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Sin Presupuesto 2022, vence la norma que habilitaba al Gobierno a disponer sobre las retenciones agropecuarias

Con esa atribución especial, el Gobierno ya dispuso un aumento de tres puntos en las retenciones a la soja

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Este sábado 1° de enero de 2022 el Poder Ejecutivo perderá la facultad que le delegó el Congreso para fijar el monto de las retenciones a las distintas producciones agropecuarias. El ministro de Economía, Martín Guzmán, había incluido en el diseño del nuevo presupuesto un artículo que prorrogaba esta potestad hasta 2024 pero, al ser rechazado, este punto quedó en suspenso. 

El Poder Ejecutivo dispone de la facultad para subir los derechos de exportación a partir de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública, que fue aprobada en el Congreso días después de la asunción de Alberto Fernández. Con esa atribución, que caduca este viernes, el Poder Ejecutivo aumentó tres puntos porcentuales las retenciones a la soja (actualmente de 33% para el poroto) y todavía tiene margen para subir las de trigo y maíz, cuyas alícuotas son de 12%.

En este marco, algunos representantes de la oposición interpretaron que los derechos de exportación volverían a cero en 2022. En declaraciones a la prensa, el exministro de Agroindustria Ricardo Buryaile dijo que, con el vencimiento de las facultades especiales, el tributo deja de tener sustento legal y “desaparece”. 

“A partir de mañana, 1 de enero, no puede haber retenciones (derechos de exportación) sin ley del Congreso. Al rechazarse el presupuesto caducan las facultades delegadas, sin que haya prórroga. Las retenciones que se establezcan por decreto o resolución son inconstitucionales”, publicó en sus redes el diputado Alejandro Cacace, de Evolución Radical.

El Gobierno, sin embargo, considera que se sostiene la normativa vigente, lo que podría dar lugar a la judicialización de casos. 

Como alternativas para intervenir sobre el esquema de retenciones post vencimiento de la norma, el Gobierno puede dictar una resolución o un decreto que fije las alícuotas de las retenciones que regirán para el año próximo amparándose -a lo largo de la jornada de hoy- en la delegación que le confirió el Congreso. Una segunda alternativa sería apelar al artículo 755 del Código Aduanero, que le faculta establecer los derechos de exportación y las alícuotas por decreto, camino no exento de controversias judiciales. La tercera vía es buscar validar cualquier decisión al respecto en el Congreso, escenario que se volvió más hostil para el Frente de Todos a partir del reciente cambio de composición de las cámaras. 

DT

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