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Electrodependientes: quiénes pueden acceder al beneficio y cómo hacer el trámite

Electrodependientes

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Los usuarios electrodependientes necesitan un servicio de energía eléctrica que alimente de manera constante y con niveles de tensión adecuados los equipos eléctricos prescriptos por un médico. Su vida depende de ello.

Desde que entró en vigencia el 26 de mayo de 2017, la Ley Nº 27.351 establece la gratuidad del servicio eléctrico para los usuarios electrodependientes. Por disposición de esta norma, el beneficio aplica a todo ciudadano inscripto en el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud que administra el Ministerio de Salud de la Nación.

Además de obtener sin cargo el servicio de energía eléctrica, los usuarios inscriptos en el RECS tienen derecho a contar con un equipamiento que asegure una provisión de energía continua y estable en el caso de alteración del suministro regular.

En épocas de cortes de luz constantes, las personas electrodependientes deben saber que pueden inscribirse al Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud (RECS) para acceder a todos los beneficios de la ley: tarifa cero, atención prioritaria en todo momento y ayuda con grupos electrógenos.

El Ministerio de Salud de la Nación es quién otorga esta condición de electrodependencia.

¿Quiénes pueden acceder a este beneficio?

Las personas que, por problemas de salud, requieren de un suministro eléctrico constante.

¿Qué documentación se necesita?

  • DNI (frente y dorso) de la persona electrodependiente.
  • Esta planilla de solicitud de inscripción en el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud (RECS), completo con letra de imprenta legible y con la firma y aclaración de la persona electrodependiente.
  • Certificación médica con firma y sello del médico tratante.
  • Constancia de CUIL de la persona electrodependiente.
  • Factura legible y completa del servicio eléctrico del domicilio donde reside la persona electrodependiente (sin el talón de pago encima).
  • Documentación que acredite el vínculo, en caso de que un tercero (madre, padre, tutor o persona a cargo) realice el trámite.

¿Cómo iniciar el trámite?

Ingresá a TAD, elegí el trámite requerido y completá los datos.

Es gratuito y se debe renovar cada dos años antes de la fecha de vencimiento.

Ante cualquier duda o consulta comunicarse por mensaje privado a través de Facebook o llamar al 0810 222 0200 de lunes a viernes de 8 a 17 horas. También se puede dejar la consulta en la Oficina Virtual y la aplicación de Edesur en el celular.

NB

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