Carta en repudio al comunicado de Sturzenegger sobre Sadaic y los derechos de los músicos

El uso de música no es gratuito ya que la obra musical tiene un dueño que es el autor/compositor. El ministro omite considerar que el propio decreto 765/24 en su artículo 35, establece que aquel que obtenga un beneficio directo o indirecto por la utilización de música debe remunerar a los titulares de derechos.
Los salones de fiesta ejercen una actividad comercial, como tal, lucrativa, y deben remunerar a los titulares de derechos.
Nadie puede beneficiarse con el uso gratuito de una obra intelectual, ya que es violatorio del derecho de propiedad intelectual que reconoce al artículo 17 de la Constitución Nacional.
Las manifestaciones del ministro convalidan una transferencia de ingresos desde el sector de los creadores a los sectores empresariales que se benefician, en forma directa o indirecta, con el uso de obras musicales.
Esta actitud constituye un atropello y un abuso de poder. SADAIC seguirá reclamando por la plena defensa de los derechos de los autores y compositores.
Por Sadaic.
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