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Córdoba: Nueve años de prisión para un conductor que mató a dos personas manejando borracho

Amoedo, fue condenado a nueve años de prisión en un fallo inédito para Córdoba

Gustavo Molina

Córdoba —

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La tarde del lunes 17 de mayo del año pasado, Alan Amoedo (29) condujo su  Volkswagen Vento a gran velocidad por la avenida de Circunvalación de Córdoba. En la zona del empalme con la avenida Fuerza Aérea, se encontró con el tránsito más lento. Fue entonces que volanteó hacia la banquina, chocando a dos automóviles que estaban estacionados. En la maniobra mató a dos jóvenes y dejó malherida a una tercera chica. Los tres estaban esperando una grúa de remolque. Horas después se conoció un video que el propio conductor había subido a las redes sociales, en el que se lo veía bebiendo cerveza mientras manejaba. El dosaje de sangre dio que tenía 2,07 gramos de alcohol en sangre, además de cocaína.

Esta mañana, después de un año de la llamada “tragedia de la Circunvalación”, Amoedo fue condenado en la Cámara 9ª del Crimen de Córdoba a nueve años de prisión por el delito de homicidio simple con dolo eventual, primera condena de este tipo aplicada en Córdoba. Con este fallo, la justicia cordobesa consideró que Amoedo debía haberse representado el peligro que implicaba manejar en ese estado, por eso, utilizó la calificación de doloso en lugar de culposo.

Inmediatamente fue detenido y alojado en el complejo carcelario de Bouwer.

Durante un año, Fernanda Guardia (34), sobreviviente de la tragedia  y los familiares de las víctimas fatales Sol Viñolo (29) y Agustín Burgos (31) reclamaron que Amoedo fuera detenido y enjuiciado como autor de un “crimen vial”. 

Tras la sentencia, Fernanda Guardia, que quedó con una discapacidad permanente le dijo a los medios: “Yo realmente estoy agradecida a la lucha de estas tres familias y esperaba que lo condenen por dolo, como el homicida que fue”; y agregó: “Se me cruzó darle un abrazo, imagínate, pobre pibe, que alguien no le haya podido dar un abrazo antes y decirle ‘che loco, no te subás a ese auto, podés matar’. Espero que el tratamiento penitenciario que reciba le sirva a él, sino también a un montón de Amoedos que andan dando vueltas para que tomen conciencia antes de subir al auto”.

Carlos Viñolo, padre de Sol, afirmó que “la Justicia ha escuchado a las víctimas por sobre todas las cosas”, se lamentó de que esas “víctimas no vuelven” y destacó que “lo que más importa, es que no se rompa este contrato social que debe tener la Justicia para con la sociedad, porque si no el día de mañana todo el mundo sale borracho a la ruta, mata gente y no pasa nada”.

Daniel Burgos, hermano de Agustín, señaló: “a partir de ahora, los borrachos violentos que matan personas en sus autos, lo van a pensar dos veces”. Para Burgos este fallo de la Cámara 9ª del Crimen “hizo Justicia por mi hermano, por su hija, por mi mamá y mi papá, por los padres de Sol, por Fernanda y por todas las víctimas. A partir de ahora, se abre una bisagra y una oportunidad para que esto empiece a cambiar y los homicidas tengan la pena que se merecen”.

El querellante Claudio Orosz, que había solicitado una condena de 20 años de prisión, se mostró conforme con la sentencia: “Logramos lo que nos habíamos propuesto, terminar con el paradigma de que estos hechos son ”accidentes“ y que si la Justicia no da mensajes claros, eventos como este van a seguir ocurriendo”. El abogado le pidió al Estado cordobés que “tanta plata que se recauda con las multas se aplique para la prevención y educación vial, ya que la propia Ley provincial lo establece. Desde la escuela primaria tendríamos que tener clases de tránsito para que se respeten las normas viales”.

Por su parte, el defensor Benjamín Sonzini Astudillo se opuso a la condena: “Los testigos y las pericias demostraron que los vehículos detenidos de las víctimas del accidentes estaban contiguos y próximos a la línea blanca que demarca el inicio de las vías de circulación vehicular, y sin contar con la debida señalización adecuada como son las balizas triangulares a 30 metros del lugar de detención, para advertir en forma propicia esta emergencia, ello es una circunstancia imprevista por Amoedo que en modo alguno puede serle achacada”.

El defensor de Amoedo señaló que apelará la sentencia ya que “debería haber sido condenado según lo establece el Artículo 84 bis del Código Penal que establece prisión de 2 a 5 años e inhabilitación especial, aquella persona que por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor causare a otro la muerte. Fue un fallo anticonstitucional”.

Tras el fallo, el director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), Pablo Martínez Carignano, le dijo al diario cordobés La Voz del Interior que “hoy podemos hablar de una sentencia justa, de jueces que se han bañado de humanidad y entendieron que la conducta desarrollada por (Alan) Amoedo no fue accidental, sino que fue lisa y llanamente homicida”. 

Mientras que el especialista en seguridad vial, Horacio Botta Bernáus le dijo a elDiarioAR: “Lo bueno es que hayamos tenido un fallo rápido, dentro de un año de ocurrido el accidente; mientras que anteriormente este tipo de hechos prescribían. Además, la sentencia facilita la elaboración del luto a las víctimas; que haya habido un fallo judicial y que el sistema penal haya dado las figuras penales para resolver este tema sin entrar en consideración si está bien o está mal. También se rompe con la idea de que hay que cambiar el Código Penal para crear nuevas figuras, hoy el sistema tiene posibilidades para que los jueces puedan dictar Justicia , dictarla en tiempo correcto y en definitiva aliviar, en cierta manera el dolor de la pérdida de los seres queridos  cuando un proceso es demasiado prolongado”.

Botta Bernáus aclaró que “lo que no se puede esperar es que esto signifique terminar con los siniestros viales, yo personalmente desde la seguridad vial siempre digo que el Código Penal no enseña a conducir”.

Alan Amoedo llegó a juicio en libertad, porque el fiscal Tomás Casas -investigó el accidente- lo imputó por el delito de homicidio culposo. En medio del juicio, ante el cúmulo de pruebas como testimonio de los testigos, las pericias realizadas y las filmaciones que el propio Amoedo había subido a las redes sociales bebiendo, el fiscal de Cámara, Gustavo Arocena y el abogado querellante Claudio Orosz habían solicitado a los jueces de la Cámara 9ª, Roberto Cornejo, Martín Bertone, Gustavo Rodríguez Fernández, el cambio de carátula, agravándola a “homicidio doloso”.

GM

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