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Caso Lucía Pérez: la defensa del principal acusado dice que “no existió delito” y pide la absolución

Lucía Pérez

elDiarioAR

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La defensora oficial de Matías Farías, el principal acusado de violar y asesinar a Lucía Pérez, aseguró este martes que “no existió delito alguno” y pidió su absolución, al considerar que la falta de consentimiento por parte de la adolescente de 16 años “no pudo ser probada ni remotamente”, que la menor consumió cocaína “voluntariamente” y que, según peritos, es “altamente probable” que su muerte se debiera a una asfixia tóxica. El fallecimiento de la joven fue en Mar del Plata el 8 de octubre de 2016.

En el alegato de cierre ante el Tribunal Oral en lo Criminal 1 marplatense, la defensa de Farías (29) a cargo de María Laura Solari cuestionó la actuación de la fiscal inicial del caso, María Isabel Sánchez, quien sostuvo horas después del hecho que la menor había sido empalada y había muerto a causa del dolor producido por un abuso sexual. La defensora dijo que Sánchez “es la única persona que debiera estar sentada hoy aquí”, ya que “todo lo que hizo generó una situación y un dolor inconmensurables”.

El alegato tuvo lugar esta mañana en la sala de audiencia del sexto piso de los tribunales locales, con la reproducción de declaraciones de Sánchez, quien sostuvo la hipótesis del empalamiento, lo que aseguró que provocó “una sentencia condenatoria de toda la sociedad inmediata y unánime” sobre Farías y el otro imputado, Juan Pablo Offidani (47).

Todo lo que afirmó en el comienzo la doctora Sánchez es falso y no existirá forma de borrar esa idea”, dijo Solari y sostuvo en línea con lo que había adelantado en la apertura del juicio, que el empalamiento “jamás ocurrió” y que “sin pruebas en qué sustentarse se siguió buscando al violador serial”. “No podemos dejar de resaltar que aún una investigación eficiente no hubiera arrojado un resultado distinto”, aseguró.

Al analizar las pruebas presentadas en este segundo proceso oral, la abogada dijo que Lucía “tomó libremente y bajo ninguna presión la decisión de ir a encontrarse” con Farías en la mañana del 8 de octubre 2016, tras conocerlo el día anterior. “Surgió onda entre ellos y ambos decidieron pasar un buen momento entre ellos ese sábado”, señaló.

En esa línea, dijo que “es absolutamente falso lo sostenido” por el fiscal que ahora interviene en este juicio, Leandro Arévalo, “en cuanto a la insistencia de Farías” para que Lucía fuera a su casa del barrio Alfar. Repasó los últimos chats mantenidos entre Farías y Lucía, y aseguró que fue ella quien buscó reunirse con su asistido y que no lo hizo “motivada por estupefaciente alguno” como aseguraron los acusadores, ya que “de hecho, ya contaba con drogas en su poder”.

En cuanto a la falta de consentimiento señalada en sus alegatos por el fiscal y por las abogadas Verónica Heredia y Florencia Piermarini, representantes de la familia de la víctima, Solari subrayó que “no hay un solo dato” que indique “que Lucía no consintió esas relaciones sexuales”. En esa línea, resaltó que el cuerpo no presentaba “ningún signo de ataduras, ningún golpe” ni “nada que haga pensar que hubiese sido sometida”.

Respecto a la muerte, se señaló que la principal hipótesis expuesta por peritos de la Asesoría Penal de la Suprema Corte bonaerense “ante la ausencia de lesiones y la presencia de marihuana y cocaína en todos los fluidos de Lucía”, apuntaba como causa “altamente probable” a una “asfixia tóxica que derivó en una congestión pulmonar y edema”.

No existe ninguna prueba de que Farías le dio droga a Lucía esa mañana”, insistió la defensora y agregó que, si incluso se la hubiera suministrado, “fue consumida voluntariamente” y que él “jamás pudo representarse el resultado fatal”. “Nos encontramos ante una ficción”, apuntó.

Tras un cuarto intermedio, comenzó su alegato el defensor de Offidani, César Sivo, quien aseguró que “en esta causa no hay nada”.

Los acusados no estuvieron presentes y seguían la audiencia de manera remota desde sus lugares de detención, tal como fue con la apertura y el alegato de las partes acusadoras: Farías, desde la Unidad Penal de Florencio Varela, y Offidani desde la Alcaidía Penitenciaria de Batán. Finalizados los argumentos de la defensa, ambos imputados tendrán la posibilidad de pronunciar sus últimas palabras, y luego los magistrados comunicarán la fecha en que se dará a conocer el veredicto.

Tanto el fiscal del juicio como las representantes de la familia de la menor presentaron sus alegatos el pasado jueves y, en ambos casos, consideraron acreditado que Farías con la presunta complicidad de Offidani, fue autor del delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar la muerte de la persona ofendida, por el suministro de estupefacientes y en el marco de un contexto de violencia de género, en concurso ideal con femicidio”.

Según la instrucción de la causa, Lucía había conocido a ambos acusados un día antes de su muerte, cuando se acercaron a la Escuela Media 3 local a venderle un cigarrillo de marihuana. En el primer juicio, en noviembre de 2018, ambos fueron condenados a ocho años de prisión por los jueces Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnevale, pero solo por la venta de drogas en la puerta de la escuela.

LC con información de agencia Télam

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