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ANÁLISIS

Prepagas, alquileres, góndolas: el impacto en la vida cotidiana del DNU que está más cerca de quedar sin efecto

La ley de Alquileres es solo una de las tantas normas que quedaron sin efecto desde el dictado del DNU 70.

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Ochenta y cinco días después de su publicación en el boletín oficial, el DNU 70/2023 logró ser debatido en el Senado. Recibió el rechazo en la Cámara Alta, en un nuevo traspié legislativo del gobierno de Javier Milei. A la espera de lo que suceda en Diputados, donde podrían voltearlo definitivamente, vale repasar su contenido y sus efectos.

Bajo el pomposo nombre de “Bases para la reconstrucción de la economía argentina”, el gobierno presentó 366 artículos que derogan y modifican un sinnúmero de leyes sancionadas a lo largo de toda la historia legislativa de nuestro país y proponen instituir un nuevo (des)orden basado en el libre mercado. 

Desde una perspectiva ideológica que no encuentra afiliaciones en ningún país desarrollado del mundo, el DNU retira al Estado de muchas de sus funciones, le resta capacidad para accionar y controlar, y lo desplaza del rol de árbitro, bajo la confianza en la libre competencia. 

Casi tres meses después de su dictado, muchas de las modificaciones introducidas ya se sienten negativamente en la vida de argentinos y argentinas, a quienes en nombre de la libertad, se les vaciaron los bolsillos. La norma implicó la inmediata desregulación de numerosos sectores de la economía: desde la eliminación de los topes a intereses a las tarjetas de crédito, pasando por las producciones regionales (como el azúcar, la vid, la yerba, el olivo, o el algodón), la minería y el turismo.

Con impacto directo en la vida cotidiana, el Estado se retiró de su rol de regulador en el comercio interior y exterior, derogando la ley de góndolas, la ley de abastecimiento, el observatorio de precios así como también eliminando los fideicomisos del aceite y el trigo, los cupos de exportación de carne o la prohibición de vender al exterior determinados cortes, entre otros. Así, se implementó un “libre mercado” que disparó los precios de los productos de consumo masivo, con especial virulencia en los alimentos. 

Mientras que el índice general de precios creció un 71% entre diciembre y febrero, los alimentos se incrementaron un 75%. Asimismo, las canastas básicas que miden la línea de pobreza e indigencia también se movieron por encima del índice general: 75% y 77% respectivamente. 

Tras eliminar y criticar los programas de acuerdo de precios como “Precios Cuidados” o el más reciente “Precios Justos”, la desesperación del gobierno por frenar la escalada, lo obligó a Luis Caputo a llevar adelante reuniones con empresas de consumo masivo como Mastellone, P&G, Unilever y Molinos para “dialogar sobre la evolución de la macroeconomía”. Como consecuencia del fracaso (¿o del éxito?) de la reunión, se anunció una apertura importadora que “promueva la competencia” e impulse los precios a la baja.  

Otro de los puntos sensibles del Decreto tiene que ver con la derogación de la ley de alquileres. Pese a que desde el gobierno celebran el incremento de las propiedades ofertadas, las condiciones en las que se están pactando los contratos resultan sumamente abusivas para quienes buscan una vivienda para alquilar. En un contexto de salarios que no paran de perder poder adquisitivo (el último dato del RIPTE confirmó una caída de 18 puntos en términos reales entre diciembre y enero), los alquileres se tornan impagables: mientras que un alquiler en CABA de un dormitorio ronda en promedio los $400.000, la mediana salarial de los trabajadores registrados apenas araña los $500.000. A ello se suman condiciones imposibles: contratos de más corto plazo, en dólares, con actualizaciones trimestrales por inflación y depósitos exorbitantes. ¿Es consuelo que subió la oferta?

El Decreto también impulsó la desregulación de las prepagas. Entre las medidas más relevantes, se eliminó el tope para los aumentos de las cuotas, la obligación de las empresas de compartir su estructura de costos y el arancel mínimo para prestadores. Es decir, no sólo pueden aumentar sin límites sino que dicho incremento no debe estar justificado ni debe trasladarse (aunque sea mínimamente) a los prestadores de servicios.

Pese al discurso de la libre competencia entre empresas de medicina prepaga, seis concentran el 70% de las afiliaciones, y a lo que asistimos fue a un acuerdo para aumentar a un ritmo similar y sin parámetro alguno: 120% en el primer trimestre del año. Si bien hubo fallos puntuales en la justicia para frenar los incrementos, sólo aplican a los casos específicos y la cuestión de fondo no fue resuelta.

Si bien también se buscó avanzar en el DNU en una reforma laboral, que incluye la eliminación de las multas por no registrar trabajadores, la reducción de las indemnizaciones por despido, la extensión del período de prueba a ocho meses, la limitación del derecho a huelga, la eliminación de la responsabilidad solidaria en los casos de tercerización y la habilitación a crear “fondos de despido”, por ahora este capítulo permanece frenado por la justicia.

Por último, si bien el DNU no habilita privatizaciones, sí establece la conversión de las empresas del Estado en sociedades anónimas en el plazo de 180 días. Ello podría redundar en la posterior venta a privados de dichas acciones, retirando así al Estado de un rol estratégico, como el que tiene hoy en día en el sector financiero a través del Banco Nación, cuyo patrimonio es codiciado como fuente de negocios.

La extensión y profundidad del DNU impiden repasarlo en su totalidad. Sin embargo, no es exagerado afirmar que, tras casi tres meses de vigencia, esta norma no trajo consigo ni siquiera una consecuencia positiva para el conjunto de los argentinos. Sólo habilita negocios para unos pocos, mientras las grandes mayorías vemos nuestros ingresos por el piso y el poder adquisitivo derrumbándose día a día.

CB/DTC

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