Fuero laboral

El Gobierno avanza con el traspaso de la Justicia Nacional del Trabajo a la Ciudad y reabre una disputa sobre los derechos laborales

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El Poder Ejecutivo Nacional remitió al Senado el convenio para transferir la Justicia Nacional del Trabajo a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, un acuerdo que establece el cierre del fuero laboral nacional con asiento en la Ciudad y el traspaso de sus competencias ordinarias a la Justicia porteña. La iniciativa quedó sujeta a la aprobación del Congreso y de la Legislatura porteña, y redefine el esquema judicial ante el que deberán litigar miles de trabajadores y trabajadoras.

Según detalló el sitio jurídico especializado Palabras del Derecho, el texto enviado al Parlamento dispuso una transferencia progresiva de la competencia material y funcional que hoy ejercen los juzgados nacionales del trabajo y determinadas salas de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, limitada a los conflictos laborales ordinarios tramitados dentro del territorio porteño. La nómina de tribunales alcanzados quedó detallada en un anexo del convenio, que delimitó de manera expresa el alcance del traspaso.

El acuerdo excluyó de la transferencia un conjunto central de conflictos laborales, que permanecerán bajo competencia federal. En ese grupo se encuentran las causas en las que sea parte el Estado Nacional, cualquiera sea el poder u organismo involucrado; las acciones vinculadas al régimen de asociaciones sindicales; los litigios en materia de seguridad social; y los casos en los que exista competencia federal por materia o por las partes. Esos expedientes pasarán a tramitar ante los juzgados en lo contencioso administrativo federal.

El acuerdo establece que los trabajadores deberán litigar en fueros distintos según el tipo de reclamo, incluso cuando el conflicto tenga un mismo origen laboral. Las demandas por despido, salarios o condiciones de trabajo ordinarias quedarán en la órbita del nuevo fuero laboral porteño, mientras que los reclamos sindicales, previsionales o contra el Estado nacional seguirán un circuito judicial separado, con reglas procesales diferentes.

El envío del convenio al Senado se produjo luego de que el Gobierno avanzara por vía administrativa en la organización del traspaso. A través del Decreto 95/2026, publicado en el Boletín Oficial, el presidente Javier Milei delegó en el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, la facultad de suscribir el acuerdo de transferencia y sus eventuales adendas, habilitándolo a coordinar el proceso con el Gobierno de la Ciudad. Una vez firmado, el convenio debe ser ratificado por el Congreso para entrar en vigencia.

Más allá de la coyuntura, el debate se inscribe en una discusión estructural que atraviesa al sistema judicial argentino desde hace más de tres décadas. Tal como explicaron Sebastián Guidi y Marcos Aldazabal en una nota publicada en elDiarioAR, la llamada Justicia Nacional es un resabio del esquema institucional previo a la reforma constitucional de 1994, cuando la Ciudad de Buenos Aires aún no era autónoma y sus jueces dependían del Estado nacional. A diferencia de otros organismos, la Justicia Nacional nunca fue transferida, lo que dio lugar a una anomalía que persiste hasta hoy: en la Ciudad conviven una justicia local y una justicia nacional, mientras que en las provincias existe un único poder judicial.

Desde la reforma constitucional, existe un consenso amplio en torno a que la Justicia Nacional debe ser transferida a la Ciudad, que pasó a tener un estatus equiparable al de una provincia. Sin embargo, esa transferencia nunca se concretó plenamente, y el resultado fue un sistema híbrido, con competencias superpuestas y un reparto que no responde a un diseño integral. En ese marco, el reciente fallo “Levinas” de la Corte Suprema volvió a colocar el tema en el centro del debate institucional.

En ese fallo, dictado a fines de 2025, la Corte Suprema resolvió que las sentencias dictadas por la Justicia Nacional con asiento en la Ciudad de Buenos Aires deben ser revisadas previamente por el Tribunal Superior de Justicia porteño antes de llegar al máximo tribunal, un criterio que equipara a la Ciudad con una provincia.

Según explicaron Sebastián Guidi y Marcos Aldazabal en elDiarioAR, la decisión no transfirió formalmente la Justicia Nacional, pero fortaleció el rol del tribunal superior local y empujó de hecho el proceso de traspaso, al modificar la cadena de revisión judicial vigente desde antes de la autonomía porteña.

El convenio ahora enviado al Senado buscó ordenar parcialmente ese escenario, al menos en materia laboral. No será una absorción inmediata sino un proceso escalonado destinado a garantizar la continuidad del servicio de justicia. Las causas iniciadas antes de la entrada en vigencia del acuerdo continuarán su trámite ante la Justicia Nacional del Trabajo hasta su finalización, mientras que los nuevos procesos que se inicien una vez operativa la transferencia deberán radicarse en el Fuero del Trabajo de la Ciudad.

Uno de los ejes del acuerdo fue el régimen transitorio para magistrados, funcionarios y empleados judiciales. El texto garantizó la intangibilidad de las remuneraciones, la estabilidad en el empleo y la preservación de los derechos previsionales y de carrera, y estableció que el Estado Nacional deberá transferir los recursos humanos, materiales y presupuestarios necesarios para el funcionamiento del fuero laboral porteño. La Ciudad, en tanto, asumió el compromiso de dictar las normas organizativas para su puesta en marcha.

En materia de control judicial, el convenio mantuvo la competencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los casos previstos por la Constitución. A su vez, dispuso que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires ejercerá la función revisora sobre las causas del nuevo fuero laboral local, conforme al esquema de competencias establecido en la normativa porteña.

Desde el punto de vista de quienes trabajan en la Ciudad de Buenos Aires, el acuerdo implica una reorganización del acceso a la justicia laboral, al establecer que los reclamos ordinarios y aquellos vinculados a derechos sindicales, previsionales o al Estado Nacional seguirán vías judiciales diferentes, aun cuando deriven de una misma relación de trabajo. El convenio no incluyó definiciones sobre criterios de unificación procesal ni mecanismos específicos para evitar la dispersión de litigios, una cuestión que quedará abierta en la implementación.

La transferencia de la Justicia Nacional del Trabajo quedó supeditada a la aprobación del acuerdo por el Congreso, a su ratificación por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires y al dictado de los actos administrativos necesarios para su implementación. Hasta tanto se cumplan esas instancias, el régimen vigente continuará aplicándose sin modificaciones, según estableció el propio texto remitido al Senado.

JJD