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Nuevo revés judicial para el Gobierno: fallan a favor de la CTA y ordenan suspender la reforma laboral incluida en el DNU de Milei

La CTA obtuvo un fallo favorable de la Justicia para suspender el DNU de Milei.

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La Cámara Nacional del Trabajo dictó este jueves una nueva medida cautelar que suspende la aplicación del capítulo laboral del decreto de necesidad y urgencia (DNU) dictado por el gobierno de Javier Milei, informaron fuentes judiciales.

Se trata de la segunda cautelar concedida por ese tribunal: este miércoles había hecho lugar a un planteo de la Confederación General del Trabajo (CGT) y hoy a uno de la Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina (CTA).

Los jueces resolvieron “disponer la suspensión cautelar de los efectos del DNU 70/2023 en lo que hace a la operatividad de las previsiones contenidas en su Título IV (TRABAJO -arts. 5García Vi3 a 97-) hasta tanto se dicte resolución sobre el fondo”.

En sus argumentos, la jueza Andrea E. García Vior sostiene que en la presentación que hizo la CTA, “se encontrarían en juego derechos que hacen a la esencia de las relaciones dependientes, a la libertad y dignidad de las personas que trabajan, a los principios protectorios, de irrenunciabilidad, de igualdad de trato y no discriminación y de conservación del contrato que estructuran la especialidad y, a su vez, se pondría en jaque la principal vía de tutela a la que pueden recurrir los trabajadores ante su incapacidad negocial a nivel individual, que no es otra que la acción sindical”. 

Además, la magistrada considera que no se trata “meramente de derechos económicos, sino que lo que se alega es la grave vulneración de derechos humanos fundamentales expresamente consagrados en los artículos 14, 16 y 75.22 de la Constitución Nacional... La instauración de ilícitos laborales colectivos que se reputan contrarios a la libertad sindical y el grave encorsetamiento del derecho de huelga que se derivaría de las modificaciones previstas en el art. 97 del DNU, imponen otorgar al caso un tratamiento urgente en forma diferenciada que, más allá de las eventualidades de rito o de ordenamiento procesal, tienda a coadyuvar al mantenimiento de la paz social y a racionalizar las relaciones de fuerza cuyo desequilibro, si se exacerba, puede llegar a echar por tierra toda solución institucionalizada, todo lo cual justifica en el caso admitir el pedido de exclusión de clase deducido”. 

También, para García Vior “no se trata en el presente de poner en cuestión derechos individuales... sino que, por la naturaleza del planteo, basta con que se advierta la posibilidad cierta de una lesión irreparable a los intereses colectivos de un sector de la población particularmente vulnerable”. 

“En el caso resulta indiscutible que la acción instaurada involucra los intereses, derechos y garantías de sectores socialmente vulnerables, se encuentra comprometida la vida digna conforme la Convención Americana de Derechos Humanos y los derechos fundamentales de las personas que trabajan”, dice la resolución a la que adhiere el juez Alejandro Sudera.

Para los jueces de la cámara, “tal como lo enfatiza la entidad requirente (la CTA), en el caso puede considerarse configurada la verosimilitud del derecho alegado en lo que hace no sólo a la ilegitimidad del acto gubernamental atacado, sino también a los perjuicios que se derivan de manera inmediata de la entrada en vigencia del DNU 70/23 (conf. ley 26122) y ello no sólo a nivel individual (ver arts. 53 a 85 y 89 a 96 del DNU 70/23), sino particularmente en lo que hace al ejercicio de los derechos derivados de la libertad sindical que gozan de la más amplia garantía constitucional y supralegal y que aparecerían, prima facie, violentados (arts. 86 a 89 y 97 del DNU 70/23)... por lo que corresponde hacer lugar a la suspensión de los efectos del DNU 7/2023 en lo que hace a las regulaciones contenidas en su título IV TRABAJO (arts. 53 a 97) hasta tanto se dicte resolución definitiva”.

Para hacerlo y fundamentar su determinación, García Vior menciona “la convocatoria a un paro general por las centrales obreras para el día 24 de enero en curso” y que la Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso “no dar tratamiento inmediato al proceso originario habilitado ante su sede con motivo del DNU cuestionado (”La Rioja, provincia de c/Estado Nacional s /acción declarativa de certeza“, CSJN 2847/2023)”. por eso sostiene que “el peligro en la demora es aún mayor teniendo en cuenta las importantes modificaciones introducidas por el DNU a las leyes 25.877, 23.551 y 14250 -reitero, de aplicación inmediata, conforme la cuestionada ley 26122- y los graves riesgos de que el conflicto social -ya avizorado en los últimos días del año 2023- se acreciente y/o derive en hechos de violencia inusitada”.

La resolución que firman García Vior y Sudera culmina con la decisión de “revocar la sentencia apelada, declarar la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo para entender en la presente acción, admitir la viabilidad formal de la vía procesal elegida, disponer la suspensión cautelar de los efectos del DNU 70/2023 (B.O. 21/12/2023) en lo que hace a la operatividad de las previsiones contenidas en su Título IV (TRABAJO -arts. 53 a 97-) hasta tanto se dicte resolución sobre el fondo, y remitir oportunamente la causa al juzgado que sigue en orden de número a fin de que prosiga con el trámite de la acción principal”. 

La resolución completa

Fallo CTA

Para Moyano, el Gobierno no “podrá dar vuelta” la medida cautelar que suspende reforma laboral

El dirigente de la CGT y secretario adjunto del gremio Camioneros, Pablo Moyano, aseguró hoy que la medida cautelar que suspende la aplicación de las normas laborales incluidas en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), dictada por la Cámara Nacional del Trabajo, constituyó “un triunfo de los laburantes” y aseguró que aunque el Poder Ejecutivo apele, “fue tan contundente el fallo que será difícil” revertirlo en instancias superiores.

“Estamos mas tranquilos por el fallo. Fue un triunfo de los laburantes, no de la CGT como decían algunos medios. Es normal que (desde el Gobierno) apelen, pero fue tan contundente el fallo que no creo que se pueda dar vuelta”, sostuvo Moyano en declaraciones para FutuRock.

Moyano afirmó que la CGT consideró tres formas de frenar el DNU: “La parte política, con los bloques en el Congreso; en las calles con movilizaciones y, por supuesto, en la justicia, que ayer nos dio la razón”.

En esta línea, el dirigente sindical opinó que con la medida cautelar que suspende la reforma laboral “se empezó a hacer un poco de Justicia”, y deseó que “la Corte Suprema pueda reivindicarse y anular definitivamente el DNU” que promulgó el presidente Javier Milei el pasado 20 de diciembre.

La Justicia del Trabajo resolvió el martes -por dos votos a uno- hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la CGT que suspende la aplicación de las normas laborales incluidas en el DNU del presidente Javier Milei.

“Este DNU perjudica a los trabajadores, afecta la soberanía y creo que resultó un error por parte del Gobierno”, señaló Moyano, quien recordó además que en la normativa hay artículos que afectan la continuidad de “los convenios colectivos de trabajo”.

“Se anulaban las indemnizaciones, las licencias por paternidad y maternidad, la posibilidad de hacer una asamblea. Esperemos que la Justicia no sea presionada por este Gobierno y saque los fallos a favor de los laburantes. Eso es lo que no se banca (la ministra de Seguridad, Patricia) Bullrich. Le paramos la reforma de (el expresidente Mauricio) Macri y ahora este DNU. Fue ministra de Trabajo en 2001 y estuvo con Cambiemos y no pudo llevar adelante la reforma laboral”, remarcó Moyano

Para Moyano, Bullrich olvida que “los jueces iban a jugar al paddle con Macri” y “cuando salen fallos en contra de las reformas y a favor de los trabajadores dice que son de un partido político”.

El dirigente camionero aseguró que la CGT se reunió ya con el bloque de diputados de Unión por la Patria (UxP) y hará lo mismo con otras bancadas como la de la Izquierda, los radicales y el sector parlamentario de “Hacemos Coalición Federal”, que comanda el diputado nacional Miguel Ángel Pichetto en la Cámara baja

“Se va a pedir una reunión con todos los bloques, vamos a hablar de las leyes que perjudican a los trabajadores. También tenemos que juntar a todas

las ramas del peronismo. Esta política de este Gobierno hizo que cada gobernador cuide su lugar. Más allá de sus errores, el único espacio que puede ayudar a este pueblo es el peronismo“, puntualizó.

El Gobierno apelará el fallo de la Cámara del Trabajo contra las reformas laborales del DNU

El portavoz presidencial, Manuel Adorni, anunció este jueves, antes de conocerse el nuevo fallo a favor del planteo de la CTA, que el Gobierno nacional apelará, mediante un recurso extraordinario a la Corte Suprema de Justicia, el fallo dictado por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en contra de las reformas en materia laboral incluidas en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado días atrás por el presidente Javier Milei.

En la habitual rueda de prensa llevada a cabo en Casa Rosada, Adorni dijo que el Gobierno también pedirá “la incompetencia” de la Cámara del Trabajo para intervenir en la cuestión por entender que el fuero correspondiente es el Contencioso Administrativo.

“El fallo se apelará. Habrá un recurso extraordinario ante la Corte y, además, se impedirá la incompetencia por entender que el fuero es el Contencioso y no el Laboral. Además, todo esto va en contra de la jurisprudencia conocida en esta materia”, comunicó Adorni.

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictó este miércoles una medida cautelar que suspendió la aplicación del capítulo laboral del DNU firmado por el presidente Milei el 20 de diciembre pasado y hecho público por medio de un mensaje emitido en cadena nacional ese día por la noche.

El tribunal de feria hizo lugar un pedido realizado por la Confederación General del Trabajo (CGT) y dispuso el dictado de una medida cautelar hasta tanto se analice la cuestión de fondo vinculada al análisis de constitucionalidad de la reforma realizada mediante un DNU.

“La verdad es que nos cuesta comprender algunas cuestiones que van en contra de la libertad de los propios trabajadores”, consideró Adorni, y mencionó entre otros aspectos incluidos en el DNU la “retención forzosa de los aportes de los trabajadores a los sindicatos”, la eliminación de “penalidades para el empleador en el caso de relaciones laborales mal registradas” y la extensión del período de prueba de tres a ocho meses, “fomentando la creación de puestos de trabajo”.

“También establecía infracciones en relación a los trabajadores que, siendo convocados a asambleas, sean extorsionados o directamente no quieran participar. Los extorsionadores iban a tener sanciones graves”, estimó el portavoz presidencial.

Adorni, sin embargo, dijo que el fallo de la Cámara de Apelaciones del Trabajo era algo que el Gobierno “esperaba”.

“Esto correrá su suerte judicial y la verdad es que era algo que esperábamos. Estamos tomando todas las medidas. Hasta hoy no estábamos notificados de este fallo. Cuando se formalice, haremos la apelación”, reiteró.

En tanto, Adorni justificó las reformas laborales contempladas en el decreto de necesidad y urgencia porque “cada vez son menos el número de empresas que contratan” empleados “y los salarios son de los peores de toda Latinoamérica”.

Con información de agencias.

IG

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