornada.

Una vez comenzada la sesión, se da lugar a una tanda de cuestiones de privilegio y, luego de votar la Ley de Bases, habrá lugar para otras, así se intentará evitar que esos reclamos se extiendan por varias horas y retrasen la discusión del proyecto principal.

Se esperan unos 150 oradores, por lo que se calcula una sesión de más de 30 horas ininterrumpidas, ya que se descartó en la reunión de labor que vaya a convocarse a un cuarto intermedio en la madrugada.

El oficialismo arribó a un consenso mayoritario recién el miércoles pasado después de extensas rondas de negociaciones que se desarrollaron entre la Casa Rosada y el Congreso de la Nación.

Eso destrabó el tira y afloje y permitió que el jueves pasado se realizara el plenario de comisiones en el que lograron plasmar en un dictamen de mayoría.

De esta manera, el proyecto quedó listo para tratarse este lunes. La sesión que se extendería al martes y, posiblemente, también el miércoles a la madrugada.

La Libertad Avanza (LLA) intentó en reiteradas oportunidades abarcar varios ejes reformistas, pero algunos tópicos que impulsaban determinados bloques eran rechazados por otros y viceversa.

La versión final no terminó de conformar a nadie a excepción del oficialismo, naturalmente, y del PRO. Pese a esto, su votación en general está garantizada con un piso de 135 votos a favor, según fuentes parlamentarias de LLA. También remarcaron que difícilmente puedan perforar los 150 votos, que sería el techo.

En el pelotón de apoyos aparecen los 38 votos de La Libertad Avanza, dos de Buenos Aires Libre, tres del MID, tres de Independencia, 37 del PRO, al menos 17 de los 22 de Hacemos Coalición Federal, al menos 29 de los 35 radicales, los ocho de Innovación Federal y uno de Creo.

La parte más difusa y empinada vendrá después, en la votación en particular, ya que hay artículos que penden de un hilo y podrían caerse si el oficialismo no ajusta las clavijas hasta el último momento.

Pese a renegar de la política, la fuerza del Gobierno deberá maniobrar con astucia y pericia hasta el final para que no se le escabulla ningún voto.

Diferencias positivas en los procesos de negociación

Según reconoció un diputado de Hacemos Coalición Federal, el oficialismo “aprendió”. También destacó la mayor predisposición a la escucha de funcionarios como el vicejefe de Gabinete, José Rolandi, el secretario de Hacienda, Carlos Guberman, y la secretaria de Planeamiento Estratégico Normativo, María Ibarzabal.

El oficialismo debió sacrificar artículos para poder arrimar un dictamen que fuera firmable por las fuerzas de la oposición light.

Por ejemplo, eliminó el artículo sobre desregulación económica, quitó el capítulo entero de Defensa de la Competencia, redujo a cuatro las declaraciones de emergencia y achicó a apenas ocho la lista de empresas sujetas a privatización (dejando afuera el Banco Nación).

Además, amplió la lista de organismos del Estado a salvo de cualquier intento de disolución y suprimió el capítulo sobre consolidación de títulos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad de Anses que habilitaba la venta de acciones.

Pese a compactar el proyecto, igualmente quedó un mamotreto de 240 artículos y 162 páginas, que será desmenuzado en el recinto durante al menos dos jornadas de debate a partir del lunes al mediodía.

La reforma laboral todavía da tela para cortar

Un foco de conflicto que no termina de sofocarse tiene que ver con la reforma laboral, que estuvo en vilo hasta último momento, pero finalmente se plasmó en el dictamen de mayoría en una versión comprimida. Fue la forma salomónica de “cortar al medio” entre dos posturas antagónicas.

La UCR machacó con una reforma laboral ambiciosa, que inclusive se metía con los intereses sindicales eliminando las cuotas solidarias de los no afiliados.

En un momento dado, cuando trascendió que el Gobierno hacía lugar al pedido radical, el jefe del bloque de Hacemos Coalición Federal, Miguel Pichetto, dio un golpe de puño sobre la mesa amenazando con no votar la ley Bases a menos que se dejara completamente de lado el capítulo de modernización laboral.

El rionegrino está convencido de que este tema no pasa en el Senado y no quiere que se pierda el tiempo en Diputados.

Al final, se incluyó una versión comprimida de la reforma circunscripta básicamente a la derogación de multas por no registración, ampliación del período de prueba y la implementación del fondo de cese laboral optativo como alternativa a las indemnizaciones.

Sin embargo, la UCR y la Coalición Cívica (ésta última pertenece a HCF pero tiene juego propio, al punto que presentó un dictamen de minoría ayer en el plenario de comisiones) intentarán plasmar cambios y agregados en el recinto en lo que refiere a la reforma laboral y el impuesto al tabaco (en este caso en la ley fiscal).

Además, fiel a su tradición de no otorgarle “superpoderes” a ningún presidente, la fuerza política de Elisa Carrió no votará la delegación de facultades.

También hay muchas dudas respecto a los que pueda suceder con la reversión de la cuarta categoría del impuesto a las Ganancias, cuyo mínimo no imponible el Gobierno pretende colocar en 1.800.000 pesos para trabajadores solteros y 2.200.000 pesos para casados con hijos.

El radicalismo está dividido respecto de esta propuesta del Gobierno y podría haber un batacazo en este sentido.

Por si fuera poco, hay diputados de la UCR y de HCF que no están convencidos de las “bondades” del Régimen de Incentivos a las Grandes Inversiones (RIGI) de la ley Bases, y podrían votar en contra o proponer cambios en el recinto para favorecer a inversiones menores a los 200 millones de dólares que el Poder Ejecutivo puso como piso para acceder a los beneficios.

Los diputados del espectro “dialoguista” están en una encrucijada dilemática: aseguran que quieren darle a Javier Milei las herramientas para que gobierne y deje de lado las excusas, pero no están conformes con la redacción final de algunos artículos y saben que, si aplican su poder de veto el presidente, un fundamentalista del “todo o nada” podría volver a ordenar el retiro del proyecto en plena sesión, levantando el dedo acusador contra toda la oposición.

Los cambios principales que se discuten

La reforma laboral que busca el Gobierno

La reforma laboral pretendida por el gobierno de Javier Milei y pactada con el radicalismo, que contenía unos 53 artículos, se acotó a 18 por presión de otro bloque aliado, Hacemos Coalición Federal, que preside Miguel Ángel Pichetto. Entre las principales reformas del mundo del trabajo contenidas en el proyecto de ley Bases para la Libertad figuran las siguientes:

  • Se eliminan las multas que agravan la indemnización por despido de empleados no registrados, o en negro, como se los llama popularmente. “Estas multas generaban incertidumbre sobre cuánto iba a ser el pasivo laboral, y por eso frenaban la contratación en las pymes”, alega el diputado Martín Tetaz, de la UCR. En cambio, seguirá castigado aquel empleador que tenga trabajadores en forma irregular y que sea detectado por las autoridades. “Siguen existiendo las multas de la ley de procedimiento fiscal, que habilitan a la AFIP, además de cobrar lo debido, a multar por hasta dos a seis6 veces lo adeudado. Lo que no hay más es un agravamiento indemnizatorio en juicio”, aclara el exdiputado radical y actual secretario parlamentario de la UCR, Alejandro Cacace.
  • Se amplía el periodo de prueba de tres a seis meses o un año: hasta ahora, cuando un empleado se incorpora a una empresa está en prueba durante tres meses, periodo en el cual se lo puede despedir sin indemnización. Ahora ese plazo se extiende a medio año si una compañía de más de 100 empleados, a ocho meses si el empleador tiene una plantilla de seis a 100 personas y hasta un año si sólo cuenta con cinco.
  • Trabajadores independientes en lugar de empleados si el patrón tiene menos de cinco: se crea la figura de “trabajador independiente con colaboradores” y se establece que “podrá contar con hasta otros cinco trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento productivo y podrá acogerse a un régimen especial unificado que al efecto reglamentará el Ejecutivo nacional”. Este sistema “estará basado en la relación autónoma, sin que exista vinculo de dependencia entre ellos, ni con las personas contratantes de los servicios u obras e incluirá, tanto para el trabajador independiente como para los trabajadores colaboradores, el aporte individual de una cuota mensual que comprenda la cotización al régimen previsional, las obras sociales y los riesgos del trabajo”. La iniciativa aclara: “queda prohibido fragmentar o dividir los establecimientos para obtener beneficios en fraude a la ley”. Pero claro que el riesgo de que esto ocurra es patente.
  • Los sectores empresariales y los sindicatos pueden pactar reemplazar las indemnizaciones por despidos por un fondo de desempleo: mediante convenios colectivos de trabajo, ambas partes podrán sustituir la indemnización prevista en por la ley de contrato de trabajo, que estable un mes de salario por año trabajado, y sustituirla por un “fondo o sistema de cese laboral conforme los parámetros que disponga el Ejecutivo”. Se trata de un sistema similar al que rige en la Unión Obrera de la Construcción (UOCRA). En ese caso, “los empleadores podrán optar por contratar un sistema privado a su costo, a fin de solventar la indemnización prevista” hasta ahora “o la suma que libremente se pacte entre las partes para el supuesto de desvinculación por mutuo acuerdo”. “En todos los casos, las empresas podrán autoasegurarse en el sistema que se defina.”

De la reforma laboral que había establecido Milei en su mega decreto de necesidad y urgencia (DNU) número 70 de fines de 2023, que fue suspendida por la Justicia, se excluyó finalmente la posibilidad de echar con causa, y por tanto sin indemnización, a aquellos empleados que participen en bloqueos o tomas de establecimiento. Otro asunto que quedó afuera fue la declaración de la educación como servicio esencial, lo que acotaba los paros docentes. Tampoco se incluyó la iniciativa para descontar de la base de cálculo de la indemnización el aguinaldo y otros conceptos de pago semestral o anual.

La UCR intentó colar un artículo que impusiera un mínimo no imponible de cargas patronales, de modo de reducirlas, pero el Gobierno, atento a la caja y al objetivo de déficit fiscal cero, se opuso. Tampoco prosperó su intento de eliminar la cuota solidaria obligatoria de trabajadores de ciertos sectores a su sindicato, en un guiño del Ejecutivo a la Confederación General del Trabajo (CGT) para intentar que dé de baja su anuncio de paro general para el 9 de mayo.

Milei aceptó rebajar de 41 a 11 la lista de empresas estatales para privatizar

En la campaña electoral, Javier Milei decía que iba a privatizar todas las empresas estatales, con excepción de una, Aerolíneas Argentinas, porque supuestamente nadie la querría comprar y se la entregaría a los empleados. Pero cuando llegó al poder cambió de opinión y la incluyó también en el listado de 41 compañías que buscaba transferir al sector privado en la primera versión del proyecto de ley Bases, que se conoció a fines de 2023. En la discusión parlamentaria de enero ese lista se fue reduciendo hasta que este jueves se acotó a 11 y en diferentes condiciones, no todas serían privatizaciones totales.

A último momento, el Presidente debió resignar su intención de privatizar el Banco Nación. Ya en enero había cedido a que no se vendiera la mayoría accionaria, pero ahora insistió de vuelta hasta que se dio por vencido. Al final, sólo se podrá vender el 100% de cuatro de las 41 firmas públicas: Aerolíneas, Energía Argentina SA (Enarsa, que tiene el gasoducto Néstor Kirchner, entre otros activos), la empresa de servicio de tierra en aeropuertos Intercargo y Radio y Televisión Argentina (RTA). A su vez, podrán concesionarse –es decir, entregarse al sector privado por un periodo de tiempo– cinco empresas más: la de agua potable y cloacas del área metropolitana de Buenos Aires (AMB), AySA; el Correo Argentino, que en su momento estuvo en manos del grupo Macri; el ferrocarril Belgrano Cargas; la operadora de trenes SOFSE y la concesionaria de rutas Corredores Viales. Por último, se podrá vender parcialmente pero sin perder el control estatal Nucleoeléctrica, la dueña de las centrales nucleares Atucha y Embalse, y Yacimientos Carboníferos Río Turbio, la firma de la mina de la provincia de Santa Cruz.

¿Qué empresas quedaron sin privatizar? Las siguientes, incluida la agencia de noticias Télam, que el Gobierno cerró hace casi dos meses:

  • Administración General de Puertos.
  • Empresa Argentina de Soluciones Satelitales, más conocida como Arsat.
  • Banco Nación.
  • Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE).
  • Casa de Moneda
  • Contenidos Públicos, que reúne a los canales Encuentro, Pakapaka y DeporTV y la plataforma Contar.
  • Construcción de Viviendas para la Armada Argentina.
  • Dioxitek, proveedora de dióxido de uranio para las centrales nucleares.
  • El portal Educ.ar.
  • Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA), que elabora los mapas y la asistencia para la aeronavegación.
  • Fábrica Argentina de Aviones Brigadier San Martín.
  • Fabricaciones Militares.
  • Ferrocarriles Argentinos, que engloba a todas las empresas ferroviarias estatales, incluidas Sofse y ADIF.
  • Innovaciones Tecnológicas Agropecuarias.
  • Nación Bursátil, sociedad de bolsa del Banco Nación.
  • Pellegrini, fondo común de inversión del Nación.
  • Nación Reaseguros.
  • Nación Seguros de Retiro
  • Nación Servicios, otra firma del banco.
  • Playas Ferroviarias de Buenos Aires.
  • Polo Tecnológico Constituyentes.
  • Radio de la Universidad Nacional del Litoral.
  • Servicio de Radio y Televisión de la Universidad de Córdoba.
  • Talleres Navales Dársena Norte.
  • Télam.
  • Desarrollo del Capital Humano Ferroviario SAPEM.
  • Administración de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).
  • Vehículo Espacial Nueva Generación, VENG, que asiste en el lanzamiento y control de satélites.
  • Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio, YMAD, dueña de minas en Catamarca.
  • YPF, la petrolera 51% del Estado argentino y 49% privada, que cotiza en bolsa.

Chau a la moratoria previsional y hola a la Prestación de Retiro Proporcional

La ley contempla la derogación de la moratoria previsional y crea la figura Prestación de Retiro Proporcional para aquellas personas que cumplieron 65 años y que no completaron los 30 años de aportes necesarios para jubilarse.

Quienes se encuadren en esa figura cobrarán a partir de esa edad un haber mínimo equivalente a la Prestación Universal al Adulto Mayor (PUAM), la cual es equivalente al 80% de la jubilación mínima ($260.141,60 contemplando el refuerzo) y no deja derecho a pensión por viudez. En mayo los beneficiarios de la PUAM cobrarán $222.113 divididos en $152.113 y $70.000 del bono que anunció el Gobierno. De acuerdo a la cantidad de años de aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), el Ejecutivo deberá definir qué adicionales percibirán sobre ese piso.

Beneficios fiscales, aduaneros y cambiarios para inversores

La ley Bases que intenta aprobar el Gobierno establece beneficios fiscales, aduaneros y cambiarios para proyectos de inversión que superen los US$ 200.000.000. Además, impone una alícuota única del Impuesto a las Ganancias del 25%; la actualización de quebrantos por IPC en Ganancias; tratamientos tributarios preferenciales para las utilidades y dividendos; la contabilización del 100% del Impuesto a los Débitos y Créditos como pago a cuenta de Ganancias y la posibilidad de pagar el IVA a proveedores y a la AFIP con certificados de créditos fiscales.

Qué incluye el paquete fiscal

El proyecto adjunto establece numerosos cambios en el paisaje impositivo, con el regreso de la cuarta categoría de Ganancias, una baja de Bienes Personales a lo largo de los próximos años, una actualización de las escalas del monotributo, una amplia moratoria de deudas tributarias y un blanqueo de capitales.

Ganancias

Durante la gestión anterior, con Sertgio Massa al frente del ministerio de Economía, se había eliminado en septiembre pasado la cuarta categoría de Ganancias, lo que eximía del pago del tributo a más de 800.000 contribuyentes. La ley sancionada por el Congreso -con el voto positivo de Javier Milei- elevaba el piso del mínimo no imponible para trabajadores y jubilados que perciban 15 salarios mínimos vitales y móviles (SMVM) y estipuló que los contribuyentes tributaran de acuerdo a la diferencia entre el haber y el mínimo establecido y las alícuotas irán del 27% al 35%, según el nivel de ingresos. Si el paquete fiscal es aprobado por las dos cámaras, esto se revertirá.

Con el texto tal como quedó acordado en comisión la semana pasada, quienes perciban un salario bruto de hasta $1.800.000 -que representa una remuneración neta o “en mano” de hasta $1.494.000- quedan eximidos del tributo, lo que se suele llamar “el mínimo no imponible para empleados solteros”.

Monotributo

El proyecto el Gobierno supone una actualización de los topes de facturación y cuotas, con subas de entre 300% y 330%. El ingreso tope anual sería de $68.000.000 y elimina la diferenciación entre actividades (comercio y servicios) para estar en el régimen simplificado. También, subirían los montos de toda la escala y los importes a pagar.

Si se aprueba el proyecto, los monotributistas de la categoría A, de menores ingresos, podrían facturar hasta $6.450.000 anuales. Para aquellos que se encuentren en la categoría K, la más alta, el monto asciende a $68.000.000, de acuerdo a los datos recabados por el portal Infobae.

Además, habría un aumento en importes que pagan mensualmente los monotributistas en concepto del impuesto integrado, y de los aportes al régimen jubilatorio y a la obra social. Asimismo, se fija en $385.000 el precio unitario de facturación tanto para quienes ofrezcan servicios como para quienes vendan productos. Y se establece una actualización anual por inflación.

Bienes Personales:

Entre los principales cambios que el gobierno busca hacer para bienes personales se encuentra la eliminación del tratamiento de alícuotas diferenciales según la localización de los bienes (en el país y en el exterior).

Se propone la modificación de las escalas progresivas del impuesto a partir del período fiscal 2023, con una alícuota inicial del 0,50% y hasta el 1,50%, eliminándose el último tramo de la escala por cada período, hasta llegar finalmente al período fiscal 2027 con una alícuota única de 0,25%“. A su vez, ”las escalas serán actualizadas anualmente según IPC.

Además, el proyecto propone un beneficio para Contribuyentes Cumplidores, es decir, aquellos que hayan cumplido con la totalidad de sus obligaciones respecto de Bienes Personales para los períodos fiscales 2020 a 2022 tendrán una reducción del 0,25% en la alícuota para los períodos 2023, 2024, 2025 y 2026. No obstante, cabe destacar que si el contribuyente se adhiriera al régimen de regularización de activos no podría ser categorizado como Contribuyente cumplidor.

Los nuevos valores para el período fiscal 2023 serían:

  • Mínimo no imponible: $100.000.000 (en la actualidad es de $27,3 millones)
  • Mínimo para casa-habitación: $350.000.000

En cuanto a la escala, “se plantea un régimen individual y voluntario que comprende el ingreso por adelantado del Impuesto sobre los Bienes Personales (ISBP) y todo otro tributo patrimonial (cualquiera fuese su denominación) que pueda complementar o reemplazar el ISBP para los períodos 2024 a 2027″, indicó el informe.

Moratoria

Este artículo implica el pago voluntario de diversas obligaciones vencidas al 31 de marzo de 2024, inclusive, y prevé una duración de 150 días corridos a partir de la fecha de entrada en vigencia. Habrá distintos beneficios según la modalidad de adhesión y según qué tipo de deuda vaya a declararse.

Los pagos adeudados que no podrán ser incluidos son los aportes a obras sociales, a las aseguradoras de riesgo de trabajo y los aportes y contribuciones a la Seguridad Social de personal de casas particulares.

El proyecto establece el esquema de pago para los casos que opten por regularizar sus obligaciones mediante un esquema de facilidades de pago, y la condonación del 100% de las multas aplicadas.

Además, “prevé una condonación del 30% de los intereses resarcitorios y punitorios devengados a la fecha de consolidación original, y la regularización a través de los tres primeros esquemas previstos, con la correspondiente condonación de intereses para aquellos devengados a partir de la fecha original de consolidación. También se aplica en estos casos el beneficio de la condonación del 100% de las multas aplicadas”, indicó un informe de la OPC.

Blanqueo

El blanqueo establece que por activos de hasta US$ 100.000 no se aplicará ninguna alícuota, es decir, el blanqueo sería sin costo hasta ese monto. Para aquellos montos que superen los USD 100.000, el proyecto propone alícuotas progresivas del 5%, 10% y 15%, dependiendo del momento en que los contribuyentes decidan adherirse al régimen. Estas tasas variarán en tres etapas específicas, diseñadas para fomentar una pronta adhesión.

También, bajo ciertas condiciones, se podrá pagar alícuota 0% blanqueando montos mayores a USD 100.000. Para ello, habrá que dejar depositado el dinero exteriorizado en una cuenta bancaria especial y dejando el dinero inmóvil hasta el 31 de diciembre de 2015.

En el caso de tratarse bienes en Argentina, se debe declarar:

  • Dinero en efectivo, ya sea en pesos o en dólares.
  • Inmuebles. Se debe considerar su valor de adquisición, su valor fiscal o su valor mínimo (el que sea superior).
  • Acciones, cuotas y participación en sociedades, derechos de beneficiarios de fideicomisos o cuotapartes de fondos comunes de inversión.
  • Títulos valores, incluyendo, sin limitación, a acciones, bonos, obligaciones negociables, certificados de depósito en custodia, cuotas partes de fondos y otros similares, que coticen en bolsas o mercados regulados por la Comisión Nacional de Valores.
  • Créditos de cualquier tipo o naturaleza.
  • Derechos y otros bienes intangibles no incluidos en incisos anteriores

En caso de tratarse de bienes en el exterior, debe declararse:

  • Dinero en efectivo o depositado en cuentas bancarias.
  • Inmuebles
  • Acciones, cuotas y cualquier tipo de derecho de participación en sociedades, corporaciones, entes o vehículos de cualquier naturaleza y los derechos de beneficiarios de fideicomisos u otros tipos de patrimonios de afectación similares.
  • Títulos valores, incluyendo, sin limitación, a acciones, bonos, obligaciones negociables, certificados de depósito en custodia, cuotas partes de fondos y otros similares, que coticen en bolsas o mercados del exterior.
  • Otros bienes muebles de cualquier tipo ubicados fuera de Argentina.
  • Créditos de cualquier tipo o naturaleza, cuando el deudor de dichos créditos no sea un residente argentino bajo las normas de la Ley del Impuesto a las Ganancias.
  • Derechos y otros bienes intangibles no incluidos en incisos anteriores.
  • Criptomonedas, criptoactivos y otros bienes similares, sin importar quien ha sido su emisor, quien es su titular o donde estuvieran depositadas, custodiadas o guardadas.

De esta manera, el proyecto contempla una “Regularización de activos”, es decir, un “blanqueo de capitales” a una tasa irrisoria. Hasta 100.000 dólares, el impuesto a pagar es cero, y por el excedente se cobra una alícuota de 5, 10 o 15% según el período temporal en el que se ingrese al blanqueo, sin importar los montos declarados. Para el efectivo que sea depositado en entidades financieras o en sociedades de bolsa, el costo del blanqueo también es cero si no retiran el dinero hasta el 31 de diciembre de 2025. Este beneficio no presenta ningún tope: es decir, es sin cargo tanto para quien blanquea 10.000, 100.000 o 1 millón de dólares. Un sacrificio de recaudación por parte del fisco que resulta más que desproporcionado, especialmente en un contexto en el cual se aproxima la fecha de acceso por parte de AFIP a la información sobre las tenencias de los argentinos en Estados Unidos. 

Finalmente, esta “zanahoria” para sacar los dólares de abajo del colchón –o de las cajas de seguridad– se acompaña con una reducción de alícuotas del Impuesto a los Bienes Personales: no sólo no abonarán nada si depositan los dólares en el banco, sino que anualmente pagarán por esa tenencia cada vez menos. Repasemos la situación actual: el Impuesto a los Bienes Personales es un tributo que pagan solamente algo más de 400 mil contribuyentes, menos del 1% de la población total del país, con alícuotas que van de 0,5% a 1,75% para bienes en Argentina, con una penalidad de 0,5 puntos porcentuales extra para los bienes radicados en el exterior. 

Según los datos provistos por el Secretario de Hacienda, sólo 125.000 contribuyentes pagan la alícuota máxima de 2,25%. Sin embargo, en el nuevo esquema propuesto, es a este sector al que más se lo beneficia: para 2023 la alícuota máxima baja a 1,5% (0,75 puntos porcentuales menos que lo vigente), con reducciones graduales hasta llegar al año 2027 con una alícuota única de 0,25%. 

Como si esta distribución no fuera lo suficientemente regresiva, el proyecto prevé un Régimen de “pago anticipado” del impuesto por 5 períodos fiscales: se paga por el patrimonio actual (y no por lo que vaya a aumentar en los próximos años), sólo se tributa 0,45% por año, es decir, 2,25% total. ¿No alcanza? También les ofrecen estabilidad fiscal hasta 2038: el Estado no podrá cobrar una alícuota superior al 0,25%, limitando así la capacidad de futuros gobiernos de gravar el patrimonio. Todo ello sin beneficio aparente: no se resigna recaudación para impulsar algún sector económico, una inversión productiva o una región determinada, es solamente una transferencia de ingresos a un reducido grupo de mayores ingresos.

En un contexto de pérdida de recaudación producto de la recesión, en el que “no hay plata” para jubilaciones, para obra pública, para las y los docentes o para las universidades, el gobierno de Javier Milei elimina el monotributo social mientras reparte beneficios impositivos para los sectores más concentrados de la Argentina y con garantía por 15 años.

Con información de agencias.

IG